jueves, 29 de marzo de 2012

Entrevista-chat con Dacio Alonso, Presidente de UCE-Asturias en La Nueva España. Respuesta a casos prácticos planteados por los consumidores.


Recogemos esta interesante entrevista en la que Dacio Alonso, Presidente de UCE-Asturias, responde en directo a las dudas que tienen los consumidores sobre cuestiones y reclamaciones en materia de consumo.
 
De ella se desprende que la mayor demanda de información se plantea en los clásicos problemas de servicios de telecomunicaciones, servicios financieros, garantías de bienes de consumo, imposición de pago del impuesto sobre la plusvalía, facturación de suministro eléctrico e inclusión indebida en las conocidas como “listas de morosos”.
 
Esta entrevista es un pequeño muestrario de cuestiones respondidas por un experto que conoce el día a día de esta materia que afecta a los intereses económicos de todos los ciudadanos.
 
1. He ido al banco a pedir un crédito, y me dicen que aparezco en el ASNEF, y no me lo dan. Los datos del ASNEF, es con mi DNI y el nombre de una persona Extranjera, a la que no conozco, que tiene una deuda con una compañía telefónica por valor de 360 euros. ¿Que debo hacer?, ¿puedo exigir responsabilidades o indemnizaciones a quien me causa este perjuicio?.

» Esta reclamación se está dando de forma muy asidua últimamente. A mi juicio lo que corresponde hacer, primero, presentar denuncia ante la Agencia de Protección de Datos; y a continuación, presentar denuncia en el juzgado exigiendo indemnizaciones por daños morales.

2. Hola, soy un consumidor que me siento totalmente desprotegido ante los reiterados atropellos de la mayoría de los pequeños comerciantes que se niegan a responsabilizarse de cualquier fallo posterior a la compra. ¿Podría explicarme, por favor, si los consumidores tenemos algún derecho? Un saludo. Pedro.

» Efectivamente tenemos derechos y el comerciante tiene la obligación legal de asumir cualquier desperfecto del bien por un periodo de dos años.

3. He ido a una clínica dental a pedir un presupuesto y una vez contratado el servicio me exigen pagar el total por adelantado. ¿Es eso legal?. René.

» No, en absoluto. Solamente estamos obligados a pagar el servicio que se nos preste, pero lógicamente, una vez prestado.

4. Podemos hacer algo los clientes, ante una empresa como EON que lleva tres meses sin enviarnos las facturas?. Esto es algo muy frecuente en Mieres.

» Efectivamente es la reclamación mas frecuente a la que nos están sometiendo las compañías eléctricas, hasta este momento la legislación obliga a las compañías a facturar de forma mensual, por lo tanto, cuando le venga la factura le sugiero que le dé orden al banco que la devuelva y le exija usted a EON que se la prorratee por tantas veces como meses le acumulen sin facturación. 

5. Cómo es que la telefonía abusa tanto de los españoles y no hay manera de pararla, te piden meses de permanencia por unos servicios que no cumplen, si te das de baja te cobran cantidades exorbitadas. ¿Qué podemos hacer?.

» Una de cada cuatro reclamaciones que atendemos en la UCE tiene que ver con la telefonía, el problema fundamental es que la contratación que hacemos con las operadoras en la mayoría de los casos es de forma telefónica, el 90% de los usuarios no tenemos un contrato físico donde podamos analizar qué hemos contratado y qué es lo que nos están facturando. Ahí reside a mi juicio nuestra mayor indefensión, añadiendo la absoluta tolerancia, por no decir permisividad, de la administración pública.

6. Se dice que hay una sentencia en contra de un propietario y a favor de una constructora con el tema de las plusvalía, es cierto, si es así que medidas va a tomar la uce asturias, gracias.

» UCE hemos estamos liderando la reclamación a los constructores del abuso de la plusvalía, animamos a todos los compradores de vivienda desde el año 98 hasta el 2007 a que reclamen la devolución de la plusvalía, pues según nuestros tribunales la imposición en el contrato de compra-venta por parte de los promotores es una claúsula abusiva: no negociada individualmente, contraria a la buena fe, y desproporcionada entre derechos y obligaciones del consumidor. El 99´9% de las sentencias que se están produciendo en Asturias confirman esta claúsula como abusiva, y por tanto, en aras a la seguridad jurídica éste es mayoritariamente el criterio judicial, sin obviar que haya alguna sentencia que pueda decir lo contrario.

7. Me gustaría saber cual es la ley que protege al comerciante que se niega a devolver el dinero de una compra con la que, posteriormente y por distintas causas, el cliente no está conforme. Un saludo. Pilar.

» Decirle, Pilar, que lamentablemente el consumidor no tiene consolidado el derecho a la devolución del dinero cuando realiza una compra, cuestión que desde la UCE consideramos una práctica abusiva, en la medida que la entrega de un vale nos condiciona nuestra libertad de compra.

8. ¿Si un artículo sale defectuoso, tengo derecho a la devolución del dinero en efectivo? Muchas gracias. Nuria.

» Si el artículo es defectuoso tiene perfectamente derecho a la devolución del importe.

9. Hola, mis padres se compraron un piso hace 7 años más o menos, ¿cómo puedo saber si tuvieron que pagar la plusvalía?. Muchas gracias Dacio.

» Primero por la fecha que indica de la compra lo más probable es que la haya pagado, la forma de confirmarlo es acreditar de forma fehaciente ese pago, depende del municipio y el promotor, se utilizaron formas distintas. En el caso de Oviedo la mayoría de promotores remitían al comprador el tributo municipal, en el caso de Gijón era a través de la provisión de fondos ante notario etc. etc. Comprobar en la escritura pública cómo aparecerá una claúsula donde indicará que la plusvalía, o el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, si la hubiere será de cuenta del comprador. En cualquier caso, si pasa por la UCE, estaremos encantados de gestionarle la reclamación.

10. Hola Dacio. Tengo un problema con Vodafone. Me cobraron el año pasado un servicio que yo no había dado de alta, y no me quieren devolver el dinero. ¿Qué puedo hacer si ya pasó más de 1 año por su culpa?. Un saludo. Gracias.

» Seguir reclamándolo porque ese es su derecho, a veces lo difícil para prosperar estas reclamaciones es no tener la prueba suficiente para demostrarla, ese es el mayor abuso de las operadoras de telefonía, es el único sector económico dónde te dicen lo que consumiste, a qué hora, cómo... y el usuario tiene que dar por bueno lo que nos facturen.

11. ¿A su Asociación le ha afectado la crisis?

» Pues sí, y mucho. Teníamos un convenio con el Principado de Asturias por el que atendíamos a todos los ciudadanos sin tener la condición de asociados. En lo que va de año seguimos atendiendo a las personas, y de momento a cargo de lo que aportan nuestros socios. No sabemos hasta dónde podremos llegar, pero curiosamente dado el alcance de la crisis económica, si no existiera la UCE, la habría que inventar.

12. Hola Dacio: A usted que le parece que el Ayuntamiento de Oviedo, no esté en el Consorcio de Transportes de Asturias? Muchas gracias...

» Me parece una muy grave discriminación a los usuarios de Oviedo, se está estudiando por parte del Ayuntamiento un plan de movilidad para la ciudad, cuando la primera condición sería el ingreso inmediato en el Consorcio, teniendo en cuenta que el Consorcio está concebido para garantizar el billete único al usuario, no para corregir los déficit del transporte municipal como pretende el Ayuntamiento.

13. Hace casi un año que HC no me envía facturas. ¿qué puedo hacer? estoy obligada a pagar toda la facturación de golpe? Muchas gracias. Ana.

» Cuando le facture HC, dé orden al banco de devolución de la factura y digale a HC que se la facture de forma prorrateada por tantos meses como el retraso.

14. Buenos días: Mi madre era clienta de toda la vida de HC Energía y hace unos dos meses recibió una visita de un comercial que decía venir de HC, diciéndole que como era clienta de hacía muchos años le iban a hacer una rebaja en la factura de la luz, pero que debía confirmar sus datos personales y bancarios y firmar a continuación. Ahora le llegan facturas de Unión Fenosa y HC nos dice que ya no está con ellos ¿qué podemos hacer si ya lo ha firmado? Muchísimas gracias.

» UCE ha denunciado esta conducta de Unión Fenosa ante la Fiscalía de Asturias que de forma reciente ha remitido estas denuncias al Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, la práctica que usted ha sufrido es, a mi juicio, un presunto delito de estafa y engaño. Le animo a ponerse en contacto con nosotros para gestioinarle la reclamación y una alerta con los comerciales eléctricos que pican a nuestra puerta, en este momento no merece la pena cambiar de compañía eléctrica y mucho menos a través de estas formas de engaño y de suplantación. La denuncia es la mejor forma de corregir este tipo de prácticas delictivas. 

15. tengo vinculada a mi hipoteca una permuta de tipos de interés, un swap, me engañaron en mi banco, que puedo hacer, tienen en la UCE alguna sentencia ganada, gracias, sigan peleando por los derechos ciudadanos.

» Ésta es una de las prácticas indecentes de nuestros bancos. Sabían que venía la crisis y venía para quedarse, salieron a ofrecerle a sus mejores clientes este tipo de aparentes coberturas a la subida del Euribor, que en el verano de 2008 llegó al 5´5%, sabían que iba a caer en picado, pero nada indicaron a los clientes qué ocurriría si bajaba como bajó el Euribor. En ese producto que le hicieron firmar, llámase swap, cap, etc. etc. Ahora por ese magnífico producto que le vendieron para darle seguridad está pagando más que la propia cuota hipotecaria, estamos ante un perfecto engaño de la banca y en la UCE tenemos muchas sentencias firmes que acreditan esta mala práctica, anulando los contratos y obligando a devolver el dinero. Por lo tanto le animamos a que pase por la asociación para poder ayudarle.

16. Mi nombre es Trinidad, y soy una de las afectadas por las acciones preferentes del banco Sabadell. Me encuentro totalmente desamparada por el gobierno, y por supuesto por el banco que me engaño. Son todos mis ahorros, ¿qué puedo hacer?. Gracias

» Son muchas las indecencias que estamos constatando los ciudadanos de nuestras entidades financieras. Probablemente esta que usted sufre sea de las mas graves, porque en general afecta a gente mayor que no quería correr riesgos con sus ahorros y fue deliberadamente engañada por su banco de toda la vida, le animamos a reclamar el perjuicio que le están provocando.

17. Hola, ¿qué podemos hacer cuando al llegar a facturar, la compañía aérea nos comunica de golpe y porrazo que el vuelo está cancelado por causas técnicas? Gracias.

» Reclamar a la compañía las indemnizaciones por cancelación de vuelo, están reguladas las cuantías, y le animo a reclamar los daños y perjuicios incluídos los daños morales, y hacerlo en vía judicial, tenemos la experiencia que las compañías aéreas,, a pesar de las obligaciones del reglamento de indemnizaciones, como no tengan una sentencia judicial que les obligue a indemnizar, pasan absolutamente del reglamento comunitario.

18. Tengo una duda. En navidades compré un billete para volar a Oviedo este jueves, aún no se sabía nada sobre la huelga general y lo he comprado no con la compañía aérea sino con una agencia de viajes online. Me puse en contacto con ellos para que me cambiaran el día de vuelo pero me obligaban a abonar una importante cantidad de dinero, entonces lo rechacé, días siguientes me puse en contacto vía telefónica y me aseguraron el viaje pero esta semana he leído en el periódico que los servicios mínimos en vuelos en península serán de un 10% y es seguro que mi vuelo no se encuentre dentro de ese 10%. ¿Qué puedo hacer? Un saludo y gracias.

» Póngase en contacto con la UCE, que le gestionaremos encantados la reclamación, es verdad que una huelga no es una causa de fuerza mayor, pues su convocatoria legal requiere hacerlo y anunciarlo con anticipación suficiente.

19. Qué hay que hacer para ser socio de UCE?

» Tener la voluntad de hacerlo, a través de nuestros centros en Oviedo, Gijón y Avilés, y en nuestra página web www.uceasturias.com, y nos sentiríamos encantados de contar con su colaboración.

20. El incierto panorama tras las elecciones autonómicas, ¿en que afecta a una asociación como la vuestra?

» El artículo 51 de la Constitución, obliga a los poderes públicos a promover las asociaciones de consumidores, en este momento de extrema dificultad económica somos conscientes de que hay que establecer prioridades, nosotros tenemos un importante número de asociados, no los suficientes. Si no tuviésemos ayudas públicas no podríamos atender a las personas que no tengan la condición de socio, con lo grave que ello sería, por dar un dato, venimos asesorando en torno a 10.000 personas al año no socias de la UCE.

21. Hola, no sé por qué los vecinos de Oviedo tenemos que pagar mucho más por usar el autobús urbano por no aceptar el Billete Único del CTA. ¿no se podría hacer nada legalmente para obligarles a aceptarlo basándonos quizás en ecología, economía o justicia social? ¿No somos todos iguales?

» Efectivamente es un problema de discriminación, el resto de los ciudadanos de Asturias tienen acceso al billete único financiado por el Consorcio de Transportes, es decir, por el presupuesto del Principado. En Oviedo se paga más de 9 millones al año a la empresa de transporte municipal, pero el Ayuntamiento, da la impresión, que está más preocupado por la economía de esa empresa que por la de sus ciudadanos.

22. Hace menos de cuatro meses compre un coche por 6.000 euros, lleva mas de 1 mes en mi garaje, porque el concesionario se niega a ejecutar la garantía, actualmente me encuentro sin coche y sin los 6.000 euros. ¿Que puedo hacer?.

» La garantía de un vehículo de segunda mano es un año, pase por la UCE y le ayudamos.

23. Buenas Tardes: a mi tía, una anciana de 90 años que vive solo, tras una llamada unos comerciales se presentaron en su casa para venderle toda una serie de productos por importe de 2500€, y por si no fuera poco el engaño le sacaron mas de 200€. ¿Cómo podemos acabar con los abusos que sufren los ancianos? Gracias por su labor. Fátima.

» Lamentablemente no se si podremos hacer algo por su tía, llámenos por favor para conocer el contrato, pero aviso a navegantes, especialmente gente mayor: solamente dejaremos entrar en nuestra casa con quien previamente hayamos concertado la visita.

Una vez más ponemos a disposición de todos los ciudadanos los servicios de la Unión de Consumidores para denunciar, reclamar, asesorarnos, pero especialmente para defender nuestra dignidad como personas que en muchas ocasiones se pone en cuestión por conductas y comportamientos absolutamente impresentables y lo que es mas grave, con la total connivencia de las administraciones públicas. Nuestro teléfono 901 50 10 50, nuestra web www.uceasturias.com .

miércoles, 28 de marzo de 2012

Crisis y Cajas de Ahorro. “Las dos próximas recesiones”, nuevo libro de Juan Ignacio Crespo



La velocidad en que se ha desmantelado las Instituciones de las Cajas de Ahorro, con un gran peso social y territorial, además de arraigo y función benéfico social, supone una gran e irreparable pérdida económica social, además de confirmar el deterioro irreversible de estas instituciones y, el interés nunca disimulado de la banca dominante.

La idea de promover Cajas de Ahorros en España comienzan en el trienio liberal (1820-1823), y especialmente con la vuelta de los ilustrados exiliados después de la muerte de Fernando VII en 1833. Aparecen en el marco de una sociedad muy castigada por la Guerra de la Independencia, con el fin de luchar contra la usura que sufrían los pequeños agricultores en los momentos de malas cosechas. En ocasiones fueron creadas por miembros de organizaciones católicas. En otras, son las sociedades de Amigos del País las que asumen la promoción de las cajas de ahorros; en Madrid se funda una Caja de Ahorros (Caja Madrid) en 1838, poco después de que en 1834 un concurso de la Sociedad Económica Matritense de Amigos del País premiara una memoria sobre el establecimiento y fundación de una Caja de Ahorros. Fuente Wikipedia.

En conclusión, las cajas de ahorros españolas nacen con cierto retraso respecto a otros países, y casi siempre ligadas a los Montes de Piedad anteriores o creadas al mismo tiempo. Sus principales objetivos eran conducir el ahorro popular hacia la inversión y realizar una labor social en sus respectivos ámbitos territoriales.

Desgraciadamente, en el transcurso del tiempo no se actualizaron sus estatutos y el supervisor Banco de España, hizo dejación de su responsabilidad de bien vigilar y custodiar semejante obra y bien social, pues los primeros interesados en que desaparecieran las Cajas de Ahorro eran las entidades financieras dominantes privadas y la dictadura económica. Así, la llegada de la seudo democracia, con la clase política y dirigente al frente, irrumpieron a tropel en estas instituciones benéfico sociales, esquilmando los bienes, ahorros y obra social reunidos durante varias generaciones, imponiendo decisiones políticas e intereses ilegítimos e ilegales, que algún día se aclararán en los tribunales si se ejercen e instan las acciones que sean necesarias. Ya no hay dividendo social. Ya no queda nada. Si sobreviviera algún rescoldo denominado “obra social de la Caja tal o cual”, sería algo puramente simbólico.

El resultado: Una irreparable e incalculable pérdida social.

Leído el artículo ¿Quién pierde al hundirse las cajas? en la sección de Economía de El País, referente al libro “Las dos próximas recesiones” de Juan Ignacio Crespo, la desintegración de entidades de ahorro es una pérdida para todos, señala y apunta que quedan dos recesiones por llegar en esta década.

Entre los muchos problemas que la crisis financiera generó entre 2007 y 2012, hay uno que ha pasado casi desapercibido: la pérdida de riqueza colectiva que ha supuesto la quiebra de algunas cajas de ahorros y la situación de debilidad en que han quedado otras, lo que ha forzado la entrada en su capital de inversores públicos o privados en verdaderas operaciones de rescate.

Esa pérdida de riqueza colectiva le ha pasado desapercibida a la mayoría de la población porque, aunque las cajas de ahorros eran una institución familiar y presente en la vida de casi todo el mundo, sobre todo de las clases más populares hasta hace bien poco, nadie entendía muy bien de qué se trataba cuando se hablaba de estas entidades, y había versiones para todos los gustos, compatibles y solapadas, sin que a nadie le extrañara: las cajas eran lo mismo un lugar para colocarse mediante unas oposiciones que un sitio al que ir a pedir un préstamo hipotecario; un chollo para quienes, sobre todo en las capitales de provincia, habían conseguido entrar en ellas como empleado, con un peso exorbitante en la vida económica y financiera de la ciudad; una institución que financiaba, a través de la obra social, las más diversas actividades ….

Y ¿dónde queda la riqueza colectiva? En ningún lado. Ya no habrá propiedad colectiva. Con suerte, los recursos que generen las cajas en el futuro tendrán que aplicarse a devolver los préstamos. Ya no a la obra social. Eso se ve muy bien con el ejemplo de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM). Al haberse producido una quiebra total, la propiedad colectiva se perdió por completo. Ya no hay de donde extraer recursos para dotar a la obra social de la CAM. Ya no hay dividendo social. Ya no hay nada. Si sobreviviera algún rescoldo denominado “obra social de la CAM”, sería algo puramente simbólico; porque el Banco de Sabadell, que se ha quedado con ella, si decidiera por razones de marketing conservar en la zona de Levante alguna actividad benéfica o cultural, lo haría con el nombre de algo que ya no sería propiamente lo que su nombre indicaría. Otro tanto podría decirse de la Caja Castilla-La Mancha o de CajaSur.


domingo, 25 de marzo de 2012

Elogio al caminante. Caminar como acto subversivo: “Una vuelta a las andadas”, artículo de Antonio Fraguas.




Caminante, son tus huellas
el camino y nada más;
Caminante, no hay camino,
se hace camino al andar.
Al andar se hace el camino,
y al volver la vista atrás
se ve la senda que nunca
se ha de volver a pisar.
Caminante no hay camino
sino estelas en la mar.

Antonio Machado
Proverbios y cantares (XXIX)

Es sano, entretenido y no contamina. Es gratis y, además, es consustancial al ser humano. Casi podría decir que estamos programados para ello. Estamos refiriéndonos a caminar. A dar pasos, o sea, a pasear. Pocas actividades son tan saludables y, sin embargo, parece que rehuimos de este acto natural encerrándonos en habitáculos artificiales nos transportan velozmente privándonos de ese placer que es movernos por nosotros mismos disfrutando de lo que tenemos alrededor.

Este artículo es un elogio al caminante, persona a la que acertadamente se le califica como subversiva en este contexto mundial mercantilista en el que se desprecia cualquier actividad que no remunerativa ni generadora de gasto o consumo.  

“Una vuelta a las andadas”, de Antonio Fraguas.


Andar es un acto aparentemente inútil e improductivo, en términos mercantilistas. No genera gasto ni consumo y da pie, nunca mejor dicho, al pensamiento y a cierta forma de resistencia. "Creo que no podría mantener la salud ni el ánimo sin dedicar al menos cuatro horas diarias, y habitualmente más, a deambular por bosques, colinas y praderas", decía Henry David Thoreau, abanderado de la desobediencia civil, en su obrita Caminar, un opúsculo de gran éxito en su época (siglo XIX) y que Árdora decidió reeditar hace meses. Es solo uno de los síntomas que indican que algo tan natural como andar está volviendo al debate cultural.

Más allá de imperativos cardiovasculares, caminar se revela como un acto de reflexión y de subversión en un mundo saturado de consumo y dióxido de carbono. "Da la impresión de que algunos de los aspectos literarios y espirituales del caminar están en proceso de recuperación, después de años sin haberlos mencionado", señala José Antonio Millán, escritor, editor y lingüista. Millán escribió en 1994 el artículo Caminante en un paisaje inmenso en un número monográfico de la revista Archipiélago.

El jueves pasado comenzaron los paseos con artistas en el AV Festival de Newcastle, una cita internacional de arte, tecnología, música y cine. Las caminatas compartidas entre el público y los creadores culminarán el día 31 con una slowalk (marcha lenta) a gran escala, una de las singulares obras de arte de Hamish Fulton.
En abril, Alberto Ruiz de Samaniego, Profesor de Estética y Teoría de las Artes de la Universidad de Vigo, hablará en el Círculo de Bellas Artes de Madrid sobre Hombres que marchan. En torno a G. Perec. El próximo septiembre, en México, se celebrará la conferencia Walk 21, un movimiento internacional que busca potenciar el desarrollo de comunidades eficientes y saludables en las que "la gente elige andar". "Caminar significaría volver a plantearse movimientos en direcciones diferentes, locas, imprevisibles, pequeñas, volver a salvar obstáculos y al cansancio real, a las detenciones y los descansos, las emociones y el dinamismo que transitan y fatigan un cuerpo, un campo, una calle o un paisaje", apunta Ruiz de Samaniego.

La nómina de pensadores y escritores andariegos es abultada. "Robert Walser, gran caminante, estaba convencido, como Nietzsche, de que sin los paseos 'no podría escribir media letra más ni producir el más leve poema", recuerda Samaniego, quien en su conferencia intentará "establecer una especie de mapa o de árbol genealógico de esa práctica del caminar urbano en medio de la multitud y el asfalto que ha marcado a la modernidad desde Poe o Thomas De Quincey a Baudelaire y Benjamin, y que culmina, en el caso de Perec, con su novela y filme Un hombre que duerme".

Otro síntoma: estos días llega a las librerías El caminante de Hermann Hesse (editorial Caro Raggio). Cargado con acuarelas, el autor de Demian emplea sus rutas a pie por la Suiza italiana para reformular su individualismo emancipador. "La vida de cada hombre es un camino hacia sí mismo", reflexiona.
"Puede que muchos de los pensadores de la Antigüedad, no sólo los peripatéticos practicasen esta experiencia del pensar caminando. Es sabido que Sócrates deambulaba sin pausa por la ciudad, igual que, en la Academia de Platón y de Aristóteles, las sesiones se impartían caminando por los jardines", recuerda Ruiz de Samaniego. "Esa era la función de los claustros", indica Millán.

En tiempos de crisis (y no solo económica), andar es un acto doblemente subversivo. "Lo es claramente. Y además tiene un aspecto reivindicativo. Frente a las ciudades ocupadas por los coches y frente a la prepotencia de motoristas y ciclistas, que suelen ir por todas partes, hay que decir que los peatones estábamos primero", señala Millán.

En la primera línea de este combate que se libra paso a paso, están asociaciones como A Pie, de Madrid, y Cataluña Camina, de Barcelona. Sus reivindicaciones, La Carta de los Derechos del Peatón (de la Unión Europea ) y la Carta Internacional del Caminar (promovida por Walk21)

Fuente: El País

martes, 20 de marzo de 2012

Garantía de los productos Apple. Piden a Apple que cambie su 'engañosa' política de garantías



  • Se trata de una respuesta coordinada de organizaciones de consumidores
Un total de 11 asociaciones de consumidores de países europeos han instado a Apple a "detener inmediatamente las prácticas engañosas" sobre la garantía que ofrece de sus productos, que en la Unión Europea siempre debe ser de al menos dos años.

"Los consumidores tienen derecho a información clara y sin ambigüedades sobre todas las características de los productos, incluidas las garantías legales y comerciales", señaló la directora general de la Organización Europea de Consumidores (BEUC), Monique Goyens.

Destacó en un comunicado que, en un esfuerzo conjunto, organizaciones de consumidores han pedido al gigante tecnológico estadounidense "poner fin a sus prácticas injustas".

Goyens subrayó que, en la UE, los consumidores tienen derecho a un mínimo de dos años de garantía legal, y que "no deben ser engañados o confundidos" sobre sus derechos fundamentales "por que una compañía quiera vender sus servicios comerciales de garantía".

"Este caso es incluso más importante porque concierne a un destacado líder de mercado, cuyas prácticas tienen un amplio impacto", concluyó.

BEUC explicó que, a raíz de una denuncia de la asociación italiana de consumidores, las autoridades de competencia de ese país impusieron a Apple una multa de 900.000 de euros en diciembre de 2011, al considerar que había violado la legislación comunitaria sobre prácticas comerciales injustas.

En concreto, se acusó a la compañía de anunciar que sus productos se comercializan con un año de garantía de fábrica, sin dar indicaciones claras sobre que los consumidores tienen derecho a un total de dos años de garantía de forma automática y sin costes adicionales, recordó la organización europea.

También se reprochó a Apple la manera en que presentaba y vendía a los consumidores su "plan de protección AppleCare", que consistía en vender una extensión de la garantía.

La autoridad italiana de competencia determinó que esas prácticas "confundían a los consumidores" y ponían en duda su derecho, asegurado por ley, a tener una garantía de dos años.

De ese modo, consideró que los consumidores no podían tomar ninguna decisión informada, y que se les conducía a adquirir de forma errónea las garantías comerciales de Apple.

La decisión de la autoridad italiana fue apelada por la firma, de forma que el caso volverá a ser examinado este miércoles en Italia.

BEUC apuntó que otras asociaciones de consumidores de otros países de la UE observaron las mismas prácticas en la página web de la compañía, y que además recibieron quejas sobre la presentación y promoción del servicio de garantía de Apple.

Así, la organización europea ha instado a la compañía a "adaptar la información dirigida a los consumidores de acuerdo con los estándares de la UE y la legislación nacional", concluyó.

Las asociaciones de consumidores que escribieron a Apple o presentaron una denuncia pertenecen a España, Italia, Bélgica, Portugal, Luxemburgo, Alemania, Holanda, Dinamarca, Polonia, Eslovenia y Grecia.



lunes, 19 de marzo de 2012

Gases licuados del petróleo. El precio del término variable aplicable a usuarios finales se incrementará un 10,64 por 100, a partir de mañana.



Hoy aparece en el BOE la Resolución de 14 de marzo de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, que contiene un incremento, en cuanto al término variable de los suministros de dicho combustible aplicables a usuarios finales, de un 10,64 por 100.

La anterior tarifa, aprobada mediante la Resolución de 16 de febrero de 2012 de la DGPEM, fijaba el precio del término variable aplicable a usuarios finales en 114,2627 cents./kg., mientras que ahora se establece el precio de aquél en 126,4150 cents./kg.

Reproducimos a continuación la Resolución de 14 de marzo de 2012, que se puede descargar aquí, en formato PDF (fuente: BOE)

Resolución de 14 de marzo de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

Primero.

Desde las cero horas del día 20 de marzo de 2012, los precios de venta antes de impuestos, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo según modalidad de suministro serán los que se indican a continuación:

1. Gases licuados del petróleo por canalización a usuarios finales:
  • Término fijo: 1,55 euros/mes.
  • Término variable: 126,4150 cents./kg.

2. Gases licuados del petróleo (GLP) a granel a empresas distribuidoras de GLP por canalización: 112,0484 cents./kg.

Segundo.

Los precios establecidos en el apartado Primero no incluyen los siguientes impuestos vigentes:

  • Península e Islas Baleares: Impuesto sobre Hidrocarburos e Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Archipiélago Canario: Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo e Impuesto General Indirecto Canario.
  • Ciudades de Ceuta y Melilla: Impuesto sobre la producción, los servicios, la importación y el gravamen complementario sobre carburantes y combustibles petrolíferos.

Tercero. 

Los precios para los suministros de los gases licuados del petróleo señalados en la presente resolución se aplicarán a los suministros pendientes de ejecución el día de su entrada en vigor, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. A estos efectos, se entienden por suministros pendientes de ejecución, aquellos que aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del día de entrada en vigor de la presente resolución.

Cuarto. 

Las facturaciones de los consumos correspondientes a los suministros de gases licuados del petróleo por canalización medidos por contador, relativas al período que incluya la fecha de entrada en vigor de la presente resolución, o en su caso de otras resoluciones u ordenes anteriores o posteriores relativas al mismo período de facturación, se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total correspondiente al período facturado a los días anteriores y posteriores a cada una de dichas fechas, aplicando a los consumos resultantes del reparto los precios que correspondan a las distintas resoluciones u ordenes aplicables.

Quinto.

Las empresas distribuidoras de gases licuados del petróleo por canalización, adoptarán las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de proceder a la correcta aplicación de los precios de gases licuados del petróleo por canalización a que se refiere la presente resolución.

Sexto.

Contra la presente resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.
Descargar la Resolución completa aquí.

viernes, 16 de marzo de 2012

El Gobierno unificará el Instituto Nacional de Consumo y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria


 
El Gobierno ha anunciado hoy a los responsables de Consumo de las comunidades autónomas la unificación del Instituto Nacional de Consumo (INC) y de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.

La ministra Ana Mato ha comunicado esta decisión a los responsables autonómicos durante la reunión de la Conferencia Sectorial de Consumo, que se ha reunido hoy por primera vez en la legislatura, coincidiendo además con la celebración del cincuenta aniversario del Día Mundial de los Derechos de los Consumidores.

El nuevo organismo, según ha informado el Ministerio tras la Conferencia Sectorial, contribuirá a la racionalización en el uso de los recursos públicos y acercará el modelo español al europeo, ya que la nueva agencia seguirá el ejemplo de la Dirección General Europea de seguridad alimentaria y consumo.

La unificación de estos dos órganos, según esta fuente, permitirá además la participación de las asociaciones de consumidores en el ámbito de los alimentos.

La ministra ha informado además a los responsables autonómicos del próximo proyecto de Ley de Atención al Consumidor, que entre otras cosas regulará el funcionamiento de las oficinas de atención al usuario de las empresas.

Además, se establecerán los criterios de información y transparencia que deben ofrecer las empresas en la fase precontractual y también en las reclamaciones y para la solución de conflictos entre un cliente y una empresa, ha informado el Ministerio.

Una de las novedades será que los procedimientos de reclamación podrán realizarse siempre vía telefónica y, en esta modalidad, se ofrecerá siempre como primera opción la atención personalizada, no mediante dispositivos de voz, para facilitar el acceso de usuarios mayores o de otros colectivos con dificultades para comunicarse a través de estos dispositivos.

En la conferencia sectorial se ha decidido también el desarrollo de un nuevo modelo de factura eléctrica, para hacerla más transparente, de más fácil lectura e interpretación por todos los consumidores.

La ministra ha anunciado que prestará además un especial interés a los consumidores de productos financieros, muchos de los cuales se han visto seriamente afectados por las consecuencias de la crisis, en especial en lo referido a las denominadas "participaciones preferentes".

Mato ha asegurado que el Gobierno revisará los procedimientos de contratación de este tipo de productos financieros, para que exista una obligación clara por parte de las entidades bancarias de facilitar toda la información necesaria a los ciudadanos.

"Queremos eliminar la letra pequeña", ha señalado la ministra; de esta forma, a la hora de tomar una decisión, el consumidor tendrá pleno conocimiento de los compromisos que asume con el banco o con la caja de ahorros", ha señalado la ministra. 

Fuente:  Diario Público

jueves, 15 de marzo de 2012


Con motivo del Día Mundial de los Derechos del Consumidor la cadena de radio SER, que tiene un magnífico programa dedicado a los consumidores dirigido por Jesús Soria (si bien, en el intempestivo horario de 6 a 7 de la mañana, los domingos ¡cámbienlo, por favor!), ha entrevistado a los representantes de diversas asociaciones de consumidores para que respondan a cuestiones de actualidad tales como las situación actual de los derechos de los consumidores, el papel de las Administraciones Públicas, la situación ante la crisis económica, etc. Cada día se publica una entrevista y hoy aparece la realizada a Ruben Sánchez, portavoz de FACUA, Consumidores en Acción, en el blog del programa, que a continuación reproducimos.


¿Ha cambiado mucho el panorama de los consumidores con la crisis?

Hay más fraudes y son más duros. La banca ha inventado cómo compensar la bajada en las hipotecas concedidas creando nuevas comisiones, en algunos casos abusivas, y cometiendo más irregularidades. Y aunque muchos fraudes son los mismos de antes, duelen más al bolsillo de un consumidores con menos capacidad adquisitiva.

¿Vamos a estar igual de protegidos, menos…? La falta de medios de administraciones, de empresas, ¿nos va a complicar más la vida?¿O no debería?

La falta de medios de las administraciones para controlar el mercado es una enfermedad latente en España desde hace décadas. Hay que curarla priorizando la protección al consumidor con más presupuestos. Pero hay otra enfermedad más grave: la falta de interés por defender al usuario ante determinadas empresas que atacan con cada vez más dureza.

¿Las asociaciones de consumidores van a poder seguir jugando el mismo papel que hasta ahora, quizá menos medios y menos posibles campañas, actividades…?

FACUA iniciará en abril una etapa nueva, potenciando todavía más el activismo de los consumidores. Porque ante todo, somos un movimiento de consumidores, de Consumidores en Acción que luchan contra los abusos.
Estamos ultimando un proyecto que yo denomino “La nueva FACUA”. Vamos a hacer algo que ninguna asociación de consumidores ha hecho hasta ahora, ni en España ni posiblemente en el mundo.

Esta política de recortes generalizadas, ¿no choca frontalmente con las mayores demandas y denuncias de los usuarios, precisamente derivados de la crisis?¿Cómo se come eso?

Se recortan inversiones, pero también se están recortando derechos. Estamos dando pasos de gigante… hacia atrás. Nos costó mucho alcanzar el Estado del Bienestar, y ahora se está desandando lo andado. La prioridad son los intereses empresariales, sobre todo los de las grandes mutinacionales, y muy por encima de todas, los de la banca.

Esta situación actual, ¿podría generar relajación en la atención al usuario, en la calidad de ciertos productos…? ¿Se notan cambios?

Si los empresarios perciben falta de control, puede aprovecharse de eso, por supuesto. Por eso los consumidores debemos estar alerta, denunciar, ser activos, y unirnos.

¿Qué papel debe jugar el consumidor en este contexto? ¿Más tolerante, más exigente?

Los consumidores debemos asumir que la protección de nuestros derechos no está en manos de nadie más que de nosotros mismos. Ningún gobierno va a apostar por luchar contra el fraude si los consumidores no nos organizamos y adquirimos suficiente capacidad de presión para “convencerlo”.

A los responsables de Sanidad y Consumo del Gobierno, de los gobiernos autonómicos, de los ayuntamientos, a las propias empresas, sobre todo las más conflictivas en materia de consumo… ¿alguna sugerencia?

Más bien una pregunta: ¿para quién gobiernan?

15 de marzo, Día Mundial de los Derechos de los Consumidores. Recordando la Resolución de la ONU sobre Directrices Internacionales para la protección de los consumidores.


 Hoy, 15 de marzo, Día Mundial de los Derechos de los Consumidores, recordamos la Resolución adoptada en 1985 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante la que se aprobaron las Directrices Internacionales para la protección de los consumidores, texto muy poco conocido y que, a continuación, reproducimos íntegramente.

 

 

Resolución N.º 39/248, de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 16 de abril de 1985, mediante la que se aprobaron las directrices internacionales para la protección de los consumidores.

 
Naciones Unidas
 

A/RES/39/248

Asamblea General

Distr. GENERAL
16 de abril 1985


Protección al consumidor

 La Asamblea General,

 Recordando la resolución del Consejo Económico y Social 1981/62, de 23 de julio de 1981, en el  que el Consejo pidió al Secretario General que continúe las consultas sobre Protección de los consumidores con miras a la elaboración de un conjunto de directrices generales para Protección de los consumidores, teniendo particularmente en cuenta las necesidades de la los países en desarrollo,

 Recordando la resolución de la Asamblea General, más 38/147, de 19 de diciembre de 1983,

 Tomando nota de la resolución del Consejo Económico y Social 1984/63, de 26 de julio de 1984

 1.  Decide aprobar las directrices para la protección del consumidor, anejas a la presente resolución;

 2.  Pide al Secretario General que difunda las directrices de Los gobiernos y otras partes interesadas;

 3.  Pide a todas las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas para que elaboren directrices y los documentos relacionados en las áreas específicas de interés para los consumidores protección a las distribuirá a los órganos competentes de cada Estado.



Anexo
DIRECTRICES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
                          
I. Objetivos

 1.  Teniendo en cuenta los intereses y necesidades de los consumidores en todos los países, en particular los países en desarrollo, reconociendo que los consumidores afrontan a menudo desequilibrios en términos económicos, niveles educativos, y poder de negociación, y teniendo en cuenta que los consumidores deben tener el derecho de el acceso a los productos no peligrosos, así como el derecho a promover justo, desarrollo económico y social equitativo y sostenible, estas directrices para la protección de los consumidores tienen los siguientes objetivos:

 (A) Ayudar a los países a lograr o mantener una protección adecuada para su población como a los consumidores;

 (B) Facilitar los patrones de producción y distribución que respondan a la necesidades y deseos de los consumidores;

 (C) Alentar a los altos niveles de conducta ética para los que participan en el producción y distribución de bienes y servicios a los consumidores;

 (D) Ayudar a los países de controlar las prácticas comerciales abusivas de todas las empresas, a nivel nacional e internacional que afectan negativamente los consumidores;

 (E) Para facilitar el desarrollo de los grupos de consumidores independientes;

 (F) Cooperación internacional en el ámbito de la protección de los consumidores

 (G) Fomentar el desarrollo de las condiciones del mercado que proporcionen a los consumidores una mayor selección a precios más bajos.

II.  Principios generales

 2.  Los gobiernos deben desarrollar, fortalecer o mantener una  fuerte política de protección del consumidor, teniendo en cuenta las directrices que figuran a continuación. Cada gobierno debe establecer sus propias prioridades para la protección de  los consumidores, de acuerdo con las circunstancias económicas y sociales del país, y las necesidades de su población, y teniendo en cuenta los costos y beneficios de las medidas propuestas.

 3.  Las necesidades legítimas que las directrices procuran atender son las siguientes:

 (A) La protección de los consumidores contra los riesgos para su salud y seguridad;

 (B) La promoción y protección de los intereses económicos de los consumidores;

 (C) el acceso de los consumidores a una información adecuada que les permita hacer decisiones informadas de acuerdo a los deseos y necesidades;

 (D) La educación del consumidor;

 (E) Disponibilidad de compensación efectiva al consumidor;

 (F) Libertad para formar consumidores y otros grupos u organizaciones, y  la oportunidad de esas organizaciones a presentar sus puntos de vista en los procesos de toma de decisiones que les afectan.

 4.  Los gobiernos deben establecer o mantener una infraestructura adecuada para desarrollar, implementar y supervisar las políticas de protección al consumidor.  Las medidas que de tomen en materia de protección al consumidor deben servir para el beneficio de todos los sectores de la población, en particular de la  población rural.

 5.  Todas las empresas deben acatar las leyes y reglamentos pertinentes de los países en los que hacen negocios.  También deben ajustarse a las disposiciones pertinentes de los estándares internacionales para la protección de los consumidores que las autoridades competentes del país hayan adoptado.

 (En lo sucesivo las referencias a las normas internacionales en las directrices deberían ser vistos en el contexto de este párrafo.)

 6.  El papel potencial positivo de las universidades y el público y el privado  las empresas en la investigación deben ser considerados en el desarrollo de las políticas de protección de los consumidores.
                         
III.  Directrices

 7.  Las siguientes directrices serán aplicables tanto a los bienes producidos en el hogar y  servicios y las importaciones.

 8.  Al aplicar cualesquiera procedimientos o reglamentos para la protección de los consumidores, debido deberían tenerse en cuenta para garantizar que no se conviertan en barreras al comercio internacional y que sean compatibles con las obligaciones derivadas del mismo.

A. Seguridad física

 9.  Los gobiernos deben adoptar o fomentar la adopción medidas de seguridad  a través de medidas políticas, incluidos los sistemas jurídicos , nacionales o  las normas internacionales, normas voluntarias y el mantenimiento de registros, para asegurar que los productos son seguros para el uso previsible al que se destinan normalmente

 10.  Las políticas correspondientes deben garantizar que los artículos producidos por los fabricantes sean seguros para el uso al que se destinan o el normalmente previsible.  Los responsables de introducir productos al mercado, en particular los proveedores, exportadores,  importadores, minoristas y similares (en lo sucesivo, "distribuidores"),  deben asegurarse de que los productos en su posesión no se conviertan en peligrosos a través de la manipulación o almacenamiento inadecuados.  Los consumidores deben ser instruidos en el uso adecuado de los bienes y servicios deben ser informados de los riesgos asociados al uso previsto o el normalmente previsible.  La información fundamental para la seguridad debe ser transmitida a los consumidores mediante símbolos comprensibles internacionalmente siempre que sea posible.

 11.  Las políticas correspondientes deben garantizar que los fabricantes o distribuidores tomen conciencia de los peligros imprevistos después de que los productos se coloquen en el mercado, debiendo notificar a las autoridades pertinentes y, en su caso, al público sin demora.  Los gobiernos también deberían considerar formas de asegurar que los consumidores estén debidamente informados sobre esos peligros.

 12.  Los gobiernos deberán, en su caso, adoptar medidas para obligar a los fabricantes o distribuidores de un producto a retirarlo y reemplazarlo o modificarlo, o sustituirlo por otro producto –compensando adecuadamente a los consumidores- si éste fuese defectuoso y/o constituyese un sustancial riesgo, incluso si se usase apropiadamente.

B. Promoción y protección de los intereses económicos de los consumidores

 13.  Las políticas gubernamentales deben tratar de permitir a los consumidores para obtener una óptimo modo de beneficiarse de sus recursos económicos.  También deben tratar de lograr métodos de producción satisfactoria y normas de desempeño, adecuados métodos de distribución, prácticas comerciales leales, comercialización con suficiente información y  protección efectiva contra las prácticas que podrían afectar negativamente a los  intereses económicos de los consumidores y a la posibilidad de elección en el  mercado.

 14.  Los gobiernos deben intensificar sus esfuerzos para prevenir las prácticas que sean perjudiciales  para los intereses económicos de los consumidores, garantizando que fabricantes, distribuidores y otras personas involucradas en la provisión de bienes y  servicios cumplan las leyes y las normas obligatorias.  Las organizaciones de consumidores  deben ser alentadas a que vigilen prácticas perjudiciales, como la  adulteración de alimentos, afirmaciones falsas o engañosas en la comercialización y fraude en los servicios.

 15.  Los gobiernos deben elaborar, reforzar o mantener, según sea el caso,  las medidas relativas al control de los negocios abusivos restrictiva y otras prácticas que puedan perjudicar a los consumidores, incluidos los medios para la  aplicación de esas medidas. En este sentido, los gobiernos deben ser  guiados en su compromiso por el Conjunto de Principios y Normas para el control de las prácticas comerciales restrictivas, aprobado por la Asamblea General en su resolución 35/63 de 5 de diciembre de 1980.

 16.  Los gobiernos deben adoptar o mantener políticas que especifiquen las responsabilidades del productor para garantizar que los productos satisfagan los requisitos normales de durabilidad, utilidad y fiabilidad, y sean adecuados para la finalidad para la que estén destinados, y que el vendedor vele por que estos requisitos sean cumplidos.Las mismas políticas deben aplicarse a la prestación de servicios.

 17.  Los gobiernos deben alentar la competencia leal y efectiva con el fin de  proporcionar a los consumidores la mayor gama de elección entre productos y  los servicios al menor costo.

 18.  Los gobiernos deberían, en su caso, velar por que los fabricantes  y / o minoristas aseguren la disponibilidad adecuada de un adecuado servicio post-venta  y piezas de repuesto.

 19.  Los consumidores deben estar protegidos contra abusos contractuales como el de las cláusulas abusivas en contratos tipo, la exclusión de los derechos fundamentales en los contratos, y  condiciones injustas de crédito.

 20.  Marketing promocional y las prácticas de venta debe estar guiada por el  principio de trato justo a los consumidores y deben satisfacer los requisitos legales.

 Ello requiere el suministro de la información necesaria para permitir a los consumidores puedan tomar decisiones informadas e independientes, así como las medidas para asegurar que la información proporcionada sea correcta.

 21.  Los gobiernos deben alentar a todos los interesados a participar en el libre flujo de información precisa sobre todos los aspectos de los productos de consumo.

 22.  Los gobiernos deben, dentro de su propio contexto nacional, fomentar la  formulación y ejecución por las empresas, en cooperación con las asociaciones de consumidores, de los códigos de prácticas empresariales de comercialización y de otra índole para asegurar la adecuada protección del consumidor.  Los acuerdos voluntarios también podrán establecerse  en forma conjunta por las empresas, las organizaciones de consumidores y otras partes interesadas.
 Estos códigos deben recibir una publicidad adecuada.

 23.  Los gobiernos deben revisar periódicamente la legislación relativa a los pesos y  medidas y evaluar la adecuación de los sistemas para su ejecución.

        C. Normas para la seguridad y la calidad de los bienes de consumo y servicios

 24.  Los gobiernos deberían, según proceda, formular o promover la elaboración  y la aplicación de las normas, voluntarias y de otro tipo, a nivel nacional y  nivel internacional para la seguridad y la calidad de los bienes y servicios y dar a dichas normas la publicidad apropiada. Las normas y reglamentaciones nacionales para el producto seguridad y la calidad debe ser revisado de vez en cuando, con el fin de asegurar que se ajusten, en lo posible, a las normasinternacionales generalmente aceptadas.

 25.  Cuando una norma inferior a la norma internacional de aceptación general  se está aplicando, debido a las condiciones económicas locales, todos los esfuerzos deben ser efectuados para elevar dicho nivel lo antes posible.

 26.  Los gobiernos deben fomentar y garantizar la disponibilidad de instalaciones para
 probar y certificar la seguridad, la calidad y el rendimiento de consumo esenciales de los bienes y servicios.

          D. Sistemas de distribución de bienes de consumo esenciales y servicios

 27.  Los gobiernos deberían tener en cuenta las siguientes medidas:

 (A) Adoptar o mantener políticas para asegurar la distribución eficiente de los  bienes y servicios a los consumidores; en su caso, las políticas específicas deberían ser consideradas para asegurar la distribución de bienes y servicios esenciales cuando  esta distribución está en peligro de extinción, como podría ser el caso especialmente en las zonas de las áreas rurales.
Tales políticas podrían incluir asistencia para la creación de las adecuadas instalaciones de almacenamiento y venta al por menor en centros rurales, los incentivos para los consumidores, la auto-ayuda y un mejor control de las condiciones en que los bienes esenciales y servicios se prestan en las zonas rurales;

 (B) Fomentar la creación de cooperativas de consumo en relación actividades comerciales, así como información acerca de ellos, especialmente en las zonas rurales..

          E. Medidas que permiten a los consumidores a obtener reparación

 28.  Los gobiernos deben establecer o mantener medidas jurídicas y / o administrativas que permitan a los consumidores o, según proceda, a las organizaciones pertinentes a obtener reparación mediante procedimientos oficiales u oficiosos que sean expeditos,  justos, poco costosos y accesibles.  Tales procedimientos deberán tener especial en cuenta las necesidades de los consumidores de bajos ingresos.

 29.  Los gobiernos deben alentar a todas las empresas para resolver los litigios de consumo  en una forma justa, rápida e informal, y establecer voluntariamente mecanismos, incluidos los servicios de asesoramiento y procedimientos para presentar reclamaciones, que puede proporcionar asistencia a los consumidores.

 30.  La información sobre recursos disponibles en Derecho y otros procedimientos de resolución de controversias deben ponerse a disposición de los consumidores.

               F. Educación y programas de información

 31.  Los gobiernos deben desarrollar o fomentar el desarrollo de la educación general del consumidor y programas de información, teniendo en cuenta la cultura y tradiciones de los pueblos en cuestión.  El objetivo de estos programas debe ser que las personas puedan actuar como consumidores informados, capaces de hacer una elección informada de los bienes y servicios, y conscientes de sus derechos y responsabilidades.  En el desarrollo de estos programas, la atención especial debe ser la atención a las necesidades de los consumidores desfavorecidos, tanto en zonas rurales y urbanas, incluyendo consumidores de bajos ingresos y aquellos con bajo nivel de alfabetización.

 32.  La educación del consumidor debe, en su caso, convertirse en una parte integral de  el plan de estudios básico del sistema educativo, preferentemente como un componente de asignaturas ya existentes.

 33.  Los programas de educación y la información en consumo debe cubrir aspectos tan importantes de la protección de los consumidores como las siguientes:

 (A) La prevención de la salud, la nutrición, de enfermedades transmitidas por alimentos y alimentos adulteración;

 (B) Los peligros de los productos;

 (C) El etiquetado del producto;

 (D) La legislación pertinente, forma de obtener compensación y organismos y organizaciones para la protección del consumidor;

 (E) La información sobre pesas y medidas, precios, calidad, condiciones de crédito y la disponibilidad de necesidades básicas, y

 (F) La problemática sobre la contaminación y el medio ambiente.

 34.  Los gobiernos deben alentar a las organizaciones de consumidores y otras partes interesadas, incluyendo los medios de comunicación, para llevar a cabo la educación y la información programas, sobre todo para el beneficio de los grupos de consumidores de bajos ingresos.

 35.  Las empresas deben, en su caso, emprender o participar en la educación de los consumidores y programas pertinentes de información.

 36.  Teniendo en cuenta la necesidad de llegar a los consumidores rurales y analfabetos, los gobiernos deberían, según proceda, formular o alentar la  desarrollo de programas de información al consumidor en los medios de comunicación.

 37.  Los gobiernos deben organizar o fomentar programas de capacitación para educadores, profesionales de los medios de comunicación y asesores del consumidor, para que puedan  participar en la realización de programas de información al consumidor y la educación.

               G. Medidas relativas a áreas específicas

 38.  Al promover los intereses de los consumidores, en particular en los países en desarrollo, los gobiernos deberían, en su caso, dar prioridad a las áreas esenciales de  preocupación por la salud del consumidor, tales como alimentos, agua y productos farmacéuticos.  Las políticas deben incidir en la calidad del producto y en las instalaciones de control adecuadas, en la seguridad de la distribución y en la estandarización internacional de etiquetado e información, así como en la educación y la investigación de  programas en estas áreas.  Las directrices del Gobierno en lo que respecta a las áreas específicas debe desarrollarse en el contexto de las disposiciones del presente documento.

 39.  Alimentos.  En la formulación de políticas y planes nacionales en lo que respecta a la alimentación,  Los gobiernos deberían tomar en cuenta la necesidad de seguridad de todos los consumidores de los alimentos debiéndose apoyar,  en la medida de lo posible, adoptar en las normas de la Organización de las Naciones Unidas de Agricultura y Alimentación, en la Organización Mundial del Codex Alimentarius o, en su defecto, otras normas internacionales de alimentos generalmente aceptadas.

Los gobiernos deben mantener, desarrollar o mejorar medidas de seguridad alimentaria, incluyendo, entre otras cosas, los criterios de seguridad, las normas alimentarias y seguimiento dietético estableciendo  requisitos y mecanismos eficaces de inspección y evaluación.

 40.  Agua.  Los gobiernos deben formular, mantener o fortalecer políticas nacionales para mejorar el suministro, distribución y calidad del agua potable.  Se debe tener en cuenta la elección de niveles adecuados de servicio, la calidad y la tecnología, la necesidad de la educación programas y la importancia de la participación de la comunidad.

 41.  Productos farmacéuticos.  Los gobiernos deben elaborar o mantener una adecuada
 normativa y sistemas de regulación apropiados para garantizar la calidad y el uso adecuado de los productos farmacéuticos a través de un sistema nacional integrado de las políticas en materia de medicamentos que pueden abarcar, entre otras cosas, la adquisición, distribución, producción, los acuerdos de licencia, sistemas de registro y la disponibilidad de información fiable sobre los productos farmacéuticos.  Al hacerlo, los gobiernos deberían  tener especialmente en cuenta los trabajos y recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.  Para determinados productos, la utilización de  sistemas de certificación de la calidad de los productos farmacéuticos objeto de comercio internacional y de otros sistemas internacionales de información sobre productos farmacéuticos debe ser alentada.  Las medidas también deben ser tomadas, como  corresponda, para promover el uso de medicamentos teniendo en cuenta las orientaciones de la Organización Mundial de la Salud.

 42.  Además de las áreas prioritarias se ha indicado anteriormente, los gobiernos deberían  adoptar las medidas necesarias en otras áreas, tales como plaguicidas y productos químicos para que en su uso, producción y almacenamiento, se tenga en cuenta la salud y la información relevante que pueda afectar debiendo facilitar ésta en el etiquetado de los producto.

                   IV.  La cooperación internacional

 43.  Los gobiernos deberían, especialmente en un contexto regional o subregional:

 (A) Elaborar, revisar, mantener o fortalecer, según proceda, mecanismos para el intercambio de información sobre políticas y medidas nacionales en el campo de la protección del consumidor;

 (B) Cooperar o alentar la cooperación en la ejecución de los consumidores  las políticas de protección para conseguir mejores resultados con los recursos existentes.

Ejemplos de este tipo de cooperación podrían citarse la colaboración en la creación o  utilización conjunta de instalaciones de prueba, los procedimientos comunes de ensayo, el intercambio de  de información al consumidor y la educación, programas conjuntos de formación y  preparación conjunta de reglamentaciones;

 (C) Cooperar para mejorar las condiciones en las que los productos esenciales son  ofrecidos a los consumidores, prestando la debida atención a los precios y la calidad.  Tal cooperación podría incluir la adquisición conjunta de productos esenciales, el intercambio de información sobre las distintas posibilidades de adquisición y los acuerdos regionales sobre especificaciones del producto.

 44.  Los gobiernos deben desarrollar o fortalecer los vínculos de información con respecto a  productos que han sido prohibidos, retirados o rigurosamente restringidos a fin de  que los países importadores puedan tomar precauciones adecuadas contra los efectos nocivos de esos productos.

 45.  Los gobiernos deben trabajar para garantizar que la calidad de los productos, y la  información relativa a estos productos, no varía de un país a otro  en una forma que pueda tener efectos perjudiciales sobre los consumidores.

 46.  Los gobiernos deben trabajar para asegurar que las políticas y medidas para la protección de los consumidores se aplican con el debido respeto para que no se conviertan en sus barreras al comercio internacional, y que las obligaciones establecidas sean compatibles con dicho comercio.