tag:blogger.com,1999:blog-1032824354762609182.post5877472484570029461..comments2024-03-28T16:15:00.072+01:00Comments on EL CONSUMO: SOBRE EL CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOSSeverino Espina Fernándezhttp://www.blogger.com/profile/08519111275904734130noreply@blogger.comBlogger5125tag:blogger.com,1999:blog-1032824354762609182.post-65533242384689427512012-04-04T20:00:59.689+02:002012-04-04T20:00:59.689+02:00En el estado de California, la exigencia de un Car...En el estado de California, la exigencia de un <a href="http://www.foodsafetyadmin.com/carnet-de-manipulador-de-alimentos.php" rel="nofollow">Carnet de manipulador de alimentos</a> es cada vez mas puntual y aunque para muchos prestadores de servicio pueda parecer un tramite complicado, para los consumidores que recurrimos a este tipo de establecimientos significa una garantía de que estamos consumiendo alimentos seguros e higiénicos. Existen capacitaciones totalmente reconocidas que ofrecen ademas del entrenamiento necesario, la posibilidad de realizar el examen correspondiente para la expedición de un <a href="http://www.foodsafetyadmin.com/carnet-de-manipulador-de-alimentos.php" rel="nofollow">Carnet de manipulador de alimentos</a>Rosa Mhttps://www.blogger.com/profile/17123809871396988415noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1032824354762609182.post-76312296748760399152010-03-02T17:49:06.108+01:002010-03-02T17:49:06.108+01:00Creo que está claro. Lo que se exige, salvo dispos...Creo que está claro. Lo que se exige, salvo disposición autonómica específica -que, de otra parte, debería desaparecer adaptándose a las previsiones de la Ley 17/2009- no es un "carnet", sino tener una formación relativa a manipulación de alimentos que debe ser adecuada a la actividad que se desarrolle (no es lo mismo la manipulación de alimentos en una carnicería,p.e. que en otro comercio minorista o en un almacén distribuidor...). <br />Ello, se acreditará normalmente mediante un documento expedido por la entidad formativa pública o privada que realice las tareas de formación.Severino Espina Fernándezhttps://www.blogger.com/profile/08519111275904734130noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1032824354762609182.post-29645467881260553582010-03-02T15:32:42.663+01:002010-03-02T15:32:42.663+01:00Esto que quiere decir? que ya no es necesario saca...Esto que quiere decir? que ya no es necesario sacarse el carnet de manipulador,a mi me lo exigen en un trabajo que entro la semana que vieneAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1032824354762609182.post-63221747959830026852010-02-23T08:49:49.035+01:002010-02-23T08:49:49.035+01:00La disposición derogatoria única del Real Decreto ...La disposición derogatoria única del Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican diversos reales decretos en materia sanitaria para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre (http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/19/pdfs/BOE-A-2010-2696.pdf)ha derogado -en su totalidad- el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.<br /><br />Ello no quiere decir que no resulte exigible una formación adecuada en materia de manipulación de alimentos, ya que resulta aplicable la disposición ya vista del Reglamento CE 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril. <br /><br />Al suprimirse las autorizaciones para acreditar a las empresas formadoras en la materia, surgirá el problema de dilucidar qué se entiende por "formación adecuada", ya que teóricamente -a falta de previsiones normativas específica- esta formación se podría acreditar por cualquier medio....Severino Espina Fernándezhttps://www.blogger.com/profile/08519111275904734130noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1032824354762609182.post-66462343754837465382010-02-23T08:47:12.469+01:002010-02-23T08:47:12.469+01:00Este comentario ha sido eliminado por el autor.Severino Espina Fernándezhttps://www.blogger.com/profile/08519111275904734130noreply@blogger.com