martes, 28 de octubre de 2008

Aprobado el Decreto sobre declaración obligatoria de actividad de prestación de servicios de bronceado



Dicho Decreto, que entra en vigor el día 29 de octubre, establece la declaración obligatoria de todo establecimiento que preste servicios de bronceado mediante aparatos equipados de emisores ultravioletas.
La declaración de actividad se efectuará mediante el modelo normalizado contenido en el Anexo del Decreto 109/2008, presentándose en la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo. Esta declaración se debe efectuar con independencia de que la actividad de servicios de bronceado sea exclusiva o complementaria a otra (peluquería, centro de estética, étc.), siendo obligatoria una declaración por cada establecimiento.
Los datos que han de constar en la declaración son:
-Identificación de la persona titular del establecimiento y, en su caso, de su representante (p.e. razón social de una empresa con forma societaria, CIF de ésta y nombre y apellidos y NIF del representante de la entidad).
-Ubicación del establecimiento.
-Descripción de la actividad principal desarrollada en el establecimiento.
-Descripción técnica de los aparatos de bronceado.
-Identificación de la empresa responsable del mantenimiento de los aparatos.
-Relación de personal operador de los aparatos y descripción de su formación específica al respecto.
Cabe señalar que la norma dispone un plazo transitorio de un mes para que los centros que estuviesen en funcionamiento en el momento de la entrada en vigor del Decreto presenten la correspondiente declaración.

El texto de la norma publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias se puede consultar a través del enlace ubicado en el título de la disposición.

lunes, 27 de octubre de 2008

PROPUESTA DE DIRECTIVA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES


El pasado 8 de octubre, la Comisión Europea ha adoptado la propuesta de Directiva sobre los Derechos de los Consumidores que, de aprobarse por el Parlamento Europeo y el Consejo, obligará a modificar las normas vigentes en la materia de todos los paises miembros de la Unión Europea con el fin de adaptar su legislación interna a las previsiones de la misma.

Se trata, según el texto de la propuesta, de lograr una "armonización plena de los aspectos clave del Derecho contractual relativo a los consumidores", con el fin de evitar las marcadas diferencias entre las leyes de los Estados miembros sobre contratos celebrados con consumidores, "que pueden generar distorsiones apreciables de la competencia y obstaculizar el buen funcionamiento del mercado interior".

El texto de la propuesta se puede descargar a través del siguiente enlace:

martes, 21 de octubre de 2008

RESEÑA LEGISLATIVA (SEMANAS 33/08-43/08)


RESEÑA LEGISLATIVA

(SEMANAS 33/08-43/08)




LEGISLACIÓN ESTATAL


Real Decreto-Ley 6/2008, de 10 de octubre, por el que se crea el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/14/pdfs/A41167-41169.pdf

Real Decreto-Ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/14/pdfs/A41169-41170.pdf

Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/11/pdfs/A36885-37072.pdf

Real Decreto 1318/2008, de 24 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/11/pdfs/A37073-37077.pdf

Real Decreto 1246/2008, de 18 de julio, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y farmacovigilancia de los medicamentos veterinarios fabricados industrialmente.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/08/11/pdfs/A34044-34084.pdf

Real Decreto 1433/2008, de 29 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/11/pdfs/A37096-37099.pdf

Real Decreto 1471/2008, de 5 de septiembre, por el que se establece y regula la red de alerta para los piensos.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/16/pdfs/A37825-37827.pdf

Real Decreto 1472/2008, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/06/pdfs/A36506-36507.pdf

Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/13/pdfs/A37487-37494.pdf

Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/25/pdfs/A38854-38857.pdf

Real Decreto 1642/2008, de 10 de octubre, por el que se fijan los importes garantizados a que se refiere el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/11/pdfs/A40985-40985.pdf

Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/11/pdfs/A40995-41030.pdf

Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Documento Básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/18/pdfs/A41655-41656.pdf

Orden PRE/2424/2008, de 14 de agosto, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de agosto de 2008, sobre medidas de reforma estructural y de impulso de la financiación de las pequeñas y medianas empresas.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/08/15/pdfs/A34659-34663.pdf

Orden PRE/2543/2008, de 4 de septiembre, por la que se incluyen las sustancias activas difetialona y dióxido de carbono en los anexos I y IA, respectivamente, del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/08/pdfs/A36594-36595.pdf

Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/14/pdfs/A41170-41175.pdf

Orden ITC/2857/2008, de 10 de octubre, por la que se establece la tarifa del suministro de último recurso de gas natural.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/11/pdfs/A40985-40987.pdf

Resolución de 2 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Industria, por la que se publica la relación de normas europeas que han sido ratificadas durante el mes de julio de 2008 como normas españolas.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/26/pdfs/A39095-39097.pdf

Resolución de 2 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Industria, por la que se publica la relación de normas UNE anuladas durante el mes de julio de 2008.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/26/pdfs/A39097-39098.pdf

Resolución de 2 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Industria, por la que se publica la relación de normas UNE aprobadas por AENOR durante el mes de julio de 2008.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/26/pdfs/A39098-39102.pdf

Resolución de 3 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/15/pdfs/A37576-37576.pdf

Resolución de 23 septiembre de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica la actualización prevista en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/30/pdfs/A39244-39244.pdf

Resolución de 23 septiembre de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica la actualización prevista en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/09/30/pdfs/A39244-39244.pdf

Circular 3/2008, de 11 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las instituciones de inversión colectiva.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/02/pdfs/A39612-39673.pdf

Circular 4/2008, de 11 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el contenido de los informes trimestrales, semestral y anual de instituciones de inversión colectiva y del estado de posición.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/07/pdfs/A40206-40252.pdf

Circular 3/2008, de 11 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las instituciones de inversión colectiva.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/10/02/pdfs/A39612-39673.pdf



NORMATIVA COMUNITARIA

Reglamento (CE) no 764/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen procedimientos relativos a la aplicación de determinadas normas técnicas nacionales a los productos comercializados legalmente en otro Estado miembro y se deroga la Decisión no 3052/95/CE

Reglamento (CE) no 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 339/93.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:218:0030:0047:ES:PDF

Reglamento (CE) no 788/2008 del Consejo, de 24 de julio de 2008, por el que se modifican las listas de los procedimientos de insolvencia y los procedimientos de liquidación de los anexos A y B del Reglamento (CE) no 1346/2000 sobre procedimientos de insolvencia, y se codifican los anexos A, B y C de dicho Reglamento.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:213:0001:0013:ES:PDF

Reglamento (CE) 798/2008 de la Comisión, de 8 de agosto de 2008, por el que se establece una lista de terceros países, territorios, zonas o compartimentos desde los cuales están permitidos la importación en la Comunidad o el tránsito por la misma de aves de corral y productos derivados, junto con los requisitos de certificación veterinaria.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:226:0001:0094:ES:PDF

Reglamento (CE) no 839/2008 de la Comisión, de 31 de julio de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los anexos II, III y IV relativos a límites máximos de residuos de plaguicidas en el interior o en la superficie de determinados productos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:234:0001:0216:ES:PDF

Reglamento (CE) no 967/2008 del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 834/2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:264:0001:0002:ES:PDF

Reglamento (CE) no 987/2008 de la Comisión, de 8 de octubre de 2008, por el que se adapta el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) en cuanto a sus anexos IV y V.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:268:0014:0019:ES:PDF

Reglamento (CE) no 1019/2008 de la Comisión, de 17 de octubre de 2008, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:277:0007:0007:ES:PDF

Reglamento (CE) no 1020/2008 de la Comisión, de 17 de octubre de 2008, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal, así como el Reglamento (CE) no 2076/2005 en lo relativo al marcado de identificación, la leche cruda y los productos lácteos, los huevos y ovoproductos y determinados productos de la pesca
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:277:0008:0014:ES:PDF

Reglamento (CE) no 1021/2008 de la Comisión, de 17 de octubre de 2008, que modifica los anexos I, II y III del Reglamento (CE) no 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, y el Reglamento (CE) no 2076/2005 en lo que respecta a los moluscos bivalvos vivos, determinados productos de la pesca y el personal que presta asistencia en los controles oficiales en los mataderos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:277:0015:0017:ES:PDF

Reglamento (CE) no 1022/2008 de la Comisión, de 17 de octubre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2074/2005 en lo que respecta a los valores límite de nitrógeno básico volátil total (NBVT).
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:277:0018:0020:ES:PDF

Reglamento (CE) no 1023/2008 de la Comisión, de 17 de octubre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2076/2005 en lo que respecta a la ampliación del período transitorio concedido a los operadores de empresas alimentarias que importan aceite de pescado destinado al consumo humano.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:277:0021:0022:ES:PDF

Directiva 2008/85/CE de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de forma que incluya el tiabendazol como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:239:0006:0008:ES:PDF

Directiva 2008/86/CE de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de forma que incluya el tebuconazol como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:239:0009:0011:ES:PDF

Directiva 2008/88/CE de la Comisión, de 23 de septiembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, a fin de adaptar sus anexos II y III al progreso técnico.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:256:0012:0016:ES:PDF

Directiva 2008/89/CE de la Comisión, de 24 de septiembre de 2008, por la que se modifica, para adaptarla al progreso técnico, la Directiva 76/756/CEE del Consejo, sobre la instalación de los dispositivos de alumbrado y de señalización luminosa de los vehículos a motor y de sus remolques.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:257:0014:0015:ES:PDF

Directiva 2008/91/CE de la Comisión, de 29 de septiembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella la sustancia activa diurón.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:262:0031:0033:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 28 de julio de 2008, sobre la admisibilidad de las notificaciones relativas a la renovación de la inclusión en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo de las sustancias activas azimsulfurón, azoxistrobina, fluroxipir, imazalilo, cresoxim metilo, prohexadiona cálcica y espiroxamina, y por la que se establece la lista de los notificantes en cuestión [notificada con el número C(2008) 3855].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:214:0070:0072:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 25 de agosto de 2008, sobre las equivalencias entre categorías de permisos de conducción [notificada con el número C(2008) 3790].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:270:0031:0079:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 7 de octubre de 2008, que corrige la Directiva 2007/5/CE por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella las sustancias activas captan, folpet, formetanato y metiocarb [notificada con el número C(2008) 5583].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:268:0031:0031:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 10 de octubre de 2008, que corrige la Directiva 2008/40/CE, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo para incluir las sustancias activas amidosulfurón y nicosulfurón [notificada con el número C(2008) 5703].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:271:0050:0050:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 14 de octubre de 2008, por la que se establecen las condiciones particulares de importación de productos que contienen leche o productos lácteos originarios o procedentes de China, y se deroga la Decisión 2008/757/CE de la Comisión [notificada con el número C(2008) 6086].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:273:0018:0020:ES:PDF

Recomendación del Órgano de Vigilancia de la AELC no 119/07/COL, de 16 de abril de 2007, relativa al control de los niveles de base de las dioxinas, los PCB similares a las dioxinas y los PCB no similares a las dioxinas en los productos alimenticios.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:275:0065:0072:ES:PDF

Resolución del Consejo, de 25 de septiembre de 2008, sobre un plan europeo global de lucha contra la falsificación y la piratería.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2008:253:0001:0002:ES:PDF






LEGISLACIÓN AUTONÓMICA (ASTURIAS)




Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la Ordenación y el currículo del Bachillerato.
http://www.asturias.es/bopa/2008/08/22/20080822.pdf

Resolución de 25 de julio de 2008, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se modifica la Resolución de 7 de abril de 2008 por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal, denominado “Registro del Principado de Asturias de Instrucciones Previas”, dependiente de la Dirección General de Planificación y Participación.
http://www.asturias.es/bopa/2008/08/26/20080826.pdf

Resolución de 2 de septiembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se crea un Comité de Expertos sobre la Lengua Azul en el Principado de Asturias.
http://www.asturias.es/bopa/2008/09/06/20080906.pdf

lunes, 18 de agosto de 2008

FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA AGENCIA DE SANIDAD AMBIENTAL Y CONSUMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS


En la Administración del Principado de Asturias, el órgano administrativo competente en materia de consumo es la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo, actualmente configurada en el Decreto 147/2007, de 1 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios como órgano desconcentrado de ésta, con rango equivalente a Dirección General.

La Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo se estructura en cinco servicios: Servicio de Consumo, Servicio de Control Alimentario y Sanidad Ambiental, Servicio de Coordinación de las Unidades Territoriales, Laboratorio de Salud Pública y Servicio de Régimen Jurídico.

El contenido de los artículos 27 a 32 del Decreto 147/2007, en los que se detallan las competencias de la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo y de sus servicios, es el siguiente:


Artículo 27.—Funciones y estructura.

1.—Corresponde a la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo, como órgano desconcentrado de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios y nivel equiparado a Dirección General, el desarrollo de las actuaciones dirigidas a la información y protección de los consumidores y consumidoras y a la realización de las acciones de vigilancia y control de riesgos para la salud pública derivados del consumo de alimentos, de la presencia de agentes físicos, químicos o biológicos en el medio ambiente, sin menoscabo de las competencias atribuidas a otros órganos de la Administración.

2.—En particular le competen las siguientes funciones:

a) La dirección y gestión de las Unidades Territoriales de la Agencia existentes en la comunidad autónoma.

b) La tramitación de los expedientes sancionadores en las materias de su competencia.

c) El apoyo a las actuaciones de la Dirección General de Salud Pública en la investigación y control de brotes epidémicos y en la implantación y seguimiento de los programas de prevención y promoción de la salud en las áreas sanitarias.

3.—La Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo para el desarrollo de sus funciones se estructura en las siguientes unidades, con rango de servicio:

a) Servicio de Consumo.

b) Servicio de Control Alimentario y Sanidad Ambiental.

c) Servicio de Coordinación de las Unidades Territoriales

d) Laboratorio de Salud Pública.

e) Servicio de Régimen Jurídico.

4.—Corresponden a quien sea titular de la Agencia en las materias de su competencia las atribuciones que señala el artículo 35.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 , de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Artículo 28.—Servicio de Consumo.

Al Servicio de Consumo le corresponde:

a) La tramitación de las denuncias por vulneración de la normativa relacionada con la defensa de los consumidores y usuarios en coordinación con el Servicio de Régimen Jurídico de la Agencia.

b) La inspección, vigilancia y el control de los productos no alimenticios que puedan generar riesgos para la salud o la seguridad de las personas, y en especial, el desarrollo de las campañas coordinadas de carácter nacional y autonómico de tales productos, actividades y servicios, así como participación en la gestión de la Red de Alerta.

c) Las funciones relacionadas con la adscripción orgánica de la Junta Arbitral de Consumo, así como la gestión y tramitación de los expedientes de arbitraje de consumo que generen las solicitudes de los consumidores y usuarios, y también la mediación y la confección y actualización del censo de empresas adheridas al sistema arbitral.

d) La formación, educación e información en materia de consumo.

e) La gestión y coordinación de los Centros de Formación del Consumidor y de la Unidad de Documentación dependientes de la Agencia.

f) La colaboración con las entidades locales en el ejercicio de las competencias en materia de defensa de los consumidores y usuarios y de control de mercado.

g) La elaboración de informes jurídicos y el asesoramiento legal en materia de consumo.

Artículo 29.—Servicio de Control Alimentario y Sanidad Ambiental.

Al Servicio de Control Alimentario y Sanidad Ambiental le corresponde:

a) La formulación y evaluación de programas y actuaciones dirigidas a asegurar las condiciones higiénico-sanitarias relativas a la producción, transporte, comercialización, venta y manejo de productos alimenticios.

b) La formulación y evaluación de los programas y actuaciones dirigidos a la investigación y control de agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el agua y en el aire que puedan ocasionar riesgos para la salud de la población en colaboración con otros órganos de las administraciones públicas.

c) La tramitación y gestión del registro de industrias alimentarias, de los registros de establecimientos y servicios de biocidas de uso ambiental y alimentario y de aquellos otros registros relacionados con las actividades del servicio que pudieran serle asignados.

Artículo 30.—Servicio de Coordinación de las Unidades Territoriales de la Agencia.

Al Servicio de Coordinación de las Unidades Territoriales de la Agencia le corresponde:

a) La dirección, implantación y seguimiento de los programas de control alimentario y de sanidad ambiental en las Unidades Territoriales de la Agencia y en especial de los siguientes:

1.º Los relativos a las condiciones sanitarias de las aguas recreativas y de consumo público.

2.º Los relativos al control de biocidas, y de sustancias y preparados peligrosos.

3.º Los aspectos sanitarios relacionados con las actividades clasificadas contempladas en el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

4.º Los relativos a la producción, transformación y distribución de alimentos y bebidas.

5.º Los relativos a cementerios y establecimientos sometidos al Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

6.º Los relativos a instalaciones sometidas a la prevención y control de la legionelosis en cumplimiento de la normativa aplicable.

b) El apoyo a las actividades de investigación y control de brotes epidémicos y alertas epidemiológicas realizadas por la Dirección General de Salud Pública.

c) La dirección y ejecución de cualquier otra función sanitaria asignada a las Unidades Territoriales de la Agencia.

Artículo 31.—Laboratorio de Salud Pública.

Al Laboratorio de Salud Pública, con rango de servicio, le corresponde:

a) La prestación de apoyo técnico y soporte analítico a los programas atribuidos y desarrollados por la Agencia y de aquellos que se establezcan con otros órganos de la Administración del Principado de Asturias, de las entidades locales y de la Administración General del Estado en materia de salud pública.

b) La conexión con otros laboratorios oficiales para la remisión de peticiones analíticas que por su especificidad o complejidad no puedan ser abordadas por el propio Laboratorio.

Artículo 32.—Servicio de Régimen Jurídico.

Al Servicio de Régimen Jurídico le corresponde:

a) El asesoramiento legal y la emisión de informes jurídicos.

b) La tramitación de expedientes sancionadores.

c) El asesoramiento en el ámbito de los procedimientos de elaboración de disposiciones de carácter general.

martes, 12 de agosto de 2008

RESEÑA LEGISLATIVA (SEMANAS 24/08-32/08)


RESEÑA LEGISLATIVA

(SEMANAS 24/08-32/08)



LEGISLACIÓN ESTATAL


Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/26/pdfs/A28482-28504.pdf

Real Decreto 1079/2008, de 27 de junio, por el que se regula el marcado de los jamones y paletas y los periodos de elaboración para la utilización de determinadas menciones en el etiquetado.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/14/pdfs/A30786-30787.pdf

Real Decreto 1133/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/09/pdfs/A29992-30002.pdf

Real Decreto 1245/2008, de 18 de julio, por el que se modifica la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/31/pdfs/A32976-32978.pdf

Orden ITC/1620/2008, de 5 de junio, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/11/pdfs/A26762-26794.pdf

Orden SCO/1730/2008, de 6 de junio, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1091/2000, de 9 de junio, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria específica de los alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/18/pdfs/A27608-27608.pdf

Orden PRE/1743/2008, de 18 de junio, por la que se establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las diferentes modalidades de reproducción.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/19/pdfs/A27842-27844.pdf

Orden PRE/1797/2008, de 18 de junio, sobre acreditación de la condición de pensionista de la Seguridad Social a efectos del reconocimiento del derecho a la prestación farmacéutica.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/24/pdfs/A28218-28219.pdf

Orden ITC/1857/2008, de 26 de junio, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de julio de 2008.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/28/pdfs/A28738-28750.pdf

Orden FOM/2039/2008, de 3 de julio, por la que se revisan las tarifas de los servicios públicos regulares interurbanos permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/12/pdfs/A30678-30678.pdf

Orden SCO/2242/2008, de 22 de julio, por la que se modifican los Anexos II y III del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/31/pdfs/A32978-32988.pdf

Orden FOM/2180/2008, de 22 de julio, por la que se establece una cláusula de actualización automática de precios de los transportes públicos de viajeros por carretera.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/25/pdfs/A32338-32339.pdf

Orden FOM/2182/2008, de 22 de julio, sobre régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/25/pdfs/A32340-32341.pdf

Resolución de 27 de junio de 2008, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de junio de 2008, por el que se establece la normativa reguladora de los préstamos previstos en el Plan elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para la renovación del parque automovilístico (Plan Vive. 2008-2010).
http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/28/pdfs/A28752-28754.pdf

Resolución de 16 de julio de 2008, del Banco de España, por la que mensualmente se hacen públicos los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/22/pdfs/A32106-32106.pdf

Resolución de 18 de julio de 2008, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se establecen y hacen públicas, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 34 y en la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, las relaciones de operadores principales en los sectores energéticos.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/07/29/pdfs/A32772-32773.pdf



NORMATIVA COMUNITARIA


Reglamento (CE) no 552/2008 de la Comisión, de 17 de junio de 2008, por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 2430/1999, (CE) no 2380/2001 y (CE) no 1289/2004, con respecto a los términos de las autorizaciones de determinados aditivos para la alimentación animal.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:158:0003:0004:ES:PDF

Reglamento (CE) no 553/2008 de la Comisión, de 17 de junio de 2008, que modifica el anexo VII del Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:158:0005:0013:ES:PDF

Reglamento (CE) no 554/2008 de la Comisión, de 17 de junio de 2008, relativo a la autorización de 6-fitasa (fitasa Quantum) como aditivo para la alimentación animal.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:158:0014:0016:ES:PDF

Reglamento (CE) no 689/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, relativo a la exportación e importación de productos químicos peligrosos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:204:0001:0035:ES:PDF

Reglamento (CE) no 746/2008 de la Comisión, de 17 de junio de 2008, que modifica el anexo VII del Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:202:0011:0019:ES:PDF

Reglamento (CE) no 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I).
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:177:0006:0016:ES:PDF

Reglamento (CE) no 565/2008 de la Comisión, de 18 de junio de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 1881/2006, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, con respecto al establecimiento del contenido máximo de dioxinas y PCB en el hígado de pescado.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:160:0020:0021:ES:PDF

Reglamento (CE) no 566/2008 de la Comisión, de 18 de junio de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo que se refiere a la comercialización de la carne procedente de bovinos de edad igual o inferior a doce meses.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:160:0022:0025:ES:PDF

Reglamento (CE) no 584/2008 de la Comisión, de 20 de junio de 2008, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de la Salmonella enteritidis y la Salmonella typhimurium en los pavos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:162:0003:0008:ES:PDF

Reglamento (CE) no 605/2008 de la Comisión, de 20 de junio de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación relativas al certificado de control de las importaciones de terceros países, según lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2092/91 del Consejo sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (Versión codificada).
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:166:0003:0015:ES:PDF

Reglamento (CE) no 589/2008 de la Comisión, de 23 de junio de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:163:0006:0023:ES:PDF

Reglamento (CE) no 597/2008 de la Comisión, de 24 de junio de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 372/2007, que establece límites de migración transitorios para los plastificantes utilizados en las juntas de tapas destinadas a entrar en contacto con alimentos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:164:0012:0013:ES:PDF

Reglamento (CE) no 598/2008 de la Comisión, de 24 de junio de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 589/2008 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:164:0014:0015:ES:PDF

Reglamento (CE) no 628/2008 de la Comisión, de 2 de julio de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 1898/2006, que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:173:0003:0005:ES:PDF

Reglamento (CE) no 629/2008 de la Comisión, de 2 de julio de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 1881/2006 por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:173:0006:0009:ES:PDF

Reglamento (CE) no 632/2008 de la Comisión, de 2 de julio de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 1019/2002, sobre las normas de comercialización del aceite de oliva.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:173:0016:0016:ES:PDF

Reglamento (CE) no 640/2008 de la Comisión, de 4 de julio de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:178:0011:0016:ES:PDF

Reglamento (CE) no 657/2008 de la Comisión, de 10 de julio de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo relativo a la concesión de una ayuda comunitaria para el suministro de leche y determinados productos lácteos a los alumnos de centros escolares.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:183:0017:0026:ES:PDF

Reglamento (CE) no 692/2008 de la Comisión de 18 de julio de 2008 por el que se aplica y modifica el Reglamento (CE) no 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:199:0001:0136:ES:PDF

Reglamento (CE) no 737/2008 de la Comisión, de 28 de julio de 2008, por el que se designan los laboratorios comunitarios de referencia para las enfermedades de los crustáceos, la rabia y la tuberculosis bovina, se establecen responsabilidades y tareas suplementarias para los laboratorios comunitarios de referencia para la rabia y la tuberculosis bovina y se modifica el anexo VII del Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:201:0029:0032:ES:PDF

Reglamento (CE) no 760/2008 de la Comisión, de 31 de julio de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo que respecta a las autorizaciones de uso de caseína y caseinatos en la fabricación de quesos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:205:0022:0025:ES:PDF

Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Comunidad (Texto refundido).
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:191:0001:0045:ES:PDF

Directiva 2008/60/CE de la Comisión, de 17 de junio de 2008, por la que se establecen criterios específicos de pureza de los edulcorantes que pueden emplearse en los productos alimenticios (Versión codificada).
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:158:0017:0040:ES:PDF

Directiva 2008/63/CE de la Comisión, de 20 de junio de 2008, relativa a la competencia en los mercados de equipos terminales de telecomunicaciones (Versión codificada).
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:162:0020:0026:ES:PDF

Directiva 2008/66/CE de la Comisión, de 30 de junio de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella las sustancias activas bifenox, diflufenicán, fenoxaprop-P, fenpropidina y quinoclamina.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:171:0009:0015:ES:PDF

Directiva 2008/69/CE de la Comisión, de 1 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo para incluir las sustancias activas clofentecina, dicamba, difenoconazol, diflubenzurón, imazaquín, lenacilo, oxadiazón, picloram y piriproxifeno.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:172:0009:0014:ES:PDF

Directiva 2008/70/CE de la Comisión, de 11 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir en ella la sustancia activa tritosulfurón.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:185:0040:0042:ES:PDF

Directiva 2008/74/CE de la Comisión, de 18 de julio de 2008, por la que se modifican, por lo que respecta a la homologación de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos, la Directiva 2005/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2005/78/CE.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:192:0051:0059:ES:PDF

Directiva 2008/75/CE de la Comisión, de 24 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el dióxido de carbono como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:197:0054:0056:ES:PDF

Directiva 2008/76/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2008, por la que se modifica el anexo I de la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre sustancias indeseables en la alimentación animal.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:198:0037:0040:ES:PDF

Directiva 2008/77/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el tiametoxam como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:198:0041:0043:ES:PDF

Directiva 2008/78/CE de la Comisión, de 25 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el propiconazol como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:198:0044:0046:ES:PDF

Directiva 2008/79/CE de la Comisión, de 28 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el IPBC como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:200:0012:0014:ES:PDF

Directiva 2008/80/CE de la Comisión, de 28 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el 1-óxido de ciclohexilhidroxidiazeno, sal de potasio (K-HDO) como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:200:0015:0017:ES:PDF

Directiva 2008/81/CE de la Comisión, de 29 de julio de 2008, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el difenacum como sustancia activa en su anexo I.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:201:0046:0048:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 7 de mayo de 2008, relativa a la prohibición provisional del uso y de la venta en Austria de maíz modificado genéticamente (Zea mays L. línea MON810) con arreglo a la Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 1718].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:172:0025:0027:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 3 de junio de 2008, por la que se adoptan disposiciones de aplicación relativas al Responsable de la Protección de Datos de conformidad con el artículo 24, apartado 8, del Reglamento (CE) no 45/2001 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos.
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:193:0007:0011:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 17 de junio de 2008, que modifica la Decisión 1999/217/CE por lo que se refiere al repertorio de sustancias aromatizantes utilizadas en o sobre los productos alimenticios [notificada con el número C(2008) 2336].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:163:0042:0042:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 18 de junio de 2008, por la que se modifica la Decisión 2006/415/CE, relativa a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H5N1 en aves de corral de la Comunidad [notificada con el número C(2008) 2701].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:173:0025:0026:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 20 de junio de 2008, por la que se modifica la Decisión 2004/858/CE con objeto de transformar la «Agencia Ejecutiva para el Programa de Salud Pública» en la «Agencia Ejecutiva de Sanidad y Consumo».
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:173:0027:0029:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 27 de junio de 2008, relativa a la autorización de comercialización de aceite refinado de Echium como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 3049].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:180:0017:0019:ES:PDF

Decisión de la Comisión, de 27 de junio de 2008, relativa a la autorización de comercialización de aceite de semilla de Allanblackia como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 3081].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:180:0020:0021:ES:PDF



LEGISLACIÓN AUTONÓMICA
(ASTURIAS)



Decreto 50/2008, de 19 de junio, por el que se regula el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en turismo (auto-taxi).
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/02/20080702.pdf

Decreto 58/2008, de 26 de junio, por el que se regula la estructura, composición y régimen de funcionamiento del Observatorio de la Sostenibilidad en el Principado de Asturias.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/09/20080709.pdf

Decreto 63/2008, de 9 de julio, por el que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones, así como la metodología seguida para su obtención.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/22/20080722.pdf

Decreto 70/2008, de 23 de julio, de segunda modificación del Decreto 120/2005, de 17 de noviembre, por el que se establecen los precios máximos de venta de las viviendas protegidas de nueva construcción.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/31/20080731.pdf

Resolución de 18 de junio de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba el modelo de hoja de reclamaciones para máquinas recreativas y el procedimiento de tramitación.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/25/20080725.pdf

Resolución de 3 de julio de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se aprueba el modelo de hoja de reclamaciones para salas de bingo y el procedimiento de tramitación.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/25/20080725.pdf

Resolución de 25 de junio de 2008, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se dictan normas sobre el reconocimiento de ganado porcino sacrificado para el consumo familiar en el territorio del Principado de Asturias.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/24/20080724.pdf

Resolución de 26 de junio de 2008, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se dictan normas sobre la comercialización de la caza mayor silvestre abatida en el territorio del Principado de Asturias.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/24/20080724.pdf


OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS


Sentencia de 5 de febrero de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo el número 6 del artículo 3 del Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios.
http://www.boe.es/boe/dias/2008/08/04/pdfs/A33308-33308.pdf

Decreto 62/2008, de 9 de julio, por el que se fijan los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2008-2009.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/12/20080712.pdf

Resolución de 10 de junio de 2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2008-2009.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/01/20080701.pdf

Resolución de 18 de junio de 2008, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se conceden subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo del Servicio Municipal de Consumo para 2008.
http://www.asturias.es/bopa/2008/07/09/20080709.pdf

Resolución de 22 de julio de 2008, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se convocan subvenciones para ayudas a Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias.
http://www.asturias.es/bopa/2008/08/04/20080804.pdf

Información pública de proyecto de Decreto por el que se aprueban las normas sanitarias aplicables en las piscinas de uso colectivo del Principado de Asturias.
http://www.asturias.es/bopa/2008/08/04/20080804.pdf

Recomendación de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, sobre las medidas de reducción del riesgo de las sustancias siguientes: tricloroetileno, benceno y 2-metoxi-2-metilbutano (TAME).
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:162:0034:0036:ES:PDF

Recomendación de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, sobre las medidas de reducción del riesgo de las sustancias siguientes: cloruro de 2,3-epoxipropiltrimetilamonio (EPTAC), cloruro de (3-cloro-2-hidroxipropil)-trimetilamonio (CHPTAC) y hexaclorociclopentadieno [notificada con el número C(2008) 2316].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:162:0037:0038:ES:PDF

Recomendación de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, sobre las medidas de reducción del riesgo de las sustancias siguientes: óxido de cinc, sulfato de cinc y bis(ortofosfato) de tricinc [notificada con el número C(2008) 2322].
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:161:0047:0048:ES:PDF

Recomendación de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, sobre las medidas de reducción del riesgo de las sustancias siguientes: cinc, cloruro de cinc y diestearato de cinc [notificada con el número C(2008) 2329].

martes, 17 de junio de 2008

SENTENCIA SOBRE INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE VENTA EN VIVIENDAS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN


En este supuesto se analiza un procedimiento sancionador instruido, entre otras causas, por incumplimiento de las condiciones de venta en una vivienda de nueva construcción. La empresa promotora había suprimido una puerta de acceso a la terraza desde la cocina del inmueble, se había sustituido el modelo de ascensor y de portón de acceso al garaje, y no se habían instalado las ventanas abatibles que figuraban en la memoria de calidades; todo ello, sin consentimiento de los compradores.

La instrucción calificó estos hechos como constitutivos de una infracción grave en materia de defensa del consumidor y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Oviedo, en sentencia dictada el 30 de mayo de 2008 (procedimiento abreviado nº 104/2007) ratifica la sanción impuesta por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias por cuantía de 3.007 euros.

Se refleja, a continuación, el Fundamento de Derecho Segundo de dicha Sentencia.

« Segundo.- La resolución impugnada apreció la comisión de la infracción consistente en el INCUMPLIIENTO DE LAS CONDICIONES DE VENTA en base a los siguientes hechos que la recurrente no ha negado, si bien discrepa de la interpretación que a ellos anuda la recurrida: 1º Supresión de la puerta de acceso a la terraza desde la cocina; 2º Sustitución del modelo de ascensor, de la marca XXXXX a la marca YYYYY, así como del correspondiente al portón de acceso al garaje marca ZZZZZ; 3º no instalación de ventanas abatibles.

La demandante, reiterando lo alegado en vía administrativa, sostiene que con la primera modificación la vivienda ganó en funcionalidad al permitir la mejor colocación de los muebles y la instalación de radiador; que los cambios se hicieron a favor de otras marcas de idéntica o superior calidad y estaban justificados y, finalmente, que si bien la memoria de calidades hacía expresa referencia a que las ventanas serían abatibles, tal denominación hace referencia a las que en realidad se instalaron, es decir, a las practicables pues a otra categoría, no ofertada, pertenecen las “oscilo-batientes”.

Pues bien, a la vista del expediente administrativo esta juzgadora comparte íntegramente los razonamientos realizados en la resolución recurrida en relación a esta concreta infracción pues, efectivamente, la empresa no puede ofrecer unas determinadas características en el plano de la vivienda o unas determinadas calidades en la memoria y luego modificarlas sin contar con la autorización del comprador, pues éste adquiere en base a las mismas y puede exigir que se cumplan o, en su caso, denunciar el incumplimiento como así ha ocurrido. En particular, difícilmente puede sostenerse que la funcionalidad de la terraza sea la misma cuando se suprime su acceso desde la cocina, ya que aunque tal acceso se obtenga a través de otra estancia, es evidente que habrá de recorrerse la distancia correspondiente desde la cocina para lograr esta finalidad. Por otro lado, el cambio en las marcas (ascensor y portón) es también incumplimiento en la medida en que nada obliga al vendedor a ofrecer unas determinadas y expresamente cerradas a una eventual modificación (lo que se produce cuando no se añade la mención “o similar”); por lo tanto, si tal ofrecimiento se realiza, sin duda por el “tirón” que determinadas marcas suponen para el adquirente, es preciso mantenerlo, lograr el consentimiento para el cambio o al menos justificar cumplidamente el motivo por el que se ha tenido que realizar y su necesidad. Nada de ello se ha realizado en el caso que nos ocupa, dada la insostenibilidad de la justificación invocada en relación al cambio de marca del ascensor, pues el hecho de que YYYYY se halle establecida en Asturias no elimina el incumplimiento que supone el no haber instalado el de la marca XXXXX y, respecto al portón, al no constar el defectuoso funcionamiento del original. Más llamativa es la alegación referida a las ventanas “abatibles” que pretenden asimilarse a las normales, es decir a las que se abren por el eje vertical, pues para llegar a ese punto ningún adjetivo sería preciso añadir a las ventanas que se instalan en una vivienda. En definitiva, no es sólo que para un consumidor normal las ventanas “abatibles” son las que permiten la apertura por el eje horizontal sino que tal es la denominación que resulta de la palabra “abatible” según el diccionario de la RAE el cual reserva tal adjetivo al objeto “Que puede pasar de la posición vertical a la horizontal o viceversa haciéndolo girar en torno a un eje o bisagra”».

sábado, 7 de junio de 2008

RESEÑA LEGISLATIVA (SEMANAS 19/08-23/08)


LEGISLACIÓN ESTATAL

Real Decreto 821/2008, de 16 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos y se establece el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal.

Real Decreto 866/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo.

Real Decreto 868/2008, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1430/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria específica de los productos destinados a ser utilizados en dietas de bajo valor energético para reducción de peso.

Orden PRE/1402/2008, de 20 de mayo, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal.

LEGISLACIÓN AUTONÓMICA

Resolución de 29 de abril de 2008, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, de desarrollo y ejecución del Decreto 4/2008, de 23 de enero, de Organización y Funcionamiento del Registro del Principado de Asturias de Instrucciones Previas en el ámbito sanitario.



NORMATIVA COMUNITARIA

Reglamento (CE) no 437/2008 de la Comisión, de 21 de mayo de 2008, por el que se modifican los anexos VII, X y XI del Reglamento (CE) no 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a los requisitos relativos a la transformación de la leche y los productos lácteos definidos como material de la categoría 3.

Reglamento (CE) no 440/2008 de la Comisión, de 30 de mayo de 2008, por el que se establecen métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)

Reglamento (CE) no 460/2008 de la Comisión, de 27 de mayo de 2008, que modifica el Reglamento (CE) no 85/2004 por el que se establece la norma de comercialización aplicable a las manzanas.



Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo.

Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles.


Decisión de la Comisión, de 26 de mayo de 2008, relativa a la autorización de comercialización de α-ciclodextrina como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo.


OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS


Decreto 38/2008, de 7 de mayo, por el que se establece el precio público por la prestación del servicio de centros de día para personas mayores dependientes.


viernes, 16 de mayo de 2008

CLÁUSULAS ABUSIVAS EN SERVICIOS FINANCIEROS


En esta sentencia, se analiza el procedimiento administrativo sancionador en materia de defensa del consumidor incoado a una entidad bancaria por la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha por la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos de préstamo personal utilizados por dicha entidad.

La entidad recurrente basa su defensa en estos motivos:

1.- Falta de competencia de la Comunidad Autónoma en materia de defensa de los consumidores.
2.- Indefensión, al incorporarse a las actuaciones inspectoras borradores de contratos (minutas) que, según la recurrente, habían quedado obsoletos.
3.- Indefensión, al practicarse las actuaciones inspectoras con el responsable de una oficina bancaria carente de facultades para representar a la empresa, no habiéndose tampoco incorporado en el acuerdo de iniciación del expediente las cláusulas que la Administración consideró abusivas.
4.- Falta de motivación de la resolución sancionadora.
5.- Legalidad de las cláusulas que la Administración calificó abusivas.
6.- Existencia de arbitrariedad, en cuanto al importe de la sanción impuesta.

El juzgado desestima todas las alegaciones y, en consecuencia, el recurso interpuesto.

Resultan de especial interés los argumentos expuestos en el fundamento de derecho séptimo de la sentencia en el que se aprecia el carácter abusivo de las cláusulas estudiadas en los contratos de préstamo mediante la que se imponía a los clientes la obligación de pagar “todos los tributos presentes o futuros, que pudieran recaer directa o indirectamente sobre este contrato, o derivarse del mismo”, la totalidad de los gastos de corretaje derivados de la intervención del agente que intervenga en la póliza y los gastos de Abogado y Procurador del Procedimiento Judicial a que, en su caso, hubiese lugar por incumplimiento del prestatario, incluso si la resolución judicial no contuviese pronunciamiento expreso sobre tales costas. Igualmente, estima abusiva la cláusula sobre sometimiento o sumisión expresa a los Juzgados o Tribunales fijados por la entidad recurrente.




JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALBACETE
(REF 2/65)
Procedimiento ordinario 328/2003

Sentencia Nº 105/04, de 19 de mayo de 2004


FUNDAMENTOS DE DERECHO


PRIMERO.- Que es objeto de revisión en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución del Consejero de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de 4 de julio de 2003 por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por …………….. contra la Resolución de la Dirección General de Consumo de 12 de febrero de 2003, por la que se decide el expediente sancionador 2/154/02 con imposición de una sanción de multa por importe de 3.100 euros, ratificando dicha sanción en todos sus extremos.

SEGUNDO.- Que el actor alega los siguientes motivos de impugnación de la Resolución recurrida:

1) Nulidad de pleno derecho de la actuación administrativa por no tener la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha competencias delegadas en materia de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

2) Nulidad de pleno derecho al haberse generado indefensión a ………….., pues la visita girada el 18 de abril de 2002 se practicó con el apoderado de la entidad Sr. ………… que tiene facultades muy limitadas concretadas a ciertas tareas de la práctica bancaria, pero careciendo de facultades para representar a la entidad frente a la Administración, lo que generó a …………….indefensión material con vulneración del artículo 24 de la Constitución, pues con motivo de la actuación llevada a cabo en la mencionada visita se incorporaron al acta borradores de minutas de préstamos que habían quedado obsoletos.

3) Nulidad de pleno derecho porque en la instrucción del procedimiento sancionador se generó indefensión material a la mercantil actora, y ello, por no haberse practicado la inspección con ningún representante legal de la entidad, no habiéndose incluido, por lo demás, en el acuerdo material de iniciación del procedimiento sancionador el texto de las cláusulas que la Administración consideraba abusivas dado que ………….posee pluralidad de modelos de minutas de préstamos, impidiendo con ello a la mercantil recurrente hacer alegaciones en descargo de sus intereses.

4) Nulidad de pleno derecho por ausencia total de motivación adecuada de la resolución recurrida, causando igualmente dicha falta de motivación indefensión material a ……………………, habiéndose limitado la Administración a dictar una resolución-tipo con la única finalidad de imponer una sanción a la mercantil actora.

5) Legalidad de las cláusulas undécima y decimotercera del contrato de préstamo personal y de la cláusula decimoséptima de la escritura de la hipoteca.

6) Existencia de arbitrariedad a la hora de determinar el importe de la sanción a imponer, así como vulneración del principio de proporcionalidad y falta de motivación a la hora de sancionar.

TERCERO.- Que el primer motivo de impugnación alegado debe ser desestimado, pues el artículo 32.6 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982 dispone que en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo normativo y la ejecución en materia de Defensa del Consumidor y Usuario.

Y en línea con lo señalado por el Estatuto de Autonomía de nuestra Comunidad Autónoma, el artículo 3 b) de la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, de transferencia de competencias a las Comunidades Autónomas que accedieron a la autonomía por la vía del artículo 143 de la Constitución, dispone que se transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, entre otra, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia del Consumidor y Usuario.

Y en el citado desarrollo legislativo la Ley 3/1195, de 9 de marzo, del Estatuto del Consumidor en Castilla-La Mancha establece en su artículo 32 que corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la potestad sancionadora en materia de defensa de consumidores y usuarios.

CUARTO.- Que el segundo motivo de impugnación alegado debe ser desestimado igualmente, pues no se ha producido indefensión material alguna a ………. dado que las actuaciones inspectoras llevadas a cabo el día 18 de abril de 2002 en la oficina de la entidad sita en la C/ …….. nº 16 de Albacete se realizaron con el apoderado de la entidad a cuyo cargo se encontraba dicha oficina y que, por tanto, era el máximo responsable de la misma en orden a atender a los clientes en la contratación de operaciones y servicios bancarios a realizar en esta sucursal y que debería conocer, asimismo si los modelos existentes en la misma y con los que en teoría se realizaban las operaciones bancarias con los clientes se encontraban, o no, obsoletos. Y dado que dicho apoderado estaba facultado para realizar con los consumidores clientes de ………. las operaciones bancarias ordinarias pertenecientes a la sucursal que dirigía, también lo estaba para atender a los inspectores de consumo, por lo que no concurre la indefensión alegada.

QUINTO.- Que el tercer motivo de impugnación alegado debe ser desestimado al igual que los dos anteriores, pues el acta nº 02R001/75840/2002 llevada a cabo a las 12 horas del día 18 de abril de 2002 se extendió por , quedando un ejemplar para la entidad inspeccionada, como así consta en el folio 6 del expediente administrativo, ejemplar al que iban incorporados los documentos y contratos en cuestión analizados y respecto de los que se impuso la sanción impugnada, por tanto, en este caso tampoco concurre la indefensión alegada por la mercantil recurrente.

SEXTO.- Que el cuarto motivo de impugnación alegado debe correr la misma suerte desestimatoria que los tres primeros, pues tanto la Resolución del Director General de Consumo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de fecha 12 de febrero de 2003 como la Resolución del Consejero de Sanidad de la Junta recaída en alzada el día 4 de julio de 2003 se encuentran suficientemente motivadas, pues contienen separadamente los antecedentes de hecho, indicando las cláusulas que se consideran abusivas, los fundamentos de derecho con expresión asimismo de los artículos que se consideran infringidos ente los que se encuentran el artículo 10 bis, que señala qué cláusulas se consideran abusivas; el artículo 39.3 que dispone que se consideran infracciones en materia de defensa de los consumidores la introducción de cláusulas abusivas en los contratos y la Disposición Adicional 27, todos ellos de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, haciéndose igualmente referencia a los artículos 3.1.4, 7 y 9 del Real Decreto 1945/1983; por último, contienen dichas resoluciones un Acuerdo o parte dispositiva.

Por lo demás, prueba de que las resoluciones impugnadas estaban suficientemente motivadas es que tanto en la interposición del recurso de alzada como en el Contencioso-administrativo se incluyen motivos de fondo en la formalización de los mismos, siendo ello debido a que los hechos y preceptos infringidos se encontraban perfectamente determinados.

SÉPTIMO.- Que el quinto motivo de impugnación alegado lo concreta la mercantil recurrente en la legalidad de las tres cláusulas catalogadas como abusivas por la Consejería de Sanidad, por lo que deben ser analizadas cada una de ellas.

A) Por lo que respecta a la cláusula undécima de la póliza de préstamo personal la misma debe ser considerada abusiva cuando señala que “serán de cuenta del prestatario y del fiador, en su caso, todos los tributos presentes o futuros, que pudieran recaer directa o indirectamente sobre este contrato, o derivarse del mismo”. El carácter abusivo se encuentra en la indeterminación de dicha frase al no permitir al usuario del préstamo conocer las obligaciones concretas que contrae a concertar el mismo, contraviniendo así lo dispuesto den el artículo 10 a) de la Ley 26/1984 General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece que las cláusulas, condiciones o estipulaciones que ese apliquen a la oferta de productos o servicios y las relativas a tales productos y servicios no negociadas individualmente, como sucede en el caso en el que las cláusulas vienen fijadas por el banco, deben cumplir con los requisitos de concreción, claridad y sencillez en su redacción, con posibilidad de comprensión directa, sin reenvíos a textos o documentos que no se faciliten previa o simultáneamente a la conclusión del contrato.

También estima el juzgador que es correcto apreciar como abusiva por parte de la Junta la referencia contenida en esta cláusula de que los gastos de corretaje del Agente Mediador que intervenga la póliza serán de cuenta del prestatario y ello porque el punto 22 de la Disposición Adicional Primera de la misma Ley 26/1984 califica como abusivas las cláusulas que impongan al consumidor gastos de documentación y tramitación que correspondan al profesional, en este caso al prestamista o banco, según resulta de lo dispuesto en el Arancel de derechos profesionales de los Agentes de Cambio y Bolsa y Corredores Colegiados de Comercio, publicado en Decreto de 15 de diciembre de 1950 que en su apartado II, epígrafes 15 a 18 relativos a intervención en contratos de préstamo dispone que se cobrará a cada parte contratante un determinado porcentaje sobre el nominal. Y al no respectarse tal norma supone un abuso hacer recaer sobre el prestatario unos gastos que corresponden a ambas partes y ello teniendo en cuenta que el contrato es redactado de forma unilateral por el banco.

Por último, y con relación a esa misma cláusula undécima resulta igualmente abusiva la referencia a que serán de cargo del prestatario los gastos de Abogado y Procurador del Procedimiento Judicial a que, en su caso, hubiese lugar por incumplimiento del prestatario, incluso si la resolución judicial no contuviese pronunciamiento expreso sobre tales costas. Y tal cláusula es abusiva al amparo del artículo 10 bis de la Ley 26/84, pues impone al prestatario en todo caso, el pago de costas judiciales a las que pueda no haber sido condenado en Sentencia Judicial.

B) Por lo que respecta a las cláusulas decimotercera de la póliza de préstamo personal y decimoséptima de la escritura de préstamo hipotecario relativas al sometimiento o sumisión expresa a los Juzgados o Tribunales de determinada jurisdicción, las mismas son catalogadas como abusivas por la Disposición Adicional Primera nº 27 de la Ley 26/84.

OCTAVO.- Que el último motivo de impugnación alegado se concreta en la alegación de existencia de arbitrariedad en la resolución recurrida y vulneración del principio de proporcionalidad y falta de motivación a la hora de aplicar la sanción.

Manifiesta la parte recurrente que la sanción es arbitraria porque no se han tenido en cuenta los criterios establecidos en el artículo 35 de la Ley 26/1984 a la hora de graduar la sanción a imponer, sin embargo olvida que en la propuesta de resolución que le fue notificada y frente a la que no formuló alegaciones sobre tal extremo se consideraba que ……….. había cometido tres infracciones que se calificaban como graves.

Y estima el juzgador que la declaración de gravedad de las tres cláusulas abusivas sancionadas resulta ajustada a la normativa contenida en el Real Decreto 1945/1983 de 22 de junio por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de Defensa del Consumidor y de la Producción Agroalimentaria, en concreto por vulneración de lo preceptuado en el artículo 7, 1, 2 en relación con el 3,1,4 ambos de dicho Real Decreto.

Por otra parte, teniendo en cuenta la comisión de 3 infracciones graves, no parece desproporcionado sancionar las tres infracciones en la cuantía global de 3.100 euros, cantidad que sólo excede en 100 euros del tope máximo de la sanción a imponer por la comisión de una infracción leve, por lo que no puede hablarse de la concurrencia de arbitrariedad en la imposición de la sanción recurrida.

Todo lo anterior determina que el recurso contencioso-administrativo interpuesto deba ser desestimado.

NOVENO.- Que por aplicación de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley 29/1998 y no habiéndose apreciado mala fe o temeridad en la actuación de las partes no procede hacer condena expresa en costas.

Vistos los preceptos legales citados, sus concordantes y demás de general y pertinente aplicación.


FALLO


Que debo DESESTIMAR y DESESTIMO el Recurso Contencioso-Administrativo antepuerto por el Procurador D. ………………………………, actuando en nombre y representación de la mercantil ………………………., contra la Resolución del CONSEJERO DE SANDIDAD DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA de fecha 4 de julio de 2003 por la que se desestima el Recurso de Alzada de 14 de marzo de 2003 interpuesto por………………………….. contra la Resolución de la Dirección General de Consumo de 12 de febrero de ese mismo año, resoluciones ambas que aparecen identificadas en el Fundamento de Derecho Primero de esta Sentencia y que deben ser confirmadas por ajustadas a derecho y todo ello sin que proceda condena en costa a las partes.