miércoles, 20 de julio de 2011

«No soy morosa, soy pobre». María José, desalojada y con el piso subastado todavía debe 200.000 € a una entidad financiera

La Policía impide por primera vez paralizar un desahucio en Madrid

Fuente: El País

Más de cincuenta antidisturbios revientan el intento de 50 activistas de evitar el segundo desahucio de una familia de Pueblo Nuevo, en lo que supone un cambio de estrategia de los organismos judiciales para enfrentarse a la ola de frenos de desalojos 

CARMEN PÉREZ-LANZAC - Madrid - 20/07/2011 

Se veía venir que no iba a ser un desahucio más y así ha sido. Más de 50 antidisturbios han tomado por sorpresa a la veintena de activistas que a las siete y media de la mañana ya esperaba en el portal del piso de María José -no quiere facilitar su apellido- y sus dos hijos, de 24 y 25 años, este último con una discapacidad del 77% por un accidente que sufrió en la infancia. Sabían que habría refuerzo policial, pero no que llegaría tan pronto -las 7.45- y que serían tantos. El de esta mañana ha sido el segundo intento de desalojar a esta familia, que hasta hoy vivía en el barrio de Pueblo Nuevo (distrito de Ciudad Lineal, en el este de Madrid). La nueva orden de desahucio que la juez emitió a finales de la semana pasada no daba lugar a un nuevo fracaso, pues pedía expresamente la intervención de "cuanta fuerza pública que sea necesaria para su práctica y adoptándose cuantas medidas sean necesarias".

La acción contra los madrugadores activistas ha sido rápida y contundente. Los policías les han desalojado con firmeza y así como a los periodistas y han establecido un perímetro de seguridad de un kilómetro. Dentro del piso, haciendo compañía a María José y a su hija, estaban dos activistas del Movimiento 15-M que han pasado la noche allí y que se han encadenado a la puerta. Un tercer solidario, Chema Ruiz, miembro de Democracia Real Ya y portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Madrid (PAH), que está asesorando a esta familia, ha llegado a las seis de la mañana. Una vecina se ha quedado a cargo del hijo discapacitado para evitarle el trago.

Una vez acordonada la zona, los policías han esperado la llegada de la comisión judicial, que siempre se compone de policía municipal, dos representantes del juzgado, un cerrajero (por si acaso) y el procurador, que representa al banco, en este caso la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), que es propietaria legal del piso desde que se lo adjudicó hace unas semanas en subasta. María José, de 55 años, hipotecó su piso -un bajo de la zona de Pueblo Nuevo, un barrio obrero- hace 18 años para pagar unas deudas junto con su ex pareja. En 2002, terminada ya esa relación e incapaz de asumir a sola las cuotas, acudió a una reunificadora de deudas, que intermedió con la CAM para concederle una nueva hipoteca. A pesar de que ha perdido la vivienda, la entidad bancaria le sigue reclamando 200.000 euros -gastos, intereses, más la deuda pendiente-. María José ingresa 520 euros por tener un hijo discapacitado más 168 euros por la Ley de Dependencia. Su hija de 24 años, que es avalista, está en el paro.

A partir de las ocho y media de la mañana, hora a la que la PAH había citado a quien quisiera acudir, se han sumado decenas de personas a la protesta. Los indignados se han divido en dos grupos, cada uno a un lado del cordón policial. Pero poco podían hacer ya. Corear protestas y explicar a los vecinos, por medio de un megáfono, qué estaba pasando en el barrio: "Vecinos de Pueblo Nuevo, a una de vuestras vecinas la van a desahuciar, la está echando el banco. ¡Despertad, mañana podéis ser vosotros!". Desde dentro del hogar, nerviosos y viendo ya que el desahucio era inevitable, Paco, uno de los activistas encadenados, decía: "Resistiré pacíficamente con todo mi corazón".

Pasadas las nueve y media, hora de la cita, ha llegado al portal la comisión judicial y dos camiones de mudanzas. Rafael Mayoral, asesor de la PAH y abogado de María José, no ha podido acceder a la vivienda. Mayoral ha presentado esta madrugada en el juzgado de guardia una denuncia por prevaricación contra la juez Maria Trinidad Cepa, titular del juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, ya que "según el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento civil, debería haber notificado el desahucio también a los demás residentes del piso para que pudieran alegar", sostiene.

Los antidisturbios que han accedido a la vivienda han cortado la cadena que mantenía unidos a la puerta a dos activistas y los han sacado a la fuerza. María José y su hija, visiblemente alteradas por la excitación propia del momento, han salido a la calle y se han dirigido a los indignados. "Ya, nos han desalojado", ha dicho la hija. "Gracias por venir. No soy una morosa, simplemente soy pobre", ha añadido su madre.

Tras este fracaso, el primero de los ocho desahucios que se han frenado en Madrid (tres de ellos convocados por la PAH), los activistas han ido a la sucursal de la CAM, que han llenado de pegatinas ("Que se sepa: este banco estafa y echa a la gente de su casa"), y de ahí se han ido a la Junta de Distrito de Ciudad Lineal a pedir una vivienda para esta familia que ahora pierde su techo. De momento piensan cobijarse en un local que un vecino les ha dejado, pero no tiene cocina y es pequeño. Ahí se han trasladado de momento. "Nunca se sabe, la vida es extraña, quizá este cambio radical es el comienzo de algo bueno", decía en plena vorágine la hija de María José.

Desde Cataluña, donde la PAH lleva desde noviembre paralizando desahucios, Adriá Alemany, economista y portavoz, dice que hasta ahora sólo han fracasado en la paralización de un desahucio en Vic, pero que lograron que los servicios sociales dieran una vivienda social a la familia. También dice que en las últimas resoluciones, en lugar de avisar de la fecha y hora en firma del lanzamiento, algunos jueces han cambiado de estrategia para evitar que se paralicen más desalojos: no dan una fecha en firme, sino que avisan de que el desahucio tendrá lugar entre una horquilla de días, lo que imposibilita que los activistas puedan organizarse y frenarlo. Ante esta nueva situación, Alemany informa que desde Cataluña se plantean ocupar los pisos desahuciados una vez desalojados. Así mismo, las diversas PAH que ya hay en España planean convocar una manifestación conjunta. Piden la dación en pago (que la entrega del piso salde la deuda) para los deudores de buena fe que van a perder su vivienda habitual y que se permita a las familias quedarse en el piso pagando un alquiler social del 30% de sus ingresos.

En Madrid en el primer trimestre del año se desalojó a 2.532 familias, más del triple que en primer trimestre de 2008. Los barrios del sur son los más afectados. Solamente en el barrio de Vallecas, el pasado 13 de julio se ejecutaron la friolera de 16 desahucios. Lo normal es que la comisión judicial encuentre los pisos vacíos y tengan que forzar la puerta para entrar.

Un caso complejo

El de María José, que fue el tercer desahucio paralizado por la PAH y que se va a convertir en el primero que la policía logra impedir, es un caso bastante complejo. Sus problemas se remontan a hace 18 años, cuando hipotecó su piso para ayudar a su expareja a saldar una serie de deudas. En 2002, terminada esa relación e incapaz de asumir sola las cuotas, acudió a una reunificadora de deudas que le tramitó un nuevo préstamo con la CAM, que le concedió 157.000 euros. Hoy, la entidad le reclama 200.000 euros, una cifra lejos de las posibilidades de esta mujer, que ingresa 520 euros por tener un hijo discapacitado a su cargo y 168 euros por la Ley de Dependencia. También vive con ella una hija de 24 años licenciada y en paro.

La familia ha solicitado una alternativa al Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima), que les ha informado de que tardarán tres años en asistirles y les han aconsejado que acudan a un albergue. Eloi Morte, de la PAH, ha insistido en que el objetivo es lograr una alternativa habitacional o un alquiler "social" que les permita quedarse en el piso por un 30% de sus ingresos.

domingo, 17 de julio de 2011

Dudas frecuentes de los consumidores en verano

 

La Comunidad de Madrid resuelve a través del Portal del Consumidor las consultas más frecuentes de los consumidores madrileños durante los meses de verano. La Dirección General de Consumo ha recopilado las preguntas más frecuentes que llegan a las oficinas de consumo y a través del teléfono 012 de atención al consumidor y les da respuesta en un especial que estará disponible durante todo el periodo estival en dicha web.  (Ver vídeo)

En los meses de verano las reclamaciones relacionadas con los viajes, los alojamientos turísticos, la restauración y el transporte de viajeros aumentan e incluso llegan a doblarse. Las reclamaciones veraniegas se refieren fundamentalmente a retrasos y anulaciones de billetes de avión, maletas perdidas, cargos excesivos en los teléfonos móviles y tabletas en el extranjero, y problemas con talleres de reparación de coches.

Pérdidas y daños en el equipaje facturado

Las principales quejas relacionadas con los viajes en avión se refieren al equipaje facturado. Si la compañía pierde la maleta, el consumidor tiene derecho a una indemnización, para lo que deberá reclamar por escrito a la compañía aérea, rellenando el Parte de Irregularidades y también puede presentar una reclamación.

Para pagar la indemnización se valorarán tanto los días de pérdida del equipaje, como los gastos que se hayan tenido en artículos de primera necesidad, que deberán acreditarse con las correspondientes facturas. Por el contrario, si durante el transporte el equipaje sufrió daños, la compañía aérea debe responder por dichos desperfectos con una indemnización.

Otra reclamación habitual en verano procede del sector de la Restauración, donde la Dirección General de Consumo resalta que el restaurante no puede cobrar por el concepto 'cubierto' o 'reserva de mesa' y que el precio exhibido para cada plato debe incluir cubierto, carta, reserva de plaza, porcentaje destinado al personal e impuestos. Tan sólo podrían cobrar por el concepto 'pan' si este figura en la carta con su precio correspondiente, aunque si el consumidor rechaza que se lo sirvan, el restaurante no puede cobrarlo.

Cancelación de un viaje contratado y alquiler de vehículos

La cancelación de un viaje  lleva consigo penalizaciones, siempre que no se deba a una causa de fuerza mayor. Si se ha contratado un viaje a través de una agencia y no va a poder realizarlo, podría utilizarlo un familiar o un amigo en su lugar, siempre y cuando la otra persona reúna todos los requisitos exigidos por la agencia para realizar el viaje contratado, y lo comunique a la agencia por escrito con una antelación mínima de 15 días antes de la fecha de inicio del viaje.

En el caso de las reparaciones de vehículos, el consumidor tiene derecho a elegir el taller al que quiere que la grúa transporte su vehículo y se recomienda solicitar un presupuesto previo.  La factura final siempre debe coincidir con el presupuesto. Si, en el momento de efectuar la reparación, el taller detecta que hay defectos ocultos que no se habían visto, tiene la obligación de comunicárselo y sólo si el consumidor presta conformidad por escrito, el taller podrá efectuar la reparación de la avería no incluida en el presupuesto.

En cuanto al alquiler, un problema habitual está relacionado con los desperfectos en los coches y su atribución y cargo al consumidor. Consumo recuerda que si el cliente no puede demostrar que el arañazo ya existía cuando alquiló el vehículo, deberá responder por ello. El consumidor debe asegurarse, antes de firmar el contrato de alquiler, de que el vehículo está en perfectas condiciones, libre de desperfectos, y que dispone de todos los elementos obligatorios según la normativa de seguridad vial, como chalecos reflectantes, luces de recambio, rueda de repuesto, triángulos, etc.

Área de descargas

Vídeo sobre las reclamaciones de consumo más frecuentes en verano
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Preguntas más frecuentes :

Fuente: http://www.madrid.org




domingo, 10 de julio de 2011

SANIDAD AMBIENTAL Y CONSUMO.RESEÑA LEGISLATIVA (SEMANAS 25/11-29/11)




LEGISLACIÓN ESTATAL

Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.

Ley Orgánica 6/2011, de 30 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando.

Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.

Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.

Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.

Real Decreto 976/2011, de 8 de julio, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.


Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.

Real Decreto 802/2011, de 10 de junio, por el que se modifica el Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrestre, aprobado por el Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio.

Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Sanidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad (Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes y Transporte sanitario)

Orden PRE/1832/2011, de 29 de junio, por la que se regula el área de control del dopaje, el material para la toma de muestras y el protocolo de manipulación y transporte de muestras de sangre.

Orden PRE/1794/2011, de 29 de junio, por la que se dictan instrucciones para la formación de los censos de población y viviendas del año 2011.

Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio, por la que se establecen los procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades técnicas de los programas informáticos a efectos del control de asistencia y rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición.

Resolución de 30 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el tercer trimestre de 2011.

Resolución de 28 de junio de 2011, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el segundo semestre natural del año 2011.

Resolución de 27 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de capacidad igual o superior a 8 kg., excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.

Resolución de 22 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.

Resolución de 21 de junio de 2011, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se crea la Sede Electrónica de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Resolución de 20 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se determina el importe a ingresar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en el Banco de España como consecuencia de los resultados obtenidos en el ejercicio 2010.

Resolución de 14 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se incluye el hidrobiodiesel en el anexo de la Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

Circular 3/2011, de 9 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica parcialmente la Circular 1/2009, de 4 de febrero, sobre las categorías de instituciones de inversión colectiva en función de su vocación inversora.

Circular 2/2011, de 9 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información de las instituciones de inversión colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Circular 3/2011, de 30 de junio, a entidades adscritas a un fondo de garantía de depósitos, sobre aportaciones adicionales a los fondos de garantía de depósitos.



NORMATIVA EUROPEA


Reglamento (UE) no 661/2011 de la Comisión, de 8 de julio de 2011, que modifica el Reglamento (CE) no 1418/2007, relativo a la exportación, con fines de valorización, de determinados residuos a determinados países no miembros de la OCDE

Reglamento (UE) no 656/2011 de la Comisión, de 7 de julio de 2011, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1185/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas de plaguicidas, con respecto a las definiciones y a la lista de sustancias activas

Reglamento de Ejecución (UE) no 635/2011 de la Comisión, de 29 de junio de 2011, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Aceite Campo de Calatrava (DOP)].

Reglamento Delegado (UE) no 626/2011 de la Comisión, de 4 de mayo de 2011, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de los acondicionadores de aire

Reglamento (UE) no 582/2011 de la Comisión, de 25 de mayo de 2011, por el que se aplica y se modifica el Reglamento (CE) no 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las emisiones de los vehículos pesados (Euro VI) y por el que se modifican los anexos I y II de la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento (UE) no 580/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, que modifica el Reglamento (CE) no 460/2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, en lo que respecta a su duración.

Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

Directiva 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, que modifica la Directiva 2001/83/CE por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano, en lo relativo a la prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal.

Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) no 1060/2009 y (UE) no 1095/2010.

Decisión de la Comisión, de 30 de junio de 2011, sobre la cantidad total de derechos de emisión para la Unión a que se refiere el artículo 3 sexies, apartado 3, letras a) a d), de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad.

Decisión de la Comisión, de 28 de junio de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los productos de limpieza de uso general y a los productos de limpieza de cocinas y baños [notificada con el número C(2011) 4442].

Decisión de la Comisión, de 24 de junio de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los lubricantes [notificada con el número C(2011) 4447]

Decisión de la Comisión, de 24 de junio de 2011, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los detergentes lavavajillas a mano [notificada con el número C(2011) 4448].

Decisión de la Comisión, de 17 de junio de 2011, por la que se autoriza la comercialización de productos que contienen maíz modificado genéticamente MON 89034 x MON 88017 (MON-89Ø34-3xMON-88Ø17-3), están compuestos por él o se han producido a partir del mismo, con arreglo al Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2011) 4164].

Directiva de Ejecución 2011/68/UE de la Comisión, de 1 de julio de 2011, que modifica las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE, por las que se establecen disposiciones de aplicación a los fines del artículo 7 de la Directiva 2002/53/CE del Consejo y del artículo 7 de la Directiva 2002/55/CE del Consejo, respectivamente, en lo que concierne a los caracteres que los exámenes deben analizar como mínimo y las condiciones mínimas para examinar determinadas variedades de especies de plantas agrícolas y hortícolas

Directiva 2011/69/UE de la Comisión, de 1 de julio de 2011, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el imidacloprid como sustancia activa en su anexo I

Directiva 2011/67/UE de la Comisión, de 1 de julio de 2011, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la abamectina como sustancia activa en su anexo I

Directiva 2011/66/UE de la Comisión, de 1 de julio de 2011, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la 4,5-dicloro-2-octil-2H-isotiazol-3-ona como sustancia activa en su anexo I

Decisión de la Comisión, de 1 de julio de 2011, relativa a la no inclusión de determinadas sustancias en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la comercialización de biocidas [notificada con el número C(2011) 4596]



NORMATIVA AUTONÓMICA ASTURIANA Y OTRAS RESOLUCIONES APROBADAS EN EL BOPA


Resolución de 8 de junio de 2011, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se dictan normas sobre la comercialización de la caza mayor silvestre abatida en el territorio del Principado de Asturias.

Resolución de 7 de junio de 2011, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se dictan normas sobre el reconocimiento triquinoscópico del ganado porcino y de las piezas de caza mayor destinadas al consumo familiar en el territorio del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno y de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueban las Cartas de Servicios de la Consejería de Economía y Hacienda y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno y de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno y de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las Cartas de Servicios de la Consejería de Educación y Ciencia y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno y de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se aprueban las Cartas de Servicios de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno y de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueban las Cartas de Servicios de la Consejería de Medio Rural y Pesca y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueban las Cartas de Servicios de la Consejería y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, y de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras por la que se aprueban las Cartas de Servicios de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, y de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se aprueban las Cartas de Servicios del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.


OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

Decreto 53/2011, de 15 de junio, por el que se fijan los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2011-2012.

Resolución de 1 de julio de 2011, del Banco de España, por la que se publican determinados índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda.

Resolución de 17 de junio de 2011, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se conceden y deniegan subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios, para el desarrollo de programas que tengan como finalidad garantizar la información, asesoramiento y defensa de los intereses de los consumidores y usuarios en el Principado de Asturias.

Rectificación de error consistente en omisión de anexo en la publicación de la Resolución de 17 de junio de 2011, de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, por la que se conceden y deniegan subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios, para el desarrollo de programas que tengan como finalidad garantizar la información, asesoramiento y defensa de los intereses de los consumidores y usuarios en el Principado de Asturias. [Cód. 2011-13746]

Resolución de 29 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se modifica la redacción de los apartados quinto, sexto y décimo, para su aplicación en el tramo de pequeñas instalaciones, de la de 24 de noviembre de 2010, por la que se aprueba la convocatoria de un procedimiento de concurrencia competitiva para la obtención del derecho a la percepción de un régimen económico adicional a la retribución del mercado de producción de energía eléctrica, para proyectos de instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología solar termoeléctrica de carácter innovador.


miércoles, 6 de julio de 2011

Una campaña de interés: "No clames, reclama", de ASGECO y CECU



Las asociaciones de consumidores Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) y la Asociación General de Consumidores (ASGECO) han puesto en marcha la campaña "No clames, reclama", que pone a disposición de los ciudadanos información sobre cómo ejercer adecuadamente sus derechos como consumidores mostrando los mecanismos y vías de reclamación que pueden ejercer.

La campaña de este año se centra en cuatro sectores: sectores de las telecomunicaciones,  el transporte aéreo, el suministro eléctrico y la compraventa de vivienda nueva. 

Se han elegido estos sectores porque son los que más demanda de información y más reclamaciones han recibido.

Esta actuación, subvencionada por el Ministerio de Sanidad y Política Social a través del Instituto Nacional de Consumo cuenta con una página web (www.noclamesreclama.org), vídeos promocionales, 20.000 folletos y guías, 120.000 tarjetas postal free e internet (facebook, tuenti, twitter, Youtube y google).

En la guía editada, además, se facilitan modelos de formularios de reclamación específicos para cada sector.

Esta guía se complementa con la página Web (www.noclamesreclama.org) donde podrá encontrarse información complementaria a la contenida en la Guía contando con un mayor número de formularios, legislación y jurisprudencia.

Descargar la guía "No clames, reclama"

sábado, 2 de julio de 2011

Medidas de apoyo a los deudores hipotecarios. Se eleva la renta inembargable a 961 euros


El Consejo de Ministros ha aprobado un Decreto-Ley que, entre otras cuestiones, contiene diversas medidas en favor de ciudadanos que sufran procesos de ejecución hipotecaria, causados por el impago de créditos garantizados con hipoteca inmobiliaria sobre su vivienda habitual.

Inembargabilidad de rentas de deudores que han perdido su vivienda habitual en una ejecución hipotecaria

Mediante la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se eleva el umbral de inembargabilidad en los casos en que el precio obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada sea insuficiente para cubrir el crédito garantizado. 

Los elementos principales de la medida son:
  • Incremento del límite a la inembargabilidad desde el actual 110 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional hasta el 150 por 100 (961 euros efectivos).
  • Incremento del porcentaje adicional de inembargabilidad hasta el 30 por 100 por persona dependiente del núcleo familiar y no perceptora de ingresos.
  • Extensión del porcentaje adicional de inembargabilidad del 30 por 100, no sólo a los miembros del núcleo familiar que no dispongan de ingresos, sino también a aquellos cuyos ingresos anuales no alcancen el cómputo anual del Salario Mínimo (por ejemplo, pensiones no contributivas o personas con otros ingresos reducidos).

Adjudicación en subasta de bienes hipotecados

Se eleva del 50 por 100 al 60 por 100 del valor de tasación el límite mínimo para la adjudicación del bien en los casos en los que el acreedor solicite adjudicarlo por importe inferior a su valor en aplicación de su facultad discrecional. 

En los supuestos de subastas sin postor, se impide a partir de ahora cualquier adjudicación inferior al 60 por 100 del valor de tasación, independientemente de la cuantía de la deuda total.

Depósito en subasta

Dentro del proceso de ejecución hipotecaria de una vivienda, tiene una especial relevancia para la protección de los intereses, tanto del acreedor como del deudor, la correcta ejecución de la subasta del bien inmueble sobre el que recae la garantía de los préstamos hipotecarios.
La Ley de Enjuiciamiento Civil hasta ahora exigía, para tomar parte en la subasta, que los postores efectuaran un depósito por importe del 30 por 100 del valor del bien ejecutado. Este porcentaje, en un contexto económico del mercado de la vivienda como el actual, puede estar configurando una barrera de entrada excesiva, que llega a impedir la intervención de quienes pudieran poseer verdadera voluntad de adjudicarse el bien subastado.

Por ello, al objeto de mejorar la eficacia de las subastas, se reduce hasta el 20 por 100 dicho porcentaje exigido a los postores para participar en una subasta. De este modo, se facilita la presencia de postores y la mejor adjudicación de los bienes hipotecados.

viernes, 1 de julio de 2011

Tarifas de último recurso de electricidad, gas natural y precios de gases licuados de petroleo. Las tarifas eléctricas, del gas natural y de los gases licuados de petróleo suben entre un 1,5% y un 5,95, de acuerdo con las resoluciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio publicadas en el Boletín Oficial del Estado de ayer y hoy


Fuente del gráfico: Diario La Razón

Pese a que el precio de suministro eléctrico doméstico había experimentado un incremento del 9,8 % anual, los más de 20 millones de usuarios acogidos a la llamada Tarifa de Último Recurso (TUR) pagarán a partir de hoy un 1,5% más de media.

También más de seis millones de usuarios de tarifas reguladas de gas natural habían sufrido a principios de año un aumento de precios del 4% que se verán incrementados, al igual que el suministro de gas licuado, en  un 5,7%.

Estas son las resoluciones que establecen los nuevos precios y tarifas:


Resolución de 22 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.

Resolución de 27 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de capacidad igual o superior a 8 kg., excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.

Resolución de 30 de junio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el tercer trimestre de 2011.

jueves, 30 de junio de 2011

Mercurio y productos alimenticios: la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición recomienda evitar el consumo de pez espada y atún a niños y mujeres embarazadas o en período de lactancia, debido al alto porcentaje de mercurio encontrado en esas especies.


La AESAN también efectúa recomendaciones para limitar el consumo de hortalizas, debido a la presencia de nitratos, y de crustaceos para reducir la presencia de cadmio.


RECOMENDACIONES DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN

Recomendaciones de consumo de pescado para poblaciones sensibles debido a la presencia de mercurio

Se recomienda precaución a las mujeres embarazadas o que puedan llegar a estarlo, mujeres en fase de lactancia y a niños de corta edad (entre 1 y 30 meses). A este grupo de población se recomienda consumir una amplia variedad de pescados, evitando consumir las especies más contaminadas con mercurio cuyo consumo debe limitarse.

Las recomendaciones para el consumo de Pez espada, Tiburón, Atún rojo (Thunnus thynnus: especie grande, normalmente consumida en fresco o congelada y fileteada) y Lucio son las siguientes:
  • Mujeres en edad fértil, embarazadas o en período de lactancia. Evitar el consumo.
  • Niños < 3 años. Evitar el consumo.
  • Niños 3-12 años. Limitar a 50 gr/semana o 100gr/ 2 semanas. (No consumir ningún otro de los pescados de esta categoría en la misma semana.
Tanto la “Opinión sobre el mercurio y metil-mercurio en productos alimenticios” de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), como la nota informativa sobre “ Metil-mercurio en pescado y productos pesqueros” de la Dirección General de Sanidad y Consumo (DGSANCO) de la Comisión Europea, que contenía recomendaciones de consumo para los grupos más vulnerables de población (mujeres en edad fértil, embarazadas o en período de lactancia y niños), sirvieron de base a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición para publicar en su web una Nota informativa sobre mercurio y metil-mercurio en productos pesqueros en 2008.

El 28 de septiembre de 2010, el Comité Científico de la AESAN en su sesión plenaria, aprobó un “Informe en relación a los niveles de mercurio establecidos para los productos de la pesca”. 

En este informe se ha estimado que:

  • Una mujer embarazada (60kg) que ingiera una ración (100 g) de pez espada a la semana superaría la ingesta máxima tolerable de metil-mercurio.

  • Un niño de entre 7-12 años (35 kg) puede consumir sólo media ración (50 g) de pez espada a la semana y ningún otro de los pescados grandes en esa misma semana.
Por ello se ha procedido a actualizar las recomendaciones realizadas a los grupos de población vulnerables.

La toxicidad del mercurio (Hg) depende de su forma química, tipo y dosis de exposición y edad del consumidor. Su forma orgánica (metil-mercurio) posee una elevada toxicidad, se disuelve fácilmente en la grasa y atraviesa la barrera hemato-encefálica y la placenta pudiendo provocar alteraciones en el desarrollo neuronal del feto y en niños de corta edad.

El metil-mercurio se encuentra mayoritariamente en pescados y mariscos, donde puede llegar a representar más del 90% del mercurio total. Derivado de la contaminación medioambiental, los peces acumulan mercurio en su organismo a lo largo de su vida y esto ocurre especialmente en aquellas especies de gran tamaño como los grandes depredadores. El hecho de que estos grandes depredadores suelen ser migratorios, hace que no sea posible excluir los pescados de las aguas menos contaminadas.

En términos de beneficio-riesgo la AESAN considera que el pescado es, dentro de alimentación saludable, una parte importante de la dieta. Esto se debe, básicamente, a la calidad de su proteína y su grasa, con aminoácidos esenciales en cantidad más que adecuada, escasa cantidad de grasas saturadas y una importante proporción de ácidos grasos omega 3 y de vitaminas A, D, E, B6 y B12.





Recomendaciones de consumo por la presencia de nitratos en hortalizas

Teniendo en cuenta las conclusiones de EFSA sobre nitratos en hortalizas, así como los hábitos de consumo y las recomendaciones de los pediatras en España, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición hace las siguientes recomendaciones de consumo con el objetivo de disminuir la exposición a nitratos en las poblaciones sensibles (bebés y niños de corta edad):

  • Se recomienda, por precaución, no incluir las espinacas ni las acelgas en sus purés antes del primer año de vida. En caso de incluir estas verduras antes del año, procurar que el contenido de espinacas y/o acelgas no sea mayor del 20% del contenido total del puré. 
  • No dar más de una ración de espinacas y/o acelgas al día a niños entre 1 y 3 años. 
  • No dar espinacas y/o acelgas a niños que presenten infecciones bacterianas gastrointestinales. 
  • No mantener a temperatura ambiente las verduras cocinadas (enteras o en puré). Conservar en frigorífico si se van a consumir en el mismo día, si no, congelar.


Conviene recordar que cuando se comparan los riesgos/beneficios de la exposición de nitratos por el consumo de hortalizas prevalecen los efectos beneficiosos reconocidos por su consumo. En cualquier caso, una alimentación variada y equilibrada es una de las bases de una alimentación adecuada y saludable.


Nitratos


Los nitratos se encuentran de manera natural en los vegetales, especialmente en las hortalizas de hoja verde, como las espinacas y la lechuga. Los nitratos en sí son relativamente poco tóxicos. Su toxicidad viene determinada por su reducción a nitritos en el cuerpo humano que, en altas concentraciones pueden originar metahemoglobinemia, cuyo signo más característico es la cianosis. Esta enfermedad afecta de manera especial a aquellos bebés y niños de corta edad que están expuestos a altas concentraciones de nitratos a través de la dieta, denominándose a menudo el “síndrome del bebé azul”.


Conscientes de este riesgo alimentario, se han establecido a nivel comunitario límites máximos de nitratos en lechugas y espinacas, así como en alimentos infantiles ( Reglamento 1881/2006, de 19 de diciembre de 2006, que establece niveles máximos de contaminantes en ciertos alimentos). Estos límites se están reevaluando actualmente en base a los datos de control recogidos en los últimos años. En algunos casos se ha comprobado que, a pesar de la aplicación de códigos de buenas prácticas agrícolas, no se consigue cumplir con los límites máximos para nitratos, especialmente en el caso de las espinacas frescas.


La clave para explicar esta situación reside en las condiciones climáticas, en concreto la luz como factor fundamental en el cultivo de estas hortalizas. Una elevada intensidad lumínica favorece el metabolismo de la planta fijando el nitrógeno en compuestos orgánicos nitrogenados, como aminoácidos, proteínas, clorofila, etc., lo que reduce el contenido de nitratos, de modo que cualquier factor que reduzca la intensidad luminosa o la velocidad de la fotosíntesis favorece la acumulación de los mismos en la planta. Por eso, los cultivos de invierno presentan concentraciones de nitratos superiores a los de verano y por la misma razón, los cultivos en los países del norte de Europa presentan niveles superiores a los que tienen lugar en la zona sur. Por la misma razón, los cultivos al aire libre tienen menor contenido en nitratos que los de invernadero.


Opiniones científicas


El Panel de Contaminantes de la cadena alimentaria de EFSA ha publicado una declaración relativa a los posibles efectos en la salud de los lactantes y niños de corta edad por la presencia de nitratos en algunas hortalizas de hoja, como las espinacas y la lechuga. La declaración complementa una opinión científica sobre “nitratos en vegetales”, publicada por el mismo Panel en 2008, donde se comparaban los riesgos y beneficios del consumo de verduras y hortalizas.


El Panel de EFSA afirma que los niveles de nitratos en lechuga no representan un riesgo para los niños. En el caso de las espinacas la situación es diferente; EFSA ha estudiado dos escenarios distintos de exposición y ha llegado a las siguientes conclusiones:


  • Lactantes (bebés de 3 a 12 meses):Es poco probable que el consumo de espinacas sea una preocupación para la salud, teniendo en cuenta que éstas formarían parte de la dieta como uno de los ingredientes del puré para bebés entre 6 y 12 meses. Sin embargo, EFSA reconoce que habría un riesgo en el caso de que se diese más de una ración de puré con espinacas al día (considerando que las espinacas constituyen el 50% del contenido de dicho puré). 

  • Niños de 1 a 18 años: EFSA ha estudiado tres grupos de población de niños (1-3, 4-6 y ≥7 años), en los que las espinacas ya se pueden llegar a consumir como una ración completa, y ha determinado que la mayor exposición a nitratos se da en el segmento de 1 a 3 años. En este grupo no se descarta la ausencia de riesgo en situaciones extremas, como aquella en la que se combinan un alto consumo de espinacas con la presencia de niveles altos de nitratos en las mismas.


Por último, EFSA advierte de que el almacenamiento inapropiado de estas hortalizas cocinadas (preparación de los purés con más de un día de antelación y conservados a temperatura ambiente) puede dar lugar a la conversión de los nitratos a nitritos in situ, aumentando así el potencial de causar metahemoglobinemia. Además, los niños con infecciones bacterianas del tracto gastrointestinal son más sensibles a los nitratos, por lo que el Panel desaconseja alimentar a estos niños con espinacas.


Otras hortalizas de interés


Los niveles medios encontrados1 en hortalizas de gran consumo en niños son:




Como se puede ver en la tabla, la acelga es la verdura con mayor contenido medio de nitratos, si bien el consumo de esta verdura en Europa es insignificante.


En cuanto al resto de hortalizas cabe destacar que las de mayor consumo, como puede ser la patata, zanahoria, tomate, pimiento, berenjena, calabacín, pepino, puerro, etc. presentan unos niveles de nitratos muy bajos si se comparan con la lechuga, espinaca y acelga. Únicamente la remolacha y el apio mostraron unos niveles medios superiores a 1000 mg/Kg, pero su aportación a la dieta es pequeña.



Situación en España


Las hortalizas de hoja ancha que se consumen a nivel europeo son principalmente lechugas y espinacas, de ahí que la declaración de EFSA se haya basado únicamente en éstas. Sin embargo, en España existe un consumo importante de acelgas, que dentro de la UE es casi exclusivo de nuestro país. Actualmente no existe un límite máximo de nitratos establecido en acelga a nivel europeo.


La Asociación Española de Pediatría (AEP) recomienda introducir las verduras en forma de puré a partir de los 6 meses, evitando en los primeros meses las espinacas, col y remolacha, porque pueden ser causa de metahemoglobinemia por su contenido en nitratos; recomienda introducir estas verduras a partir de los 12 meses (Protocolos de Nutrición. Protocolos de la AEP, 2002. Capitulo 2).


El nivel de medio de nitratos en acelgas en España es del mismo orden, aunque ligeramente superior, al de espinacas. Sin embargo, en España el consumo de acelgas en la dieta no es insignificante, como revelan las encuestas de consumo ( Modelo de dieta española para la determinación de la exposición del consumidor a sustancias químicas. AESAN (2006)). Para un consumo medio de acelgas con un nivel medio de nitratos es poco probable que exista una preocupación para la salud; sin embargo, como ocurre con las espinacas, en casos de consumo elevado de acelgas se reconoce que habría un riesgo.


A modo de ejemplo: un puré que contenga un 20% de acelgas como ingrediente, considerando que éstas contienen un nivel medio de nitratos, supondría una aportación del 60% sobre la ingesta máxima de referencia que ha utilizado EFSA en su opinión. A esto hay que añadir los nitratos aportados por los demás ingredientes, que aunque contengan menos cantidad, se suman a los aportados por la acelga.


Como consecuencia de esta situación, las recomendaciones de consumo aplicables a la espinaca deben ser extendidas a la acelga por la importancia que tiene su consumo en nuestro país. Ello teniendo en cuenta que la composición de los purés está formada por varias hortalizas que también aportan, aunque mucho menos, nitratos.








Recomendaciones de consumo de crustáceos para reducir la exposición de cadmio




Se recomienda limitar, en la medida de lo posible, el consumo de la carne oscura de los crustáceos, localizada en la cabeza, con el objetivo de reducir la exposición de cadmio.



El cadmio


El cadmio (Cd) es un metal pesado que se encuentra en el medioambiente de forma natural asociado a minerales de cinc, cobre o plomo, por lo que es un subproducto inevitable en las actividades mineras relacionadas con estos metales. Tiene muchas aplicaciones industriales por lo que su liberación al medio ambiente se ve incrementada por la acción del hombre (quema de combustibles fósiles, metalurgia, incineración de basuras) y por el uso de fertilizantes a base de fosfatos y de lodos residuales.


Este metal no tiene ninguna función biológica en humanos ni en animales pero, aunque su absorción en el aparato digestivo es baja, tiende a acumularse en el organismo, principalmente en el hígado y riñón, durante un tiempo estimado de 10-30 años. El cadmio es tóxico para el riñón, acumulándose principalmente en los túbulos proximales, pudiendo causar disfunción renal. También puede causar desmineralización de los huesos, bien de forma directa o indirectamente como resultado de la disfunción renal. Después de una prolongada y/o alta exposición, el daño tubular evoluciona de manera que se produce una disminución de la tasa de filtrado glomerular y puede llegar a provocar un fallo renal y, a largo plazo, cáncer.(La Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC) ha clasificado el cadmio como un agente de la categoría 1 (cancerígeno para los humanos) por existir suficiente evidencia científica que lo avala.


La mayor fuente de exposición humana al cadmio es la alimentación, de ahí que sea considerado un riesgo alimentario. Para mantener los niveles de cadmio en los alimentos dentro de unos niveles aceptables para el consumidor, teniendo en cuenta su presencia inevitable en el medio ambiente, el Reglamento 1881/2006 establece los contenidos máximos admitidos.


Dado su potencial de acumulación en hígado y riñones en los animales, los niveles más altos encontrados en alimentos se dan precisamente en despojos comestibles (riñón>hígado>>otros despojos comestibles). También se encuentran niveles altos en marisco, debido a que en muchos casos se consume el animal entero, incluyendo vísceras, donde se concentra el cadmio. En productos de origen vegetal, los mayores niveles se encuentran en algas, cacao, setas silvestres y semillas oleaginosas. En cuanto a la exposición, destacar que el grupo de alimentos que más cadmio aporta a la ingesta total es el de cereales, no por contener un nivel alto, sino debido a que supone una parte muy importante de la dieta.

En el caso de los crustáceos, el contenido máximo establecido en el Reglamento 1881/2006, que ha sido modificado recientemente, se aplica a la carne blanca de los apéndices y el abdomen, excepto para los cangrejos y crustáceos de tipo cangrejo (centollo, buey de mar, etc.) a los que el límite es aplicable sólo en la “carne blanca de los apéndices”. La presencia de cadmio en estas partes de los crustáceos se considera “baja”.


Sin embargo, en algunos países europeos, entre los que se encuentra España, se consume, además de la parte “blanca”, otras partes de los crustáceos como puede ser la cabeza de las gambas, langostinos, cigalas, etc. y el cuerpo de los crustáceos de tipo cangrejo, cuyos niveles de cadmio son altos, debido a que el cadmio se acumula principalmente en el hepatopáncreas, que forma parte del aparato digestivo de los crustáceos y se localiza en la cabeza.


Por esta razón, la Dirección General de Sanidad y Protección de los Consumidores (DGSANCO) de la Comisión Europea ha publicado en su página web una nota informativa sobre “Cadmio en crustáceos”, instando a los Estados miembros donde hay un consumo elevado de este marisco entero a hacer recomendaciones de consumo debido al elevado contenido de este metal pesado en ciertas partes del animal.


En un ejercicio de control llevado a cabo durante 2009 y 2010 por la Comisión Europea se puso de manifiesto que los niveles encontrados en la carne del interior del caparazón de los crustáceos de tipo cangrejo eran muy altos y muy variables. Por término medio, el contenido de cadmio en esta carne era de 8 mg/Kg frente al nivel de 0,08 mg/Kg encontrado en la carne blanca de los apéndices. El contenido final de cadmio que se obtendría al mezclar las partes comestibles, tanto de los apéndices como de la cabeza, sería de 2,3 mg/Kg de media, lo que supone unas 30 veces el contenido de los apéndices. Cabe destacar que el contenido de cadmio en las huevas de los crustáceos, aunque es superior al encontrado en los apéndices, no es elevado (2,5 veces).


La situación en los demás crustáceos, como las gambas y similares, no es tan extrema como en el caso de los cangrejos, ya que el aprovechamiento de la cabeza con respecto al abdomen es menor. Los datos disponibles apuntan a que la ingesta de cadmio cuando se consume la cabeza supone 4 veces la ingesta que se obtendría al consumir solo el abdomen.


Los consumidores de este tipo de productos deben ser conscientes de que el consumo de estas partes de los crustáceos puede conducir a una exposición inaceptable de cadmio, particularmente cuando el consumo es habitual.


Para más información pueden consultar la Opinión científica de Cd en alimentos emitida por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) en marzo de 2009.