lunes, 12 de enero de 2026

Solicitar por parte del empleado el despido a la empresa para cobrar la prestación por desempleo no impide calificarlo como nulo

 

 
Un despido durante una baja médica acaba siendo nulo, aunque la empleada lo solicitase por WhatsApp
 
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declara nulo el despido de una trabajadora que había solicitado a su empresa, por WhatsApp, un despido negociado para poder acceder al paro. 
 
El TSJA ha anulado el cese de la empleada al considerar que fue despedida durante una baja por incapacidad temporal. Además, sin que la empresa acreditara una causa objetiva y totalmente ajena a su estado de salud. En ese aspecto, la sentencia impone el abono de 903,11 euros en concepto de salarios de tramitación. Por tanto, la sala ordena su readmisión y el pago de salarios de tramitación, aunque limita la indemnización por daños morales a 50 euros.

Fuente: https://andaluciainforma.eldiario.es/
 
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