La entidad firmó con la pareja un complejo contrato que se comió sus ahorros
El banco les endosó, apenas recien casados, con limitados ingresos y una hija pequeña a su cargo, un swap en la firma de su hipoteca que les cargaba de gastos
A Rubén y Lourdes, apenas recién casados, con una niña pequeña y
limitados ingresos —él es técnico de frío y ella administrativo— el
Banco Popular les endosó en marzo de 2007 un swap —término
sajón que se refiere a una compleja permuta financiera— en la firma del
contrato de una hipoteca por importe de 160.000 euros para su vivienda.
Rubén tenía entonces 25 años y Lourdes, 24. Ni remotamente sospecharon
que entre rúbrica y rúbrica estaban aceptando, además del pago de 700
euros mensuales por los intereses de la hipoteca, un contrato
referenciado —su valor depende del interés de otro valor de referencia— a
un tipo variable, uno de los más complicados productos financieros del
mercado y para el que se requiere una formación superior a la media,
según el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Se trata de un
contrato especulativo que comporta un riesgo para el que lo suscribe y
que suele ofertarse a las empresas.
La joven pareja ourensana, que entonces iniciaba su vida en común,
solo quería comprar una vivienda. Desconocía que estaba jugándose el
dinero ahorrado. Y resultó que solo ganó el banco. Al cabo de un año,
los jóvenes se quedaron de piedra cuando al analizar el extracto
bancario comprobaron que, además de cobrarles puntualmente los intereses
de la hipoteca, la entidad les había cargado 4.000 euros. Casi todos
sus ahorros. “Pues podéis respirar, que hay clientes que se quedaron en
número rojos”, los consolaron en la sucursal ourensana del Popular,
recuerda Lourdes aún indignada. Empezaron entonces un largo periodo de
pleitos que acaba de finalizar. Cinco años después aún no han recuperado
el dinero, pero un juzgado ha ordenado, en sentencia firme, el embargo
de las cuentas del banco para que recuperen la cantidad que les fue
“fraudulentamente” sustraída, más intereses de demora: algo más de 7.000
euros.
“No fue más que un fraude de libro con vicios de presunta actuación
criminal”
“No fue más que un fraude de libro con vicios de presunta actuación
criminal”, similar al caso de las preferentes, sostiene el abogado de la
pareja, José Arcos, que acabó recurriendo al juzgado de primera
instancia número 2 de Ourense que ha sentenciado la nulidad del contrato
suscrito, después de que su demanda pasara sin pena ni gloria por la
vía penal ourensana: se lo archivaron.
Cuando Rubén y Lourdes firmaron, sin ser informados de ello, el
complejo contrato financiero aún no había estallado el escándalo de las
preferentes; aún no se sabía que los entonces directivos de Novagalicia
Banco estaban arruinando la entidad financiera y preparaban una dorada
jubilación de cantidades estratosféricas; aún no había saltado por los
aires el estado de Bankia. Pero los empleados de las entidades de
crédito tenían los necesarios conocimientos para prever que el euríbor,
entonces al alza, iba a caer en picado. “El banco utilizó información
privilegiada en beneficio propio y en perjuicio de los clientes”,
precisa el letrado.
Así consta, además, en la sentencia que declara nulo de pleno derecho
el contrato que hizo perder sus ahorros a la joven pareja y que obliga
al Banco Popular a devolver ese importe que les retiró a mayores de la
cuota de la hipoteca. La magistrada considera “notorio” que la
comercialización de estos productos financieros “se inició en masa en un
periodo alcista del euríbor, en el año 2007-2008, seguido de una fuerte
caída del mismo, de forma que las mayores beneficiadas han sido las
entidades de crédito”. La juez precisa, además, que el banco sabía “cuál
era la previsible evolución (bajista) de los tipos de interés” frente a
la pareja afectada, que “por su formación, carece de especiales
conocimientos financieros”.
El juzgado de primera instancia ourensano declaró en una primera
sentencia, en junio pasado, “nulo de pleno derecho” el contrato suscrito
entre estos clientes y el banco y obligó al Popular a devolver el
dinero a la pareja. Entonces cabía recurso de apelación, pero la entidad
financiera se hizo la sorda. Ni se molestó en recurrir. Un portavoz
oficial de esta entidad ha eludido el requerimiento de este diario para
ofrecer su punto de vista. “No hacemos valoraciones sobre nuestros
clientes ni sobre cuestiones judiciales relativas a nuestros clientes”,
precisó, obviando que la sentencia afecta al propio banco.
Pasado el plazo establecido sin que el banco hubiera dado síntomas de
reingresar lo que la justicia había sentenciado, la magistrada ha
ordenado embargar al Popular 9.000 euros. La única forma de que Rubén y
Lourdes perciban los 7.409,89 en función de "intereses ordinarios y
moratorios vencidos" y 2.223 euros más que "puedan devengarse de las
costas de la ejecución" judicial.
Medio año después de ese auto, el pasado 2 de enero, el mismo juzgado
ha emitido una resolución reclamando una"mejora de embargo sobre los
bienes del Banco Popular Español SA," a la vista de la "insuficiencia de
los bienes embargados con anterioridad". La resolución no especifica el
motivo de esa ampliación de dinero ni la cuantía que reclama a mayores a
la entidad. Solo deja claro que es "insuficiente" para la devolución de
la parte que corresponde a los clientes del banco y para afrontar
además el pago de las costas del juicio. Rubén y Lourdes, que tienen la
sensación de haber estar luchando contra Goliat, aún no se lo creen.
Fuente: http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/01/04/galicia/1357317415_064183.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario