Resolución de 28 de septiembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2016, a partir del día 2 de octubre de 2016.
TEXTO
Mediante Resolución de 3 de noviembre de 2015, de
la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, se estableció el
calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General
del Estado para el año 2016, a efectos de cómputos de plazos, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
recoge en su artículo 30.7 que la Administración General del Estado, con
sujeción al calendario laboral oficial, fijará, en su respectivo
ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de
plazos.Por otro lado, como novedad, la mencionada Ley en su artículo
30.2, excluye los sábados del cómputo de plazos.
Dado que, de acuerdo con lo establecido en su
disposición final séptima, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, entrará en
vigor el próximo día 2 de octubre de 2016, es necesario dictar nueva
Resolución, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, con
el fin de recoger la previsión contenida en la mencionada Ley respecto a
la declaración de los sábados como día inhábil a efectos del cómputo de
plazos.
Finalmente, de acuerdo con el artículo 30.8 de la
ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de un día como hábil o
inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el
funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones
públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los
ciudadanos a los registros.
Por todo ello, esta Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas, órgano superior del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, en virtud del Real Decreto 256/2012, de 27 de
enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y de conformidad con
las competencias que le atribuye el artículo 12 del mencionado Real
Decreto, ha resuelto:
Primero.
Se aprueba el calendario de días inhábiles
correspondiente al período comprendido entre el 2 de octubre y el 31 de
diciembre de 2016, para la Administración General del Estado y sus
Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Segundo.
A partir del 2 de octubre de 2016, serán días
inhábiles, en el ámbito de la Administración General del Estado, a
efectos de cómputos de plazos:
a) En todo el territorio nacional: los sábados,
los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no
sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas
no ha ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades
que integran la Administración Local: los días que establezcan las
respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de
días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refieren los puntos
a) y b) de este apartado se recogen, especificado por meses y por
Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto.
Tercero.
Disponer la publicación de la presente Resolución
en el «Boletín Oficial del Estado», que también estará disponible en el
Punto de Acceso General (administracion.gob.es) de la Administración
General del Estado.
Cuarto.
Queda sin efecto la Resolución de 3 de noviembre
de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la
que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la
Administración General del Estado para el año 2016, a efectos de
cómputos de plazos en lo que se refiere al período comprendido entre el 2
de octubre y el 31 de diciembre de 2016.
Quinto.
La presente Resolución entrará en vigor el día 2 de octubre de 2016.
Madrid, 28 de septiembre de 2016.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.
ANEXO
Análisis
- Rango: Resolución
- Fecha de disposición: 28/09/2016
- Fecha de publicación: 01/10/2016
- Entrada en vigor: 2 de octubre de 2016.
Referencias anteriores
- DEJA SIN EFECTO el cómputo de plazos del período comprendido entre el 2 de octubre y el 31 de diciembre de 2016 de la Resolución de 3 de noviembre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-12438).
- DE CONFORMIDAD con el art. 30.2 y 8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10565).
Materias
- Administración General del Estado
- Días inhábiles
- Procedimiento administrativo
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