viernes, 24 de febrero de 2023

La vergonzosa temporalidad en el empleo público español. El fraude de la estabilización

 

En el cuarto trimestre de 2022, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, el número total de empleados en el sector público en el conjunto del territorio nacional fue de 3.526.200 personas; de ellas, 1.064.300 bajo contrato o régimen de servicio temporal. 

 
Ello supone un 30,2 %, lo que en términos generales significa que 1 de cada 3 empleados en el sector público es temporal. La tasa de temporalidad en el sector público duplica actualmente la del sector privado, que apenas alcanza el 15 % (un 14,8 % según el INE).
 
Los planes y procesos de estabilización de plantillas, además, no sólo no están contribuyendo a eliminar la escandalosa tasa de temporalidad en la Administración, sino que a consecuencia del generoso plazo para su ejecución (hasta finales de 2024) han contribuido a crear un tapón en cuanto a la eliminación de este lastre, consiguiendo incrementarlo exponencialmente;ello, básicamente por dos motivos. 
 
Por un lado, porque las plazas convocadas y anunciadas a bombo y platillo en el llamado proceso de estabilización -fruto de la improvisación legislativa y que originará graves desigualdades entre el conjunto de empleados públicos ocasionando también serios problemas de seguridad jurídica- constituyen sólo una mínima parte de las plazas que deberían ofertarse para cubrir las necesidades estructurales y el desmantelamiento de los servicios públicos llevado a cabo en los últimos 10 años mediante la congelación de las ofertas y supresión y consiguiente amortización de empleos públicos.
 
De otra parte, debido a la propia naturaleza del proceso, toda vez que las Administraciones están congelando o reduciendo a su mínima expresión las convocatorias de selección de personal que no estén vinculadas a los procesos de estabilización cuyo plazo legal de ejecución finaliza en 2024.
 
Mientras tanto, las necesidades de los servicios públicos siguen cubriéndose con personal temporal y el globo de la temporalidad en la Administración –que, sin asomo de vergüenza, exige al sector privado acabar con los contratos temporales- lejos de disminuir, sigue hinchándose.

martes, 14 de febrero de 2023

DESPIDO NULO EN SITUACION DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL TRABAJADOR

 

DESPIDO NULO EN SITUACION DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL TRABAJADOR

 

La 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, establece la prohibición de discriminación por razón de enfermedad o condición de salud (art. 2.1).

En cuanto al ámbito del empleo por cuenta ajena,  la norma dispone que no pueden establecerse limitaciones, segregaciones o exclusiones por razón de las causas previstas en ella tanto para el acceso al empleo por cuenta ajena, como “en la suspensión, despido u otras causas de extinción de contrato de trabajo” (art. 9.1), siendo nulos de pleno derecho “las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos en el apartado primero del artículo 2 de esta Ley”.

Ello supone que, salvo prueba en contrario, el despido sin causa aparente producido en situación de incapacidad temporal puede facultar al trabajador a obtener la nulidad del mismo al alegar como causa discriminatoria que la decisión empresarial fue fundamentada por razón de su situación de salud o enfermedad siendo discriminatoria y, por ende, nula.

Los efectos para el empresario pueden ser costosos, toda vez que la nulidad del despido obliga conlleva, entre otras obligaciones, el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido improcedente declarado nulo. Son los llamados salarios de tramitación cuyo coste supone en muchas ocasiones una cuantía muy superior a la legalmente establecida para la indemnización por despidos improcedentes.

Sin embargo, no todo el monte es orégano y los tribunales han distinguido, a los efectos de declarar la nulidad del despido en estos casos, entre bajas de corta duración y bajas prolongadas causadas por motivos de salud o enfermedad.

Un ejemplo de ello es la reciente Sentencia dictada el 12 de enero de 2023 por laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (STSJ Sala de lo Social de Castilla-La Mancha (Albacete) nº 7/2023, Rec. 1965/2022) en cuyo fundamento de derecho cuarto se recoge lo siguiente:

"Finalmente, se interesa la declaración de nulidad del que se entiende despido realizado, por el hecho de que el día 4-10-21 el trabajador iniciara un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común, de duración estimada 14 días, con diagnóstico de hidradenitis. Tampoco puede prosperar esta alegación.

Como hemos reiterado en ocasiones previas similares a la presente, la STJUE de 1 de diciembre de 2016,C-395/15, asunto Daouidi, sostiene, en lo esencial, que una situación de baja por enfermedad puede asimilarse a la discapacidad a los efectos de protección frente al despido, no en todo caso, sino si se trata de una limitación de capacidad "duradera", lo cual ocurre si " acarrea una limitación, derivada en particular de dolencias físicas, mentales o psíquicas que, al interactuar con diversas barreras, puede impedir la participación plena y efectiva de la persona de que se trate en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores y si esta limitación es de larga duración, puede estar incluido en el concepto de " discapacidad" en el sentido de la Directiva 2000/78 ".

Resulta absolutamente decisivo hacer notar que la doctrina del TJUE, acogida por nuestro TS, implica la valoración de la enfermedad desde una perspectiva que haga posible la protección de la discapacidad, pero no altera la doctrina básica, esto es, que la mera existencia de baja por enfermedad, no permite la calificación de nulidad de los despidos y decisiones equivalentes, salvo que las consecuencias de dicha enfermedad puedan asimilarse a los de la discapacidad en los términos ya enunciados”.

sábado, 28 de enero de 2023

El sorprendente dato sobre los trabajadores públicos en Asturias

 


El sorprendente dato sobre los trabajadores públicos en Asturias

Elena G. Bandera
E. G. BANDERAREDACCION

ASTURIAS

Pilar Canicoba

La tasa de temporalidad en las administraciones asturianas se mantiene en el 37% mientras que en el sector privado baja del 21% al 13,7%

27 ene 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

La radiografía del mercado laboral que dibuja la última Encuesta de Población Activa (EPA) en Asturias, que cerró 2020 con 20.000 parados más, ha sorprendido también por la desmesurada subida del paro entre los más jóvenes, pero también refleja otras realidades a las que ni la reforma laboral parece poder poner freno. El ejemplo más claro es que en 2022 las nuevas contrataciones siguieron siendo mayoritariamente temporales -67,8%- pese a que se reducían en un considerable 29% mientras que las indefinidas, a pesar de crecer un 201%, no llegaron ni a 90.000 (31%) por los más de 190.000 contratos temporales de todo el 2022.

Se ganan 20.000 desempleados en un año, situándose la cifra en 64.100, de los que el 32,7% llevan más de dos años buscando empleo. Es el segundo porcentaje más alto de parados de larga duración en España, solo detrás de Canarias (34,1%), con una media nacional que se sitúa en el 28,2%.

También se pierden 15.100 ocupados, bajando el número de asturianos con empleo a 381.400. El sector público pierde 13.700 asalariados en comparación con la EPA de hace un año, cuando daba trabajo al 22,5% de los ocupados asturianos, porcentaje que baja ahora al 19,7%.

Precisamente es en el sector público donde mayor temporalidad se sigue concentrando, prácticamente la misma que hace un año: el 37,2% de los empleados públicos (28.000 en la actualidad por los 32.900 de hace un año) tienen contratos temporales frente al 13,7% (32.700) que los tienen en el sector privado, donde hace un año la temporalidad era del 21% (51.100 trabajadores). Ese 37,2% de empleados públicos temporales supone que Asturias es la segunda comunidad autónoma con el mayor porcentaje, solo tras Canarias, que tiene un 39,3% de temporalidad en el sector público. La media nacional es del 30,2%.

Las mujeres copan esos empleos temporales de las administraciones en Asturias: 19.800 (44%) por los 8.200 hombres (27,1%). Según esta última EPA, el sector público emplea en el Principado a 75.300 personas por las 238.900 que son asalariadas en el sector privado, lo que supone el 62,6% de los asturianos ocupados cuando un año antes eran el 60,9%.

La última EPA también refleja que también crece el número absoluto de autónomos sin asalariados o trabajadores independientes, al pasar de los 42.100 de hace un año a los 47.900 de esta última estadística. Los trabajadores por cuenta propia representan el 17,6% del total en Asturias, un punto menos que hace un año al bajar el número de los que tienen empleados de 19.600 a 18.600.

La jornada a tiempo parcial, para las mujeres

La última EPA también muestra que en un año crecen las jornadas a tiempo parcial, que siempre implican salarios más bajos. La diferencia con hace un año no llega ni a dos puntos porcentuales, pero siempre podría haber sido al revés. Si en 2021 los asturianos con jornada completa suponían el 88%, ahora son el 86,8% frente al 13,2% de ocupados con jornada a tiempo parcial. Son 50.300 personas, de las que la mayoría (39.400) son mujeres.

Si siete de cada 10 asturianos con trabajo lo hacen en el sector servicios, casi un 13% (55.000 personas) en la industria, un 6% (24.300) en la construcción y casi un 3% (12.300) en agricultura. Yendo más al detalle del sector servicios, los dos sectores con mayor volumen de trabajadores en Asturias son dos. Por un lado, en la hostelería, el comercio, el transporte y almacenamiento y la reparación de vehículos trabajan 103.000 asturianos y, por otro, en la administración pública y defensa, seguridad social obligatoria, educación, actividades sanitarias y de servicios sociales, 100.000.

Otras 37.300 personas trabajan en actividades profesionales, científicas y técnicas y en actividades administrativas y servicios auxiliares. Casi 32.000 personas están ocupadas en la rama económica que mete en el mismo saco a las actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, a las de los hogares como empleadores domésticos y como productores de bienes y servicios para uso propio, a las actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales y a otros servicios.

Mucho más minoritarias son las actividades de información y telecomunicacones, que ocupan a menos de 10.000 personas; las actividades financieras y de seguros, con 6.500, y las inmobiliarias, con solo 1.700.

Imagen de archivo de unos obreros trabajando en la reforma de un bajo comercial en Oviedo

Asturias sufrió la mayor subida del paro del país el año pasado

LA VOZ

Asturias fue el pasado año la comunidad autónoma que más aumentó el paro en términos relativos, un 45,3 por ciento, a la vez que también fue la que más redujo la ocupación, un 3,81 por ciento, según refleja la Encuesta de Población Activa (EPA) publicada este jueves por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

En concreto, el Principado cerró 2022 con 20.000 parados más que al inicio del año, hasta situar la cifra de desempleados en 64.100, y con 15.100 ocupados menos, hasta 381.400.

Con esta evolución, la tasa de paro se elevó en la comunidad al cierre del año al 14,39 por ciento de la población activa, desde el 12,81 por ciento del trimestre anterior o el 10 por ciento con que cerró 2021, y se mantuvo por encima de la media nacional del 12,87 por ciento.

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