Después de avanzar el pasado viernes 17 de abril el contenido de un supuesto “borrador” del proyecto de Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables en el que se recogía la obligatoriedad de contratar en todos los edificios destinados a viviendas un “Gestor Energético de Edificios”, que “puede ser el administrador de fincas si se especializa o una empresa de servicios energéticos” y que “deberá presentar cada año el gasto en energía del edificio (caldera, luz...) y ver las posibilidades de ahorro”. El diario “El País”, al día siguiente, nos tranquiliza exponiendo que la medida sólo afectará a usos no residenciales.
Al parecer, o alguien leyó mal el documento -cosa que sucede cuando no se hacen las cosas de una forma transparente dejando al más torpe que interprete los papeles que se filtran interesadamente- o, a la vista de la reacción de la noticia, alguien se tiró de la moto en marcha diciendo lo de digo y lo de Diego….
Noticia del viernes: el Gestor existe.
Noticia del sábado: ya no existe, al parecer, se lo han cargado.
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