domingo, 30 de mayo de 2010

INCREMENTO DEL IVA: UCE-ASTURIAS CALCULA QUE EL GASTO MEDIO ANUAL FAMILIAR AUMENTE 210 EUROS


El impacto medio que tendrá el próximo incremento del Impuesto sobre el Valor Añadido  será de 210 euros al año, según la Unión de Consumidores de Asturias (UCE-Asturias).

La subida del IVA tendrá efectos a partir del próximo 1 de julio y «ni será general ni afectará a todos los consumidores de la misma manera», según un estudio efectuado por UCE-Asturias.

La subida del IVA no afectará a todos de la misma manera. El tipo general, fijado en la actualidad en el 16 por ciento, alcanzará el 18 por ciento. Por su parte, el tipo reducido aplicado a determinados artículos y actividades y establecido en el 7 por ciento, se incrementará. Finalmente, el denominado tipo súper reducido aplicado a productos de primera necesidad no experimentará incremento alguno permaneciendo en el 4 por ciento. Las estimaciones del Gobierno, según la UCE, cifran en 5.150 millones de euros al año, la cantidad a ingresar en las arcas estatales.

El incremento supondrá de media a cada familia un gasto extra de 30 euros al año en carburante, de 50 euros más en los servicios de luz, gas, agua y telefonía; de 14 euros más al año en transportes, 10 euros más en ocio y cultura, 24 euros anuales extra en hostelería y restauración, 10 euros suplementarios en tabaco y alcohol, 12 euros más en alimentos no básicos, 30 euros más en ropa y calzado y, finalmente, otros 30 euros anuales extra en equipamiento del hogar.

La Unión de Consumidores considera que los consumidores verán incrementado «el coste de sus compras debido a la subida, que se trasladará previsiblemente al consumidor a través del precio de los productos». Por todo ello considera que «ahora toca a las empresas realizar esfuerzos», por lo que les pide que asuman el incremento del 2 por ciento de IVA sin que la subida impositiva se traslade al consumidor.

Los nuevos tipos del IVA quedarán así:

- Tipo superreducido (4%)

Se aplica a los productos de primera necesidad, por lo que el Gobierno ha decidido mantener el tipo en el 4%. Se incluyen dentro de este tipo los siguientes productos: pan común, masa de pan congelada, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos. Libros, revistas y periódicos. Material escolar, salvo productos electrónicos; medicamentos para uso humano. Vehículos para minusválidos, sillas de ruedas y para transporte de colectivo de minusválidos. Prótesis, ortesis e implantes. Viviendas de protección oficial.

- Tipo reducido (8%)

La subida es de un punto, hasta el 8% y se aplica a los siguientes productos: Alimentos en general, salvo los que tributan al tipo reducido; bebidas refrescantes; animales destinados a consumo humano y reproductores; bienes utilizados en actividades agrícolas, ganaderas o forestales, como semillas o fertilizantes. Aparatos como lentillas, gafas graduadas, elevadores para minusválidos y para el diagnóstico de enfermedades. Asistencia sanitaria, servicios dentales. Importaciones de objetos de arte, antigüedades. Servicios de peluquería. Entrega de viviendas, incluidos garajes y anexos. Construcción de viviendas (entre promotor y contratista). Servicios prestados por artistas y técnicos. Servicios de asistencia social. Servicios deportivos. Servicios culturales y recreativos, exposiciones y ferias. Servicios funerarios. Hostelería y restauración, limpieza en vías y jardines públicos y recogida de basuras. Transporte de viajeros y de utilización de autopistas.

- Tipo general (18%)

Sube dos puntos, hasta el 18% y afecta a todos los demás productos.

Fuentes:

 

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