Los precios del término de potencia y de los términos de energía de las tarifas de último recurso aplicables desde el 1 de octubre de 2010 serán los siguientes, a tenor de la Resolución de 29 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas:
Término de potencia (TPU) | Término de energía (TEU) | ||
20,633129 €/kW/año | Modalidad sin discriminación horaria (TEU0) | Modalidad con discriminación horaria (TEU1) y (TEU2) | |
0,125159 €/kWh | TEU1 | TEU2 | |
0,149253 €/kWh | 0,058616 €/kWh |
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