Fuente: El País
MIGUEL JIMÉNEZ - Madrid - 26/04/2011
El supervisor permitirá que las juntas de este año no voten la retribución de los consejos ni los sueldos individualizados pese a la nueva normativa
La transparencia tendrá que esperar. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha decidido dar un periodo de gracia a las empresas cotizadas y a las cajas de ahorros antes de exigirles que sometan a votación consultiva las retribuciones de los consejeros. El supervisor así se lo ha trasladado a las empresas que le han consultado, a pesar de que la nueva normativa que exige ese plus de transparencia y de examen por parte de los accionistas está plenamente en vigor, según las fuentes jurídicas consultadas.
Los bonus de los ejecutivos y los sueldos de los consejeros han sido objeto de polémica internacional durante la crisis financiera y económica de los últimos años. Para poner coto a los abusos, a las prácticas que incentivan en exceso el riesgo y a posibles escándalos se han adoptado diferentes medidas, sobre todo en el sector financiero.
Entre tales medidas, el Gobierno español apostó por un aumento de la transparencia y el escrutinio de las retribuciones con algunas disposiciones de la Ley de Economía Sostenible (LES). Dicha ley entró en vigor el pasado 6 de marzo y exige que "el informe anual sobre las remuneraciones de los consejeros, la política de remuneraciones de la sociedad aprobada por el consejo para el año en curso, la prevista para años futuros, el resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones durante el ejercicio, así como el detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros, se difundirá y someterá a votación, con carácter consultivo y como punto separado del orden del día, a la junta general ordinaria de accionistas".
Las fuentes jurídicas consultadas entre despachos de abogados de primera fila coinciden en que esa norma está vigente y que debería ser aplicada en las juntas de accionistas que se han celebrado (o como mínimo, que se han convocado) a partir de la entrada en vigor de la disposición.
La CNMV, sin embargo, ha contestado a las empresas que han consultado sobre la cuestión que no exigirá aún el cumplimiento de la norma. El supervisor ha tenido en cuenta que las juntas ordinarias que se están celebrando ahora corresponden al ejercicio 2010 y que hay empresas que ya habían celebrado sus juntas antes de la entrada en vigor de la LES. Fuentes del supervisor señalan, además, que el contenido y estructura del informe de remuneraciones que prevé la LES está pendiente de un desarrollo reglamentario que aún no se ha producido. El Ministerio de Economía, al que está adscrita la CNMV, declinó hacer comentarios. En todo caso, el supervisor dice que las empresas que quieran someter a votación las retribuciones ya "pueden hacerlo de forma voluntaria".
La principal novedad de la norma era, sin embargo, convertir esas prácticas en obligatorias. Precisamente las dos recomendaciones del Código Unificado de Buen Gobierno que tienen un menor seguimiento voluntario se refieren a esa transparencia de las retribuciones. Solo una de cada cinco empresas somete a la votación de la junta un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros. Y únicamente el 28,2% de las sociedades cotizadas detalla en su memoria las retribuciones individuales de los consejeros, según datos de la propia CNMV.
Los expertos entienden que la entrada en vigor de la LES cuando parte de las juntas de accionistas correspondientes a 2010 ya se ha producido genera anomalías. Pero aunque critican la deficiente técnica legislativa, no dudan de que la ley está vigente. Es decir, los juristas creen que hubiera sido lógico incluir una disposición transitoria que, por un lado, hiciera que la norma se aplicara para todas las empresas en el mismo ejercicio y que, por otro, diera tiempo a desarrollar el reglamento sobre el informe de remuneraciones. Pero los juristas constatan que esa disposición transitoria no existe y que, por tanto, la norma debería cumplirse. Sin necesidad de desarrollo alguno, la nueva disposición exige que se difundan y se sometan a votación consultiva las retribuciones individuales de los consejeros, la política de remuneraciones para el año en curso y la prevista para años futuros, entre otras cuestiones. Y subrayan que la ley nada dice sobre que haya que esperar a que haya un modelo normalizado de informe de retribuciones para que esa exigencia sea inmediata.
De hecho, algunas de esas firmas de abogados han aconsejado a las empresas a que asesoran que cumplan la ley y sometan esas cuestiones a votación aunque la CNMV aún no lo exija. Con ello pretenden evitar posibles impugnaciones o demandas de accionistas que interpreten que no se está cumpliendo la ley. Esa es la razón por la que está aumentando notablemente el número de empresas que lleva en el orden del día la votación consultiva de los sueldos del consejo. Otras compañías, sin embargo, han preferido esperar a que sea la CNMV la que exija el cumplimiento.
Artículo de Interés: "Sin crisis en el sueldo del ejecutivo"
¡Así vamos!...pero, ¿en que acabaremos?
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