miércoles, 6 de junio de 2018

El Supremo avala la dedocracia como sistema de acceso a los puestos de trabajo de las empresas públicas


 


El Supremo avala la dedocracia como sistema de acceso a los puestos de trabajo de las empresas públicas 


La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó el pasado 24 de abril un Auto en el que deja vía libre para que el enchufismo, las recomendaciones y las influencias de todo tipo, sean medios válidos y legítimos para el acceso a los puestos de trabajo de las empresas públicas estatales, autonómicas y municipales. El fundamento de derecho segundo de dicho Auto abre el camino para que estas empresas, sufragadas con el dinero público de todos los ciudadanos y ciudadanas, contraten a sus trabajadores al margen y sin consideración alguna a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, cuando afirma:

Tanto el art. 23.2 como el 103.3 de la Constitución se refieren al acceso a la función pública, inaplicables aquí pues se trata de trabajadores que mantienen una relación laboral común con una entidad empresarial con forma societaria. La Constitución sólo contempla el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad con respecto a las funciones y cargos públicos. Sólo el acceso a las funciones públicas debe regirse igualmente por los principios constitucionales en cuestión. En definitiva, a las sociedades mercantiles públicas -sector público empresarial- independientemente de que su ámbito sea estatal, autonómico o municipal, no le son aplicables los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución , ni tampoco el EBEP, por lo que ninguna razón existe para que el fraude en la contratación implique la declaración de la existencia de una relación laboral indefinida no fija, en lugar de indefinida.

El Auto del Supremo da por buena la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) dictada el 26 de septiembre del año pasado, que declara trabajadoras fijas de plantilla de la empresa pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias SA (SERPA), a dos empleadas contratadas mediante contratos temporales por obra o servicio que se fueron prolongando de forma fraudulenta durante varios años, al entender que la figura del “indefinido no fijo” sólo es de aplicación a los empleados públicos de la Administración, pero no a los de sus empresas.

Los hechos descritos en la sentencia del TSJA revelan, con toda crudeza, unas prácticas de contratación fraudulenta del personal muy extendidas en los llamados “chiringuitos” del Principado de Asturias – empresas y fundaciones públicas controladas por el Gobierno del Principado -, que  han sido denunciadas en numerosas ocasiones desde el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies y constatadas de forma reiterada por la Sindicatura de Cuentas en su informes de auditoría del sector público. Esas prácticas son las que ahora avala  el Tribunal Supremo para acceder a la condición de trabajador fijo de una empresa pública.

Se trata de una resolución judicial de una enorme gravedad, pues santifica la actuación de los partidos políticos como agencias de colocación en los “chiringuitos”, que son un foco incuestionable de corrupción; y despoja a los ciudadanos y ciudadanas – entre ellos, a miles de jóvenes en paro -  del derecho fundamental a participar en procesos selectivos públicos, objetivos y transparentes para acceder a esos puestos del sector público.

Además, la sentencia omite toda referencia a la disposición adicional primera del Estatuto Básico del Empleado Público, en la que se dispone que los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad son de aplicación obligatoria a todas las entidades del sector público - estatal, autonómico y local -, y se aparta de lo que el propio Tribunal Supremo, en sentencia de 20 de octubre de 2015, había afirmado: que "la impregnación pública que es propia de una sociedad mercantil estatal comporta que en la selección de los trabajadores hallan de tenerse en cuenta aquellos principios - igualdad, mérito y capacidad-".

Una resolución judicial con unas consecuencias sociales y políticas de tanta gravedad,  con una incidencia tan devastadora para la higiene democrática, exige una movilización social enérgica en defensa de la igualdad de oportunidades en el acceso a los puestos de trabajo del sector público. Ahora más que nunca, se precisan iniciativas legislativas urgentes que frenen el clientelismo laboral en el sector público.

¡Contra la corrupción y el clientelismo político, igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo del sector público!

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