La invasión de los contratos menores de 14.999,99€
Casi el 10% de las adjudicaciones de suministros y servicios se amontonan entre 14.900 y 14.999,99 euros, el límite legal.
En un año, entre agosto de 2018 y julio de 2019 las administraciones
públicas adjudicaron más de 35.000 contratos menores de suministros y
servicios que superaban los 5.000 euros. Casi el 10% (3.261) son como lemmings apelotonados al borde del precipicio: están entre los 14.900 euros y los 14.999,99.
¿Ese es el rango más habitual de mercado de todo lo que se compra o se
encarga desde las administraciones públicas? No, es el límite legal para
poder usar el contrato menor: a dedo, casi sin controles ni
transparencia.
Y si cambia ese límite -como pasó con la reforma que entró en
vigor en marzo de 2018, que los bajó de 18.000 a 15.000 euros- cambia el
coste de muchos de esos suministros y servicios como por arte de magia. Patrimonio Nacional contrató en 2017 y 2018
a la firma Opyser para el funcionamiento de las fuentes ornamentales de
la Granja de San Ildefonso en Madrid, un atractivo turístico. Cada año
firmaban con ellos un contrato menor por la cantidad exacta de 17.999,99
euros. En abril de 2019, ya con los nuevos umbrales en vigor, ese mismo
contrato se ajustó
debajo del nuevo límite y pasó a costar 14.900 euros. Y, así, pagamos
menos por el mismo servicio -¿o estábamos pagando de más?- y ellos
pueden seguir dando el contrato a dedo y sin pasar por el proceso de un
concurso abierto y transparente.
Este no es, ni de lejos, el único ejemplo que encontramos en los datos del Portal de Contratos del Sector Público,
que agrupa los contratos menores de la mayoría de administraciones
públicas locales, autonómicas y estatales. Los gobiernos autonómicos
contratan a agencias de calificación de riesgo para que establezcan su rating,
esto es, cuál es su capacidad para pagar sus deudas o, dicho de otra
forma, qué riesgo tiene invertir en esa deuda. El Gobierno de Cantabria
contrató en 2018 y 2019
a una de las grandes, Fitch. ¿La diferencia entre ambos contratos
menores? El primero costó 17.999 euros, justo por debajo del límite de
18.000; y, el segundo, ya con la reforma en vigor, 15.000. Una cifra,
esta última, que además es ilegal, puesto que solo se pueden conceder esos contratos a dedo por debajo de 15.000 euros, no 15.000 exactos.
A la hora de comprar algo desde una administración pública, el marco
mental debería seguir este recorrido: quiero esto, pienso qué puede
costar, dependiendo de ese precio, ¿puedo usar un contrato menor para
adjudicarlo o no? Pero en muchos casos, como demuestran los datos y los
numerosos ejemplos, en realidad es: quiero ahorrarme procesos o
contratar a esta empresa sí o sí, así que ajusto el precio para que
quede por debajo de los umbrales que establece la ley. Las consecuencias
de estos ajustes son varias. La primera, que se contrate a precios que
no son reales -si antes valía 17.999 euros y ahora 14.999, ¿estábamos
entonces gastando de más?-; la segunda, que se apretuje el coste para esquivar la publicidad y la competencia, lo que hace que otras empresas no puedan presentar mejores ofertas.
Más ejemplos: La DGT pagaba a la empresa Equipos Industriales de Manutención, en julio de 2018, 17.999,17€ para el mantenimiento preventivo de sus helipuertos. Un año después, la prevención importa exactamente tres mil euros menos, lo que bajó el umbral con la reforma de la ley, y contrataron a la misma empresa por 14.852. O el Servicio de Salud de Baleares, que en enero de 2018 pagaba a la entidad sin ánimo de lucro de payasos en hospitales La sonrisa médica 17.999 euros y, en abril de 2019, les recortó el contrato hasta los 14.999.
En los contratos de obras, la historia se repite,
aunque en este caso la cifra mágica es distinta. Si antes de la reforma
el precio debía ser inferior a 50.000 euros para poder usar la figura
del contrato menor, desde marzo de 2018 ese límite es de 40.000.
Recuerde, administración pública contratante: los menores de 15.000 euros exactos son ilegales
Los datos del Portal de Contratos del Sector Público incluyen
contratos menores que superan esos límites legales. ¿Qué ha pasado ahí?
En algunos casos se trata de excepciones a la norma (que hemos eliminado de nuestros datos); en otros, simples errores cometidos por los responsables de introducir los datos; y otros, simplemente, son ilegales.
La ley es clara: se puede usar este procedimiento exprés por debajo de los umbrales, pero no en los umbrales. Esto es: todos los contratos menores de 15.000 euros exactos en suministros y servicios o de 40.000 euros en obras son ilegales. Pero, en ocasiones, quienes los tramitan no conocen bien la ley. Prueba de ello es que de los 1.101 contratos menores de suministros y servicios adjudicados de agosto de 2018 a julio de 2019 [¿por qué usamos estas fechas?] que se pasan de los umbrales, más de la mitad (671) son exactamente de 15.000 euros. Lo mismo en obras: de los 172 que se pasan, casi la mitad (79), están justo en los 40.000.
En agosto de 2018, el Ayuntamiento de Águilas (Murcia) contrató a Niña Pastori, Antonio Orozco y Rozalén para que actuaran en sus fiestas. El caché de todos ellos era el mismo: 15.000 euros por cabeza. Todos estos contratos menores incumplen la ley. En Madrigueras (Albacete) sí leyeron bien la norma y pagaron a Rozalén 14.900 euros .
Ni tanto ni tan calvo
Al otro lado de los que se pasan del límite están los contratos pequeños. La ley permite usar un procedimiento aún más sencillo, guardar factura y ya, para la mayoría de contratos de menos de 5.000 euros y hasta un porcentaje del gasto total. Es lo que se llama caja fija, que permite agilizar gastos corrientes y evitar pasar por la burocracia de un contrato menor. Aun así, unos mil contratos de nuestros datos son de menos de cinco euros. Encontramos decenas de ejemplos en la lista de contratos menores de la Presidencia de Castilla La Mancha (23 de menos de cinco euros). La lista de la compra de Emiliano García-Page incluye, cada uno vía contrato, la compra de filtros de café (1,35€), el duplicado de unas llaves (1,49€), un peaje (1,57), un insecticida (1,8) y hasta algo de picar (1,57).
La Oficina Antifrau de Catalunya, en uno de sus últimos documentos de trabajo, también detectó “una importante concentración de las adjudicaciones justo por debajo de los importes vigentes en cada momento para los contratos menores”. Este apelotonamiento al borde del límite, en sus propias palabras, “incrementa la probabilidad de un uso distorsionado o desvirtuado que ponga en riesgo la igualdad en el acceso a las licitaciones públicas, la libre competencia y la eficiencia en la compra pública”.
Para garantizar esa competencia, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIRESCON) dictaminó, en su primera instrucción, que todas las entidades del sector público estatal debían pedir tres ofertas, siempre que fuera posible, también para firmar contratos menores. ¿Qué ha pasado desde entonces? De los 79.288 contratos firmados a partir de esa fecha, el 82% solo registró una oferta. El 5%, dos. Y el 11%, tres, lo que pedía la entidad de control. Esto es: hay entidades públicas que cumplen, pero la adjudicación a dedo a una empresa sin consultar otras opciones sigue siendo el modus operandi más habitual.
Usando la excusa de la I+D para firmar contratos ilegales
Algunos centros de investigación aprovechan una excepción en la normativa para colar contratos de forma ilegal. La ley establece una excepción para la investigación: en lugar de poner el límite en 15.000 euros, los organismos de I+D pueden celebrar contratos menores de suministros o servicios por un valor menor o igual a 50.000 euros. Pero, y esto es importante, este umbral más holgado aplica solo cuando lo que se vaya a contratar tenga vinculación con la actividad científica. Limpiar, suministrar energía eléctrica o mantener los jardines son algunos ejemplos de servicios generales, sin relación directa con la ciencia. Por lo tanto, estos tres contratos, firmados por el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), el Instituto Español de Oceanografía (IEO) y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), respectivamente, no pueden usar esa excepción y se pasan del umbral. Son ilegales.
La ley es clara: se puede usar este procedimiento exprés por debajo de los umbrales, pero no en los umbrales. Esto es: todos los contratos menores de 15.000 euros exactos en suministros y servicios o de 40.000 euros en obras son ilegales. Pero, en ocasiones, quienes los tramitan no conocen bien la ley. Prueba de ello es que de los 1.101 contratos menores de suministros y servicios adjudicados de agosto de 2018 a julio de 2019 [¿por qué usamos estas fechas?] que se pasan de los umbrales, más de la mitad (671) son exactamente de 15.000 euros. Lo mismo en obras: de los 172 que se pasan, casi la mitad (79), están justo en los 40.000.
En agosto de 2018, el Ayuntamiento de Águilas (Murcia) contrató a Niña Pastori, Antonio Orozco y Rozalén para que actuaran en sus fiestas. El caché de todos ellos era el mismo: 15.000 euros por cabeza. Todos estos contratos menores incumplen la ley. En Madrigueras (Albacete) sí leyeron bien la norma y pagaron a Rozalén 14.900 euros .
Ni tanto ni tan calvo
Al otro lado de los que se pasan del límite están los contratos pequeños. La ley permite usar un procedimiento aún más sencillo, guardar factura y ya, para la mayoría de contratos de menos de 5.000 euros y hasta un porcentaje del gasto total. Es lo que se llama caja fija, que permite agilizar gastos corrientes y evitar pasar por la burocracia de un contrato menor. Aun así, unos mil contratos de nuestros datos son de menos de cinco euros. Encontramos decenas de ejemplos en la lista de contratos menores de la Presidencia de Castilla La Mancha (23 de menos de cinco euros). La lista de la compra de Emiliano García-Page incluye, cada uno vía contrato, la compra de filtros de café (1,35€), el duplicado de unas llaves (1,49€), un peaje (1,57), un insecticida (1,8) y hasta algo de picar (1,57).
La Oficina Antifrau de Catalunya, en uno de sus últimos documentos de trabajo, también detectó “una importante concentración de las adjudicaciones justo por debajo de los importes vigentes en cada momento para los contratos menores”. Este apelotonamiento al borde del límite, en sus propias palabras, “incrementa la probabilidad de un uso distorsionado o desvirtuado que ponga en riesgo la igualdad en el acceso a las licitaciones públicas, la libre competencia y la eficiencia en la compra pública”.
Para garantizar esa competencia, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIRESCON) dictaminó, en su primera instrucción, que todas las entidades del sector público estatal debían pedir tres ofertas, siempre que fuera posible, también para firmar contratos menores. ¿Qué ha pasado desde entonces? De los 79.288 contratos firmados a partir de esa fecha, el 82% solo registró una oferta. El 5%, dos. Y el 11%, tres, lo que pedía la entidad de control. Esto es: hay entidades públicas que cumplen, pero la adjudicación a dedo a una empresa sin consultar otras opciones sigue siendo el modus operandi más habitual.
Usando la excusa de la I+D para firmar contratos ilegales
Algunos centros de investigación aprovechan una excepción en la normativa para colar contratos de forma ilegal. La ley establece una excepción para la investigación: en lugar de poner el límite en 15.000 euros, los organismos de I+D pueden celebrar contratos menores de suministros o servicios por un valor menor o igual a 50.000 euros. Pero, y esto es importante, este umbral más holgado aplica solo cuando lo que se vaya a contratar tenga vinculación con la actividad científica. Limpiar, suministrar energía eléctrica o mantener los jardines son algunos ejemplos de servicios generales, sin relación directa con la ciencia. Por lo tanto, estos tres contratos, firmados por el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), el Instituto Español de Oceanografía (IEO) y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), respectivamente, no pueden usar esa excepción y se pasan del umbral. Son ilegales.
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