lunes, 25 de mayo de 2020
Reanudación de plazos procesales, administrativos y de prescripción y caducidad de derechos y acciones
REANUDACIÓN DE PLAZOS PROCESALES, ADMINISTRATIVOS Y DE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD DE DERECHOS Y ACCIONES
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lunes, 18 de mayo de 2020
Sobre una falsa disyuntiva: ¿Salvar vidas o salvar la economía?, artículo de Juan Ramón Rallo
¿Salvar vidas o salvar la economía?
Un confinamiento domiciliario total permitiría salvar muchas vidas pero colapsaría la actividad económica. No obstante, medidas muy laxas maximizarían el número de fallecidos
¿Salvar vidas o salvar la economía? Desde
el comienzo de la aplicación de medidas de distanciamiento físico, se
nos ha trasladado que existe una disyuntiva entre el objetivo de salvar
vidas humanas y el de preservar la actividad económica.
Medidas muy drásticas de distanciamiento físico permitirían salvar muchas vidas
pero, al mismo tiempo, colapsarían la actividad económica; por el
contrario, medidas muy laxas de distanciamiento físico conseguirían
mantener en funcionamiento la economía pero, en contrapartida,
maximizarían el número de fallecidos. Gráficos como el siguiente se han
de convertir en herramientas habituales para resumir estos objetivos en
conflicto:
Y aunque no pretendo negar que ciertamente existan, en el margen, disyuntivas de este estilo ante determinadas decisiones tácticas, en la estrategia no existe necesariamente una incompatibilidad radical entre ambos objetivos: salvar vidas
—incluyendo en esta expresión la protección de la salud de los
ciudadanos— es también salvar la economía y, a su vez, salvar la
economía es salvar vidas. En esencia, por dos razones.
Primero, porque el objetivo último de todo sistema económico
es, o debería ser, el de maximizar la generación de medios para que los
individuos satisfagan la mayor cantidad posible de sus fines
personales. En la medida en que quepa presuponer —y parece una hipótesis
harto razonable— que la inmensa mayoría de personas valoran de un modo
extremo su supervivencia, salvar la economía a través de una elevadísima mortalidad
constituiría en cierto modo una contradicción en los términos: el
sistema económico estaría fracasando a la hora de proporcionar los
medios para satisfacer uno de los fines más valorados por cualquier
persona (su propia vida).
Incluso
desde una perspectiva irrespetuosamente utilitarista, el valor
económico de las vidas previsiblemente perdidas en ausencia de medidas
de distanciamiento físico sería superior al de las pérdidas de producción material vinculadas a un confinamiento que durara todo un año: el Gobierno estadounidense estima que el coste de una vida humana perdida ronda los 9,3 millones de dólares,
de modo que si 500.000 estadounidenses fallecieran a causa del
coronavirus, la pérdida económica ascendería a 4,6 billones de dólares,
monto superior a la contracción del PIB esperada por mantener la
economía hibernando todo un año (4,2 billones de dólares).
Segundo, porque vidas y economía son interdependientes.
Por un lado, y como ya se han encargado muchos de recordarnos, porque
una economía colapsada incrementará la pobreza y esa pobreza provocará
muertes —especialmente, en los países menos desarrollados—. Por otro,
porque una pandemia que campe libremente a sus anchas también provocaría
el colapso de la economía: si una parte de la población enferma y
durante varias semanas se siente incapacitada para acudir a su puesto de
trabajo (baja laboral), habrá sectores económicos que o no podrán
mantenerse en funcionamiento o solo se mantendrán en funcionamiento de
un modo muy parcial.
En este último caso, la oferta de muchas
mercancías se vería transitoriamente estrangulada y, en la medida en que
esas mercancías constituyan los 'inputs' de otras industrias (esto es,
sean bienes intermedios), esas otras industrias también se verían
forzadas a suspender su actividad por culpa de esos cuellos de botella.
¿Cuán grave puede ser este fenómeno? De acuerdo con la estimación recientemente elaborada por tres economistas de Cambridge,
las pérdidas de PIB podrían resultar superiores a las derivadas de
paralizar la actividad de ciertos sectores no esenciales (como bares,
restaurantes, grandes eventos…) para proteger de la infección a los
trabajadores en sectores esenciales (esto es, las medidas de
distanciamiento físico 'minimizarían' la caída del PIB).
En definitiva, es una engañosa ilusión
pensar que podríamos haber pasado por esta pandemia sin pérdidas
económicas despreocupándonos de las vidas de muchos conciudadanos. Para
salvar la economía, hay que salvar a sus ciudadanos y, hasta que
aparezca una vacuna (si es que aparece) o hasta que generemos inmunidad
de grupo, la única forma de salvar a los ciudadanos de un virus tan
contagioso como este es mediante medidas de distanciamiento físico: sin
esas medidas, no solo habrían muerto centenares de miles de personas
sino que la actividad económica habría colapsado igualmente por la
inactividad de muchos trabajadores esenciales.
Cuestión
distinta, eso sí, es el diseño y la intensidad adecuada de esas medidas
de distanciamiento físico: es cierto que, en el margen, sí puede haber
una disyuntiva entre la seguridad total frente al virus y el hundimiento económico
(por ejemplo, si decretáramos dos años de confinamiento domiciliario
total, el virus desaparecería, pero la economía también); asimismo, no
todas las medidas de distanciamiento físico tienen por qué ser en todo
momento igual de eficaces (en un principio, el confinamiento
domiciliario podría ser la única herramienta válida para detener el
'shock', pero después puede ser más inteligente combinar mascarillas, test y rastreos generalizados para permitir que la sociedad reanude de manera segura gran parte de sus actividades).
De ahí que resulte necesaria una muy superior descentralización en las estrategias de desescalada que aquella que estamos permitiendo hoy
(posibilitando así que diversas jurisdicciones prueben, en un contexto
de muy alta incertidumbre, qué medidas funcionan mejor y cuáles peor
para que el resto podamos emularlas). Pero en cuanto al objetivo
estratégico último, tal disyuntiva es falsa: el virus
nos ha golpeado con dureza —en parte, porque nuestros gobernantes
fallaron a la hora de adoptar medidas tempranas que evitaran su
penetración en nuestras sociedades— y el empobrecimiento económico
habría sido inevitable bajo cualquier escenario. El distanciamiento
físico no es el precio que pagamos para salvar vidas, sino también para
minimizar la magnitud del colapso económico.
jueves, 14 de mayo de 2020
Las empresas con ERTE podrán despedir a los trabajadores no incluidos en ellos
Las empresas con ERTE podrán despedir a los trabajadores no incluidos en ellos
El BOE publica el decreto que mantiene las regulaciones temporales de empleo y las prestaciones extraordinarias hasta el próximo 30 de junio
El País
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles el decreto-ley que desvincula los ERTE por fuerza mayor de la declaración del Estado de alarma y pone como fecha límite para su vigencia el 30 de junio. En él se aclara que la exigencia de las empresas que se han acogido a estas regulaciones temporales de mantener el empleo durante seis meses se acota a los trabajadores afectados y no a toda la plantilla. También delimita la restricción para los despidos individuales y colectivos por causas objetivas provocadas que se incluyó a finales de marzo por el coronavirus hasta el 30 de junio.
Llegado
el 30 de junio también decaen las prestaciones extraordinarias que
cobran los trabajadores afectados, tanto los que están en un ERTE por
fuerza mayor como los que lo están en uno por causas económicas,
técnicas, organizativas o de producción provocadas por el coronavirus.
Hay una excepción los trabajadores fijos discontinuos, que mantendrán
las ayudas extra hasta el 31 de diciembre. No obstante, siempre hay que
tener en cuenta que la fecha del 30 de junio puede ser prorrogada por el
Consejo de Ministros tanto para los expedientes como para las
prestaciones tras negociarse en la comisión tripartita que crea el
decreto-ley y en la que estarán presentes el Gobierno, los sindicatos y
los empresarios.
Hasta
ahora la duración de los ERTE por fuerza mayor estaba vinculada al
estado de alarma. Desde este miércoles tienen fecha de caducidad en el
30 de junio, aunque pueden prolongarse de forma selectiva por más tiempo
por el Consejo de Ministros previa consulta con los agentes sociales.
La duración de los otros, en cambio, está determinada por el pacto al
que haya llegado la empresa con los trabajadores o solo por ella si no
ha habido pacto. Los primeros, que afectan ahora a unos tres millones de
personas (más del 90% del total a finales de abril), cuentan con
importantes exoneraciones de cotizaciones a la Seguridad Social; los
otros, que afectan a más de 300.000 personas, no tienen esas
exoneraciones. Menos diferencias hay en las prestaciones que llevan
aparejadas. En ambos casos son extraordinarias, es decir, los
trabajadores que las cobran no consumen su derecho a percibir una
prestación contributiva por desempleo si fueran despedidos después o la
perciben igualmente aunque no hayan cotizado lo suficiente para tener
ese derecho. Lo que sucede es que los ERTE que no son por fuerza mayor
pueden haberse pactado por un periodo de tiempo que vaya más allá del 30
de junio. En este caso, los trabajadores afectados pasarán a consumir
la prestación ordinaria si tuvieran derecho a ella o dejarán de
percibirla si no hubieran cotizado el tiempo necesario.
La
exigencia para las empresas que han implantado ERTE por fuerza mayor de
no despedir a ningún trabajador durante medio año so pena de tener que
devolver las cotizaciones exoneradas fue uno de los escollos de la
negociación. Las patronales CEOE y Cepyme lo han rechazado desde que se
aprobó la primera regulación, ya en marzo. Y ahora reclamaron su
eliminación o reducción. No lo consiguieron. El Ministerio de Trabajo no
estaba dispuesto a renunciar a él, pero sí introdujo matices que
reducen la magnitud del compromiso. Uno de ellos es que las empresas que
demuestren que están en riesgo de caer en el concurso de acreedores no
están obligadas a cumplir el compromiso.
Otra
excepción incluida atañe a las empresas con “alta variabilidad o
estacionalidad en el empleo”. No obstante, la redacción de este punto
deja muy abierta la interpretación sobre qué quiere decir eso a la
Administración y a las empresas. Esta cláusula ya estaba en alguno de
los decretos extraordinarios sobre ERTE aprobados durante la crisis del
coronavirus y fuentes de la negociación apuntan que se ha vuelto a
incluir para introducir un criterio de “ponderación” en lo que supone
mantener el empleo. Desde el Ministerio de Trabajo se advierte que la
Inspección estará vigilante para que no dé pie al fraude.
Además,
el decreto también aclara que el reloj para contar los seis meses
empezará a correr cuando la empresa comience a recuperar su actividad.
Es decir, desde el primer trabajador que rescata y no el último. Todos
estos matices fueron claves para que la CEOE firmara el pacto el lunes.
El
decreto publicado este miércoles también explica cómo deben actuar los
empresarios para recuperar a los trabajadores afectados por ERTE.
Tendrán que comunicárselo al Servicio Público de Empleo Estatal para que
este deje de pagar las prestaciones y también a la Tesorería de la
Seguridad Social para que esta adapte las exoneraciones de cotizaciones.
Para esto último, bastará una declaración responsable del empresario.
Las
exenciones de cotizaciones serán, a partir de ahora, de dos tipos. Para
las empresas que no puedan recuperar la actividad ni siquiera
parcialmente, sigue vigente la reducción al 100% para las empresas de
menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tengan 50 o más.
Para
las que puedan abrir, la exoneración es más compleja: para los
empleados que ya hayan vuelto al trabajo, su cotización empresarial
correspondiente se reduce un 85% en mayo y un 70% en junio para las
sociedades más pequeñas (menos de 50 empleados), y un 60% y un 45%,
respectivamente, para los demás compañías. En cambio, para los
trabajadores que sigan afectados por el ERTE la rebaja en la cotización
será menor: 60% en mayo y 45% en junio para las empresas más pequeñas y
el 45% y el 35%, respectivamente, en el resto.
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