Fuente: ABC
La Fiscalía General del Estado ha abierto diligencias para investigar a notarios y registradores de la propiedad por supuestos cobros ilegales a los consumidores en la cancelación de créditos hipotecarios, según informa la Fiscalía en un comunicado.
La investigación parte de la denuncia presentada la semana pasada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en la que acusaba a los dos colectivos de apropiarse indebidamente de cerca de 93 millones de euros por las 372.042 cancelaciones de hipotecas realizadas en 2010.
A instancias del fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, el fiscal de sala delegado para la defensa de los intereses de los consumidores y usuarios, José María Paz Rubio, ha abierto estas diligencias informativas con el fin de esclarecer la naturaleza de los hechos denunciados.
La OCU pide a la Fiscalía que revise de oficio todas las facturas relacionadas con cancelaciones hipotecarias emitidas desde diciembre de 2007 y obligue a devolver a los consumidores, en su caso, las cantidades indebidamente cobradas.
La asociación denuncia que tanto notarios como registradores están incumpliendo la normativa en materia arancelaria aprobada en 2007, que suponía un abaratamiento importante de los trámites de cancelación de una hipoteca. Desde el cambio normativo de 2007, el notario ha de cobrar una cuantía fija de 30,05 euros, sea cual sea el importe de la hipoteca cancelada.
Por su parte, el registrador debe aplicar el arancel al capital pendiente de devolver (que es igual a 'cero' cuando se trata de cancelar una hipoteca ya pagada) y reducir el resultado en un 90%. Por su parte, notarios y registradores defienden que están a la espera de que la Justicia determine la aplicación de los aranceles que deben cobrar por la cancelación una hipoteca, ya que la «falta de claridad» del criterio introducido en la reforma ha motivado que se hayan dictado resoluciones administrativas contradictorias respecto a la aplicación de los aranceles.
Estas resoluciones son las que están recurridas ante los distintos tribunales -las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid, Cataluña, País Vasco, Málaga y Sevilla- pendientes de resolución. Los honorarios de los registradores están controlados por un procedimiento de impugnación de minutas establecido en el Real Decreto 427/1989.
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