GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO ENVASADOS
Resolución de 2 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de capacidad igual o superior a 8 kg., excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.
Desde las cero horas del día 1 de octubre de 2011 el precio máximo de venta, antes de impuestos, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo envasados en recipientes de capacidad igual o superior a 8 kg e inferior a 20 kg de contenido de GLP, a excepción de los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, será de 102,3073 cents/kg.
GAS NATURAL
Resolución de 21 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.
Los precios sin impuestos de la tarifa de último recurso de suministro de gas natural (a partir del 1 de octubre de 2011), serán los indicados a continuación:
Tarifa | Término | ||
Fijo (€/Cliente)/mes | Variable cent/kWh | ||
TUR.1 | Consumo inferior o igual a 5.000 kWh/año. | 4,09 | 5,500750 |
TUR.2 | Consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 kWh/año. | 8,33 | 4,893650 |
ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución de 29 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el cuarto trimestre de 2011.
Tarifa de último recurso sin discriminación horaria y con discriminación horaria de dos periodos:
– CE0 = 88,42 euros/MWh.
– CE1 = 95,44 euros/MWh.
– CE2 = 64,49 euros/MWh.
Tarifa de último recurso con discriminación horaria supervalle:
– CE1 = 97,60 euros/MWh.
– CE2 = 76,39 euros/MWh.
– CE3 = 54,14 euros/MWh.
Término de potencia y de los términos de energía de de las tarifas de último recurso aplicables durante el cuarto trimestre de 2011
Término de potencia: TPU = 20,633129 euros/kW y año.
Término de energía: TEU.
– Modalidad sin discriminación horaria:
TEU0= 0,142319 euros/kWh.
– Modalidad con discriminación horaria de dos periodos:
TEU1= 0,164896 euros/kWh.
TEU2= 0,067697 euros/kWh.
– Modalidad con discriminación horaria supervalle:
TEU1= 0,167056 euros/kWh.
TEU2= 0,080880 euros/kWh.
Entonces... ¿Alguien sabe por qué cobran por una bombona doméstica de butano 15,20€ cuando su precio es de 15,09€ a partir de 1 de octubre?
ResponderEliminarhttp://www.repsol.com/SA/Herramientas/ListadoPreciosButanoPropanoEnvasado/precios.aspx
Del mismo modo a partir del 1 de julio las bombonas "costaban 14,80€" y cobraban 15€ exactos.
¿Acaso es obligatorio dejar propina? Y lo que es más preocupante aún... ¿Por qué todos cobran la misma propina?