miércoles, 7 de diciembre de 2011

Pero... ¿ya estamos a 28 de diciembre?. Una asociación de empresarios de la construcción solicita la disolución de la Unión de Consumidores de Asturias para tratar de impedir la devolución del impuesto sobre la plusvalía.



Que el calendario se ha vuelto loco, ya lo sabíamos, pero desconocíamos que el 28 de diciembre se ha adelantado para algunos.

Sólo así se entiende esta noticia aparecida en el Diario El Comercio hoy, y que debe ser digna de un estudio psicológico-jurídico, por los siguientes motivos:

-Alteración de la personalidad en el ámbito espacio-temporal. No se asimila que estamos en 2011 y no en el medievo.

-Obsesión compulsiva: tras recibir varapalo, tras varapalo, alguien debería considerar que las sentencias están para cumplirlas.

-Sentido de la responsabilidad y de la propia imagen: El que debe algo, debe pagarlo. Cuanto menos se haga el ridículo, mejor.  

-Como dicen los médicos “primum, non laedere” (lo primero, no dañar), y si es a uno mismo, mejor. Ello se relaciona con el hecho de que mentes malpensadas podrían suponer que las acciones ejercidas por la Confederación Asturiana de la Construcción únicamente tratan de obstaculizar el legítimo derecho que posee una asociación de consumidores a defender los legítimos derechos de los consumidores y a representar a sus asociados ejerciendo las correspondientes acciones en defensa de los mismos, derechos éstos reconocidos en el art. 37 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes Complementarias. Ello, como poco, suena feo y máxime si lo que está en juego es la devolución de un impuesto que nunca se debió cobrar a miles de familias asturianas según establecen reiteradamente decenas de resoluciones judiciales que dan la razón a los consumidores, cuya ratificación ha sido bendecida por el Tribunal Supremo.

- “Por sostener el error, se cae en otro mayor”, dice el refranero, y dice con acierto. ¿De qué sirve atacar a una asociación de consumidores si, en todo caso, los propios consumidores afectados pueden reclamar por sí solos -o a través de otra asociación a la que se asocien- las cantidades que pagaron en concepto de impuesto sobre la plusvalía?. ¿Tiene sentido pedir “la disolución de la UCE”, por parte de una asociación de empresarios?. Un consejo. Acuérdense de “El Jueves”, y de lo que se incrementaron sus ventas con el secuestro de revista por el asunto de la famosa portada….¡Pues lo mismo!. La UCE, con este tipo de actos, ganará socios y, sobre todo, la simpatía de la ciudadania que verá a esta asociación como una asociación de consumidores acosada por cumplir -con notable éxito, por lo que se constata- con su cometido: defender los intereses de sus asociados y, a la postre, de todos los consumidores y usuarios frente a los abusos a los que frecuentemente se ven sometidos.

Les dejo con la noticia, cuyo titular es impresionante. 


Los constructores piden al juez la disolución de la UCE para frenar su 'guerra' contra las plusvalías


La patronal argumenta que los estatutos de la asociación no son legales y pide declarar nulos los acuerdos que adoptó desde 2004 

La batalla judicial abierta entre constructores y consumidores a cuenta del posible cobro indebido de plusvalías -el tributo con el que se grava el desarrollo urbanístico- a las familias que adquirieron una vivienda en la región desde el año 1997 se recrudece. Tras decenas de sentencias favorables a los consumidores, ahora es la Confederación Asturiana de la Construcción (CAC-Asprocon) la que ha decidido acudir a los tribunales para solicitar la nulidad de los estatutos de la Unión de Consumidores de Asturias y tratar así de frenar su cruzada. Y es que la anulación de los estatutos de la UCE conllevaría la disolución y posterior liquidación de la asociación.

La patronal asturiana de la construcción pide, además, declarar nulos los acuerdos adoptados por la UCE desde el año 2004, lo que invalidaría los relativos hasta ahora en materia de plusvalías. En los últimos meses, desde la asociación asturiana de consumidores se han promovido alrededor de 3.000 demandas, pero los constructores argumentan que la UCE no ha cumplido lo dispuesto en la ley orgánica que desde el año 2002 regula el derecho de asociación. Dicha norma dio a las asociaciones que estaban en vigor un plazo de dos años para adaptar sus estatutos a unas nuevas reglas de funcionamiento.

La ley regula, en concreto, los requisitos que deben tener los órganos de gobierno y representación, su composición, procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros, atribuciones, duración de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos. También, los requisitos para que los citados órganos queden válidamente constituidos, así como la cantidad de asociados necesaria para poder convocar sesiones de los órganos de gobierno o para proponer asuntos en el orden del día. En la demanda presentada ante los tribunales, la CAC defiende su legitimidad para pedir la nulidad de los estatutos de la UCE al sentirse «perjudicada» por las actuaciones que ha venido desarrollando la asociación, promoviendo a través de los medios de comunicación el carácter abusivo del pago de la plusvalía. Por su parte, los consumidores se defienden asegurando que la CAC no puede impugnar sus estatutos porque se trata de normas de funcionamiento internas que únicamente atañen a sus asociados.

En un momento de gran debilidad para el sector inmobiliario, la litigiosidad entre los compradores de pisos y los promotores lleva meses disparada en el Principado como consecuencia de la campaña que en verano puso en marcha la Unión de Consumidores de Asturias para informar a los compradores sobre los últimos avances judiciales y promover la devolución del impuesto. La reclamación media por cliente ronda los 1.000 euros, aunque en la ciudad de Oviedo asciende a 1.500. En conjunto, las promotoras asturianas se enfrentan a una devolución de más de 100 millones de euros.

Hace apenas una semana, el Tribunal Supremo ha ratificado el criterio de nulidad de la plusvalía, por abusiva, que han venido adoptado en los últimos meses los tribunales asturianos.

Fuente: El Comercio

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