- La Abogacía critica el efecto 'disuasorio' de la futura ley
- Cree que es un "ataque al derecho fundamental a la Defensa"
- El ciudadano paga si ha de pleitear por mal funcionamiento de la Administración
Fuente: El Mundo
Isabel Velloso | Madrid
'Una multa de Tráfico de 100 euros costará
recurrirla 200 euros'. Este es tan sólo uno de los ejemplos que el Consejo General de la Abogacía Española ha
trasladado a los diputados sobre los efectos que tendrán las nuevas tasas judiciales
que el ministro Alberto Ruiz Gallardón pretende aplicar ya a primeros de 2013.
En las enmiendas al proyecto de ley de tasas
judiciales, que tramita ahora el Congreso de los Diputados, presentadas por la
Abogacía Española en la Comisión de Justicia, este organismo intenta remediar
lo que considera un "ataque al derecho fundamental a la Defensa de
cualquier ciudadano, imprescindible en un Estado de Derecho".
Básicamente porque "las cuotas
resultantes suponen enormes incrementos con respecto a las actualmente
existentes" y tendrán
un efecto totalmente "disuasorio" como en el ejemplo de la multa
de Tráfico si una vez agotada la vía administrativa el supuesto infractor decidiese
recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
En el caso como el citado, el ciudadano verá
"obstaculizado el acceso a la Justicia en términos irrazonables",
insisten desde este organismo. Ese efecto disuasorio se dará en
"muchos más casos de los deseables y, en especial, en los de menor
cuantía". No es razonable que te cueste más iniciar un
procedimiento que lo que quieres obtener con él.
Un fontanero repara un radiador a un señor por 90
euros, incluido el IVA. El señor no le paga la factura tras varios intentos
infructuosos. El fontanero, harto, decide acudir a la Justicia para reclamar el
pago y tiene que poner 100 euros para iniciar el proceso. La tasa judicial es
superior a lo que el fontanero pretende cobrar. "Es igualmente
elocuente de lo irrazonable que resulta", insisten en este
organismo.
Quién paga
Para calcular la cuantía de las tasas se establece una parte fija, más otra cantidad variable y con un máximo de 10.000 euros para todos. Es decir, la cuantía va a resultar igual para una persona física que para una gran empresa que como para una pequeña y mediana empresa (pyme). No es lo mismo un procedimiento judicial para una ciudadano al que no le pagan el alquiler de su vivienda que para una empresa que se dedica al alquiler de casas, señalan. Desde el Consejo General de la Abogacía, alertan de que esta reforma establece el copago en la Justicia como se ha establecido el copago en Sanidad con los medicamentos y creen que el ciudadano medio, "el más afectado", no es muy consciente porque no acude a los tribunales como acude a los servicios de salud.
Las críticas no sólo arrecian en lo que se
refiere a la cuantía de las nuevas tasas si no también quién las paga.
El anteproyecto establece que las nuevas tasas afectan a todas las personas
físicas (excepto los que tienen derecho a justicia gratuita por no tener
medios) y jurídicas. Por su parte, queda exento de pagar el Estado (la
Administración General, las autonomías, las entidades locales así como todos
sus organismos públicos).
Incluso, si es el propio Estado por su
mal funcionamiento el que te obliga a pleitear paga el ciudadano afectado.
"El anormal funcionamiento de la Administración no puede provocar la
exigencia de un tributo pues es ésta la que provoca el pleito", con el
silencio administrativo negativo, tal y como se informó al Consejo de Estado y
aceptó en su dictamen
al anteproyecto de Gallardón. El autor de la tesis "Silencio
administrativo y tasa judicial" alertó a la Abogacía de este sin sentido,
que sólo demuestra el "afán recaudatorio" de esta reforma iniciada
desde el Gobierno de Rajoy.
Las exenciones de la tasa, dicen desde la
Abogacía, "es el precepto nuclear de la reforma y, en consecuencia, el que
debe recibir mayores críticas", no tanto por lo que considera
exento en el artículo 4 del anteproyecto sino "en lo que no aparece".
Así que sugieren que que se incluyan, además los casos de silencio
administrativo negativo, los casos de inactividad de la Administración, los
casos de vía de hecho, recursos civiles en interés de la ley, entre
otras.
La tasa se aplicará en el ámbito
contencioso-administrativo, civil y social y el Consejo General de la Abogacía
pide también que se elimine por "inadecuada" aplicación en el
orden social (tradicionalmente excluido) al afectar a la interposición
de los recursos de suplicación y casación. El orden social afecta a la
legislación laboral. De tal forma que un trabajador tendrá que pagar unas tasas
judiciales por reclamar ante los tribunales, por ejemplo, determinadas cuantías
que entienda que le debe su empresa.
Exótico
Esta reforma, dentro de las acometidas
desde el Ministerio de Justicia, ha sido vendida por Ruiz Gallardón
como necesaria para poder financiar los gastos que supone el mantenimiento de
la Justicia Gratuita. Un extremo que también ha sido muy criticado por
la Abogacía. Las tasas, en nuestro país, existen para financiar un determinado
servicio público y las pagan quién recibe ese servicio mientras que la Justicia
Gratuita se paga a través de los impuestos de todos.
Así que, a partir de la entrada en vigor de estas
tasas, un ciudadano que acuda a la Justicia pagará unas tasas que se destinarán
a sostener, según el ministro, el derecho de acudir a los tribunales que tienen
los ciudadanos sin medios económicos. "Algo que resulta exótico a las
tasas como tributos en nuestro país", adelantan al Consejo de Estado.
"La tasa no debe financiar la Justicia gratuita", añaden.
Defienden que las tasas deben de cubrir el coste
del servicio o actividad que constituya su hecho imponible que es el
funcionamiento de la Administración de Justicia y "no el sistema de
asistencia jurídica gratuita".
Ingresos de 400 millones
La Justicia Gratuita da servicio a más de un
millón de ciudadanos sin recursos, lo que supone el 6,5% del gasto en Justicia
de las Administraciones Públicas. Es decir, 250 millones de los más de 3.800
millones que han gastado el Ministerio de Justicia, autonomías y Consejo
General del Poder Judicial, según datos de la Abogacía.
Los ingresos totales previstos por las tasas,
según el impacto económico previsto en la Memoria del anteproyecto,
serían de más de 400 millones, con lo que "parece que
existirá un importante excedente" y sugiere al ministro que si la
motivación de su ley es como él dice mantener el servicio jurídico gratuito
"debería acometer mejoras en el propio servicio y no integrar sin más el
excedente en el Tesoro Público".
La Justicia Gratuita la realizan 36.000 abogados, que están mal pagados, en muchos casos, aunque sí es un trabajo de goza del reconocimiento social.
La Justicia Gratuita la realizan 36.000 abogados, que están mal pagados, en muchos casos, aunque sí es un trabajo de goza del reconocimiento social.
Por último, han calificado desde la Abogacía de
"llamativo" el que el titular de Justicia no les haya consultado ante
esta importante reforma que va a afectar básicamente a las clases medias a
partir de su entrada en vigor prevista para el próximo año.
Interesante análisis Sr. Espina. Coincidimos en muchas cosas. Desde la OCU pensamos que esta reforma puede afectar de forma muy negativa a los consumidores. Cuando se apruebe sera mucho más dificil (y en alguna ocasión antieconomico) exigir judicialmente el cumplimiento de los derechos de los consumidores. Todo un incentivo a las empresas para no cumplirlos.... si total el consumidor no me va a demandar...
ResponderEliminarhttp://www.ocu.org/consumo-familia/nc/nota-prensa/la-ocu-dice-no-a-subida-tasas-judiciales