Eduardo Torres-Dulce, Fiscal General del Estado,
ha manifestado que sería difícil considerar que haya existido un engaño o
estafa en la venta de participaciones preferentes por parte de entidades bancarias. No
obstante, ha admitido que existen "excepciones" en “situaciones
concretas”, como las referidas a clientes de preferentes que firmaron con una
cruz o con la
huella dactilar, que eran personas discapacitadas o en aquellos
casos "en los que se constate que hubo falta de información".
Sin embargo, el asunto de la venta de
participaciones preferentes a miles de ahorradores que se han visto, de la
noche a la mañana, privados de sus ahorros dista de ser claro, constituyendo
-junto con la contratación de SWAPS, las famosas “Cláusulas Suelo” en
contratos de préstamo hipotecario y el
uso indiscriminado de cláusulas abusivas- otro episodio más que contribuye al
descrédito de nuestras instituciones bancarias que, lejos de cumplir su papel
de dinamizador de la economía nacional facilitando de modo eficaz el necesario
flujo financiero entre particulares y empresas, parecen funcionar con prácticas
utilizadas en la cueva de Alí-Babá.
Este escándalo que afecta a miles de familias
tampoco contribuye a consolidar la imagen de España en cuanto a país que
garantice un control eficaz de los bancos y cajas de ahorro, ya que el papel
llevado a cabo por los órganos supervisores encargados de prevenir,
inspeccionar y, por supuesto, sancionar prácticas que se separan de la
normativa que regulan las actividades bancarias ha sido patético, por ineficaz.
Ante el desmadre bancario, no se ha actuado
eficazmente y ésa no puede ser nuestra tarjeta de presentación institucional
ante los países comunitarios a los que solicitamos auxilio (llámese “rescate”,
Mecanismo Europeo de Estabilidad, o como se quiera).
Volviendo a las participaciones preferentes, es claro,
en primer lugar, que este producto no podía ser destinarse -sin una
detallada, clara y expresa información- a un perfil de consumidor cuyos
conocimientos no alcanzasen a comprender -sin esa información, se insiste- las
características del mismo.
Precisamente, basándose en la falta de
acreditación de esa obligada información, se han dictado las numerosas
sentencias que, basándose en la ausencia de un consentimiento informado, anulan
los contratos por vicio en la voluntad o en el consentimiento, elemento
esencial de todo contrato. En este sentido cabe recordar que las condiciones de
emisión y compra tenían que estar recogidas en los folletos explicativos que se debían
de facilitar a los clientes. Además, al ser un producto complejo, la normativa
exige que se debe superar un test de idoneidad para adquirirlas en el que el
cliente acreditase haber comprendido los riesgos y la complejidad del producto.
En segundo lugar, cabe señalar que no es dudoso que
las participaciones preferentes no hayan sido unos productos excepcionales o
aislados. Por el contrario, las preferentes se han comercializado sistemática y
masivamente por muchas entidades bancarias que, necesitadas de financiación
urgente, no tuvieron reparo en ofrecerlos a sus clientes.
Estos clientes, en muchos casos, han declarado no
sólo que no se les facilitó una información correcta y completa, sino que se
les manifestó por los empleados de las entidades -por supuesto verbalmente- que
se trataba de un producto seguro, similar a un depósito a plazo.
¿Esa supuesta información falsa -colocar
participaciones preferentes como depósitos a plazo- o, como mínimo, esa falta
de información suficiente, completa y detallada, ha obedecido a una actuación
intencionada y sistemática en la que se han seguido instrucciones para captar a
toda costa los dineros necesarios para solventar los problemas financieros de
las entidades bancarias?
O dicho de otro modo, ¿las personas que
comercializaban este producto de esa manera, seguían instrucciones para actuar
así? ¿De quién?
Esa es la clave, ya que si se prueba que -de un
modo intencionado- existió un engaño masivo y sistemático ordenado o dirigido por
determinadas cúpulas directivas que necesitaban de un modo apremiante provisión
de fondos para solventar los déficits financieros de las entidades bancarias,
dicha conducta no debería ser considerada penalmente irrelevante.
Teníamos un Fiscal General, Sr. Cándido Pumpido, quien
ya cesado de su cargo, el pasado verano declaraba que la situación económica y
las medidas adoptadas para paliarla es "la crónica de un atraco
perfecto" y se preguntó por qué todo el mundo habla de crisis "cuando es una estafa".
Ahora, el Fiscal General en vigor advierte que
sería difícil considerar que haya existido un engaño o estafa en la venta de
participaciones preferentes.
Esperemos que, aunque tarea difícil, no sea
imposible al menos investigar los hechos y depurar las responsabilidades en
que pudiesen haber incurrido quienes llevaron a cabo este episodio que privó a
miles de españoles de sus ahorros y, si no resultase viable la acción penal, con
los datos que se recogiesen coadyuvar al ejercicio de las acciones civiles,
sancionadoras administrativas y laborales correspondientes para exigir las
indemnizaciones que hubiese lugar a los responsables, sancionarles e impedirles
que continúen saqueándonos ejerciendo su actividad laboral con sueldos escandalosamente
remunerados.
Fue Henry Ford quien dijo que era bueno que la
ciudadanía no conociese el funcionamiento de los bancos, ya que “si la gente
entendiera cómo funciona nuestro sistema financiero, creo que habría una
revolución mañana por la mañana”.
De eso se trata, precisamente….
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