martes, 14 de febrero de 2017

La inspección del Banco de España había advertido sobre la inviabilidad de Bankia. Declaraciones ante la Audiencia de José Antonio Casaus

Yo, Casaus





El pasado lunes 5 de septiembre, el que fuera cabecera del equipo de inspección en BFA-Bankia, el inspector del Banco de España José Antonio Casaus, prestó declaración en calidad de testigo ante el juez Fernando Andreu (en la imagen) en la Audiencia Nacional durante dos horas. La propuesta inicial de citarle a declarar partió de Andrés Herzog, abogado que representa a la acusación popular Confederación Intersindical de Crédito (CIC), a la que se adhirió el fiscal Alejandro Luzón. En su testimonio, Casaus explica que el grupo BFA-Bankia era inviable porque ya en aquellos momentos, antes de salir a Bolsa, constituía "una máquina de perder dinero", puntualiza que la salida a Bolsa no era la solución y que acabaría -como ocurrió- con su "nacionalización". Casaus cuestiona la honradez de equipo gestor encabezado por Rodrigo Rato y apunta que sin un cambio de control en el grupo BFA-Bankia en aquel momento (la fusión o integración con una entidad más potente), la crisis sería inevitable. 
Uno
A continuación, las respuestas del testigo a las preguntas del abogado Andrés Herzog.


“Yo me incorporo a Caja Madrid, que fue una de las siete cajas integrantes, me incorporo como responsable del seguimiento continuado del grupo Caja Madrid en noviembre de 2009. En junio de 2010 se anuncia la constitución de Caja Madrid, Bancaja y las otras cinco cajas más pequeñas y me mantengo del seguimiento continuado in situ del nuevo grupo, del grupo BFA Bankia y así permanezco hasta hasta septiembre de 2011 cuando se incorpora otro compañero que pasa a ser corresponsable del equipo de seguimiento del grupo BFA Bankia. Nos dividimos las funciones aunque evidentemente lo compartimos todo, además de una gran amistad con ese compañero, y me mantengo como responsable o corresponsable del grupo de seguimiento in situ del grupo BFA Bankia hasta julio de 2013 en el que llaman del Banco de España a desempeñar otras responsabilidades en la supervisión. En julio de 2013 fui promocionado a jefe de grupo de unas entidades de banca extranjera y de algunas cooperativas de crédito.

Yo era “cabecera” en el grupo BFA Bankia. El inspector de cabecera es el responsable del equipo de inspección continuado y este desarrolla su actuación supervisora en la sede de la entidad. El cabecera tiene que coordinar al equipo de seguimiento y este tiene como objetivo fundamental 1) analizar bien una entidad de crédito y sus aspectos clave que son la liquidez, la solvencia, la rentabilidad y la gobernanza, 2) concluir el perfil del riesgo supervisor que tiene dicha entidad de crédito y 3) informar debidamente de todo a la jefatura en Cibeles [Banco de España], que empieza por jefatura de grupo, coordinador ejecutivo de departamento, jefe de departamento, director adjunto de supervisión, director general de supervisión, comisión ejecutiva y consejo de gobierno del Banco de España. El equipo de seguimiento es analítico, la jefatura es toma de decisiones, cada uno en su nivel dentro de la escala.

La relación con los jefes de grupo eran flexibles en cuanto a la forma de las comunicaciones. Es decir, lo importante del equipo de seguimiento es analizar y concluir el perfil supervisor e informar debidamente a la jefatura, pero no hay una rigidez en cuanto a qué instrumento deba utilizarse para informar a la jefatura, desde una llamada de teléfono, oye que nos han dicho esto, puede ser un correo electrónico, un email, puede ser el informe de seguimiento con periodicidad definida para informar a la jefatura, pero no tiene que por qué ser el único, puede ser una reunión en Cibeles, que te llaman y lo cuentas de manera verbal, con o sin un soporte documental. A esas reuniones asistía a veces el jefe de grupo. En ese caso no mandábamos un correo porque lógicamente se había enterado personalmente. Y luego, por ejemplo, las de liquidez, por ejemplo, recuerdo que las hacía una compañera, no las hacía yo.

Cuando se constituye el SIP [Sistema Institucional de Protección, llamado fusión fría], creo que fue el 14 de junio de 2010, era jefe de grupo Javier del Río, pocas semanas después accede Pedro Comín a la jefatura de grupo, y está hasta septiembre de 2011, que le nombran en el FROB, pero a efectos prácticos. Pedro Comín estuvo de finales de julio de 2010 a septiembre de 2011 como jefe de grupo.
Sobre la salida a Bolsa de Bankia hubo varios correos electrónicos. Hay que enmarcar el tema. En febrero de 2011 había salido una normativa que incrementaba los requerimientos de capital para las entidades de crédito y establecía la obligación de remitir un plan de capitalización en el que se definiera de manera cómo pensaba hacer frente a ese incremento de capital- Había un plazo para remitirlo, no sé si eran cuatro meses, hasta julio de 2011. Pero informalmente, antes de enviarlo, y [ser] aprobada por el consejo de administración de BFA-Bankia, este grupo se había decantado por la opción de salir a Bolsa como primera alternativa para cumplir con los requisitos de incremento de capital. La salida a Bolsa era la primera opción. La segunda opción era la entrada de un grupo de inversores institucionales con un 20% del capital y la tercera ponerse en manos de una intervención.

 En ese contexto, este plan de capitalización tenía que ser aprobado o denegado por la comisión ejecutiva del Banco de España. Eso siempre lleva a unos trámites, unos informes previos, cuyo primer informe es a la comisión ejecutiva que, prepare quien lo prepare, lo firma el jefe de grupo y el jefe de departamento. A partir ahí hay un informe del director general que lo firma este y se dirige a la comisión ejecutiva. Y esta en base a estos dos documentos toma la decisión.

Nosotros no participamos en el informe a la comisión ejecutiva. Sí fuimos consultados sobre qué nos parecía ese camino adoptado por la entidad de cumplir los requisitos de la normativa vigente con la salida a Bolsa y en particular con la salida a Bolsa con la estructura de doble banco, que estaba pendiente de definir. Pero en aquellos momentos, abril, mayo, 2011, no había ni BFA ni Bankia.

Se nos consultó al equipo de seguimiento sobre qué nos parecía la salida a Bolsa con la estructura de doble banco. Nosotros lo que manifestamos en varios correos, yo al menos mandé dos en abril y dos en mayo de 2011 en los que veíamos que ese plan no nos parecía la solución para el grupo, porque nosotros veíamos que ese grupo no era viable, no era viable en estos momentos si no tenía un cambio de control.

No era viable por varias razones. El grupo BFA-Bankia, no estoy hablando de Bankia, no era viable como grupo si no tenía un cambio de control y por tanto que la salida a Bolsa con la estructura de doble banco podría solucionar temporalmente los problemas de capitalización del grupo en la medida en que consiguiera captar en el mercado la cantidad que preveían, entre 2.000 y 3.000 millones de euros, finalmente fueron 3.092 millones, pero eso no solucionaría loss problemas del grupo y acabaría, en más o menos meses, en la nacionalización del grupo.

¿Por qué creíamos que no era viable el grupo?

Porque nosotros, repito, que veníamos del equipo de seguimiento de Caja Madrid, teníamos una visión de solo la mitad del grupo, es decir, de lo que era Caja Madrid, no de las otras cajas. El grupo termina de constituirse a finales de 2010, el 28 o 29 de diciembre de 2010. Y no tenemos información contable del grupo hasta el primer trimestre, la información referida al 31 de marzo de 2011. Creo que fue el 8 o 10 de abril cuando vemos la evolución del grupo, su desarrollo, del primer trimestre de 2011. Estoy hablando del grupo BFA-Bankia.

Lo que observamos, para que se entienda, es que era una máquina de perder dinero. No le daba, de manera recurrente, para sanear nada de su cartera crediticia y además la tendencia era muy negativa y muy decreciente. ¿Por qué? Porque los costes financieros cada vez eran mayores, había más dudas sobre la capacidad de repago, había una montaña de vencimientos mayoristas de 32.000 millones de euros para afrontar en dos años y, claro, cada renovación de financiación mayorista, en vez de pagar el 2% pagaba el 8%. Y los depósitos minoristas lo mismo. Era la época en la que pagaban por los depósitos un 4% o 5% en vez del 0,25% que se paga ahora.

Todo ello, junto con el hecho de los ingresos iban disminuyendo, originaba una tendencia claramente decreciente. Entonces nosotros, en nuestra labor analítica, que es nuestra actividad, no la contable, que también tiene su importancia, evidentemente, pero en el trabajo analítico veíamos que ese grupo iba para abajo y que por captar dinero no iba a invertirse la tendencia. Estábamos, por así decir, en un punto de no retorno.

Y nosotros predicábamos que tenía que haber un cambio de control [del grupo BFA-Bankia]

 ¿Por qué?

 Porque en un cambio de control, si te absorbe un grupo grande con fortaleza financiera, los acreedores del mercado que te tienen que refinanciar posiciones que van venciendo, podrán confiar en la posibilidad de que les devuelvas el dinero y te pedirán un menor tipo de interés, por tanto la cuenta de resultados podría empezar a girar. Pero además porque la gobernanza [gobierno corporativo y gestión] que veíamos del grupo era, bueno, nosotros la calificábamos de mejorable en el informe.

¿Por qué? Nosotros pensamos que los gestores de un banco tienen que tener al menos cuatro cosas: compromiso, capacidad, credibilidad ante el mercado y honradez, definida, ojo, como anteponer los intereses de la entidad a los suyos.

La credibilidad ante el mercado la tenían perdida porque era un grupo que había necesitado ayudas públicas, habían conducido a la cajas a la situación de requerir ayudas públicas y en cuanto a la honestidad definida como anteponer los intereses de la entidad a los suyos propios, las políticas retributivas, digo en cuanto a variable, bonus, ya en la parte de Caja Madrid, en 2009 y 2010, como en Bankia, y las condiciones de reducción del personal en 3.000 personas con un coste de 1.300 o 1.400 millones de euros cuando podía haberse hecho de 500 millones demostraba claramente que estaban por la labor de tener una tranquilidad social y un relax que era contrario a lo que requería el grupo en esos momentos.

Entonces, en definitiva, veíamos que era un grupo no viable en tanto no hubiera un cambio de control. Por tanto, esa no era la propuesta en el plan de capitalización. Y eso lo dijimos al menos en cuatro ocasiones [cuatro correos electrónicos, dos en abril y dos en mayo de 2011]”
Dos
"Para mi unos buenos gestores tienen que tener capacidad. Capacidad, compromiso, credibilidad ante el mercado y honradez. Yo creo que he participado en el informe de 2010. ¿Cómo se puede decir que [unas entidades] son entidades sólidas y solventes? Fundamentalmente sólido y solvente es como guapo y feo, son conceptos relativos. Hay que determinar, son conceptos jurídicamente indeterminados en la jerga jurídica. Cumplía [según el informe de 2010] con determinados ratios de solvencia, los cumplían, el mantenimiento de determinados ratings externos de calificación, los cumplían, y por tanto cumplían con los determinados conceptos de solidez y solvencia tal y como está la norma, que es lo que debía interpretarse.

Y, dicho lo cual, no debemos olvidarnos que era una norma de ayudas públicas. O sea, entidades sólidas y solventes, dentro de que han requerido ayudas públicas. Es decir, yo no criticaría esa parte del informe. Creo que cumplía lo que definía la norma que debía entenderse por entidades sólidas y solventes. Cuando decimos viabilidad, lo primero es analizar la entidad, la viabilidad, la solvencia y la gobernanza. 

Pero el aspecto clave de cualquier negocio, digo yo, es la rentabilidad, que sea capaz de generar de manera recurrente beneficios con los que atender a sus acreedores y retribuir a los accionistas de manera apropiada. La generación recurrente de resultados. La generación recurrente de resultados. Cuando digo recurrente, quiero decir que nosotros depurábamos lo extraordinario. Usted puede hacer una venta de cartera que sea que genere mil millones de beneficio. Y está muy bien, y contablemente habrá que contabilizarlo. Insisto, nosotros contablemente no poníamos tanto énfasis. Analíticamente sí. Usted registraba un beneficio de mil millones y contablemente no hay nada que decir. Y bien, pero yo en mi análisis lo quito, porque eso es un one off, es hoy sí pero mañana ya no lo tienes. 

 La generación recurrente de resultados va a atender a las necesidades de tu cartera crediticia. Y nosotros lo que veíamos es que la generación recurrente de resultados del primer trimestre de 2011 del grupo BFA- Bankia era cero. No tenía capacidad para atender nada, ningún saneamiento. Además la tendencia era negativa. Con lo cual lo que iba era a generar pérdidas siquiera antes de sanear un solo euro de su cartera crediticia. Por lo tanto las dudas sobre la viabilidad o sobre la generación recurrente de resultados en principio no tienen nada que ver con que pensáramos, o no, que hubiera saneamientos adicionales. Ese es otro tema, que si quieren entraré, pero no tiene nada que ver.
Sobre el informe pericial [de los peritos Víctor Sánchez y Antonio Busquets, también inspectores del Banco de España]. Conozco su existencia porque vivo en el planeta tierra y trabajo en el Banco de España. Pero reconozco que sólo me leí en su momento, en diciembre de 2014, ocho páginas de resumen del informe de uno de los dos peritos. No he tenido ni tiempo, ni ganas, de leerme los informes.

Sobre las cuentas en la salida a Bolsa, nosotros no entrábamos en el aspecto técnico-contable. Ya he definido cuál es la labor del equipo de seguimiento, la función no es analizar las cuentas, [cosa que] que le compete a la entidad, y en concreto, al consejo de administración por imperativo legal. No es tampoco verificar si las cuentas anuales reflejan o no la imagen fiel, que es competencia de los auditores externos. No es tampoco la de formular observaciones a las cuentas anuales de la entidad, que es algo que le compete y que realiza la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). 

Ni siquiera es pronunciarnos sobre si una determinada cartera crediticia de la entidad está bien clasificada y bien provisionada, que eso puede ser responsabilidad y naturalmente sí que importa, con esto no digo que la contabilidad no es que no importe, sería una barbaridad decir eso, pero el revisar si una cartera crediticia está correctamente contabilizada y provisionada puede ser responsabilidad del equipo de inspección cuando hay un procedimiento que se constituye en un equipo de inspección, como ha ocurrido en Caja Madrid. 

El equipo de seguimiento nos constituímos en equipo de inspección e hicimos una labor concreta, revisando promotores, y demás que fue aquel informe de diciembre de 2010 por el que tuve que testificar hace 2 años. En aquel caso, fue un procedimiento totalmente distinto. En aquel caso es un procedimiento totalmente distinto, lleva un mandato [de la comisión ejecutiva del BE], tiene un informe que tiene la firma del inspector encargado de la inspección y demás. 

Ahora bien, si la pregunta es: ¿a su juicio faltaban saneamientos?

A mi juicio, analíticamente, faltaba saneamiento. Pero una cosa es que para mi faltase, yo he analizado Caja Madrid, hemos analizado Caja Madrid, y dijimos: nosotros creemos que pueden faltar 8.000 millones antes de la integración pero, claro, eso no es requerible [carecían de mandato para exigirlo]. Aquí estamos haciendo potestades administrativas, que tienen que estar sujetas al derecho administrativo en todo el procedimiento y con toda la garantía y la cautela para el administrado.

Yo puedo analíticamente decir que con los promotores se va a perder un 25% porque mi juicio experto dice esto: un perjuicio contabilizado al 10, le falta un 25% sobre tantos millones de promotores le faltan 4.000 millones. Y esta cantidad de hipotecas tienen que estar al cinco, y están a un tres, pues le falta un dos. Y esas cosas que analíticamente tienen todo el sentido del mundo y toda la defensa, yo, eso, no lo puedo requerir contablemente. Tengo que ponder cara y nombre y apellidos concretos: ¿qué promotores? ¿4.000 millones? Deme la factura concreta. ¿Cuánto es de Martinsa? ¿cuánto es de Sacyr?-
Para mí analíticamente si a Caja Madrid le faltaban ocho [8.000 millones] a todo el grupo le faltaban unos dieciséis, otros ocho [8.000 millones]. ¿Por qué? Porque Caja Madrid era un poquito más grande pero Bancaja tenía pinta de estar más deteriorada porque había crecido en cambio de al tres, había multiplicado por cuatro la expansión crediticia en los años del boom y el boom se centraba donde se centraba, que era en los promotores, y porque estaba mucho menos provisionada que Caja Madrid. 

En un ejercicio simple que hicimos en media hora, a finales de junio de 2010, cuando se hizo la integración, para ver qué era lo que se nos venía, porque nosotros la parte de Bancaja y de las cinco cajas bancos pequeñas, porque el banco tenía conocimiento, pero el equipo de seguimiento, no.

 Pues hicimos un ejercicio sencillo, que era de determinados créditos dudosos cuánto tenía contabilizado como dudosos, cuánto tenía contabilizado Caja Madrid, que tenía el 80%, y Bancaja el 20%. Entonces dijimos ha crecido más, tiene peor la cartera y menos provisiones. Está peor. Extrapolando y analíticamente, si se podría decir que al grupo le podían faltar unos 16.000 millones . Insisto, en un análisis para nosotros, no requerible [exigible a la entidad con mandato del Banco de España] contablemente.

Las cuentas anuales no sólo es el balance y la cuenta de resultados, incluye también la memoria y la memoria incluye un montón de información y en el folleto de salida a bolsa, de 450 páginas, se daba información detallada sobre la cartera inmobiliaria porque el Banco de España obligó no sólo en los episodios de salida a bolsa sino que de manera recurrente a partir de no sé que año, creo que de 2009, a que las entidades de crédito informaran de su exposición inmobiliaria: la bruta, las provisiones, y la neta. Entonces decir que no reflejaban una imagen fiel, ¿a qué nos estamos refiriendo?, ¿a la cuenta de resultados, al balance, a la memoria? Yo creo que si decimos las cuentas anuales tiene que ser todo.

En las cuentas anuales había información suficiente para calibrar, para calibrar, el quebranto….Es que un banco es muy complicado, estamos hablando de que en un banco la cuenta de resultados, la parte de arriba, es relativamente fácil y poco manipulable. Pero la de los saneamientos es muy complicada y requiere una valoración subjetiva.

Usted imagínese que Caja Madrid, mejor dicho el grupo BFA-Bankia, tenía unos 90.000 millones de euros de cartera hipotecaria, eso a una media de 100.000 € por saldo vivo de hipoteca, puede ser casi un millón de operaciones, más las que tuviera de consumo, de tarjetas, más los promotores, y eso lo que requiere en un principio es un análisis caso por caso de cada operación, de si el cliente te va a pagar o no te va a pagar y, para el caso de que consideres que no te va a pagar, cuánto vas a recuperar, en función de los avalistas que tengas o la capacidad de pago, por supuesto, del deudor, o, si hay una garantía real del valor de la garantía.

¿Cuál era el problema en esa época? El problema eran los créditos con los promotores y la valoración de las garantías que tenían respaldando los créditos los promotores; básicamente las viviendas terminadas, las en obra y los suelos.

Y no nadie era capaz de decir si un suelo valía un 10% o un 50% o un 80 % de lo que había valido en plena burbuja. Entonces no era fácil. Esa información se ofreció en las 405 páginas del folleto de salida a bolsa de BFA-Bankia. Y el mercado, parece, que lo consideró, porque la acción salió con un descuento del 75%, o del 74%.
Es decir que sobre el valor neto contable, sobre el valor bruto menos las provisiones, que es el valor neto contable, le metieron un recorte del 74%, que era casi tanto como meter 10.000 millones más de provisiones, analíticamente digo. Por tanto, ¿el valor de las cuentas anuales reflejaban la imagen fiel? no es una pregunta fácil de responder,¿ehh?
Nosotros no podíamos exigir, porque no habíamos visto todas las operaciones que materializaban esos 20.000 millones de créditos [sobre 44.000 millones] de crédito promotor clasificado como normal, pero evidentemente, por nuestra experiencia, eso era imposible. No creo que hubiera más de un 5% de promotores que se hubiera considerado normales.

Hubiera requerido tener provisiones por esos importes en función del valor de las garantías y de la estimación de recuperabilidad. Pero ahí sí que había unas determinadas provisiones que no estaban asignadas a activos en concretos y la entidad, a medida que un promotor de esos entraba en un concurso de acreedores, tiraba de esa hucha y lo aplicaba a ese nombre concreto. ¿Que hubiera hecho falta esas provisiones? Sí. ¿Qué estuvieran esas provisiones? Ese era otro tema.

Eso sí, que se contabilizara como normales, por ejemplo, estos 20.000 millones, y que no se interrumpiera el devengo de intereses, sí que distorsionaba claramente la imagen fiel y el margen de intereses, sin duda. Pero, insisto, hay que probar. Hay que hacer un trabajo, como el que hice, de ocho meses viendo expedientes  y decir este.. Es que hay que motivar las decisiones administrativas. Y la supervisión es una potestad administrativa que se está ejerciendo. Pero analíticamente nosotros depurábamos esos 1.000 millones, si eran 20.000 millones al 5 %, 1.000 millones, o lo que fuera.

 Sobre el descuento del 74% del valor de la salida Bolsa, nuestros superiores eran plenamente conscientes, claro. Mis jefes de entonces y los de ahora son gente muy competente. Han sido inspectores y, lógicamente, eran plenamente conscientes. Eso lo que originaba era un problema en el banco de arriba [BFA] que tenía un activo valorado muy por encima del valor del mercado. Ese era el principal problema que originó. [BFA, el accionista al 100% de Bankia, quedó en situación de quiebra patrimonial. Porque en sus libros, el valor de la participación en Bankia, 13,22 euros, se había colocado en el mercado a 3,75 euros. La pérdida era, pues, de 8.599 millones, siendo su patrimonio de 7.094 millones]

Yo entiendo que el mercado [al descontar el 74% en el valor de salida a Bolsa] entendió que la valoración [contenida en el folleto de salida a Bolsa] era optimista. Vamos, no me cabe otra interpretación dentro de la lógica.

Nosotros publicamos la inviabilidad de Bankia cuando la predicamos, que fue en abril y mayo de 2011, cuando vimos la primera foto trimestral del grupo. Si hubiésemos hecho el análisis a esa fecha podríamos haber concluido igual o no. Pero no lo hicimos.

Recuerdo sí la reunión con el presidente [Rodrigo Rato], no todos los días ve uno al presidente de una entidad, creo que fue marzo de 2012. Pero es que yo creo que está puesto en el informe de seguimiento. Habíamos tenido una reunión con el presidente, le habíamos manifestado que BFA claramente era inviable, y él había compartido ese diagnóstico y había dicho que había que reestructurar el grupo y que había que generar alguna solución para evitar este problema. Claro. Él manifestó estar de acuerdo con el diagnóstico.

En cuanto al SIP como solución, el problema para nosotros era que sólo conocíamos un 60% del grupo, que era Caja Madrid. Cuando digo nosotros, digo el equipo de seguimiento. Evidentemente en el Banco de España había conocimiento de cómo estaba Bancaja. que era la cuarta caja de España, y las otras cinco cajas, pero nosotros no. Entonces nosotros sí que veíamos que Caja Madrid tampoco salía por sí misma. 

Caja Madrid tenía en nuestros análisis una necesidad de saneamiento adicionales de 8.000 millones cuando generaba unos 500 millones al año. Entonces le hubiera costado 16 años ir saneando eso. No podía hacer un saneamiento ortodoxo contra la cuenta de resultados. En ese sentido sólo había dos o tres opciones: una intervención [del Banco de España], la compra por algún grupo de tamaño suficiente para digerir Caja Madrid o una integración que le permitiera hacer parte de esos saneamientos contra recursos propios. En ese sentido la valoración de una integración, sin nombres y apellidos, como tal,nos parecía una de las posibles soluciones que tenía Caja Madrid. Y no nos parecía mal. 

Ahora bien, la integración concreta con nombres y apellidos poniendo Bancaja y las cinco cajas una vez que vimos como estaba Bancaja, pues claro que ya es otro tema.

 Vimos [las valoraciones de AFI, Analistas Financieros Internacionales, entidad que aportó las valoraciones de las siete cajas que se fusionaron para dar nacimiento a BFA-Bankia], las vimos, y es lo que decimos siempre que vemos una valoración y es que el papel lo aguanta todo. Se nos antojaban muy optimistas, sí. 

Figuraban ciertas operaciones [Picton, en Bancaja], que claramente no eran recursos propios, [aunque] figuraban como recursos propios. Si un accionista cobra como un acreedor, tiene las salidas que tiene un acreedor y no corre los riesgos de un accionista sino de un acreedor, ¿no será que es un acreedor en lugar de un accionista? Las cosas como dice el [Tribunal ] Supremo son lo que son y no lo que las partes dicen que son....Se informó sobradamente a la jefatura.

El informe de diciembre de 2011 se refiere a otro ajuste contra reservas, creo que en BFA, por importe  de 3.900 millones de euros. Entonces ahí sí que tiene toda la pinta de que fue un ajuste realizado para cubrir los requerimientos de provisiones del real decreto ley de febrero de 2012. 

¿Cómo es posible esto?

Las cuentas se cierran con fecha referencia 31 de diciembre de 2010, pero no se cierra en diciembre de 2010, se cierran a mediados de febrero. Cuando sale ese real decreto, continuación del cual fue el real decreto ley de mayo, conocidos popularmente como decretos “Guindos”, se originan unas necesidades contables, en este caso sí, por imperativo legal, muy cuantiosas en el grupo BFA-Bankia y en el resto de entidades financieras españolas. Nosotros de ese ajuste, creo que no nos enteramos hasta mediados de febrero. Entonces, claro, atas una cosa con otra y parece que la auténtica razón de ese ajuste era hacer parte de los saneamientos adicionales que te requería el primer real decreto ley, que estaba en consulta, que estaba ya en el mercado, por así decir. 

En ese sentido, parecía que no era realmente como decía la entidad la apertura de los ajustes de primera integración. La norma te permite que hagas ajustes a valor razonable cuando hay una integración. Luego cuando pasa un año, a medida que vas conociendo las otras cajas, dices oiga aquí hay unos deterioros adicionales, pues los puedo contabilizar en el plazo de un año. Y se acogieron a eso. 

 A nosotros nos parecía que más bien la finalidad no era esa, sino hacer frente a los nuevos requerimientos de dotaciones que establecía el real decreto ley y por eso pusimos aquella apostilla, pero siempre con cautela, porque insisto, los temas contables, que importan y mucho al Banco de España, tienen dentro de la inspección un departamento encargado, que es lo que antes se conocía como Secretaría Técnica de Relaciones Institucionales, que son los que mantienen el contacto y la interlocución con el mundo contable, o sea con los auditores externos, con la CNMV, y demás.

Entonces nosotros, y cualquier otro equipo de seguimiento, por razones de eficiencia y de especialización, homogeneización, cuando tenemos una duda contable relevante se la consultamos a ellos. Por eso digo, que nuestra parte era menos contable y más analítica, aún así, alguna mención se hace a aspectos contables, como no podría ser de otra forma. Como esto o como el asunto de los 20.000 millones de promotores, que a nuestro juicio no estaban bien clasificados como cartera normal.

¿Se justificaban los gastos contra liberación de provisiones? Está en los informes. Yo entiendo que no [era correcto] pero a mi, insisto, eso no era lo que más me preocupaba. Lo que me preocupaba más desde el punto de vista analítico es que una entidad con problemas que había recibido 4.500 millones de ayudas públicas prejubilase a la gente pagándoles un 95% de su sueldo neto. Y eso yo lo valoraba negativamente en la gobernanza, [me] parece que así no se gestiona un grupo en crisis. Porque estar pagando a la gente como si estuviera trabajando sin estar trabajando a costa de los contribuyentes, no me parece una buena gestión. Me refiero a los 4.475 millones de euros recibidos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) que nunca se han recuperado, claro. No es que se haya utilizado [ese mismo dinero], pero el dinero es fungible.

Sobre la reformulación de las cuentas y el rescate y las afirmaciones de algunos miembros del Banco de España respecto a que con 13.000 millones hubiera sido suficiente, en lugar de los 19.000 millones aportados, no hice los números, la verdad, no sé, estuve, estuve en alguna de las reunión, pero no…"
 
3
Las preguntas del fiscal Alejandro Luzón y las respuestas del testigo.


El fiscal (en la imagen) pregunta si la situación y la solvencia de Bankia empeora considerablemente después de la salida a Bolsa en julio de 2011 o si considera que no. Porque, dice, eso parece desprenderse del tono de los informes del 31 de marzo de 2011 y de agosto de 2011, en el que se dice que están bien cubiertos en materia de saneamientos los dos próximos años. En diciembre de 2011 el informe califica la solvencia de BFA como mala. El fiscal cita las declaraciones en el juzgado de Pedro Comín, director general adjunto de Supervisión.

“Como ya he dicho, el análisis lo hacemos a nivel BFA-Bankia, la tendencia era muy negativa y fue empeorando, desde luego desde antes de la salida a Bolsa, julio de 2011, hasta después. En segundo lugar, claro, teníamos los recursos [humanos]que teníamos y precisamente por eso en septiembre de 2011 llega otro compañero que se hace corresponsable del equipo de seguimiento y que asume las funciones de riesgo de crédito y de otra área que no recuerdo. Se empieza a hacer un análisis más profundo de la cartera crediticia y se dan cuenta que esa cartera crediticia va a requerir saneamientos adicionales y lo ponemos de manifiesto en los informes. Es decir, el grado de análisis se incremento con el tiempo junto con una evolución a peor de la propia evolución financiera tanto de BFA, Bankia y todo el grupo. Son dos factores distintos. Nos faltaba análisis, por así decir, dado que, insisto, el grupo se constituyó en diciembre de 2011".

"Las primeras cuentas que vemos son las referidas a marzo de 2011. Las vemos en abril y mayo. Y ahí es cuando levantamos la alerta. No se puede levantar la alerta antes de ver las primeras cuentas.. Y luego, cuando se hace ese primer informe no está constituido el grupo Bankia como tal. Es que la segregación se hace el 28 de mayo de 2011. Aparte de la falta de medios para hacer el análisis hay falta de objeto analizable. Aquí hay un poco de confusión de fechas. Respecto a la frase de los saneamientos es una frase desafortunadísima que emitimos en el informe [que están cubiertos los dos dos próximos años]".

 -"¿Perdón?"- pregunta el fiscal

"Una frase desafortunadísima. De hecho no estaba en la primera edición del informe. Lo que pasa es que cuando lo revisan nuestros jefes nos piden que opinemos sobre eso, si los saneamientos estimados que son necesarios. Y al final llegamos a este acuerdo de decir, bueno, pues mira, de aquí a dos años, las pérdida esperada creemos que está cubierta, a largo plazo ya veremos. ¿Qué estábamos pensando nosotros detrás de esa frase? Estábamos pensando en Caja Madrid, que ya teníamos experiencia, han hecho una política activa de refinanciación a los promotores blindándole de impagos, les daban carencia de tres años de principal y de intereses. Si tu a una persona le permites por contrato que no te pague ni0 principal ni intereses es técnicamente imposible que impague. Esa primera ronda de refinanciaciones corresponde a 2007 y 2008 de tal manera que la segunda ronda a los tres años era 2010-2011. Se estaba empezando esa segunda de refinanciaciones y blindándolos a los promotores, que eran el núcleo, los 50.000 millones de promotores, eran el núcleo del problema de saneamientos adicionales, pues lógicamente ibas a tener otros dos o tres años de tranquilidad aparente. Otra cosa es que luego, si hicieras un análisis subjetivo dijeras, oye este promotor no está impagando, porque no puede impagar, pero es dudoso [calificación crediticia] como una casa. Pero bueno, ese trabajo lo tenía que haber hecho el departamento de riesgos de la casa [la entidad], el departamento de contabilidad, la auditoría interna y la auditoría externa. Y en última instancia el Banco de España si hubiera tenido recursos [humanos] o hubiera hecho una inspección específica sobre eso".

-"¿Tuvieron alguna trascendencia los decretos de [l ministro] Guindos sobre la situación de la entidad, en la contabilidad?"

“Tuvo una incidencia brutal. Los saneamientos que les obligaban a hacer los dos reales decretos Guindos eran del orden de más de 10.000 millones de euros seguro. Era una cifra importantísima para la entidad. De hecho tuvo su incidencia en todo el sistema financiero, no solo en la entidad [BFA-Bankia]. En Bankia tenía una especial incidencia su exposición al crédito promotor, le afectaba más. Y, claro, ahí ya no había que hacer un análisis caso por caso. Es que venía por ley, imperativo legal. Si usted tiene esta posición con un promotor clasificada como normal y tiene la garantía de un suelo pues tiene que tener una provisión del 35% o 47%, no lo sé, lo que fuera. Claro incidió definitivamente en la contabilidad".

-"Quería preguntarle por las provisiones, genéricas, específicas, provisiones específicas sin asignar. sobre lo que ya nos han ilustrado los que han declarado aquí en las últimas sesiones ¿Existían provisiones genéricas o específicas sin asignar en Bankia a la fecha de salir a Bolsa y cómo operaban, qué virtualidad tenían?, ¿dónde aparecían? ¿dónde debían contabilizarse?¿Cómo funcionaban?"

“Vamos a ver. En nuestro conocimiento, claro que había unas provisiones específicas de insolvencias que no se habían asignado a acreditados concretos [deudores]. Analíticamente eso era así y de hecho lo fueron utilizando durante 2011 para ir cubriendo las provisiones que le requería la entrada del acreditado en dudoso o el concurso de acreedores o lo que fuera. A nivel de grupo BFA-Bankia, me imagino que habría en BFA y en Bankia"

-"Ustedes, en los informes de seguimiento se refieren a estas provisiones, el del 31 de marzo de 2011, las cuantifican a 31 de diciembre de 2010 las cuantifican. ¿Esos 2.476 millones son las provisiones genéricas y las específicas sin asignar?"

“No sabría decirle. Yo creo que no. Creo que esas eran solo las provisiones específicas sin asignar y luego había una provisión genérica-genérica, de las genéricas de toda la vida, de 1.300 millones de euros. Han pasado muchos años y las cifras…. Pero, vamos, si hablamos de provisiones específicas pendientes de asignar no se incluyen ahí las genéricas”.

-"En este informe se cuantifica las provisiones genéricas en 1.499 millones…"

“Pues esa será la genérica-genérica. Los riesgos normales.

-"El resto hasta 2.476 millones, ¿sería la provisión específica?"

"No sé si el resto lo es además de. Es decir, no sé si eran 2.476 millones de específicas pendientes de asignar y aparte 1.500 de genéricas. No lo recuerdo…Pero bueno un volumen significativo en todo caso de ambos tipos de provisiones".

-"Se lo he preguntado ya. ¿cómo operan estas provisiones genéricas, tenían un valor real, quiero decir, permitían cubrir deterioros adicionales futuros que se detectaran en esa cartera? ¿era una especie de hucha, de colchón del que la entidad pudiera tirar con posterioridad?"

"A nuestros efectos analíticos era una hucha de la que iban tirando.. Yo lo que no sé si eso estaba bien o mal contabilizado…Eso no lo sé. A mi lo que me importaba era el saneamiento. Que se habían hecho 9.200 millones de saneamiento si se habían hecho 9.200 millones y ver si era suficiente o no era suficiente. El tema contable está ahí, es importante y sobre todo para el consejo de administración que tiene que formular las cuentas y para el auditor externo, pues tiene que tener mucha relevancia. Para nosotros tiene importancia pero no del mismo calibre y nos focalizamos en lo que nos focalizamos, en el análisis".

-"Bien. Vamos a ver, ¿Dónde aparecían estas provisiones? ¿En los estados reservados?... ¿Conoce esto?"

"Sí, claro conozco esos estados pero no le puedo decir. Nosotros manejábamos más bien información de gestión, la que nos pasaba la entidad".

-"Pero ustedes cuando hacen esa referencia y cuantifican esas provisiones en sus informes, ¿de dónde toman estos datos?"

"Pues muchas veces es información que nos da la entidad. Cuando hay tiempo para verificar se verifica, y cuando no hay tiempo se toma un dato y si algo es razonable por los movimientos de masa de balance y por la evolución normal de la entidad y no chirrían se da por bueno. Cuando hay duda se suscita una labor inspectora concreta y determinada. Yo no sabría decirle ahora si nosotros tomamos esta idea que yo tengo en la cabeza de los estados reservados, de los estados públicos, de los estados contables, de información de gestión, del DRC, no lo sé…Bueno, hombre, lo que sí lo cotejábamos con información que lanzaban al mercado, claro".

-"Vamos a ver. ¿Usted me está diciendo que estas cifras que ponen los informes de seguimiento no sabe de dónde salen?"

"Yo le estoy diciendo que no recuerdo de dónde salen. Pero vamos han pasado cuatro años y he tenido un montón de responsabilidades en otros temas. Bankia no ha sido mi vida desde entonces"
.
-"Se lo voy a preguntar de otra manera. ¿Donde debían estar contabilizadas o apuntadas como usted lo quiera decir estas cantidades?"
 
"Hombre, lógicamente en la información que se remite al supervisor como al mercado, en la información contable. En el Código de Comercio están determinadas todos los estados que tienen que remitir las entidades y las circulares del Banco de España determinan la periodicidad y el contenido de la información contable y reservada que hay que enviar al Banco de España. Lo que yo le estoy diciendo es que desconozco si esas cifras venían de esos ínputs o venían de información extracontable porque es que no lo recuerdo ahora".

-"¿Tampoco sabe dónde tienen que reflejarse?".

"En todas partes".

-"¿Cómo en todas partes?"

"Hombre, en la información…bueno entiendo que en todas partes…"

-"¿Dónde?¿Donde?"

"Joder, en el balance, pues en el antiguo M1 si es el individual, en el C1 si es el consolidado, en la información pública o la que se remite al Registro Mercantil, cuando se integran los libros y se legalizan las cuentas".

-"¿Y qué trascendencia económica y financiera tienen estas provisiones?"

"Para mi desde el punto de vista analítico no mucho. A mi me da igual que usted tenga, que la entidad tenga, provisionado un riesgo de 100 millones en 100 millones de específica que que tenga 100 millones sin provisión y tenga una genérica de 100 [millones] Para mi analíticamente es lo mismo. El saneamiento es el mismo. El valor neto contable es 100 menos 100. Cero…"

-"Ehh".

"Contablemente puede tener mucha implicación. O no. Insisto, el mundo contable. Bien".

-"No le entiendo, esto de que el mundo contable vaya por un lado y el analítico por otro. No lo entiendo".

"Bueno, no se preocupe que tenemos todo el tiempo del mundo, vamos, yo por mi parte, no sé, para explicarlo".

-"¿Se puede recurrir a estas cantidades, a estos 2.000 millones, 1.960 millones, los que sean, para corregir deterioros adicionales que se establezcan con posterioridad a la fijación de esos deterioros en las cuentas?"

"Yo no he entrado a analizar si desde un punto de vista contable eso es correcto o no es correcto.. Cuando yo le digo que puede haber una dicotomía o un distinto enfoque entre el enfoque analítico y el enfoque contable se lo voy a explicar con un ejemplo. Cuando llega en el año 2011 el primer trimestre y grupo BFA-Bankia libera 155 millones de euros de bonus cuatrienal de Caja Madrid que tenía contabilizado. Esa liberación, que por cierto nos costó lo suyo porque querían cobrarlo, manda narices que diría aquel, esa liberación generó un ingreso contable al que no hay nada que oponer. Es una hucha que has constituido que al final no se aplica a lo que se aplica por la presión del supervisor o por lo que sea, se liberan esos 155 millones de euros y se genera un ingreso contable. Nosotros desde el punto de vista analítico ese ingreso contable no lo consideramos porque eso es un one off. Ha pasado una vez y no va a ser recurrente. La contabilidad va por un lado, es un ingreso contable perfectamente contabilizado. Analíticamente ese ingreso contable no existe. Puede pasar a la inversa. Un saneamiento adicional, un saneamiento extraordinario pues contablemente habrá que registrarlo como gasto o no, pero nosotros podemos tenerlo en cuenta o no analíticamente. A eso me refiero con el distinto enfoque. Es distinto enfoque, distinto alcance, distinta manera de trabajar, o sea, es más analítico, menos verificativo, y por eso de verdad yo no estoy intentando evadir ninguna respuesta aunque pueda estar dando la sensación por la reiteración en algunas preguntas. Es que es un enfoque distinto. Yo no me puedo comprometer a opinar sobre un tema cuando no tengo ninguna certeza porque mi responsabilidad me impide hacerlo. Yo no he tenido, como mis compañeros peritos, que son muy muy admirables, que merecen admiración por mi parte, dos años para hacer este trabajo. Yo he tenido que compatibilizarlo con otros trabajos. Aparte le he dicho que hay otros compañeros especialistas en contabilidad en el Banco de España, los de regulación. El Banco de España no es el supervisor contable, es el regulador contable, lo que pasa es que la contabilidad naturalmente que le influye y, dentro de la inspección, hay un grupo específico, la ESCE, que se dedica a dar interpretación contable y a mantener la interlocución con el mundo contable, con auditores externos, CNMV para dotar de eficiencia, especialistas y homogeneización los criterios contables.
[Entiendo que mi respuesta pueda llevar a decir] Que cosa más rara, joder, usted que es inspector del Banco de España no tiene que aplicar la norma contable y demás. Sí. Pero sobre estas cuesitones contables que requieren un estudio y un análisis que yo no he hecho, insisto que me he intentado alejar del tea Bankia por falta de tiempo y por falta de ganas no debería parecerle tan extraño que yo no sepa qué responder a la cuestión". 

-"¿Que conocimientos extras tiene el señor Comín [director general adjunto de Supervisión del Banco de España] sobre los que tenía usted?"

"Él es profesor de contabilidad".

-"El nos dijo aquí que se podía recurrir a esta hucha para deterioros adicionales, digo hucha por la expresión que utilizó él".

"Sí. Yo también diría hucha, sí". 

-"Lo dijo Jerónimo Martínez Tello [ex jefe de inspección en Caja Madrid y ex director general de Supervisión], Mariano Herrera [actual director general de Supervisión] Pedro González [inspector], incluso en un informe escrito al juzgado de Navalcarnero, se decía que ante un deterioro adicional se podía a estas provisiones genéricas, provisiones específicas sin asignar. ¿Permitía corregir los ajustes que se puedan proponer con posterioridad a las cuentas de Bankia de esa fecha o no se la pregunta que le hago y que creo que la entiende usted?"

"Entiendo la pregunta. Pero no tengo la respuesta. Me aventuraría a decir que los 1.500 millones de genérica-genérica, sin duda. Pero me aventuraría, y no quiero hacerlo. La respuesta es que no lo sé. De todas maneras, yo estoy aquí dando testimonio, no dando un informe pericial. Y me lo hubiera preparado. Tengo capacidad y conocimientos para hacer un informe pericial con tiempo sobre el asunto. Me hago responsable de las conclusiones de los informes de seguimiento, pero a partir de septiembre de 2011, la parte de riesgo de crédito se escinde y pasa a ocuparse de ella un compañero muy válido y amigo mío".

Fuente: http://politica.elpais.com/politica/2016/09/12/analitica/1473674173_147367.html

domingo, 5 de febrero de 2017

Ayuno. La ciencia explora el valor del ayuno para luchar contra el cáncer

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La ciencia explora el valor del ayuno para luchar contra el cáncer


Investigadores en envejecimiento y oncología exploran los beneficios de dejar de comer durante uno o más días

El mayo pasado, 20 jóvenes sanos, incluidos varios científicos, llegaron a un instituto de investigación en Madrid dispuestos a pasar un día y medio sin comer. Justo antes les habían hecho un análisis de sangre y, 36 horas después, les hicieron otro para asegurarse de que no hubieran tomado algo a escondidas. El objetivo era desvelar los mecanismos moleculares detrás del ayuno y sus beneficios para la salud, especialmente como posible arma contra el cáncer.
El ayuno durante días o semanas, con solo agua o prescindiendo solo de alguna clase de alimentos, o limitando las horas del día en las que se puede comer, es una práctica casi universal entre las religiones mayoritarias. Algunas le atribuyen cualidades regeneradoras. Desde un punto de vista científico, el ayuno parece aportar longevidad y una mejor salud en estudios con animales y no requiere tantas penalidades como la restricción calórica. Y parece que algunos de los beneficios más rápidos y patentes los obtienen los animales con tumores.

Cuando alguien deja de comer uno o más días, su metabolismo cambia de marcha ante el estrés. La proliferación celular se ralentiza, se activa el proceso de autofagia en la que el organismo elimina células viejas o defectuosas y, en general, comienza a alimentarse de sus propias reservas de energía. Por el momento, se ignora cómo y por qué esta práctica parece ser beneficiosa para la salud.

El equipo de Valter Longo, en la Universidad del Sur de California, es uno de los más avanzados en la investigación del ayuno, tanto en personas sanas como enfermas. Sus experimentos han demostrado que un ayuno de uno o más días hace que los ratones con cáncer tratados con quimioterapia respondan mejor al tratamiento y se recuperen antes de los efectos secundarios.
Pasar varios días sin comer de forma periódica (no hay una definición unificada del ayuno en términos científicos), sería una prueba demasiado dura para muchas personas. Por eso Longo ha desarrollado una dieta baja en calorías que imita los efectos del ayuno sin dejar de comer. Cuando les da esta dieta a ratones con cáncer de mama y de piel, su sistema inmune parece despertar del letargo y comienza a reconocer y aniquilar a las células tumorales, algo que no sucede en los roedores bien alimentados. Según Longo, el ayuno tiene un efecto “rejuvenecedor” sobre el organismo, tanto en animales como en humanos. “En un estudio piloto con voluntarios sanos vimos que la dieta que imita al ayuno redujo los indicadores de riesgo cardiovascular, los niveles de glucosa [factor de riesgo de diabetes] y los de IGF-1, un potencial marcador de cáncer, además de eliminar la grasa abdominal”, explica el investigador. La dieta en cuestión tiene un 60% menos calorías que la dieta normal de cada individuo. En el ensayo, los voluntarios siguieron esta dieta durante cinco días, luego volvieron a comer normal durante otras tres semanas y después repitieron el mismo ciclo otras dos veces.

En el Centro de Nacional de Investigaciones Oncológicas, en Madrid, el equipo de Manuel Serrano ha desvelado uno de los posibles responsables de los beneficios del ayuno en el cáncer. Hasta hace poco, la investigación en este campo se había centrado en la restricción calórica, mucho más radical y difícil de mantener. “La restricción calórica tiene efectos indeseables, se pasa hambre constantemente, la libido es casi cero y se reduce la vida social, pues muchas veces esta sucede en torno a la comida”, explica Serrano. En este sentido, el ayuno y la imitación de sus efectos con dietas bajas en calorías o con fármacos puede ser mucho más viable, especialmente en el contexto del cáncer.

En un experimento reciente, su equipo demostró que los ratones a los que se les quita toda la comida durante un día o dos les sube la expresión del gen P21, un importante supresor tumoral. En el ensayo con voluntarios con el que comenzaba esta historia, realizado en el Instituto Imdea Alimentación y cuyos resultados van a publicarse en una revista científica próximamente, según Serrano, se ha demostrado que lo mismo pasa en humanos.

“Hemos visto que los niveles de P21 aumentan con el ayuno y que vuelven a bajar en cuanto comes”, explica Pablo Fernández-Marcos, un coautor del estudio que decidió sumarse al grupo experimental y probar la falta de alimentos en sus propias carnes. “Ninguno de los participantes tuvo ningún problema, aunque en algunos casos el ayuno puede producir dolores de cabeza o estrés”, explica.
El investigador razona la conexión entre el gen estudiado y los efectos beneficiosos en cáncer. “P21 detiene la proliferación celular especialmente en órganos como el pelo, el intestino, la médula ósea, que son algunos de los más afectados por la quimio”, explica. Ahora el equipo se plantea investigar si P21 es la causa de los beneficios observados y no una mera reacción colateral.

Una de las vías de investigación es buscar moléculas que activen alguna de las “vías metabólicas” que se ponen en marcha con el ayuno, como “la bajada de la insulina o la de los cuerpos cetónicos que transforman la grasa almacenada en energía para el cerebro”, señala Fernández-Marcos. En un futuro, este tipo de fármacos se podrían aplicar a la población sana, pero primero llegarán a los enfermos de cáncer porque “es más sencillo dado que los efectos observados son muy rápidos”, opina.
El equipo de Longo está realizando nuevos ensayos con personas sanas y otras con cáncer y su dieta que imita el ayuno para confirmar si realmente es beneficiosa. Muchas de sus investigaciones han sido financiadas por organismos públicos como los Institutos Nacionales de Salud. Su trabajo no está exento de polémica, porque el científico nunca desvela la composición exacta de su dieta en sus estudios. En cambio sí ha decidido comercializarla.

El investigador advierte que nadie debe intentar el ayuno sin la supervisión de un médico, pero su dieta, Prolon, a base de barritas energéticas, zumos y otros alimentos empaquetados, se vende por internet en EE UU, Australia, Italia y, a través de este país, podría adquirirse en España, asegura el bioquímico italoamericano. El investigador puso en marcha este proyecto hace un año. Dice que, con los datos del estudio piloto, y los que tiene por publicar, es “muy razonable comercializar esta dieta”, y asegura que donará los beneficios que obtenga con su empresa L-Nutra a una ONG.

Los expertos consultados envían un mensaje de esperanza en el potencial del ayuno, pero también envían una nota de cautela ante dietas milagrosas. “Todos los datos disponibles en modelos experimentales, incluyendo primates, avalan estas intervenciones nutricionales”, opina Carlos López-Otín, Universidad de Oviedo. Pero añade que “los estudios en humanos son muy preliminares y en algunos casos indirectos, lo cual invita a la prudencia máxima”, añade.

José Ordovás, experto en nutrición y genómica en el Imdea Nutrición y en la Universidad Tufts (EE UU), opina que “es probable que una dieta rica en productos derivados de plantas, frutas y vegetales, consiga efectos similares” a la de Longo. “Mi preocupación es que en ningún momento comparan su dieta con una dieta que cualquiera puede uno prepararse en casa, en lugar de comprarla prefabricada en bolsas de plástico o aluminio en forma de sopas o barritas nutricionales”, añade. Además, el investigador resalta que “ninguno de los artículos [de Longo] describe en qué consiste esta dieta y solamente habla de ingredientes "propietarios", lo que “no es consistente con el hecho de que una buena parte de esta investigación ha sido llevada a cabo con fondos públicos, y por lo tanto los descubrimientos y los beneficios deberían ser públicos”, añade.

Luigi Fontana, investigador de la Universidad de Brescia (Italia) y de la de Washington en San Luis (EE UU), es otro de los líderes en la investigación del ayuno en humanos. Hace algunos años firmó varios artículos junto a Longo describiendo el potencial del ayuno para la salud, pero ahora dice que “no quiere comentar los estudios de su colega”. Él también ha diseñado un tipo de ayuno simulado y abierto al público: durante dos o tres días, comer solo vegetales, tantos como se desee, y una cucharada de aceite de oliva por comida. En un ensayo clínico de seis meses cuyos datos se publicarán próximamente, su equipo ha observado pérdidas de peso muy significativas, de hasta “16 kilos en seis meses”, con esta dieta, asegura.

El investigador advierte de que aún no hay datos fiables en humanos que permitan respaldar algunas de las afirmaciones de Longo y sus dietas comerciales. “Aún no sabemos si el ayuno tiene efectos de adaptación metabólica, sencillamente los datos aún no están ahí y los ratones no son humanos”, comenta. Fontana tampoco cree que se puedan encontrar “dos o tres píldoras” que puedan “engañar al cuerpo” y aportar los beneficios en la longevidad y la salud observados con el ayuno. En su opinión, la única forma contrastada de lograr beneficios reales es clásica: estilo de vida saludable y ejercicio. “A la gente le gustan los atajos, pero nadie puede convertirse en cinturón negro de kárate con unos pocos trucos”, resalta.

Fuente: elpais.es 

sábado, 31 de diciembre de 2016

CLÁUSULAS SUELO: LA BANCA SIEMPRE GANA







CLÁUSULAS SUELO: LA BANCA SIEMPRE GANA
Severino Espina Fernández


La reciente sentencia dictada por el Tribunal de Justicia la Unión Europea sobre las cláusulas suelo, cláusulas presentes masivamente en multitud de contratos de préstamos hipotecarios -y que impidieron a centenares de miles de familias españolas beneficiarse de la bajada de los tipos de interés en sus contratos-  no sólo es un varapalo a los intereses de la banca. 

Es una patada a la incomprensible jurisprudencia del Tribunal Supremo que limitó los efectos de las cláusulas suelo declaradas abusivas, y por tanto nulas, obligando a las entidades bancarias, que predispusieron masivamente en los contratos con sus clientes la cláusula suelo, sólo a devolver lo cobrado de más desde el 9 de mayo de 2013.

Esto es, el Tribunal Supremo español apuntaló la doctrina que una cláusula nula, podría ser nula.... pero "sólo un poquito".

¿Por qué actuó así el Tribunal?. Para un jurista que estudie exclusivamente la legislación aplicable es difícil de entender ya que, en derecho, es un axioma que una cláusula nula no ha de tener ningún efecto y menos aún, si éste fuese beneficioso para la parte contratante -en este caso, la banca- que predispuso la cláusula nula. Así, en aplicación del art. 1303 de nuestro Código Civil, si se declara la nulidad de una obligación "los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses". Más clara es la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre que, en su artículo 83, establece que "las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas".

El tribunal español parece que tuvo en cuenta otros parámetros. Lo explica la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: nuestro tribunal, pese a la regla general de eficacia retroactiva de declaraciones de nulidad, estima que esa eficacia "no podía ser impermeable a los principios generales del Derecho y, entre ellos, de forma destacada, al principio de seguridad jurídica". También el tribunal español expuso para justificar la falta de retroactividad de las cláusulas suelo, "que no se trataba de cláusulas inusuales o extravagantes"; que su utilización "había sido tolerada largo tiempo por el mercado de préstamos inmobiliarios"; que la nulidad de las mismas "derivaba de una falta de transparencia debido a la insuficiencia de la información a los prestatarios"; que las entidades crediticias "habían observado las exigencias reglamentarias de información"; que la finalidad de la fijación del tope mínimo "respondía a la necesidad de mantener un rendimiento mínimo de los referidos préstamos hipotecarios que permitiera a las entidades bancarias resarcirse de los costes de producción y mantenimiento de estas financiaciones"; que las cláusulas suelo "se calculaban para que no implicasen cambios significativos en las cuotas iniciales a pagar, tenidas en cuenta por los prestatarios en el momento de decidir sus comportamientos económicos"; que la legislación española "permitía la sustitución del acreedor", y que -finalizando el argumentario- "la retroactividad de la declaración de nulidad de las cláusulas en cuestión generaría el riesgo de trastornos económicos graves". Todo un rosario de argumentos en el que se echa de menos  un razonamiento jurídico sólido en aplicación de la legislación comunitaria -y de la española traspuesta- dictada en materia de Defensa de los Consumidores, consumidores que al fin y al cabo han sido la parte más débil de los contratos. 

Esos argumentos han sido desbaratados por la Corte de Luxemburgo quien, en su sentencia, expone con claridad que "al juez nacional no debe atribuírsele la facultad de modificar el contenido de las cláusulas abusivas" y que la declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula abusiva debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación de hecho y de Derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula. Por ello estima que una jurisprudencia nacional -como la plasmada en la sentencia del TS de 9 de mayo de 2013-  relativa a la limitación en el tiempo de los efectos jurídicos derivados de la declaración del carácter abusivo de una cláusula contractual, sólo permite garantizar una protección limitada a los consumidores y dicha protección "resulta incompleta e insuficiente y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de dicha cláusula". El Tribunal europeo concluye dictando que "se opone a una jurisprudencia nacional que limita en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo (...) de una cláusula contenida en un contrato celebrado con un consumidor por un profesional, circunscribiendo tales efectos restitutorios exclusivamente a las cantidades pagadas indebidamente en aplicación de tal cláusula con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declaró el carácter abusivo de la cláusula en cuestión".

El Tribunal de Justicia ha puesto en evidencia a nuestros poderes públicos por no ejercer adecuadamente la defensa de los consumidores -no es la primera vez que lo hace; en materia de desahucios el Tribunal de Luxemburgo nos ha dado varios varapalos por no legislar correctamente- y la pregunta ahora es si los consumidores van a ser tan beneficiados como se publica a bombo y platillo con la sentencia europea. 

Sin embargo, y pese a esa sentencia,  no todo pinta negro para los bancos y rosa para los consumidores. Convendría tener dudas. No va a ser sencillo resarcirse de todas las cantidades pagadas en demasía, ya que la banca todavía se reserva algún cartucho en el cargador; el más disuasorio es, precisamente, el deficiente servicio de justicia prestado en nuestro país; esto es, la banca sabe el calvario judicial que han de pasar los consumidores afectados si se niega al abono de los intereses cobrados de más; por ello, podría obligar a reclamar individualmente a los clientes exponiéndoles además que, en su caso,  sus contratos se han celebrado con total trasparencia y con plena información y que si no aceptan una determinada cuantía devolutoria -que será inferior a la que se reclama, y que se ofrecerá como atención comercial- tendrán que acudir a la vía judicial (vía judicial que equivale, en España, a mentar "la bicha" ya que nunca sabes cómo puede salir el pleito y sólo se tiene seguridad en dos cosas; una, que va a ser lenta y otra, que va a ser cara).

Otra de las bazas que posee el sector bancarios la constituye la multitud de acuerdos que ya ha firmado con los clientes afectados aplicando la jurisprudencia del Tribunal Supremo y a través de los que se devolvieron únicamente los intereses de más cobrados a partir de 9 mayo de 2013, aunque la aplicación de las cláusulas suelo se hubiera realizado con anterioridad a esa fecha.

En este supuesto, las entidades financieras se cuidaron muy bien de precisar en los pactos suscritos que,  con el pago de las cantidades convenidas, los clientes renunciaban al ejercicio de acciones judiciales o extrajudiciales que tuviesen por objeto las cláusulas abusivas presentes en sus contratos.  Y esa renuncia de derechos se hará valer, no teniendo más remedio los consumidores que acudir a la dolorosa e incierta vía judicial para anular dichos pactos y  reclamar todas cantidades que, en aplicación de la sentencia de la Unión Europea tendrían derecho a percibir, de no haberse limitado la eficacia retroactiva de una cláusula nula.

Pero, sin duda, los más afectados por la desastrosa jurisprudencia española en este caso van a ser -paradójicamente- aquéllos que lograron en primera instancia el reconocimiento judicial de la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo –fueron muchos los juzgados de primera instancia que aplicaron cabalmente la legislación de protección de losconsumidores, condenando a las entidades bancarias al pago de la totalidad de intereses indebidamente cobrados- y que perdieron el pleito ante aquellas Audiencias Provinciales que, de modo sistemático, aplicaron la doctrina del Tribunal Supremo limitando la eficacia retroactiva de las cláusulas suelo, sin plantear una cuestión prejudicial sobre la cuestión, o sin haber suspendido la tramitación de los pleitos hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se hubiese pronunciado expresamente.

Estos consumidores, sorprendentemente, pudieran tener más dificultades que aquéllos que nunca han pleiteado ya que nuestra legislación recoge el principio de la excepción procesal denominada “cosa juzgada”, lo que quiere decir que no es posible plantear un nuevo proceso cuando tenga idéntico objeto a otro cuya sentencia haya alcanzado firmeza.

Así lo establece el artículo 222 de nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil (“la cosa juzgada de las sentencias firmes, sean estimatorias o desestimatorias, excluirá, conforme a la ley, un ulterior proceso cuyo objeto sea idéntico al del proceso en que aquélla se produjo”) y, además, viene a recordar la propia sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en cuyos apartados 68 y 69 despeja la senda por donde van a transitar las reclamaciones en los casos en los que existan sentencias firmes que hayan seguido la jurisprudencia del Tribunal Supremo limitando la eficacia retroactiva de las cláusulas suelo.

Así el Tribunal de Justicia expone que “el Derecho de la Unión no obliga a un tribunal nacional a dejar de aplicar las normas procesales internas que confieren fuerza de cosa juzgada a una resolución, aunque ello permitiera subsanar una infracción de una disposición, cualquiera que sea su naturaleza, contenida en la Directiva 93/13” (apartado 68) y que “el Tribunal de Justicia ya ha declarado que la fijación de plazos razonables de carácter preclusivo para recurrir, en interés de la seguridad jurídica, es compatible con el Derecho de la Unión”.

Con la aplicación del principio de cosa juzgada,  a estos ciudadanos que ya han obtenido una sentencia firme en contra, se les cerrará la vía judicial ordinaria resultando muy dificultoso el que sean reintegradas la totalidad de las cantidades que los bancos han percibido de más en aplicación de cláusulas suelo, cantidades que no han devuelto gracias a la incorrecta aplicación del Derecho Comunitario  en materia de protección a los consumidores por parte de nuestro más alto tribunal.

Queda en el aire la posibilidad de exigir en este supuesto la responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, aplicando los artículos 292 y concomitantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial,  ya que resulta patente que por, parte de todos los poderes públicos, y con quebranto del mandato expresado en el art. 51.1 de la Constitución, no se ha protegido adecuadamente a los consumidores y a través de la jurisprudencia errónea de nuestros tribunales se ha causado un  daño evidente e injustificado a los intereses económicos de los usuarios bancarios, pero ello también implicaría utilizar la vía judicial y esta vez, contra la Administración.

Por ello, y pese a la sentencia del Tribunal de Justicia europeo, la banca siempre gana ya que no devolverá todo lo cobrado indebidamente por la aplicación de las cláusulas suelo declaradas abusivas y, por tanto, nulas, no habiendo sido tampoco mayormente afectada por la actividad sancionadora de la Administración, que ni siquiera ha contemplado la inclusión masiva de estas cláusulas -y su continuada aplicación- como infracción en materia de Defensa del Consumidor, incentivando con ello el mantenimiento de la posición privilegiada del sector bancario que exigía el pago de intereses hipotecarios con unos tipos superiores a los que a los consumidores les correspondía abonar y perjudicando la situación económica de multitud de familias, que podían haberse beneficiado de las sucesivas bajadas de tipos de interés.