sábado, 1 de junio de 2013

El mundo, al revés. La CNMV, supervisor de la Entidades Financieras, culpa a los preferentistas por comprar un producto "no conveniente"



Elvira Rodríguez, Presidenta de la CNMV, sonríe a su llegada al Congreso de los Diputados

El primer informe de la Comisión creada por el Gobierno para proteger a los inversores, defiende a los bancos: dieron la información correcta . La presidenta de los consumidores discrepa: "Parece un documento destinado a justificar lo sucedido"

La presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez, suscribe en un informe enviado al Parlamento que los bancos y cajas de ahorros cumplieron sus "obligaciones de información a la clientela" sobre las características de las participaciones preferentes, "salvo casos puntuales".

Asimismo, subraya que, en algunas entidades, "el número de clientes que contrató el producto después de ser advertido de que la operación era 'no conveniente' fue muy elevado".

Estas conclusiones se incluyen en el primer informe, elevado al Congreso el pasado 21 de mayo, que ha elaborado la Comisión de Seguimiento del problema de las preferentes y la deuda subordinada. Este órgano fue creado por el Gobierno el pasado 22 de marzo, mediante Real Decreto, está presidido por la propia Elvira Rodríguez, e integrado además por el subgobernador del Banco de España, los secretarios generales de Sanidad y Consumo, y del Tesoro, y la presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios.

Esta última, Francisco Sahuquillo, ha emitido un voto particular al informe al considerar que no cumple el mandato recibido de analizar los factores generadores de las reclamaciones de los preferentistas, ni denuncia "las malas prácticas generalizadas" de los bancos y cajas, sino que "más bien parece un documento destinado a justificar lo sucedido". "En ciertos casos, guardar silencio es la mayor mentira", añade Sahuquillo.

Ello pese a que el decreto que crea la Comisión de Seguimiento se llama "de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero".

El informe de la Comisión analiza la comercialización de las preferentes y otros productos híbridos, que entre 1998 y 2012 alcanzó los 115.283 millones de euros, con más de 3 millones de suscriptores. Expone que, debido a que "algunos de los canjes ofrecidos a los inversores no ha permitido la recuperación de la totalidad de la inversión", se han incrementado exponencialmente a partir de 2012 las quejas de los pequeños ahorradores que han llegado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Como motivo más frecuente de las reclamaciones, se señalan dos: contradicción entre la información verbal del banco y la documentación del contrato, que llevaba al cliente a creer que era un producto carente de riesgo, similar a una imposición a plazo fijo; y atribución de la compra a una recomendación verbal del personal del banco, aunque sin acreditación documental que lo confirme o incluso con documentos que lo desmienten.

Para explicar la diferencia entre la información verbal y la contractual, el dictamen menciona "los incentivos económicos ligados a la venta de los activos" que tenían los empleados de las distintas sucursales de bancos y cajas. Es lo más próximo que se encuentra en el texto a una justificación de fondo de lo ocurrido.

Sobre el marco regulador y supervisor de estos productos, el informe dice que, en general, no tienen un tratamiento específico dentro de la normativa del mercado de los valores, y añade que "según el marco normativo español y europeo, existe libertad de emisión, aún en el caso de los instrumentos financieros mas complejos". En ese sentido, si con cada emisión se registra un folleto informativo exhaustivo por la entidad, "no puede prohibirse que se comercialicen entre inversores minoristas instrumentos financieros basándose en su complejidad o en que incorporen elevados niveles de riesgo".

El informe dedica una parte importante de su contenido a defender también la propia actuación supervisora que hizo la CNMV, y lo que denomina fomento de la transparencia y difusión de buenas prácticas, recogiendo folletos que emitieron advirtiendo de las características del producto en 2009, poco tiempo antes de la mayor emisión del ciclo, por valor de más 12.000 millones de euros, que se hizo recaer sobre todo en clientes minoristas cuando ya se había desatado la crisis económica y financiera mundial.

En relación a aquella masiva emisión de preferentes --que ha desencadenado muchas de las reclamaciones judiciales pendientes--, el documento señala que el trabajo de la CNMV fue revisar, con carácter previo al registro de la emisión, "persiguiendo una actuación preventiva", la documentación que se iba a entregar a los inversores y a la red comercial. Además, posteriormente, se revisó si las entidades habían cumplido con las obligaciones de información y valoración de la convenincia del cliente.

Las conclusiones sacadas por la CNMV son tres:

-En primer lugar, dice, "llama la atención que, en determinadas entidades, el número de clientes que contrató el producto después de ser advertido de que la operación era 'no conveniente' fue muy elevado. Esta circunstancia puso de manifiesto la necesidad de reforzar la normativa en lo relativo al consentimiento informado de los cliente".

-En segundo término, "el porcentaje de clientes a los que las entidades reconocen haber recomendado de manera personalizada la contratación de estos productos es absolutamente marginal".

-Y en tercer lugar, "por lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones de información de la clientela en la comercialización la conclusión es que, salvo casos puntuales, las entidades acreditan el cumplimiento de la normativa vigente, al menos desde la perspectiva de la documentación contractual que soporta la operación".
El informe añade que esta conclusión no es incompatible con las numerosas reclamaciones de los clientes de que la información verbal recibida era distinta a la documentación del contrato, ya que lo que hizo la CNMV fue analizar los procedimientos de los bancos y la documentación acreditativa de las operaciones. "La CNMV carece de elementos probatorios que permitan comprobar lo realmente ocurrido", señala el organismo supervisor.

El documento de la Comisión, que ha regulado recientemente las condiciones del arbitraje de Bankia, reconoce después que sólo los tribunales ordinarios de justicia tienen capacidad legal para obligar a las entidades supervisadas a compensar por los daños derivados de una deficiente comercialización.

En ese sentido, recoge los datos que la presidenta, tanto de la CNMV como de la Comisión, Elvira Rodríguez, facilitó este miércoles en el Congreso: que la Comisión tiene abiertas actuaciones disciplinarias a nueve grupos financieros por incumplimientos de la normativa en la comercialización de las preferentes y obligaciones subordinadas, que afectan a emisiones por importe de 6.212 millones de euros. Sin embargo, los expedientes no concluirán con la devolución del dinero a los perjudicados, sino que su finalidad, dice la Comisión, es "conseguir disciplina de mercado y que las malas prácticas no se reiteren en el futuro".

El voto particular de la presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios, Francisca Sahuquillo, critica el informe de la Comisión de la que ella misma forma parte al estimar que "niega el problema al considerar que se trata de una situación sobrevenida que surge con la materialización de los riesgos de los instrumentos híbridos como consecuencia de la crisis, cuando la raiz del problema no deriva de su instrumento, sino de su incorrecta comercialización entre la clientela minorista".

Para Sahuquillo, el dictamen omite que la Comisión ha aprobado unos criterios para el arbitraje, que tienen como presupuesto "un problema de malas prácticas generalizadas".

"En ciertos casos, guardar silencio es la mayor mentira", señala la responsable del Consejo de Consumidores, quien está convencida de que el gran número de reclamaciones demuestra que existe un problema de inadecuada comercialización. Y agrega: "La descripción de la normativa aplicable que se recoge en el informe es tan fria que se realiza al margen del problema existente con la comercialización de los híbridos financieros".

Sahuquillo se queja de que el informe defiende el buen funcionamiento como organismo supervisor de la CNMV, cuando tuvo lagunas y deficiencias y sólo actuó "a toro pasado". "En suma, el informe no cumple con el mandato recibido de analizar los factores generadores de las reclamaciones. Más bien parece un documento destinado a justificar lo sucedido". 

Fuente:  Público

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