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miércoles, 30 de marzo de 2016






Tres grandes fraudes al ahorro popular mantienen atrapados a 5.000 millones de euros de familias

La organización de consumidores Adicae convoca este miércoles concentraciones de protesta en 16 ciudades españolas para reclamar una solución efectiva que permita recuperar sus ahorros a los afectados por los casos Fórum Filatélico, Afinsa y Arte y Naturaleza, así como a los damnificados por el engaño prácticamente sistémico de las preferentes y por la salida a bolsa de Bankia


ZARAGOZA .- Al grueso de los 269.203 afectados por el fraude de Fórum Filatélico les falta por recuperar el 79,5% de los 3.702,7 millones a los que ascendió el pufo de los sellos. La mayoría de las 190.000 familias que invirtieron en Afinsa tienen pendientes de reintegro el 90% de los 2.207 millones en los que se cifra el engaño. Y la totalidad de las 18.135 que picaron en el gancho de Arte y Naturaleza siguen sin ver ni uno de los 475.234 euros que se volatilizaron en el tinglado de cuadros y esculturas.

Las 477.338 familias damnificadas por estos tres grandes fraudes siguen teniendo atrapados casi 5.000 millones de euros, según las estimaciones de la organización de consumidores Adicae, que ha convocado para este miércoles concentraciones de protesta en 16 ciudades españolas para pedir una solución a estos grandes fraudes, a los que añaden otros dos cuyo reguero de ahorradores esquilmados se extiende por todo el país: el engaño sistémico de las participaciones preferentes, en el que calculan que un millón de personas se dejó 40.000 de euros, y el de la salida a bolsa de Bankia, en la que 255.000 personas compraron acciones basándose en la información “inveraz” que difundió la propia entidad, que tiene pendientes demandas por más de 800 millones de euros.
Las víctimas de los fraudes filatélicos de Fórum y de Afinsa, que quebraron sin poder devolver los depósitos que habían ido tras sobrevalorar sus activos, y los de Arte y Naturaleza, en el que el tinglado se basaba en obras de arte en lugar de en sellos, tienen asumido desde hace una década que va a ser difícil que recuperen todo el dinero. Sin embargo, una década después de estallar los fraudes, el ritmo de los reintegros es muy inferior al de las peores expectativas.

Por otro lado, el Supremo ha declarado probado que los responsables de Bankia en la salida a bolsa engañaron a sus accionistas al ofrecer datos erróneos en el folleto de su salida a bolsa, mientras que, en el caso de las preferentes, la banca acumula una retahíla de sentencias que prueba que las entidades utilizaron este tipo de productos financieros para captar fondos sin explicar a sus clientes los elevados riesgos que asumían.

“Una solución justa, colectiva e inmediata”

La organización de consumidores, que achaca a “la lentitud de la justicia y la inacción de las instituciones” la falta de soluciones efectivas en este tipo de asuntos, que comenzaron a generalizarse hace una década, cuando las burbujas inmobiliaria y financiera se acercaban a su explosión, reclama “que cualquier pacto de Gobierno incluya el compromiso de una solución justa, colectiva e inmediata para los afectados por los fraudes al ahorro”.

Adicae apela también a la “responsabilidad” de los grupos parlamentarios, a los que pide un compromiso que priorice “en esta nueva etapa política” la defensa de los derechos de los consumidores y el fin de los fraudes y a los que reclama que hagan “cumplir los acuerdos del Congreso”. Especialmente, la resolución unánime que hace tres años propuso una solución conjunta para los afectados por los casos de Fórum Filatélico, de Afinsa y de Arte y Naturaleza.

Las protestas de este miércoles, convocadas bajo el lema Contra los fraudes al ahorro y por un sistema financiero justo y transparente, tendrán lugar en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Cádiz, Granada, Huelva, Jaén, Las Palmas, Valladolid, Toledo, Cáceres, Don Benito, Vigo, Alicante, Murcia y Zaragoza.

La de esta última ciudad tendrá lugar frente a la sede del Banco de España. Según Aicar-Adicae, “casi 20.000 familias siguen teniendo atrapados casi 218 millones de euros y esperan una solución inmediata para estos escándalos financieros” en Aragón: 4.525 tienen pendientes de recuperar más de 48 millones de Fórum Filatélico, 3.192 esperan otros 32,4 de Afinsa, otras 4.000 quieren recobrar los cien millones que invirtieron en las llamadas participaciones preferentes y 7.500 siguen a la espera de saber qué ocurre con los 37,5 millones que pusieron “en la salida a Bolsa de Bankia, el último gran fraude al ahorro popular”.

Fuente: publico.es

viernes, 4 de octubre de 2013

Gijón ha presentado ya 350 denuncias de afectados por las cláusulas suelo

 
Pedro Barbillo, Concejal responsable del Área de Consumo y Dacio Alonso, Presidente de UCE-Asturias

La Unión de Consumidores asesoró en la ciudad, en un trimestre, a 1.702 vecinos por productos bancarios tóxicos

R. Valle

El servicio jurídico de la Unión de Consumidores de Asturias ofreció atención personalizada en su centro de Gijón durante el pasado trimestre a 1.702 afectados por productos bancarios tóxicos. Alrededor de un 50% de esas consultas - en concreto, 850- acabaron en una denuncia o queja oficial. Esos son los datos generales de los tres primeros meses de actividad del programa específico para asesorar a afectados por deuda subordinada, preferentes y cláusulas suelo puesto en marcha por la UCE con el apoyo del Ayuntamiento de Gijón.
Pero estos no fueron los únicos datos que presentaba ayer el responsable de la organización de consumidores, Dacio Alonso, en una comparecencia pública junto al edil Pedro Barbillo. Alonso adelantó que su organización ya ha tramitado desde Gijón 350 denuncias administrativas ante el Principado de Asturias de afectados por cláusulas suelo en sus hipotecas.

Para evitar la larga, compleja y costosa vía judicial, la UCE ha abierto en Asturias la vía de la reclamación ante la administración autonómica por incumplimiento de la Ley de Consumidores y Usuarios, donde se establece como falta grave o muy grave la incorporación de prácticas abusivas. Las faltas graves están sancionadas con multas que van de los 3.000 a los 18.000 euros y las muy graves de 18.000 a 900.000 euros. Este tipo de reclamaciones es gratuita.

"En Asturias nos hemos sacado este conejo de la chistera y creemos que es la mejor vía. A los bancos en Asturias, y esto es un aviso a navegantes, les costará mucho mantener las cláusulas suelo", sentenció el responsable de la UCE. Alonso también advirtió que si el banco retira la cláusula suelo de la hipoteca y devuelve a su cliente el dinero con carácter retroactivo esa sanción administrativa del Principado puede pasar a ser leve, con la sustanciosa rebaja económica que eso conlleva para la entidad financiera.

La Unión de Consumidores considera que en Gijón hay más de 20.000 familias afectadas por alguna de esas prácticas abusivas de los bancos, la mitad de ellas por cláusulas suelo. Entre las 1.702 gestionadas realizadas por la UCE en Gijón de julio a septiembre 51 fueron por cláusulas suelo, 475 por deuda subordinada, 254 por preferentes y 26 por permutas-swap. A partir del análisis de esas cifras, Alonso animaba a los clientes a reclamar sus derechos pero también a no tener miedo a cambiar de banco. Su estrategia pasa por minar las ventajas económicas y la reputación de las entidades bancarias para evitar que vuelvan a cometer este tipo de prácticas con su clientela.

La colaboración de la UCE y el Ayuntamiento de Gijón, través de la concejalía de Consumo que lidera el forista Pedro Barbillo, continúa ahora con una serie de sesiones informativas en los centros municipales. El programa comienza el martes en La Arena para seguir en El Llano (día 10), El Coto (día 22) y Pumarín Gijón Sur (día 31). Todas las charlas comenzarán a las siete y media de la tarde. Del interés municipal por este tema da fe la declaración institucional aprobada en junio en el Pleno en apoyo, en aquel momento, afectados por participaciones preferentes y deuda subordinada.


Sesiones informativas

Temática

Estas nuevas sesiones informativas sobre los abusos bancarios se titulan "Banca rota. Eliminar la cláusula suelo de las hipotecas".

 Sesiones:
 
-8 de octubre. Centro Municipal de La Arena. 19.30 horas.
-10 de octubre. Centro Municipal de El Llano. 19.30 horas.
-22 de octubre. Centro Municipal de El Coto. 19.30 horas.
-31 de octubre. Centro Municipal de Pumarín "Gijón Sur". 19.30 horas.

 Organizadores

-Unión de Consumidores de Asturias.
-Ayuntamiento de Gijón.

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domingo, 20 de enero de 2013

El jefe de la asesoría jurídica de La Caixa, nombrado magistrado del TS de la Sala que juzgará preferentes y swaps



El día 29 de noviembre de 2012, el pleno del CGPJ acordó por mayoría nombrar al abogado Sebastián Sastre como nuevo magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en el turno de juristas de reconocida competencia. Parece en principio una noticia de carácter exclusivamente judicial, un nuevo magistrado que cubre una vacante.  Ahora bien, si se añade el dato de que el nombrado es el jefe de los servicios jurídicos de La Caixa y lo ha sido durante 25 años, y que la sala de lo civil es la que tiene que conocer de asuntos como las preferentes, los swaps, los productos estructurados o del posible carácter abusivo de ciertos intereses de demora o de la cláusula suelo en las hipotecas, pasa de ser una noticia meramente judicial o serlo también desde el punto de vista del consumidor y de las entidades financieras. Estos son los datos:

Sebastián Sastre es abogado y desde 1969 trabaja para entidades financieras: Banco Atlántico, Banco de Europa y desde 1985 y durante más de 25 años, director ejecutivo de la asesoría jurídica de La Caixa y secretario del Consejo de Administración  de distintas empresas del grupo “La Caixa”.

Durante su etapa como jefe de la asesoría jurídica en La Caixa, y en el desempeño de sus funciones, figura como responsable del contenido, en nombre de la caja, de los productos financieros la misma que ofrece, como éste de renta fija y deuda subordinada.

En este mismo desempeño, ha defendido a la entidad con los correspondientes documentos y argumentaciones frente a las reclamaciones de los consumidores clientes de la misma, por ejemplo en este escrito respecto de una reclamación por un swap ante el Banco de España, fechado en 2010, en el que se alega que este producto era adecuado para el reclamante, cliente minorista de la caja (enlace obtenido desde este blog).

Tiene una posición doctrinal de cierto prestigio en su ámbito jurídico, pero claramente escorada hacia la posición de los bancos frente a los clientes. Pasa por ser el introductor en España del pagaré en blanco como garantía de cumplimiento de un contrato de préstamo mercantil, el cual, prescindiendo de detalles técnicos, es un mecanismo que ofrece enormes ventajas a los bancos frente y en perjuicio de sus clientes, parte débil, y que el autor de este artículo, en sus conclusiones, considera que es una figura en fraude de ley y claramente abusiva.

Se da la circunstancia de que todos los candidatos finalistas para el puesto, excepto el elegido, eran catedráticos; el nuevo magistrado tiene la categoría de profesor titular.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo es también la competente para conocer de los asuntos de  Derecho Mercantil, y ello incluye todos los polémicos asuntos acerca de comercialización de productos financieros a consumidores, como preferentes, swaps y estructurados: Y también temas como la determinación del carácter abusivo o no de la cláusula suelo en las hipotecas o de los a veces muy elevados intereses moratorios.

No voy a prejuzgar ni criticar algo que no se ha producido, como es la posición que adoptará el nuevo magistrado en estos asuntos o en otros en los que puedan estar implicados entidades financieras y consumidores. Pero con los datos que ya tenemos sí se pueden hacer algunas consideraciones y preguntas, tanto de presente como de futuro. Juzgar es una actividad compleja y sutil que exige del juzgador un análisis y un discurso racionales que le permitan valorar el caso concreto para ofrecer una solución justa y conforme al ordenamiento jurídico. En este interesante artículo se analizan lo que se denominan sesgos cognitivos  en el ámbito judicial, es decir procedimientos mentales de simplificación que tienden a reducir la complejidad de la información recibida de modo que sea posible tomar decisiones de forma eficiente. Uno de ellos es el llamado sesgo de confirmación“Este proceso mental se caracteriza por la tendencia del sujeto a filtrar una información que recibe, de manera que, de forma inconsciente, busca y sobrevalora las pruebas y argumentos que confirman su propia posición inicial, e ignora y no valora las pruebas y argumentos que no respaldan la misma. El sesgo de confirmación es una tendencia irracional a buscar, interpretar o recordar información de una manera tal que confirme alguna de nuestras concepciones iniciales o hipótesis. La evidencia de que el juez instructor se ve afectado por este sesgo ha llevado al legislador separar las funciones instructora y decisoria, de manera que, el Juez que instruye una causa, no puede fallar sobre la misma.

Cuando al TS lleguen cuestiones derivadas de enfrentamientos judiciales entre entidades bancarias y consumidores, parece realmente muy complicado que alguien con esta actividad profesional sea capaz de obviar todo su pasado y de evitar este sesgo congnitivo. Ha estado asesorando sobre productos financieros y creando su estructura legal; ha defendido a la entidad con argumentación jurídica en todas las instancias; ha creado líneas de defensa analizando el Derecho desde el punto de vista de la caja y para su beneficio; tiene una posición doctrinal legítima, pero militante en la defensa de los intereses de los bancos (y por tanto en contra del cliente reclamante)… En aquellos asuntos en los que una parte sea un banco y otra un consumidor, aún cuando quisiera librarse del peligro del sesgo de confirmación ¿sería posible abdicar de la perspectiva de toda una vida? El artículo 219.13 LOPJ prevé como causas de abstención o recusación  “haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo”. Si llega al TS una reclamación por un swap de La Caixa ¿se abstendría? ¿Y si es de Banco Santander? ¿Y si es de BBVA pero los argumentos empleados provienen inicialmente de La Caixa? ¿Y si los argumentos de una de las partes, la bancaria, son directamente obra intelectual del nuevo magistrado? ¿Y si no son suyos pero sí de compañeros de otras entidades con los que ha hablado e intercambiado ideas sobre estos temas en las reuniones sectoriales? ¿Y si son de Unicaja pero los argumentos que utiliza el consumidor son los mismos que ya ha rebatido en escritos como asesor jurídico de La Caixa?… ¿Es oportuna esta elección? ¿Qué mensaje se está ofreciendo?

Hay una famosa crítica de una obra de teatro de hace unas décadas que simplemente dijo: “Ayer, en el teatro *** se estrenó la obra ***. ¿Por qué?”.

Por qué, efectivamente, ésta es la cuestión. No era el único candidato.

El nombramiento por parte del CGPJ se ha producido por 13 votos a favor en segunda votación.Al respecto caben dos posibilidades. La primera constituye el supuesto ideal: los integrantes del Consejo, de manera independiente, sin aceptar ninguna presión, valorando exclusivamente los méritos de todos los candidatos y su aptitud para servir a la sociedad de manera adecuada en un puesto de tanta responsabilidad, han optado por este candidato. El problema es que hemos llegado a una situación de descreimiento tal que esta primera posibilidad, tal y como la he formulado, si no se aclara que se está proponiendo en serio, parece que se está siendo sarcástico. Nadie sostiene seriamente que el CGPJ, en las decisiones de importancia política, actúe con criterios de bien común, eficacia y excelencia. Por el contrario, como hemos expuesto en muchas ocasiones en este  blog, aquí y aquí por ejemplo, está completamente politizado, esto es, sometido a los intereses de esa élite extractiva que conforman los partidos mayoritarios y sus terminales de la que habla César Molinas.  Pero vamos, tampoco es un secreto, el mismo presidente del CGPJ, Gonzalo Moliner, admite que es un órgano politizado, dándole un sentido positivo a la expresión, pero se olvida de añadir que la política que hace no es la que interesa al Poder Judicial y a la defensa de su independencia, sino la que le dicta el establishment político. 

La segunda posibilidad es, sencillamente, la contraria: el nombramiento no ha sido hecho exclusivamente con criterios técnicos, sino políticos, de conveniencia de los integrantes de la enquistada clase política y económica que tenemos en España, entre los que existe una indiscutible relación de apoyo y defensa mutuos. Y es evidente que así ha sido. Una cosa es no prejuzgar el futuro y otra ser un ingenuo.  Como dijo ayer mismo el coeditor Rodrigo Tena hablando de otro Rodrigo (Rato) en este post, “el conglomerado político financiero que controla este país no responde de nada, ya sean políticos-empresarios o empresarios-políticos. Se indultan unos a otros, se contratan unos a otros, se colocan unos a otros”

Quizá habría que añadir que también se juzgan unos a otros.
Artículo también publicado en:

miércoles, 5 de agosto de 2015

Hipotecas multidivisas, un problema tan grave como el de las preferentes




Hipotecas multidivisas, un problema tan grave como el de las preferentes

El Tribunal Supremo considera que son productos cuyos riesgos exceden de los que tienen los préstamos hipotecarios y que las entidades financieras estaban obligadas a informar a sus clientes

Patricia Gabeiras

Las hipotecas multidivisas están causando un problema social tan preocupante como el provocado por la comercialización de las preferentes. Sin embargo, su denuncia no ha llegado a calar del mismo modo en los medios de comunicación. Esta situación, seguro, cambiará a partir de ahora, ya que el Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre estos complejos productos financieros reconociendo que estamos ante productos cuyos riesgos exceden de los que tienen los préstamos hipotecarios convencionales y que las entidades financieras estaban obligadas a informar de dichos riesgos.

Una hipoteca multidivisa es en apariencia un simple préstamo con garantía hipotecaria en el que, sin embargo, concurre una diferencia esencial con los préstamos convencionales: no coincide la moneda efectivamente entregada en concepto de préstamo (euros) y la moneda a la que queda indexado el préstamo en la propia escritura; normalmente yenes o francos suizos. Por esta falta de coincidencia, el hipotecado, que además tiene en el euro su moneda funcional (en la que percibe sus ingresos y paga sus gastos ordinarios) tendrá que pagar el contravalor en euros del importe fijado en la divisa. Sea cual sea dicho contravalor, que variará en función de la evolución que tenga el tipo de cambio euro/divisa.

En la actualidad hay miles de ciudadanos sepultados bajo las hipotecas multidivisa que no saben qué hacer para salir del infierno en el que se encuentran. Y no pensemos que son ciudadanos “listillos” o “especuladores” de esos de los que se dice, de forma algo insolidaria, que “quieren duros a pesetas”, no, muy al contrario.

Por mi despacho han pasado personal de la limpieza del Ayuntamiento de Madrid, barrenderos, policías municipales y nacionales, bomberos, personal auxiliar de los aeropuertos, pilotos, médicos, etc. En definitiva, colectivos completos de ciudadanos, que cuentan normalmente con sueldos y nóminas seguras pero con nulos conocimientos financieros, a los que las entidades financieras se dirigieron en masa para venderles este producto que finalmente ha resultado ser perverso.

El gancho siempre era el mismo. El ahorro que la hipoteca multidivisa suponía en el tipo de interés a pagar. El Libor (tipo de interés al que se referencian las divisas) rondaba por aquella época el 1%, mientras que el Euribor había alcanzado las cimas más altas de la historia, llegando a estar el 5%.

El problema estaba, sin embargo, en lo que los bancos no contaban. Por un lado la mayoría de los hipotecados desconocían que la fluctuación de la divisa no sólo afectaba a la cuota, sino que también impactaba en el capital prestado, de tal modo que el saldo vivo en euros, que se correspondía con la cantidad efectivamente entregada, se recalculaba diariamente en función de la evolución del tipo de cambio al que se hubiese indexado el préstamo.
El otro aspecto esencial del que tampoco informaron, fundamentalmente porque era una información que no llegaba ni tan siquiera a las sucursales, era que la fortaleza del euro estaba muy cuestionada por los mercados financieros y que todas las entidades financieras mundiales estaban anticipando la más que probable revalorización de las divisas que servían de referencia: principalmente el yen y el franco suizo.

La opinión al respecto era tan unánime en el sector financiero que se puede afirmar que quien se hipotecó en divisas en aquellos años lo que estaba haciendo realmente era una apuesta contra todo el mercado financiero mundial. Apuesta que obviamente se nos presenta como un despropósito si, como es el caso, afecta a personas que sin ser expertas están viendo comprometida la vivienda en la que residen con sus familias.

No obstante, parece que estas personas van a poder ver, por fin, la salida al infierno en el que han vivido todos estos años. El Pleno del Tribunal Supremo ha sentado doctrina y reconoce que una hipoteca multidivisa es realmente un instrumento financiero derivado muy complejo sometido a las obligaciones de información recogidas en la Ley del Mercado de Valores y que impone a los bancos la obligación de cuidar de los intereses de sus clientes como si fueran propios.

Esta obligación significa, en el caso de las hipotecas multidivisa, que los bancos tendrían que haber informado de manera inmediata de las previsiones que había sobre la evolución de los tipos de cambio. De haber contado con dicha información ningún ciudadano en sus cabales habría aceptado suscribir una hipoteca multidivisa.

A pesar de que en el caso concreto enjuiciado el Tribunal Supremo no da finalmente la razón al reclamante, pues lo considera avezado en conocimientos financieros, sí que ha marcado la senda que permitirá reclamar a todas aquellas personas que en su día suscribieron este tipo de productos sin el debido asesoramiento y que hasta la fecha han sufrido en silencio sus dramáticas consecuencias.

Patricia Gabeiras Vázquez es doctora en Derecho y Master en Finanzas y Banca de Inversión

Fuente: http://elpais.com/elpais/2015/07/24/opinion/1437741353_797150.html

martes, 8 de enero de 2013

David contra Goliat: una pareja de jóvenes embarga al Banco Popular por cobrarles 9.000 euros de forma fraudulenta

La entidad firmó con la pareja un complejo contrato que se comió sus ahorros

El banco les endosó, apenas recien casados, con limitados ingresos y una hija pequeña a su cargo,  un swap en la firma de su hipoteca que les cargaba de gastos

A Rubén y Lourdes, apenas recién casados, con una niña pequeña y limitados ingresos —él es técnico de frío y ella administrativo— el Banco Popular les endosó en marzo de 2007 un swap —término sajón que se refiere a una compleja permuta financiera— en la firma del contrato de una hipoteca por importe de 160.000 euros para su vivienda. Rubén tenía entonces 25 años y Lourdes, 24. Ni remotamente sospecharon que entre rúbrica y rúbrica estaban aceptando, además del pago de 700 euros mensuales por los intereses de la hipoteca, un contrato referenciado —su valor depende del interés de otro valor de referencia— a un tipo variable, uno de los más complicados productos financieros del mercado y para el que se requiere una formación superior a la media, según el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Se trata de un contrato especulativo que comporta un riesgo para el que lo suscribe y que suele ofertarse a las empresas.

La joven pareja ourensana, que entonces iniciaba su vida en común, solo quería comprar una vivienda. Desconocía que estaba jugándose el dinero ahorrado. Y resultó que solo ganó el banco. Al cabo de un año, los jóvenes se quedaron de piedra cuando al analizar el extracto bancario comprobaron que, además de cobrarles puntualmente los intereses de la hipoteca, la entidad les había cargado 4.000 euros. Casi todos sus ahorros. “Pues podéis respirar, que hay clientes que se quedaron en número rojos”, los consolaron en la sucursal ourensana del Popular, recuerda Lourdes aún indignada. Empezaron entonces un largo periodo de pleitos que acaba de finalizar. Cinco años después aún no han recuperado el dinero, pero un juzgado ha ordenado, en sentencia firme, el embargo de las cuentas del banco para que recuperen la cantidad que les fue “fraudulentamente” sustraída, más intereses de demora: algo más de 7.000 euros.

 “No fue más que un fraude de libro con vicios de presunta actuación criminal”

“No fue más que un fraude de libro con vicios de presunta actuación criminal”, similar al caso de las preferentes, sostiene el abogado de la pareja, José Arcos, que acabó recurriendo al juzgado de primera instancia número 2 de Ourense que ha sentenciado la nulidad del contrato suscrito, después de que su demanda pasara sin pena ni gloria por la vía penal ourensana: se lo archivaron.

Cuando Rubén y Lourdes firmaron, sin ser informados de ello, el complejo contrato financiero aún no había estallado el escándalo de las preferentes; aún no se sabía que los entonces directivos de Novagalicia Banco estaban arruinando la entidad financiera y preparaban una dorada jubilación de cantidades estratosféricas; aún no había saltado por los aires el estado de Bankia. Pero los empleados de las entidades de crédito tenían los necesarios conocimientos para prever que el euríbor, entonces al alza, iba a caer en picado. “El banco utilizó información privilegiada en beneficio propio y en perjuicio de los clientes”, precisa el letrado.

Así consta, además, en la sentencia que declara nulo de pleno derecho el contrato que hizo perder sus ahorros a la joven pareja y que obliga al Banco Popular a devolver ese importe que les retiró a mayores de la cuota de la hipoteca. La magistrada considera “notorio” que la comercialización de estos productos financieros “se inició en masa en un periodo alcista del euríbor, en el año 2007-2008, seguido de una fuerte caída del mismo, de forma que las mayores beneficiadas han sido las entidades de crédito”. La juez precisa, además, que el banco sabía “cuál era la previsible evolución (bajista) de los tipos de interés” frente a la pareja afectada, que “por su formación, carece de especiales conocimientos financieros”.

El juzgado de primera instancia ourensano declaró en una primera sentencia, en junio pasado, “nulo de pleno derecho” el contrato suscrito entre estos clientes y el banco y obligó al Popular a devolver el dinero a la pareja. Entonces cabía recurso de apelación, pero la entidad financiera se hizo la sorda. Ni se molestó en recurrir. Un portavoz oficial de esta entidad ha eludido el requerimiento de este diario para ofrecer su punto de vista. “No hacemos valoraciones sobre nuestros clientes ni sobre cuestiones judiciales relativas a nuestros clientes”, precisó, obviando que la sentencia afecta al propio banco.

Pasado el plazo establecido sin que el banco hubiera dado síntomas de reingresar lo que la justicia había sentenciado, la magistrada ha ordenado embargar al Popular 9.000 euros. La única forma de que Rubén y Lourdes perciban los 7.409,89 en función de "intereses ordinarios y moratorios vencidos" y 2.223 euros más que "puedan devengarse de las costas de la ejecución" judicial.

Medio año después de ese auto, el pasado 2 de enero, el mismo juzgado ha emitido una resolución reclamando una"mejora de embargo sobre los bienes del Banco Popular Español SA," a la vista de la "insuficiencia de los bienes embargados con anterioridad". La resolución no especifica el motivo de esa ampliación de dinero ni la cuantía que reclama a mayores a la entidad. Solo deja claro que es "insuficiente" para la devolución de la parte que corresponde a los clientes del banco y para afrontar además el pago de las costas del juicio. Rubén y Lourdes, que tienen la sensación de haber estar luchando contra Goliat, aún no se lo creen.

Fuente:  http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/01/04/galicia/1357317415_064183.html

jueves, 13 de junio de 2013

EL FINAL DE LAS CLÁUSULAS SUELO. EL TRIBUNAL SUPREMO ELIMINA Y CONDENA A LA BANCA A NO UTILIZAR ESTAS CLÁUSULAS ABUSIVAS





Los jueces están complicando la vida a los bancos. Las últimas sentencias, tanto las de España como las europeas, están obligando a modificar sus normas y sus contratos, considerados en muchos casos abusivos. El último golpe, para una parte del sector, lo han recibido del Tribunal Supremo, que este miércoles aclaró en un auto una sentencia que ya había señalado el 9 de mayo que las cláusulas suelo (los topes aplicados a los intereses hipotecarios para evitar que se reduzcan llegado un límite incluso aunque baje el euríbor) no son válidas si su inclusión en el contrato del préstamo no fue completamente transparente. El efecto inmediato es que la cláusula suelo dejará de aplicarse en cientos de miles de hipotecas.

El tribunal dictó su sentencia el 9 de mayo tras un recurso presentado por Ausbanc. Este miércoles ha respondido a las aclaraciones solicitadas por el BBVA, Novagalicia y la cooperativa Cajamar. Estas tres entidades habían sido condenadas por aplicar estas cláusulas sin explicarlas con suficiente transparencia a sus clientes. La sentencia declaró nulas sus cláusulas por seis razones como la falta de información suficiente, de advertencias sobre el coste comparativo con otros productos, la relación entre suelo y techo...

La banca preguntó si se debían producir todas esas circunstancias a la vez o ya era nulo si existían algunas de ellas. La respuesta del Supremo ha sido clara: solo con que hubiera alguna, el contrato quedaba anulado.

El BBVA estaba esperando esta aclaración de los jueces para tomar medidas tajantes: anunció que dejará de aplicar las cláusulas suelo de las 425.000 hipotecas que tienen esta condición, con efectos desde el 9 de mayo. El suelo medio que aplica es del 2,8%. El euríbor está en el 0,50%, índice al que se suma entre 0,5 y un punto, de forma que para muchos clientes la medida supondrá un descuento de entre 1,8 y un punto en la hipoteca, una gran noticia para sus clientes.

Un ahorro medio de 82 euros al mes

El banco estima que con la situación actual del euríbor a un año la aplicación de esta medida reducirá los ingresos en unos 35 millones mensuales. Si se anualizara el cálculo, algo que no es exacto porque dependerá de la evolución del índice, la entidad ingresaría 420 millones menos, una cantidad muy alta teniendo en cuenta la caída de ingresos producida por la reducción de créditos. Teniendo en cuenta el número de hipotecas afectadas y el impacto para el banco, una simple división muestra que el ahorro medio para las hipotecas afectadas es de unos 82 euros mensuales, 988 euros al año. Obviamente, el impacto es mayor cuanto menores son los tipos de interés y viceversa.

Cajamar también anunció la supresión de esas cláusulas y falta por pronunciarse Novagalicia NCG Banco, la entidad controlada por el Estado. Fuentes financieras consideran que será muy difícil que no siga los pasos de las otras condenadas por lo difícil que resultará explicar que unos lo hacen y otros no. Novagalicia podría revisar contrato por contrato para determinar en cuál existe abuso. Sin embargo, esta decisión también podría provocarle una oleada de demandas por parte de los clientes, lo que se sumaría a la difícil situación que vive la entidad por las cuantiosas quejas de los ahorradores que invirtieron en preferentes.

Ahora la incógnita está en saber qué harán los competidores que no están afectados por la sentencia. “Jurídicamente no están obligados. Sin embargo, existen otras variables distintas de las jurídicas, como las comerciales y las reputacionales, que analizarán con cuidado los bancos con cláusulas suelo”, comenta un experto jurídico de una consultora que pide el anonimato.

En España hay unos 1,7 millones de hipotecas con cláusulas suelo, según los datos que se facilitaron al Senado en 2010. Eso supone casi una de cada tres hipotecas.

Lo que nadie duda es que desde el punto de vista comercial va a ser difícil de justificar estas cláusulas para otras entidades, y más en un sector donde la relación con los clientes se ha tensado mucho por la crisis y los rescates. Otros también apuntan de que lo que haga el BBVA afectará a todos por su alta cuota de mercado. Banco Santander y La Caixa, las otras dos mayores entidades españolas, no aplicaban cláusulas suelo a sus hipotecas.

Sin efectos retroactivos

La sentencia no tiene efectos retroactivos, por lo que no afectará a los pagos ya efectuados. Es decir, los bancos no devolverán lo cobrado de más a los clientes en aplicación de unas cláusulas que el Supremo ahora considera nulas. El presidente de la asociación de usuarios de bancos, cajas y seguros Adicae, Manuel Pardos, considera que el Supremo debería sentar doctrina también sobre los resarcimientos por cláusulas suelo ilícitas incluidas en contratos hipotecarios y auguró posibles demandas colectivas.
El auto indica, además, que los suelos son nulos incluso si el cliente se benefició “durante un tiempo” de caídas en el euríbor. Es decir, que aunque no se tratara al 100% de un plazo variable disfrazado de uno fijo (porque hasta llegar al suelo, si hubiera existido alguna variación de los intereses), también puede ser anulada.
El Supremo añade también que meros “formalismos carentes de eficacia, como puede ser la lectura del contrato por parte del notario”, no pueden sustituir el “perfecto conocimiento” de todos los términos del contrato, imprescindible para que el consumidor decida si firma o no firma el contrato hipotecario. Otro golpe a la credibilidad de la banca.


Fuente:
http://economia.elpais.com/economia/2013/06/12/actualidad/1371056325_319530.html