martes, 3 de abril de 2018

El negocio de la enfermedad, artículo de Luisa Lores

 

Los medios de comunicación se han hecho eco estos días de un estudio realizado por la Fundación Pasqual Maragall (FPM) que concluye que es posible diagnosticar la Enfermedad de Alzheimer (EA) en personas sanas, mediante la detección de alteraciones cerebrales en Resonancia Magnética (RM), algo difícil de creer, ya que hoy por hoy no existe un diagnóstico certero de EA ni tan siquiera en personas con demencia establecida.

La enfermedad de Alzheimer no tiene tratamiento farmacológico hasta la fecha, ya que ninguno de los fármacos aprobados ha demostrado su eficacia, así que los responsables de la fundación podrían pretender:

1- Fichar a más sujetos para sus investigaciones

2- Presionar al sistema público para que implante un cribado de EA, mediante estudios genéticos y de RM, lo que abriría un importante nicho de negocio

3- Impedir el desarrollo futuro de la EA, con la mejora de los hábitos de vida de las personas con test positivo, como afirman en la FPM.

Por una parte, parece bastante improbable que personas a las que se les clasifica como de alta probabilidad de desarrollar EA disfruten de una vida saludable, debido a la “espada de Damocles” del miedo a la demencia sobre sus cabezas “sine die”. Por otra parte, el empeoramiento de los hábitos de vida afecta sobre todo a las personas con menos recursos, que no disponen de tiempo, medios ni de información suficiente para disminuir su sedentarismo, evitar los riesgos laborales, o mejorar la alimentación y la calidad del aire que respiran, lo que está suponiendo un franco deterioro de su salud.  Y finalmente es sumamente probable que una parte importante de estas personas no lleguen nunca a padecer la enfermedad y pasen a engrosar el ya numeroso grupo de quienes son sobrediagnosticados, y que sufren tratamientos y pruebas innecesarias con el consiguiente riesgo para su salud.

La indiferencia de los responsables sanitarios, la privatización y “americanización” del sistema y la ausencia de programas de promoción de la salud, están incrementando nuestras desigualdades, cada vez más similares a países sin SNS, con una disminución esperada de la esperanza de vida de hasta 10 años de unos españoles con respecto a otros, debido no solo al incremento de la EA sino también de la obesidad, la diabetes, la HTA, el cáncer, la cardiopatía isquémica o la depresión.

Pero sobre todo sorprende la preocupación por la salud pública de la fundación Pasqual Maragall, cuyo patronato está integrado por representantes de las grandes empresas catalanas, las escuelas de negocios y el capital riesgo. 

En el consejo de mecenazgo de la Fundación Pasqual Maragall se encuentran:
  • Los bancos más implicados en la privatización sanitaria, como el Banco Sabadell (Ribera salud) y La Caixa, (propietaria de Adeslas y Mutua Madrileña)
  • Las grandes constructoras, colaboradoras necesarias en la crisis del ladrillo que dejó a muchas de estas personas sin vivienda
  • La Fundación Ramón Areces, de “El corte inglés”, cada vez más interesado en el negocio sanitario, hasta el punto de que dispone de un consejo científico formado por farmacólogos y médicos vinculados a la sanidad pública
Las entidades” solidarias” con la fundación:
  • Aguas de Barcelona (AGBAR), gestora privada del agua pública y las eléctricas, responsables de la pobreza energética de la población más vulnerable, como las personas con EA
  • SarQuavitae, empresa del fondo francés PAI partners, que gestiona las residencias para mayores como negocio, no como servicio público, gracias a la inestimable colaboración del presidente gallego Nuñez Feijóo
  • La firma alemana de coches BMV, que no solo manipuló sus vehículos para esquivar los controles y así poder contaminar más de lo permitido, sino que colaboró en la escabrosa investigación realizada sobre jóvenes estudiantes, que respiraron diferentes concentraciones de dióxido de nitrógeno para comprobar los efectos en la salud humana de las emisiones de los coches. Curiosamente, cada vez existen más estudios que confirman la relación entre la EA y la inhalación de estos gases.
No parece probable que las empresas que están detrás de la Fundación Pasqual Maragall, con fuertes intereses comerciales y en parte causantes del empeoramiento de la calidad de vida de la población, tengan tanta preocupación por la salud pública, ni parece apropiado que se les permita publicitar informaciones sanitarias en los medios, con una base científica tan débil, sin tener en cuenta las graves consecuencias que pueden ocasionar.
 
Por favor, dejen en paz el sistema sanitario y la Sanidad Pública y dedíquense a sus negocios.
 
Luisa Lores es miembro de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública

domingo, 1 de abril de 2018

Sobre la privatización de la sanidad pública. Modelo Alzira, crónica de un fracaso

 

Modelo Alzira (Hospital de la Ribera), crónica de un fracaso anunciado

El modelo Alzira ha fracasado, pero todavía quedan numerosas concesiones por nuestro país que se mantienen apoyadas por gobiernos que no creen en el modelo público de gestión y que permiten que se mercantilice la sanidad. 

nuevatribuna.es | Pedro Lorente García

Este 1 de abril se materializará la reversión al sistema sanitario público del primer hospital de gestión privada, el hospital de Alzira que pasará a ser gestionado directamente por la Consellería Sanitat Universal y Salud Pública. Son momentos históricos para “el derecho a la protección de la salud” incluido en el artículo 43 de la Constitución Española. Vale la pena parar, reflexionar y aprender sobre las consecuencias que este modelo de gestión privada ha supuesto para la sanidad pública. 

En 1986 entró en vigor la Ley General de Sanidad, inspirada en el modelo Beveridge que dio origen al Sistema Nacional de Salud en diferentes países como Reino Unido, países nórdicos y España entre otros. La financiación de la sanidad pública en estos sistemas de salud, procedía directamente de los impuestos a través de los Presupuestos Generales del Estado, con una asistencia sanitaria prestada en condiciones de universalidad, equidad y gratuidad. En España este modelo sustituía al modelo franquista de sanidad fundamentado en una sanidad para los asegurados. La rápida mejoría de los resultados de salud de la población a un coste social aceptable demostró la eficiencia del sistema nacional de salud español, aumentó la esperanza de vida de los ciudadanos y consolidó el denominado “Estado de bienestar”.

Sin embargo el Sistema Nacional de Salud Español, desde sus comienzos, manifestó una contradicción: un sistema público de salud financiado a través del esfuerzo colectivo de una sociedad, pero al mismo tiempo rodeado de un sistema capitalista de libre mercado que lo observaba como una oportunidad de negocio. Esta problemática afectó también a los sistemas sanitarios europeos públicos, provocando en la década de los 80-90 su mayor liberalización (véase Holanda, Reino Unido, Alemania..). Las tensiones fueron en aumento y la mercantilización de la sanidad española también. En 1991, con el PSOE en el gobierno, en un informe redactado por una comisión presidida por Fernando Abril Martorell y presentado en el Congreso de los Diputados (Informe Abril), se marcó la hoja de ruta para privatizar la Sanidad Pública. Este informe fue muy criticado por lo que fue relegado a un aparente olvido alejado de la opinión pública, pero sus medidas se han ido aplicando en las últimas décadas. Ejemplo de ello son las normativas privatizadoras como la “Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud “(VI legislatura del gobierno del PP), que abrió las puertas a la participación privada en la gestión de la asistencia sanitaria. Estas normativas debilitaron los principios de la Ley general de Sanidad y el Sistema Nacional de Salud y tuvieron su culminación en el “RD 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud”, que supone el fin de la universalidad al volver al modelo de asegurado y legitima el inefectivo impuesto a la enfermedad también llamado “copago”.

Por supuesto, durante todo este tiempo, a los ciudadanos les llegaban innumerables mensajes de justificación de las bondades de las normas que enmascaraban la mercantilización y el negocio de la salud. No era el único engaño que vivimos, con los años también pudimos descubrir que la financiación irregular y la corrupción se habían convertido en un problema político para este país, que junto la crisis económica y las políticas de recortes debilitaron más nuestro sistema sanitario público. La respuesta a esta situación fue organizándose progresivamente, encontrando en las Asociaciones de Defensa de la Sanidad Publica una valiosa herramienta para desenmascarar el engaño y combatir el desconocimiento que sustenta el desmantelamiento del modelo sanitario público. El esfuerzo durante estos años ha permitido que la sociedad comprenda que la sanidad no es un negocio, sino un derecho fundamental por encima de los intereses del mercado. 

El Hospital de la Ribera (o de Alzira ) fue el primer hospital español en régimen de concesión administrativa. Su modelo financiero fue de pago capitativo frente al pago por procesos. El pago capitativo consiste en que la Administración pacta con la empresa una cantidad a pagar por cada habitante del área de salud y por año, tanto el paciente lo utilice o no. Si piensan bien observarán que la tasa de beneficio será mayor para la empresa si no se usa. Reducir al máximo el gasto del paciente ”per capita” y aumentar lo posible el pago por procesos de pacientes de fuera del área de salud se convirtió en una práctica habitual. Además se le concedió la libertad al hospital de atender a ciudadanos de fuera de su área sanitaria para incrementar su facturación. Ejemplo de lo anterior fue que Alzira vivió una oportunidad única en el tema de los partos. El hospital contrató numerosos anestesistas para ofrecer anestesia epidural las 24 horas a las parturientas de otros departamentos cercanos y cobrar así un extra por procesos (más beneficioso). La Conselleria gestionada por el PP, colaboró con la idea y así, durante un tiempo, se redujo la contratación de anestesistas en otros hospitales cercanos (Alcoi, Xàtiva, Gandia y Ontinyent) para desempeñar esta prestación. Las tasas de partos atendidos en Alzira nunca se correspondió ni con el peso de la población adscrita ni con el aumento del número de nacimientos en esa misma población. Mientras que el incremento de alumbramientos atendidos en el resto de hospitales públicos de la Conselleria de Sanitat fue del 0,7%, en Alzira aumentó un 37%.

El modelo Alzira no habría durado tantos años sin la colaboración necesaria de las autoridades sanitarias que aceptaron un aumento de la cantidad “per cápita” pagada y permitieron la facturación por procesos los pacientes de otros departamentos. Por ejemplo, en 1999 la Administración fijó una cantidad de 204€ por habitante y año del área de salud. Posteriormente el Gobierno Valenciano aumentó el censo unos 11.000 habitantes para asegurar su viabilidad, pero el modelo no funcionaba. En los años posteriores, el hospital admitió pérdidas a pesar de que una gran parte de su facturación provenía de la atención de pacientes no adscritos a su área de salud (en los que cobra por procesos), y a pesar que el pago capitativo subió por encima de otras áreas autonómicas con similar población. El modelo se hundía a pesar de los numerosos intentos de la administración de reflotarlo. En 2003 la Consellería de Sanitat rescindió el contrato y preparó un nuevo contrato a medida de la empresa concesionaria, donde se privatizó también la gestión de la atención primaria. Esta decisión supuso que Consellería gastara aproximadamente el 40% del presupuesto para nuevos centros públicos en un único departamento de salud de gestión privada. Además , la Generalitat abonó a la empresa 25 millones de euros adicionales como “indemnización para cubrir el supuesto lucro cesante” por los años aún restantes de concesión, liberando a la empresa de una obligación por no ser rentable y compensándola por el dinero que dejaría de ganar al no seguir con un negocio en quiebra técnica. Es sorprendente que los gestores del modelo Alzira tampoco informen cuando hablan de la rentabilidad del modelo que los gastos per cápita de Salud Pública y de Transporte Sanitario son cubiertos por la Consellería y que su personal sanitario trabaja unas 200 horas más al año por un 15% menos de salario como apuntan numerosas informaciones.

Queda pues suficientemente aclarado que el modelo Alzira ha supuesto un ingente e ineficiente consumo de los recursos sanitarios. Los valiosos recursos que durante estos años se han empleado en la concesión privada se han dejado de emplear en el resto de departamentos, limitando el desarrollo sanitario de los mismos. Esta es la verdadera tragedia que el modelo Alzira ha supuesto para la sanidad valenciana. El modelo Alzira ha fracasado, pero todavía quedan numerosas concesiones por nuestro país y en el extranjero que se mantienen apoyadas por gobiernos que no creen en el modelo público de gestión y que permiten que se mercantilice la sanidad. La reversión del Hospital de Alzira cuestiona y hace tambalear todo el modelo de gestión privada de la Sanidad Publica, muchos servicios sanitarios de otras Comunidades Autónomas y de otros países observan con interés la reversión. Con el fin de esta concesión, la sociedad valenciana ha conseguido transmitir al resto un claro ejemplo de justicia frente a los mercados y de protección de la salud: La sanidad no está en venta.

Pedro Lorente García | Médico especialista. Miembro de la Asociación Ciudadana de defensa de la Sanidad Pública. ACDESA-PV.

martes, 27 de marzo de 2018

Viajes combinados: el Gobierno remite a las Cortes Generales el proyecto de Ley por la que se modifica la Ley de Consumidores y Usuarios




APROBADO EL PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE MODIFICA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LGPDCU Y OTRAS LEYES COMPLEMENTARIAS PARA TRASPONER LA DIRECTIVA COMUNITARIA REGULADORA DE LOS VIAJES COMBINADOS Y SERVICIOS DE VIAJE VINCULADOS

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, con objeto de transponer la Directiva (UE) 2015/2302 relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados.

Esta Directiva incrementa la protección de los viajeros, contempla la nueva forma de contratación a través de Internet, al tiempo que aumenta la transparencia, introduce nuevos conceptos y amplia el ámbito de aplicación a los servicios de viaje vinculados, cubriendo las lagunas legislativas existentes. 

Información precontractual normalizada en toda la UE 

El principal objetivo de estas modificaciones es elevar el nivel de protección de los derechos de los viajeros, ya que, como novedad, recibirán toda la información esencial sobre el viaje combinado antes de celebrar el contrato, existiendo unos formularios normalizados a nivel europeo para facilitar dicha información precontractual. Estas son las otras principales ventajas para los viajeros:
  • Siempre habrá como mínimo un empresario responsable de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos en el contrato.
  • Se proporcionará a los viajeros un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedan contactar con el organizador o en su caso con el minorista.
  • Los viajeros podrán ceder el viaje combinado a otra persona, con un preaviso razonable y, en su caso, con sujeción al pago de gastos adicionales.
  • El precio del viaje combinado solo se podrá aumentar si se producen gastos específicos (por ejemplo, en los precios de combustible) y está expresamente estipulado en el contrato, y en ningún caso en los últimos 20 días anteriores al inicio del viaje combinado.
  • Si el aumento de precio excede del 8 por 100 del precio del viaje combinado, el viajero podrá poner fin al contrato. Si el organizador se reserva el derecho de aumentar el precio, el viajero tendrá derecho a una reducción del precio si disminuyen los gastos correspondientes.
  • Los viajeros podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y obtener el reembolso completo de todos los pagos realizados si se modifica sustancialmente alguna de las principales características de los servicios del viaje combinado.
  • Si el empresario responsable del viaje combinado lo cancela antes de su inicio, los viajeros tendrán derecho al reembolso de los pagos realizados y, cuando proceda, a una compensación.
  • En circunstancias inevitables y extraordinarias, por ejemplo en caso de que en el lugar de destino existan graves problemas de seguridad que puedan afectar al viaje combinado, los viajeros podrán poner fin al contrato antes del inicio del viaje combinado sin pagar ninguna penalización.
  • Además, los viajeros podrán poner fin al contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado mediante el pago de una penalización que será adecuada y justificable.
  • Si, después del inicio del viaje combinado, no pueden prestarse una proporción significativa de los servicios de viaje, deberán ofrecerse al viajero fórmulas alternativas adecuadas, sin coste adicional.
  • Los viajeros podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y el organizador o, en su caso, el minorista, no consiga solucionar el problema.
  • Los viajeros también tendrán derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.
  • El organizador y el minorista deberán proporcionar asistencia al viajero en caso de que este se encuentre en dificultades.
  • Si el organizador o el minorista incurre en insolvencia, se procederá al reembolso de los pagos. En caso de que el organizador o, en su caso, el minorista incurra en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los viajeros
  • Los viajeros contarán con un periodo de desistimiento de 14 días si has comprado el viaje fuera del establecimiento mercantil.
  • Los viajeros tendrán derecho al reembolso del dinero en 14 días cuando se ponga fin al contrato.
Nuevo modelo empresarial: servicios de viaje vinculados 

Este Proyecto de Ley regula, como novedad contractual, una nueva figura denominada servicios de viaje vinculados, que constituyen un nuevo modelo empresarial alternativo que a menudo compite con los viajes combinados, que hacía necesaria una nueva regulación para que todas las empresas que tienen actividad en la venta de servicios de viaje compitan en las mismas condiciones y con las mismas garantías. Un ejemplo de este último modelo de negocios sería el que con motivo de una compra de un billete de avión a través de internet, nos envían un enlace con una oferta de un hotel y clicleando en dicho enlace contratamos una estancia en el mismo.

La diferencia con los viajes combinados es que estos se contratan habitualmente con el mismo empresario, mientras que los servicios de viaje vinculados se contratan siempre con diferentes empresarios.

En este caso, la principal ventaja para los consumidores es que con este proyecto de ley el primer empresario con el que contratas, que actúa como facilitador de la segunda contratación, está obligado a constituir una garantía para la insolvencia de ambos servicios. 


domingo, 25 de marzo de 2018

Contratación pública. Propuesta para incorporar cláusulas sociales en favor de trabajadores y consumidores


IU reclama que la nueva ley de contratación pública incorpore más cláusulas sociales

Cargos públicos de la formación de izquierdas abanderarán la extensión de dichas cláusulas

Los ayuntamientos gobernados por IULV-CA así como los grupos municipales que estén en la oposición deberán "abanderar" la aplicación de cláusulas sociales en las contrataciones e ir "más allá" en la defensa de las mismas.

De esta manera ha cerrado la responsable de Política Institucional de IU, Teresa Sánchez, la primera Mesa Municipalista que ha celebrado en Málaga la organización de izquierdas y que ha tenido como tema monográfico la nueva Ley de Contratación Pública. A ella han acudido alcaldes y concejales que han conocido más sobre esta nueva ley, "que afecta a la actividad económica de los municipios de muy diversas formas".

Sánchez ha asegurado que pretenden que esta ley "no se quede en el apartado económico, sino que incorpore ventajas con cláusulas sociales de defensa del trabajador y los consumidores".

Entre los ponentes han participado la presidenta de Facua Málaga, Lola García; el secretario de FESP-UGT Málaga, Francisco Martínez Jiménez, y Rafael Rodríguez, abogado experto en la materia.

Rodríguez ha destacado que una de las novedades es considerar la contratación pública como un instrumento esencial, ya que representa el 20 por ciento del Producto Interior Bruto (PIB) y ha destacado que el criterio social y medioambiental se articula a lo largo de toda la norma.

Por su parte, Francisco Martínez, ha advertido de que sin cláusulas sociales "se olvida a los trabajadores", poniendo como ejemplo casos donde la adjudicación del servicio no había tenido en cuenta los costes laborales. Desde UGT, ha añadido, se han lanzado algunas propuestas, como es la discriminación positiva de empresas que tengan siniestralidad cero o que respeten la igualdad de género en contratación y salarios.

La presidenta de Facua ha alertado de que la nueva ley no ha tenido en cuenta a los consumidores pese a que "su inclusión en la misma es fundamental para al defensa de los ciudadanos". Por ello, ha invitado a los cargos públicos de IU a promoverlas.

También ha aportado algunos ejemplos de cómo defender al consumidor en los contratos públicos, premiando, por ejemplo, a las empresas que incluyen elementos de defensa del consumidor, como someterse a la Junta Arbitral de Consumo.

Sánchez ha trasladado a alcaldes y concejales la necesidad de que en sus respectivos municipios se genere un debate participativo sobre la inclusión de las cláusulas sociales en función de las necesidades y en el que estén presentes los vecinos y agentes sociales.

"Estos acuerdos podrían ser refrendados por el pleno y convertirse en la guía de la contratación sostenible de nuestros municipios", ha expuesto la dirigente provincial, quien ha incidido en que la contratación pública "debe entenderse como una herramienta para mejorar la calidad de vida de nuestros vecinos, para generar empleo y apoyar sectores con conciencia social, medioambiental y otros ejes de nuestra apuesta política".
IU reclama que la nueva ley de contratación pública incorpore más cláusulas sociales EUROPA PRESS 24.03.2018 MÁLAGA, 24 (EUROPA PRESS) Cargos públicos de IU reunidos en mesa municipalista sobre ley contratación publ Cargos públicos de IU reunidos en mesa municipalista sobre ley contratación publ IZQUIERDA UNIDA Los ayuntamientos gobernados por IULV-CA así como los grupos municipales que estén en la oposición deberán "abanderar" la aplicación de cláusulas sociales en las contrataciones e ir "más allá" en la defensa de las mismas. De esta manera ha cerrado la responsable de Política Institucional de IU, Teresa Sánchez, la primera Mesa Municipalista que ha celebrado la organización de izquierdas y que ha tenido como tema monográfico la nueva Ley de Contratación Pública. A ella han acudido alcaldes y concejales que han conocido más sobre esta nueva ley, "que afecta a la actividad económica de los municipios de muy diversas formas". Sánchez ha asegurado que pretenden que esta ley "no se quede en el apartado económico, sino que incorpore ventajas con cláusulas sociales de defensa del trabajador y los consumidores". Entre los ponentes han participado la presidenta de Facua Málaga, Lola García; el secretario de FESP-UGT Málaga, Francisco Martínez Jiménez, y Rafael Rodríguez, abogado experto en la materia. Rodríguez ha destacado que una de las novedades es considerar la contratación pública como un instrumento esencial, ya que representa el 20 por ciento del Producto Interior Bruto (PIB) y ha destacado que el criterio social y medioambiental se articula a lo largo de toda la norma. Por su parte, Francisco Martínez, ha advertido de que sin cláusulas sociales "se olvida a los trabajadores", poniendo como ejemplo casos donde la adjudicación del servicio no había tenido en cuenta los costes laborales. Desde UGT, ha añadido, se han lanzado algunas propuestas, como es la discriminación positiva de empresas que tengan siniestralidad cero o que respeten la igualdad de género en contratación y salarios. La presidenta de Facua ha alertado de que la nueva ley no ha tenido en cuenta a los consumidores pese a que "su inclusión en la misma es fundamental para al defensa de los ciudadanos". Por ello, ha invitado a los cargos públicos de IU a promoverlas. También ha aportado algunos ejemplos de cómo defender al consumidor en los contratos públicos, premiando, por ejemplo, a las empresas que incluyen elementos de defensa del consumidor, como someterse a la Junta Arbitral de Consumo. Sánchez ha trasladado a alcaldes y concejales la necesidad de que en sus respectivos municipios se genere un debate participativo sobre la inclusión de las cláusulas sociales en función de las necesidades y en el que estén presentes los vecinos y agentes sociales. "Estos acuerdos podrían ser refrendados por el pleno y convertirse en la guía de la contratación sostenible de nuestros municipios", ha expuesto la dirigente provincial, quien ha incidido en que la contratación pública "debe entenderse como una herramienta para mejorar la calidad de vida de nuestros vecinos, para generar empleo y apoyar sectores con conciencia social, medioambiental y otros ejes de nuestra apuesta política".

Ver más en: https://www.20minutos.es/noticia/3297566/0/iu-reclama-que-nueva-ley-contratacion-publica-incorpore-mas-clausulas-sociales/#xtor=AD-15&xts=467263
IU reclama que la nueva ley de contratación pública incorpore más cláusulas sociales EUROPA PRESS 24.03.2018 MÁLAGA, 24 (EUROPA PRESS) Cargos públicos de IU reunidos en mesa municipalista sobre ley contratación publ Cargos públicos de IU reunidos en mesa municipalista sobre ley contratación publ IZQUIERDA UNIDA Los ayuntamientos gobernados por IULV-CA así como los grupos municipales que estén en la oposición deberán "abanderar" la aplicación de cláusulas sociales en las contrataciones e ir "más allá" en la defensa de las mismas. De esta manera ha cerrado la responsable de Política Institucional de IU, Teresa Sánchez, la primera Mesa Municipalista que ha celebrado la organización de izquierdas y que ha tenido como tema monográfico la nueva Ley de Contratación Pública. A ella han acudido alcaldes y concejales que han conocido más sobre esta nueva ley, "que afecta a la actividad económica de los municipios de muy diversas formas". Sánchez ha asegurado que pretenden que esta ley "no se quede en el apartado económico, sino que incorpore ventajas con cláusulas sociales de defensa del trabajador y los consumidores". Entre los ponentes han participado la presidenta de Facua Málaga, Lola García; el secretario de FESP-UGT Málaga, Francisco Martínez Jiménez, y Rafael Rodríguez, abogado experto en la materia. Rodríguez ha destacado que una de las novedades es considerar la contratación pública como un instrumento esencial, ya que representa el 20 por ciento del Producto Interior Bruto (PIB) y ha destacado que el criterio social y medioambiental se articula a lo largo de toda la norma. Por su parte, Francisco Martínez, ha advertido de que sin cláusulas sociales "se olvida a los trabajadores", poniendo como ejemplo casos donde la adjudicación del servicio no había tenido en cuenta los costes laborales. Desde UGT, ha añadido, se han lanzado algunas propuestas, como es la discriminación positiva de empresas que tengan siniestralidad cero o que respeten la igualdad de género en contratación y salarios. La presidenta de Facua ha alertado de que la nueva ley no ha tenido en cuenta a los consumidores pese a que "su inclusión en la misma es fundamental para al defensa de los ciudadanos". Por ello, ha invitado a los cargos públicos de IU a promoverlas. También ha aportado algunos ejemplos de cómo defender al consumidor en los contratos públicos, premiando, por ejemplo, a las empresas que incluyen elementos de defensa del consumidor, como someterse a la Junta Arbitral de Consumo. Sánchez ha trasladado a alcaldes y concejales la necesidad de que en sus respectivos municipios se genere un debate participativo sobre la inclusión de las cláusulas sociales en función de las necesidades y en el que estén presentes los vecinos y agentes sociales. "Estos acuerdos podrían ser refrendados por el pleno y convertirse en la guía de la contratación sostenible de nuestros municipios", ha expuesto la dirigente provincial, quien ha incidido en que la contratación pública "debe entenderse como una herramienta para mejorar la calidad de vida de nuestros vecinos, para generar empleo y apoyar sectores con conciencia social, medioambiental y otros ejes de nuestra apuesta política".

Ver más en: https://www.20minutos.es/noticia/3297566/0/iu-reclama-que-nueva-ley-contratacion-publica-incorpore-mas-clausulas-sociales/#xtor=AD-15&xts=467263

sábado, 24 de marzo de 2018

El rescate de las autopistas y la socialización de las pérdidas, de Marc Fortuño


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Viñeta: El Jueves


El rescate de las autopistas y la socialización de las pérdidas 

 Artículo de Marc Fortuño  publicado en El Blog Salmón 

Este año será el año del rescate de las autopistas. El pasado jueves 15 de marzo, el Ministerio de Fomento, a través de la empresa pública Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre SA (SEITTSA), asumió tanto la explotación como de mantenimiento de la autopista AP-36, en otras palabras, un rescate en toda regla.

Éste no es el único rescate de este año, sino que la AP-36 pasará a ser la tercera autopista de peaje que se revierte al Estado en lo que va de año. Recordamos que el pasado 21 de febrero, SEITTSA se hizo cargo de la explotación de la R4 entre Madrid y Ocaña (Toledo) y el 1 de marzo de la R2 entre Madrid y Guadalajara. Aquí no acaba la cosa, además de las autopistas mencionadas, está previsto que las autopistas AP-7 entre Cartagena-Vera y AP-7 Circunvalación de Alicante reviertan al Estado el próximo 1 de abril. 

¿Por qué se rescatan las autopistas? 

Muchos podrían pensar que si la explotación de un servicio no resulta rentable y se ve obligado a quebrar, no debería afectar a las arcas públicas o al bolsillo de los contribuyentes. No obstante, la legislación presente prima la socialización de las pérdidas para que puedan salir adelante los proyectos de obra pública. 

La razón por la que al quebrar la concesionaria el Estado se hace cargo de la autopista, la encontramos en la ley de Contratos del Sector Público. Se prevé que en el caso de que una concesión de una obra pública determinada en una fase de liquidación mediante concurso de proveedores, existe la obligación resolver el contrato de concesión y que la infraestructura revierta a la Administración Pública.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, traslada al ordenamiento jurídico español las Directivas emanadas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Estas directivas establecen lo siguiente: 

“Se entenderá por rescate la declaración unilateral del órgano contratante, adoptada por razones de interés público, por la que dé por terminada la concesión, no obstante la buena gestión de su titular, para su gestión directa por la Administración. El rescate de la concesión requerirá además la acreditación de que dicha gestión directa es más eficaz y eficiente que la concesional”.

Además, si la causa de la resolución del contrato se imputa a la Administración, deberá hacerse cargo del global del importe de las inversiones realizadas por razón de la expropiación de terrenos, ejecución de obras de construcción y adquisición de bienes que sean necesarios para la explotación de la obra objeto de la concesión, atendiendo a su grado de amortización. 

La factura del rescate 

Diez años después del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, aún vemos coletazos de lo que fue un despropósito en materia de obra pública en la que se persiguió construir lo que fuera, debido a las altas expectativas existentes en aquellos años, sobre una demanda que nunca llegó. 

Las concesionarias no han podido recuperar el importe que se invirtió en la construcción de estas autopistas con los peajes y, en consecuencia, tal y como dicta la ley, el Estado debe hacer frente al importe “no recuperado con la amortización”.

Ese importe en específico se trata de una estimación. Por parte del Gobierno, se estima que son 2.000 millones de euros, aunque los acreedores que financiaron estas autopistas elevan esta estimación hasta los 4.500 millones. Este diferencial se debe a que los bancos tienen deuda vinculada a las empresas concesionarias creadas para construir las autopistas. 

A pesar de que no conocemos el importe final que deberá repercutir a las arcas públicas, el Gobierno ha anunciado que plantea relicitar las autopistas. Con esta venta, se esperaría recobrar una cifra entre 700 y 1.000 millones de euros, por lo que las pérdidas ocasionadas podrían superar los 1.000 millones de euros. 

Los problemas vinculados a la obra pública 

Uno de los grandes problemas de la obra pública que hemos visto en los años del boom inmobiliario es que los responsables de la administración pública tienen incentivos en “sacar tajada” por designar una u otra concesionaria. 

Los casos de corrupción han sido varios en España, en los que predomina un denominador común, la administración contrata un servicio público a una empresa privada y parte de este contrato, es revertido a las arcas del partido político o bien del cargo que debe asumir la decisión. Este tipo de clientelismo y corruptelas varias suponen un incremento del coste del servicio para el contribuyente. 

Por otro lado, un elemento esencial es valorar el riesgo moral al que se incurre en el momento de emprender cualquier tipo de rescate. Si los beneficios se privatizan y las pérdidas se socializan ¿Dónde queda el riesgo de la actividad económica y la iniciativa privada? 

Si en el contrato de obra pública se especifica que la Administración Pública será la responsable de la parte pendiente de amortizar de la inversión, los incentivos perversos se acentúan. Por ejemplo, existen incentivos en incrementar el importe de la inversión, los llamados sobrecostes, y beneficiar a proveedores que muchas veces son sociedades participadas por las propias constructoras.

Tenemos varios ejemplos en el que el sobrecoste determinada obra pública se ha disparado. Por ejemplo, las autovías de Ibiza se presupuestaron en 12 millones de euros y acabaron costando 172 millones de euros (+1.333%), la terminal cuatro de Barajas se presupuesto en el proyecto inicial 1033 millones de euros aunque finalmente el coste del proyecto fue de 6.200 millones de euros (+500%). 

Las políticas de demanda lo aguantan todo y si el objetivo es construir y construir con la justificación de “mover el dinero” o de “reactivar la economía”, muchas veces no importa la eficiencia del proyecto o la viabilidad del mismo.

Cuando predomina el despilfarro, no solo se incurre en una deuda pública que deberán pagar los contribuyentes sino que se genera un elevado coste de oportunidad a nivel de optimización de recursos, es decir, todo lo que pudimos haber hecho y no hicimos por no ser eficientes, realizar sobrestimaciones en proyectos y en definitiva, por incurrir en clientelismos.

jueves, 22 de marzo de 2018

Rafael Jiménez Asensio: El delegado de protección de datos: perfil y encuadre en las organizaciones públicas





El delegado de protección de datos: perfil y encuadre en las organizaciones públicas (en especial en los entes locales)


Artículo de Rafael Jiménez Asensio,  Consultor de Instituciones Públicas y Catedrático (acreditado) de Universidad, publicado en La Administración al día (INAP)

Introducción

Faltan poco más de dos meses (el 25 de mayo de 2018) para la plena aplicabilidad del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril (en lo sucesivo RGPD), relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Mientras tanto, en paralelo, la tramitación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal (BOCG; Congreso de los Diputados, de 24 de noviembre, núm. 13-1; PLOPD, en lo sucesivo), que adapta (o, al menos, eso pretende) la Ley Orgánica anterior (15/1999, de 13 de diciembre) al nuevo marco normativo establecido en la Unión Europea, sigue su curso. Aunque todo apunta que no podrá estar aprobada esta Ley antes del 25 de mayo del presente año, pues cuando esto se escribe no han sido aceptadas las enmiendas a la totalidad en el debate al efecto que se ha realizado en el Congreso de los Diputados y aún se está en el trámite de presentación de enmiendas (con ampliación reiterada del plazo para presentar las mismas)(1), quedando pendiente su tramitación y aprobación en esta Cámara y la subsiguiente intervención del Senado (y, en su caso, el retorno otra vez a la Cámara baja). Poco tiempo para que vea la luz antes de la fecha indicada. Por tanto, el presente trabajo se centrará en la regulación del RGPD y hará alguna mención circunstancial al PLOPD, con la advertencia que la redacción final de la Ley que aprueben las Cortes Generales puede variar notablemente algunas partes de su contenido.

 La importancia del RGPD no puede ser puesta en cuestión. Aunque posteriormente pondré de relieve cuáles son algunos de sus precedentes, cabe subrayar ahora que la revolución tecnológica, en la que ya se encuentra inmerso el mundo actual, se caracteriza por la trascendencia que tienen los datos, también –aunque no solo- en la propia economía. Se ha dicho, por ejemplo, que los datos son el petróleo de la economía digital, pero eso no es completamente cierto, pues –tal como afirma Franklin Foer, “los datos son infinitamente renovables, no son finitos como el petróleo”(2). La amenaza a la identidad por el (mal) uso de los datos es obvia, por tanto. Para entender esa amenaza se pueden traer a colación muchas reflexiones, cada día más abundantes dentro del género de ensayo, pero sin entrar en una larga lista de citas sí que puede ser oportuno en estos momentos recordar lo que dijo en su día uno de los principales asesores de una de las grandes empresas que ejercen el monopolio o cuasi monopolio de Internet. Eric Schmidt, reconocía con toda su crudeza lo siguiente: “Sabemos dónde estás. Sabemos dónde has estado. Podemos saber más o menos lo que estás pensando”. El riesgo, por tanto, para la intimidad de las personas que representa esa acumulación de datos y ese cruce casi infinito de los mismos está meridianamente claro. Timothy Garton Ash, en un interesante libro, también nos lo ha recordado recientemente: “Ahora todos somos palomas como transmisor”. Y tambien nos recuerda unas palabras del experto en seguridad, Bruce Schneider, que se jactaba de que “la vigilancia es el modelo de negocio de Internet”, y concluía del siguiente modo: “”Nosotros construimos sistemas que espían a las personas a cambio de servicios”(3). Por tanto, queda meridianamente claro que el desafío real y tangible a la privacidad es ya un hecho, que se irá acrecentado con el paso del tiempo. Y las respuestas ante esta amenaza son complejas, pero cualquier solución al problema –como ha recordado recientemente el filósofo Luc Ferry en su última y recomendable obra(4)- pasa inevitablemente por la regulación. No hay otra vía. Por eso es de gran trascendencia el alcance que tiene la aprobación del RGPD, que representa un cambio cualitativo en el modo y manera de regular este ámbito de la protección de datos de carácter personal por las instituciones de la Unión Europea, como se verá de inmediato. 

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