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sábado, 1 de junio de 2013

El mundo, al revés. La CNMV, supervisor de la Entidades Financieras, culpa a los preferentistas por comprar un producto "no conveniente"



Elvira Rodríguez, Presidenta de la CNMV, sonríe a su llegada al Congreso de los Diputados

El primer informe de la Comisión creada por el Gobierno para proteger a los inversores, defiende a los bancos: dieron la información correcta . La presidenta de los consumidores discrepa: "Parece un documento destinado a justificar lo sucedido"

La presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez, suscribe en un informe enviado al Parlamento que los bancos y cajas de ahorros cumplieron sus "obligaciones de información a la clientela" sobre las características de las participaciones preferentes, "salvo casos puntuales".

Asimismo, subraya que, en algunas entidades, "el número de clientes que contrató el producto después de ser advertido de que la operación era 'no conveniente' fue muy elevado".

Estas conclusiones se incluyen en el primer informe, elevado al Congreso el pasado 21 de mayo, que ha elaborado la Comisión de Seguimiento del problema de las preferentes y la deuda subordinada. Este órgano fue creado por el Gobierno el pasado 22 de marzo, mediante Real Decreto, está presidido por la propia Elvira Rodríguez, e integrado además por el subgobernador del Banco de España, los secretarios generales de Sanidad y Consumo, y del Tesoro, y la presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios.

Esta última, Francisco Sahuquillo, ha emitido un voto particular al informe al considerar que no cumple el mandato recibido de analizar los factores generadores de las reclamaciones de los preferentistas, ni denuncia "las malas prácticas generalizadas" de los bancos y cajas, sino que "más bien parece un documento destinado a justificar lo sucedido". "En ciertos casos, guardar silencio es la mayor mentira", añade Sahuquillo.

Ello pese a que el decreto que crea la Comisión de Seguimiento se llama "de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero".

El informe de la Comisión analiza la comercialización de las preferentes y otros productos híbridos, que entre 1998 y 2012 alcanzó los 115.283 millones de euros, con más de 3 millones de suscriptores. Expone que, debido a que "algunos de los canjes ofrecidos a los inversores no ha permitido la recuperación de la totalidad de la inversión", se han incrementado exponencialmente a partir de 2012 las quejas de los pequeños ahorradores que han llegado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Como motivo más frecuente de las reclamaciones, se señalan dos: contradicción entre la información verbal del banco y la documentación del contrato, que llevaba al cliente a creer que era un producto carente de riesgo, similar a una imposición a plazo fijo; y atribución de la compra a una recomendación verbal del personal del banco, aunque sin acreditación documental que lo confirme o incluso con documentos que lo desmienten.

Para explicar la diferencia entre la información verbal y la contractual, el dictamen menciona "los incentivos económicos ligados a la venta de los activos" que tenían los empleados de las distintas sucursales de bancos y cajas. Es lo más próximo que se encuentra en el texto a una justificación de fondo de lo ocurrido.

Sobre el marco regulador y supervisor de estos productos, el informe dice que, en general, no tienen un tratamiento específico dentro de la normativa del mercado de los valores, y añade que "según el marco normativo español y europeo, existe libertad de emisión, aún en el caso de los instrumentos financieros mas complejos". En ese sentido, si con cada emisión se registra un folleto informativo exhaustivo por la entidad, "no puede prohibirse que se comercialicen entre inversores minoristas instrumentos financieros basándose en su complejidad o en que incorporen elevados niveles de riesgo".

El informe dedica una parte importante de su contenido a defender también la propia actuación supervisora que hizo la CNMV, y lo que denomina fomento de la transparencia y difusión de buenas prácticas, recogiendo folletos que emitieron advirtiendo de las características del producto en 2009, poco tiempo antes de la mayor emisión del ciclo, por valor de más 12.000 millones de euros, que se hizo recaer sobre todo en clientes minoristas cuando ya se había desatado la crisis económica y financiera mundial.

En relación a aquella masiva emisión de preferentes --que ha desencadenado muchas de las reclamaciones judiciales pendientes--, el documento señala que el trabajo de la CNMV fue revisar, con carácter previo al registro de la emisión, "persiguiendo una actuación preventiva", la documentación que se iba a entregar a los inversores y a la red comercial. Además, posteriormente, se revisó si las entidades habían cumplido con las obligaciones de información y valoración de la convenincia del cliente.

Las conclusiones sacadas por la CNMV son tres:

-En primer lugar, dice, "llama la atención que, en determinadas entidades, el número de clientes que contrató el producto después de ser advertido de que la operación era 'no conveniente' fue muy elevado. Esta circunstancia puso de manifiesto la necesidad de reforzar la normativa en lo relativo al consentimiento informado de los cliente".

-En segundo término, "el porcentaje de clientes a los que las entidades reconocen haber recomendado de manera personalizada la contratación de estos productos es absolutamente marginal".

-Y en tercer lugar, "por lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones de información de la clientela en la comercialización la conclusión es que, salvo casos puntuales, las entidades acreditan el cumplimiento de la normativa vigente, al menos desde la perspectiva de la documentación contractual que soporta la operación".
El informe añade que esta conclusión no es incompatible con las numerosas reclamaciones de los clientes de que la información verbal recibida era distinta a la documentación del contrato, ya que lo que hizo la CNMV fue analizar los procedimientos de los bancos y la documentación acreditativa de las operaciones. "La CNMV carece de elementos probatorios que permitan comprobar lo realmente ocurrido", señala el organismo supervisor.

El documento de la Comisión, que ha regulado recientemente las condiciones del arbitraje de Bankia, reconoce después que sólo los tribunales ordinarios de justicia tienen capacidad legal para obligar a las entidades supervisadas a compensar por los daños derivados de una deficiente comercialización.

En ese sentido, recoge los datos que la presidenta, tanto de la CNMV como de la Comisión, Elvira Rodríguez, facilitó este miércoles en el Congreso: que la Comisión tiene abiertas actuaciones disciplinarias a nueve grupos financieros por incumplimientos de la normativa en la comercialización de las preferentes y obligaciones subordinadas, que afectan a emisiones por importe de 6.212 millones de euros. Sin embargo, los expedientes no concluirán con la devolución del dinero a los perjudicados, sino que su finalidad, dice la Comisión, es "conseguir disciplina de mercado y que las malas prácticas no se reiteren en el futuro".

El voto particular de la presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios, Francisca Sahuquillo, critica el informe de la Comisión de la que ella misma forma parte al estimar que "niega el problema al considerar que se trata de una situación sobrevenida que surge con la materialización de los riesgos de los instrumentos híbridos como consecuencia de la crisis, cuando la raiz del problema no deriva de su instrumento, sino de su incorrecta comercialización entre la clientela minorista".

Para Sahuquillo, el dictamen omite que la Comisión ha aprobado unos criterios para el arbitraje, que tienen como presupuesto "un problema de malas prácticas generalizadas".

"En ciertos casos, guardar silencio es la mayor mentira", señala la responsable del Consejo de Consumidores, quien está convencida de que el gran número de reclamaciones demuestra que existe un problema de inadecuada comercialización. Y agrega: "La descripción de la normativa aplicable que se recoge en el informe es tan fria que se realiza al margen del problema existente con la comercialización de los híbridos financieros".

Sahuquillo se queja de que el informe defiende el buen funcionamiento como organismo supervisor de la CNMV, cuando tuvo lagunas y deficiencias y sólo actuó "a toro pasado". "En suma, el informe no cumple con el mandato recibido de analizar los factores generadores de las reclamaciones. Más bien parece un documento destinado a justificar lo sucedido". 

Fuente:  Público

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jueves, 5 de junio de 2014

Preferentes: un juez exige a un banco anular un contrato de preferentes con una pareja jubilada por desconocer lo que firmaban

 

Preferentes: un juez exige a un banco anular un contrato de preferentes con una pareja jubilada por desconocer lo que firmaban

El matrimonio tenía “plena confianza” y autorizaba lo que la entidad financiera les proponía

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vitoria ha condenado al Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria a anular un contrato de participaciones preferentes suscrito con una pareja de jubilados por desconocer lo que firmaban al no informarles sobre los riesgos para su inversión ni del carácter perpetuo del contrato.

El matrimonio suscribió durante los meses octubre y noviembre de 2004 sendos contratos de administración y depósito de valores, apertura de cuentas y un fondo de inversión, reembolso de participaciones de 5 de noviembre de 2004. La pareja, de avanzada edad con más de 70 años, contrató estos productos sin mayores explicaciones y sin conocimientos financieros porque tenían “plena confianza” en lo que el banco les proponía y porque anteriormente, ya habían suscrito otros productos. Por su parte, el banco alegó que ellos sabían lo que firmaban y los efectos del contrato, siendo correcta la comercialización.

El juez recordó la sentencia del TS de 6 de abril de 2006, donde señala que "La literalidad de los contratos no se imponen de manera absoluta cuando los términos de la relación no se presentan con la suficiente precisión y claridad, y resultan disconformes con la voluntad de los contratantes, pues ha de estarse a cuál fue la verdadera intención contractual (…)”. 

Por ello, el Juzgado condena al banco a abonar a la pareja 22.000 euros más los intereses correspondientes.

Acceder a la sentencia aquí

Fuente: Comunicación Poder Judicial

lunes, 1 de abril de 2013

Sobre la connivencia de los poderes públicos ante las prácticas abusivas bancarias: “Preferentes, deuda subordinada y dolo bancario”, artículo de Francisco J. Bastida






Preferentes, deuda subordinada y dolo bancario
Francisco J. Bastida 

La crisis financiera ha dejado al descubierto, entre otras muchas cosas, las prácticas abusivas de los bancos y la connivencia de los poderes públicos con el poder económico. Una pesadilla del peor liberalismo político y económico.

Los bancos han abusado de los suscriptores de hipotecas con cláusulas y prácticas contrarias a derecho, sin la oposición de ninguna autoridad económica, ni de notarios, registradores y jueces. Han tenido que ser las víctimas las que sacudiesen la conciencia jurídica de algunos jueces para que, al final, fuese el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el que ordenase abrir los ojos a tanto ciego institucional.

Además de prestar dinero alegremente, pero exigiendo garantías exorbitantes, bancos y cajas se han dedicado a captar los ahorros de sus clientes, abusando de su confianza. Primero fisgando en sus cuentas, un atentado a su intimidad, para saber la cuantía de sus ahorros y después llamándoles para invertir en unos productos rentables y convertibles; en algunos casos con fecha de vencimiento como si fuese un depósito a plazo fijo. En la inmensa mayoría de los casos los inversores prestaron su consentimiento sin una correcta información, en la que se ocultaban datos esenciales; uno en especial, que la inversión no era segura y que, por tanto, no eran clientes adecuados para esos productos. Siendo benévolos, se podría pensar que bancos y cajas actuaban ocultando los riesgos que corrían estos clientes (a los que halagaba con el trato de "preferentes"), en la creencia de que el peor de los escenarios, el colapso de estos productos híbridos, era muy improbable. Pero aun así, bancos y cajas han actuado no sólo de manera temeraria, sino con lo que en derecho penal se denomina "dolo eventual", es decir, no con el ánimo deliberado de perjudicar a sus clientes, pero sí con la voluntad de no dejar de captar sus ahorros ocultando el riesgo que corrían, incluso en el caso de que ese escenario improbable se hiciese realidad. Y la realidad se hizo presente, poniendo en evidencia la actividad dolosa de bancos y cajas, dejando maniatados a los que creían tener sus ahorros a salvo de cualquier contingencia, porque en cada extracto mensual aparecía su inversión anotada como "renta fija".

¿Qué es lo que hace el Gobierno? Desconocer la realidad y tratar el problema al más puro estilo liberal, como si los clientes de preferentes y de deuda subordinada fueran inversores duchos en estos productos, y no víctimas en masa de un consentimiento prestado con deliberada falta de información y con abuso de la confianza depositada en la entidad bancaria.

Las medidas adoptadas benefician al delincuente y no a la víctima, dejando a un lado la responsabilidad de las entidades bancarias. Pero es que para el Estado no hay delincuentes ni víctimas, sino, todo lo más, inversores poco diligentes e incluso negligentes, a los que desde el gobierno se les echa una mano, buscándole con tales medidas una buena salida.

La salida consiste en que las participaciones en preferentes y en deuda subordinada se canjeen por acciones de la entidad que las emitió. El canje puede ser voluntario o forzoso; en ambos casos con una sustancial pérdida segura o muy previsible del valor de lo invertido. Como se quiere ignorar el engaño inicial, se sigue con la comedia liberal de que todo se ha hecho desde el principio con absoluta trasparencia y que se va a seguir haciendo. Así, se habla de canje "voluntario", cuando, en realidad, se pone la pistola al pecho del inversor y se le advierte de la posibilidad de un canje forzoso mucho más gravoso. Ante tal amenaza, el que opta por el canje voluntario se encuentra con que debe pasar un test de idoneidad para ser accionista, o sea, una prueba que demuestre que tiene conocimientos suficientes de lo que significa ser accionista y el riesgo económico que ello significa. Hecho el test, el resultado es que no es un cliente idóneo para tal operación, porque el 99 por 100 de aquellos suscriptores ya no eran idóneos para los productos que de manera engañosa o desinformada adquirieron.

Pese a ello y para curarse en salud, tras el test con resultado negativo, la entidad bancaria pone a la firma del "voluntario", que opta por el canje como mal menor, un papel humillante. Debe firmar que, pese a no ser un cliente idóneo para convertirse en accionista, desea canjear su anterior inversión tóxica por acciones del banco. Además, para que no haya dudas, al lado de su firma debe escribir de su puño u letra: "no conveniente". Todo un atentado a la dignidad de la persona, que se ve, bajo amenaza de un mal mayor, en la necesidad de firmar que no le conviene un producto, pero que lo va a tomar. A esto se le llama vulneración del derecho fundamental a la integridad moral de las personas. No se le permite salvar con su firma que acepta el canje para evitar daños mayores, ni que se reserva las acciones legales para reclamar ante tal atropello. Sólo puede firmar: me han dicho que soy una persona prudente y que seré un temerario si compro las acciones, pero deseo hacerlo. Firmado: soy un imprudente.

Esperemos que los jueces españoles o europeos pongan freno a tanto latrocinio bancario en nombre del liberalismo, y que sea antes de que la lucha por la dignidad y los ahorros arrebatados se libre en otros ámbitos. Entre tanto, el principal depósito con el que cuentan los bancos, la confianza de sus clientes, se diluye con celeridad. Sin él los demás depósitos vuelan y eso es lo que están haciendo los ahorradores, que cada vez se sienten más chipriotas.

P.D.: ¿Los miembros de consejos de administración de bancos y, sobre todo, de cajas de ahorro, han pasado algún test de idoneidad para el cargo o simplemente firman que cobrarán sueldos e indemnizaciones millonarias sin responsabilidad alguna?

Francisco J. Bastida

Estradense. Catedrático de Derecho Constitucional

Fuente: Faro de Vigo

domingo, 13 de octubre de 2013

Preferentes: el Banco de España, ahora, se quiere hacer el bueno. Se difunde un correo electrónico en el que un directivo del BdE advertía a la CNMV sobre el riesgo de incentivar las preferentes



De no haberse tratarse de un fraude masivo que afectó a miles de ahorradores, el asunto daría risa por lo grotesco. 

El País, nos regala hoy esta deliciosa noticia -proveniente, a su vez, de la agencia EFE- y que encabeza con este titular

El Banco de España avisó a la CNMV del riesgo de incentivar las preferentes

Leyendo lo que viene a continuación nos enteramos que, al parecer, en 2010 un directivo del Banco de España, concretamente su Director General de Regulación, José María Roldán, envió un correo electrónico a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (no sabemos, a quién; bien podría ser desde un ordenanza al Presidente) manifestando su opinión sobre los nuevos requisitos que se proponían para la emisión de preferentes.

En dicho correo, el Sr. Roldán -que abandonó su cargo el mes pasado, después de ocuparlo durante 12 años- exponía, entre otras consideraciones, que  "la existencia de contratos de liquidez, sin duda una buena práctica, puede llevar a un cierto engaño, pues su existencia no implica que de manera automática e irreversible se mejore la protección del inversor minorista en todas las circunstancias".

La lástima es que todo haya quedado en un misterioso correo electrónico de cuya existencia nos enteremos después de la que ha llovido.... Como diría Forges ¡Paisss...! 

viernes, 25 de enero de 2013

El mundo, al revés. Novagalicia denuncia a varios clientes afectados por las preferentes por amenazas






Novagalicia Banco ha presentado diversas denuncias por amenazas y coacciones contra clientes que suscribieron participaciones preferentes con la entidad y cuyos ahorros se han esfumado.

Afectados por las preferentes de Novagalicia Banco han protagonizado en las últimas semanas diversos actos de protesta dentro y fuera de las oficinas de la entidad en la Comunidad gallega.

Algunos de ellos llevaron sus reivindicaciones al interior de la oficina central de Novagalicia Banco en Compostela, ubicada en la Plaza de Galicia, y al menos tres de ellos han sido denunciados por "supuestas amenazas y coacciones" a los empleados, según informa la plataforma de afectados por las preferentes de Santiago.

Según las mismas fuentes, la asesoría jurídica de la entidad comunicó la pasada semana por carta a dichas personas que las ha denunciado y que "desiste de la vía arbitraje" en sus casos.

"La carta parece intimidatoria a personas que protestaron en la oficina reclamando sus ahorros", sostienen desde la plataforma de afectados.

Al hilo de ello, han apuntado la paradoja de que la entidad presente denuncias supuestamente en defensa de sus empleados, "los mismos a los que va a aplicar un ERE y va a despedir".