sábado, 21 de abril de 2012

Sanidad Ambiental y Consumo. Reseña Legislativa (Semanas 03/12-16/12)




LEGISLACIÓN ESTATAL


Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista.

Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.

Real Decreto-ley 10/2012, de 23 de marzo, por el que se modifican determinadas normas financieras en relación con las facultades de las Autoridades Europeas de Supervisión.

Real Decreto-ley 9/2012, de 16 de marzo, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital.

Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio.

Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.

Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero.

Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, por el que se procede a la suspensión de los procedimientos de preasignación de retribución y a la supresión de los incentivos económicos para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de cogeneración, fuentes de energía renovables y residuos.

Real Decreto 601/2012, de 30 de marzo, por el que se dispone las operaciones e importes de las tasas en relación con los controles oficiales de productos de origen animal importados de países no comunitarios.

Real Decreto 494/2012, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas, para incluir los riesgos de aplicación de plaguicidas.

Real Decreto 456/2012, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Programa anual 2012 del Plan Estadístico Nacional 2009-2012.

Real Decreto 455/2012, de 5 de marzo, por el que se establecen las medidas destinadas a reducir la cantidad de vapores de gasolina emitidos a la atmósfera durante el repostaje de los vehículos de motor en las estaciones de servicio.

Real Decreto 448/2012, de 5 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Real Decreto 447/2012, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Real Decreto 449/2012, de 5 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Real Decreto 450/2012, de 5 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina.

Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Real Decreto 344/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Real Decreto 303/2012, de 3 de febrero, por el que se regula el Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Orden PRE/773/2012, de 16 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 1 de marzo de 2012, para la puesta en marcha del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las Entidades Locales.

Orden PRE/774/2012, de 16 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 22 de marzo de 2012, para la puesta en marcha del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las Comunidades Autónomas.

Orden HAP/583/2012, de 20 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2012, por el que se aprueba el plan de reestructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional estatal.

Orden IET/557/2012, de 14 de marzo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 957/2002, de 13 de septiembre, por el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos industriales que circulan en territorio español.

Orden IET/543/2012, de 14 de marzo, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben reunir los filtros de rayos ultravioleta destinados a ser instalados en el campo de visión del conductor en 180º hacia delante de los vehículos en servicio destinados a ser conducidos por personas diagnosticadas de lupus.

Orden PRE/466/2012, de 5 de marzo, por la que se deroga la Orden de 25 de julio de 2001, por la que se establecen límites de determinados hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aceite de orujo de oliva.

Orden PRE/370/2012, de 27 de febrero, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.

Orden ECC/335/2012, de 22 de febrero, por la que se modifica la Orden EHA/339/2007, de 16 de febrero, por la que se desarrollan determinados preceptos de la normativa reguladora de los seguros privados.

Orden IET/290/2012, de 16 de febrero, por la que se modifica la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008 en lo relativo al plan de sustitución de contadores.

Resolución de 11 de abril de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

Resolución de 14 de marzo de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

Resolución de 14 de marzo de 2012, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se publica el catálogo de organismos, entidades y empresas incluidos en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas.

Resolución de 27 de febrero de 2012, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se prolonga la eficacia de la Resolución de 7 de enero de 2010, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se prohíbe la comercialización y disposición en el mercado de cualquier producto que contenga dimetilfumarato.

Resolución de 16 de febrero de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

Resolución de 13 de febrero de 2012, de la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de enero de 2012, por el que se establece la cuantía del Módulo Básico Estatal para 2012 (Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012).

Resolución de 2 de febrero de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 30 de diciembre de 2011, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el periodo comprendido entre el 23 y el 31 de diciembre de 2011, ambos inclusive y en el primer trimestre de 2012.
Resolución de 24 de enero de 2012, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 18 de mayo de 2010, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por internet ante la Agencia Tributaria.


NORMATIVA EUROPEA

Reglamento (UE) no 322/2012 de la Comisión, de 16 de abril de 2012, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) no 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de clopiralida, dimetomorf, fenpirazamina, folpet y pendimetalina en determinados productos.

Reglamento de Ejecución (UE) no 307/2012 de la Comisión, de 11 de abril de 2012, por el que se establecen normas de desarrollo para la aplicación del artículo 8 del Reglamento (CE) no 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la adición de vitaminas y minerales y de otras sustancias determinadas a los alimentos.

Reglamento de Ejecución (UE) no 293/2012 de la Comisión, de 3 de abril de 2012, sobre el seguimiento y la notificación de los datos relativos a la matriculación de los vehículos comerciales ligeros nuevos de conformidad con el Reglamento (UE) no 510/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento de Ejecución (UE) no 294/2012 de la Comisión, de 3 de abril de 2012, que modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 669/2009 por el que se aplica el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal.

Reglamento (UE) no 225/2012 de la Comisión, de 15 de marzo de 2012, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la autorización de los establecimientos que comercializan para uso como piensos productos derivados de aceites vegetales y grasas mezcladas y en lo referente a los requisitos específicos de la producción, almacenamiento, transporte y detección de dioxinas en aceites, grasas y sus productos derivados.

Reglamento (UE) no 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) no 924/2009.

Reglamento de Ejecución (UE) no 222/2012 de la Comisión, de 14 de marzo de 2012, que modifica el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010, relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal, en lo que respecta a la sustancia triclabendazol.

Reglamento (UE) no 277/2012 de la Comisión, de 28 de marzo de 2012, por el que se modifican los anexos I y II de la Directiva 2002/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los contenidos máximos y los límites de intervención respecto a las dioxinas y los policlorobifenilos.

Reglamento (UE) no 278/2012 de la Comisión, de 28 de marzo de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 152/2009 en lo que respecta a la determinación de los contenidos de dioxinas y bifenilos policlorados.

Reglamento de Ejecución (UE) no 274/2012 de la Comisión, de 27 de marzo de 2012, que modifica el Reglamento (CE) no 1152/2009 por el que se establecen condiciones específicas para la importación de determinados productos alimenticios de algunos terceros países debido al riesgo de contaminación de dichos productos por aflatoxinas.

Reglamento (UE) no 270/2012 de la Comisión, de 26 de marzo de 2012, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) no 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, por lo que respecta a los límites máximos de residuos de amidosulfurón, azoxistrobina, bentazona, bixafen, ciproconazol, fluopiram, imazapic, malatión, propiconazol y espinosad en determinados productos.

Reglamento (UE) no 252/2012 de la Comisión, de 21 de marzo de 2012, por el que se establecen métodos de muestreo y de análisis para el control oficial de los niveles de dioxinas, PCB similares a las dioxinas y PCB no similares a las dioxinas en determinados productos alimenticios y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1883/2006.

Reglamento (UE) no 236/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, sobre las ventas en corto y determinados aspectos de las permutas de cobertura por impago.

Reglamento (UE) no 259/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 648/2004 en lo que se refiere al uso de fosfatos y otros compuestos de fósforo en detergentes para lavavajillas automáticos y para ropa destinados a los consumidores.

Reglamento (UE) no 121/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2012, que modifica los Reglamentos (CE) no 1290/2005 y (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión.

Reglamento (UE) no 125/2012 de la Comisión, de 14 de febrero de 2012, por el que se modifica el anexo XIV del Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)

Reglamento de Ejecución (UE) no 126/2012 de la Comisión, de 14 de febrero de 2012, que modifica el Reglamento (CE) no 889/2008, en lo que atañe a las pruebas documentales, y el Reglamento (CE) no 1235/2008, en lo que atañe a las importaciones de productos ecológicos procedentes de los Estados Unidos de América.

Reglamento de Ejecución (UE) no 127/2012 de la Comisión, de 14 de febrero de 2012, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 en lo relativo a la ampliación del uso de la sustancia activa metazaclor.

Reglamento de Ejecución (UE) no 122/2012 de la Comisión, de 13 de febrero de 2012, por el que se modifica el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal, en lo que respecta a la sustancia metilprednisolona.

Reglamento de Ejecución (UE) no 123/2012 de la Comisión, de 13 de febrero de 2012, por el que se modifica el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010, relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal, en lo que respecta a la sustancia monepantel.

Reglamento (UE) no 109/2012 de la Comisión, de 9 de febrero de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) en lo que respecta a su anexo XVII (sustancias CMR).

Reglamento Delegado (UE) no 268/2012 de la Comisión, de 25 de enero de 2012, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) no 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la iniciativa ciudadana.

Reglamento Delegado (UE) no 272/2012 de la Comisión, de 7 de febrero de 2012, por el que se completa el Reglamento (CE) no 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con las tasas que deben pagar las agencias de calificación crediticia a la Autoridad Europea de Valores y Mercados.

Reglamento de Ejecución (UE) no 107/2012 de la Comisión, de 8 de febrero de 2012, que modifica en lo que respecta a la sustancia diclorhidrato de octenidina el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal.


Reglamento (UE) no 231/2012 de la Comisión, de 9 de marzo de 2012, por el que se establecen especificaciones para los aditivos alimentarios que figuran en los anexos II y III del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento (UE) no 207/2012 de la Comisión, de 9 de marzo de 2012, sobre instrucciones electrónicas de utilización de productos sanitarios.

Reglamento de Ejecución (UE) no 203/2012 de la Comisión, de 8 de marzo de 2012, que modifica el Reglamento (CE) no 889/2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo, en lo que respecta a las disposiciones de aplicación referidas al vino ecológico.

Reglamento de Ejecución (UE) no 202/2012 de la Comisión, de 8 de marzo de 2012, que modifica en lo que respecta a la sustancia «factor pegilado estimulador de colonias de granulocitos bovinos» el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal.

Reglamento de Ejecución (UE) no 201/2012 de la Comisión, de 8 de marzo de 2012, por el que se modifica el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal, en lo que respecta a la sustancia nitroxinilo.

Reglamento (UE) no 200/2012 de la Comisión, de 8 de marzo de 2012, relativo a un objetivo de la Unión de reducción de la Salmonella enteritidis y la Salmonella typhimurium en las manadas de pollos de engorde, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Reglamento (UE) no 206/2012 de la Comisión, de 6 de marzo de 2012, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los acondicionadores de aire y a los ventiladores.

Reglamento de Ejecución (UE) no 176/2012 de la Comisión, de 1 de marzo de 2012, por el que se modifican los anexos B, C y D de la Directiva 90/429/CEE del Consejo en lo que respecta a las normas de policía sanitaria para la brucelosis y la enfermedad de Aujeszky.

Reglamento de Ejecución (UE) no 173/2012 de la Comisión, de 29 de febrero de 2012, que modifica el Reglamento (UE) no 185/2010 en lo que atañe a la aclaración y simplificación de determinadas medidas de seguridad aérea.

Reglamento de Ejecución (UE) no 85/2012 de la Comisión, de 1 de febrero de 2012, que modifica en lo que respecta a la sustancia altrenogest el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal.

Reglamento de Ejecución (UE) no 84/2012 de la Comisión, de 1 de febrero de 2012, por el que se modifica en lo que respecta a la sustancia fenoximetilpenicilina el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal.

Reglamento de Ejecución (UE) no 86/2012 de la Comisión, de 1 de febrero de 2012, por el que se modifica en lo que respecta a la sustancia lasalócido el anexo del Reglamento (UE) no 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal.

Reglamento de Ejecución (UE) no 87/2012 de la Comisión, de 1 de febrero de 2012, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 en lo relativo a las condiciones de aprobación de la sustancia activa cletodim.

Reglamento de Ejecución (UE) no 79/2012 de la Comisión, de 31 de enero de 2012, por el que se establecen las normas de aplicación de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) no 904/2010 del Consejo relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido.

Reglamento Delegado (UE) no 286/2012 de la Comisión, de 27 de enero de 2012, por el que se modifica el anexo I, con objeto de incluir una nueva denominación de fibra textil, y los anexos VIII y IX, a efectos de su adaptación al progreso técnico, del Reglamento (UE) no 1007/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las denominaciones de las fibras textiles y al etiquetado y marcado de la composición en fibras de los productos textiles.

Reglamento (UE) no 62/2012 de la Comisión, de 24 de enero de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1177/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las estadísticas comunitarias sobre la renta y las condiciones de vida (EU-SILC) en lo referente a la lista correspondiente a 2013 de variables objetivo secundarias relativas a bienestar.

Reglamento (UE) no 64/2012 de la Comisión, de 23 de enero de 2012, que modifica el Reglamento (UE) no 582/2011, por el que se aplica y se modifica el Reglamento (CE) no 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las emisiones de los vehículos pesados (Euro VI).

Reglamento (UE) no 28/2012 de la Comisión, de 11 de enero de 2012, por el que se establecen requisitos para la certificación de las importaciones en la Unión, y el tránsito por ella, de determinados productos compuestos y se modifican la Decisión 2007/275/CE y el Reglamento (CE) no 1162/2009.

Reglamento de Ejecución (UE) no 29/2012 de la Comisión, de 13 de enero de 2012, sobre las normas de comercialización del aceite de oliva.

Directiva 2012/7/UE de la Comisión, de 2 de marzo de 2012, por la que se modifica, para adaptarla al progreso técnico, la parte III del anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad de los juguetes.

Directiva 2012/2/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2012, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el óxido de cobre (II), el hidróxido de cobre (II) y el carbonato básico de cobre como sustancias activas en su anexo I.

Directiva 2012/3/UE de la Comisión, de 9 de febrero de 2012, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el bendiocarb como sustancia activa en su anexo I.

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 17 de febrero de 2012, por la que se modifica la Decisión 2005/51/CE en lo que respecta al período durante el cual puede introducirse en la Unión tierra contaminada con plaguicidas o contaminantes orgánicos persistentes a efectos de su descontaminación.

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de soja modificada genéticamente 356043 (DP-356Ø43-5) con arreglo al Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2012) 702]


Decisión de Ejecución de la Comisión, de 3 de febrero de 2012, que modifica la Decisión 2008/911/CE, por la que se establece una lista de sustancias y preparados vegetales y de combinaciones de estos, para su uso en medicamentos tradicionales a base de plantas.

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 3 de febrero de 2012, que modifica la Decisión 2008/911/CE, por la que se establece una lista de sustancias y preparados vegetales y de combinaciones de estos, para su uso en medicamentos tradicionales a base de plantas.

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, por la que se autoriza, con arreglo al Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, la comercialización de los productos que se componen de soja modificada genéticamente A5547-127 (ACS-GMØØ6-4), la contienen o se han producido a partir de ella [notificada con el número C(2012) 691].

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, relativa a la renovación de la autorización para que sigan comercializándose los productos que se compongan de soja modificada genéticamente 40-3-2 (MON-Ø4Ø32-6), la contengan o se hayan producido a partir de ella, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2012) 700]

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir de soja modificada genéticamente MON 87701 (MON-88Ø17-2) con arreglo al Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2012) 701]

Decisión del Consejo, de 12 de diciembre de 2011, sobre la adhesión de la Unión Europea al Protocolo de 2002 al Convenio de Atenas relativo al transporte de pasajeros y sus equipajes por mar, de 1974, a excepción de sus artículos 10 y 11.

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 21 de diciembre de 2011, que modifica el anexo I de la Decisión 2007/275/CE, relativa a las listas de animales y productos que han de someterse a controles en los puestos de inspección fronterizos con arreglo a las Directivas 91/496/CEE y 97/78/CE del Consejo.

Decisión del Consejo, de 12 de diciembre de 2011, sobre la adhesión de la Unión Europea al Protocolo de 2002 al Convenio de Atenas relativo al transporte de pasajeros y sus equipajes por mar, de 1974, en relación con lo dispuesto en sus artículos 10 y 11.

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 27 de enero de 2012, que prolonga la validez de la Decisión 2006/502/CE, por la que se requiere a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que solo se comercialicen encendedores con seguridad para niños y que prohíban la comercialización de encendedores de fantasía.

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 26 de enero de 2012, que prorroga la validez de la Decisión 2009/251/CE, por la que se exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado.


OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

Ley del País Vasco 2/2012, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 6/2003, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias.

Real Decreto 418/2012, de 24 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 6/1994, de 14 de enero, por el que se crea la Comisión Interministerial de Turismo.

Orden SSI/714/2012, de 28 de marzo, por la que se convocan los premios nacionales del Concurso Escolar Consumópolis7 sobre consumo responsable.

Circular 2/2012, de 29 de febrero, del Banco de España, de modificación de la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a entidades de crédito sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

Recomendación de la Comisión de 9 de marzo de 2012 relativa a los preparativos para el despliegue de los sistemas de contador inteligente.

Sentencia de 7 de diciembre de 2011, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: "La utilización por la Administración Tributaria del medio de comprobación de valores previsto en el apartado g) del artículo 57.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria ("Valor asignado para la tasación de las fincas hipotecadas en cumplimiento de lo previsto en la legislación hipotecaria"), en la redacción dada por la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, no requiere ninguna carga adicional para aquélla respecto a los demás medios de comprobación de valores , por lo que no viene obligada a justificar previamente que el valor asignado para la tasación de las fincas hipotecadas coincide con el valor ajustado a la base imponible del impuesto, ni la existencia de algún elemento de defraudación que deba corregirse".


martes, 17 de abril de 2012

Amnistía fiscal: había otras opciones

La Amnistía Fiscal es el penúltimo episodio de un rosario de medidas que no apuntan a establecer responsabilidades sino a poner parches a la crisis.

NASSER KHOURY / Economista
Fuente: Diagonalperiódico Número 172

Los actuales Presupuestos Generales (PGE) del Estado para el 2012 hundirán el crecimiento y aumentará el numero de desempleados para este año. Los PGE 2013 harán lo mismo y así sucesivamente hasta que se alcance el bendito equilibrio presupuestario, y, de esta forma, un primero de enero de algún año nos levantaremos y los bancos volverán a dar crédito, las empresas invertirán, se generará empleo y todo se habrá acabado. Dejando a un lado esta cadena de consecuencias económicas que nos han forzado a aprender, parémonos en la competitividad y no digo productividad.

Nos guste más o menos, estamos organizados en un sistema capitalista de mercado y crecimiento, cuya ley básica para sobrevivir en unos mercados globales es la competitividad, cierto que tiende a ser más sucia que limpia. Pero si nos fijamos en aspectos fundamentales que toma el World Economic Forum para medirla y los emparejamos con los Presupuestos Generales del Estado, por ejemplo: Infraestructuras (-22% en 2012 y 31% en 2011), educación (-21%), innovación (-25%), lo preocupante no sólo es la proyección de crecimiento para el futuro, sino la desventaja competitiva que se está y se irá adquiriendo, así como el tipo de especialización en la que se está intensificando el país. El crecimiento podrá venir en el futuro, pero la forma de cómo y en qué contiene otras opciones.

Sobre la amnistía fiscal

El Ministerio de Hacienda, que acoge a la Agencia Estatal de Administración Tributaria e incluye la lucha contra el fraude, ha sido otra partida que ha sufrido una reducción de recursos en casi un 30%. Y además aparece una amnistía fiscal que facilitará regularizar la situación de los defraudadores, –que en un 72% responde a grandes fortunas y corporaciones–, sin exigir intereses ni recargos, simplemente se pagará una “multa” de un 10% de lo regularizado y un 8% para los capitales que retornen de paraísos fiscales, cifra muy inferior a lo que se debiera gravar, un 52% en IRPF.

Los colectivos de técnicos del Ministerio de Hacienda ya han puesto el grito en el cielo, denunciando su inconstitucionalidad por desigualdad tributaria, ya que constituye un “agravio comparativo” con todos los contribuyentes e incentiva el fraude.

Todo ello, según el Gobierno, para obtener una recaudación de 2.500 millones de euros, que sin ir muy lejos y sin necesidad de este perdón, la Agencia Tributaria recaudó por regularizaciones voluntarias en 2011, cerca de mil millones y en 2010, 1.544 millones. Pero ésta no ha sido la primera sino la cuarta amnistía fiscal de la democracia que hace obtener ingresos aflorando dinero de actividades sumergidas, e incluso podridas. Era un opción, sin entrar en su contenido ético, como era otra opción no disminuir los recursos para Agencia Tributaria aumentando la disposición en inspectores de hacienda, puesto que en España hay alrededor de un inspector por cada 1.600 habitantes mientras en Alemania se ronda un técnico por cada 700 habitantes.

Otra de las medidas estrella ha sido la reforma laboral, con el ojo puesto en un mercado de trabajo más flexible, que dote de mayor competitividad a la economía española. Este objetivo contrasta con la realidad, a sabiendas de que en los años de elevado crecimiento anteriores a la crisis, España fue el país donde se creó más empleo de entre todos los países que conforman la OCDE, al igual que ha sido otro campeón nacional al ser el país que más empleo ha destruido y sigue haciéndolo en la actualidad. Por tanto, para definir flexibilidad del mercado laboral había otras opciones.

La reforma para el saneamiento del sistema financiero, cuyo objetivo pretende sanear los balances bancarios, lograr la reducción de los precios de la vivienda y activar la recuperación del crédito, también pretende forzar las fusiones bancarias, que reduce la cuantía de entidades que participan en el mercado, concentra el poder del sector financiero y reduce la competencia y las opciones de los consumidores. Pero para aclarar a qué se debe el saneamiento del sistema bancario, hay que detenerse en la morosidad que “sufre” el sector.

De los impagos que están ayudando a complicar el crédito bancario, por la desconfianza que genera, los impagos de hipotecas al cierre del año representaban solamente el 3% de la morosidad total de las entidades bancarias, siendo en mayoría constructores y “promotores” de la especulación. Para sanear el sistema bancario había otras opciones, y se pueden nombrar claramente con nombres y apellidos.

sábado, 14 de abril de 2012

The New York Times se nos ha vuelto marxista: “Estafar a la fuerza de trabajo de mañana para pagar por la burbuja inmobiliaria de ayer no tiene sentido económico”


Echando más leña al fuego, el diario The New York Times critica con dureza en una editorial las medidas económicas del Gobierno español que se ha convertido en rehén de lo que eufemísticamente se llama “fuerzas del mercado”, en realidad conjunto de especuladores que juegan a hundir las economías de los Estados sin sopesar el sufrimiento que ocasionan a los más débiles.

El juego es así de simple. Hacen falta determinados países jugadores que pierdan y que estén dispuestos a participar en el juego “por responsabilidad” y por “los compromisos adoptados internacionalmente”.

A éstos se les convence diciéndoles que para ganar el juego –léase sobrevivir- deben aplicar drásticas medidas recortando sus presupuestos ya que han gastado mucho, facilitar el despido llamándolo “flexibilidad laboral” y bajar los sueldos de la masa salarial etiquetándose como “medidas para incrementar la competitividad de nuestras empresas”.

Los jugadores se creen -o disimulan creyendo- que el juego no está amañado. Sin embargo, “las fuerzas del mercado” ya ha hecho su apuesta, precisamente en contra de esos jugadores condenados a fracasar ya que aplicaron las medidas aconsejadas.

El caso es que, una vez tomadas esas medidas, ahora toca criticarlas, rasgándose las vestiduras y haciendo ver lo obvio: la economía capitalista basada en una mayor producción, no puede crecer si no se incentiva  el gasto, si se recortan los presupuestos de las Administraciones y se facilitan los despidos masivos.

Para ese viaje, no necesitábamos alforjas y lo paradójico es que, hasta el New York Times parezca un ferviente seguidor de Carlos Marx, dando un varapalo a España, cuyo Gobierno también sería criticado si no hubiese seguido las recetas tan denostadas por ese periódico.

Esta es la referencia de la editorial de The New York Times


UNA SOBREDOSIS DE DOLOR

NUEVA YORK, 13 Abr. (EUROPA PRESS) -

España podría ser la próxima economía de la zona euro en caer por culpa de la “mala gestión” de la crisis de deuda liderada por Alemania, según afirma ‘The New York Times’ en un editorial titulado ‘Una sobredosis de dolor’, en el que reclama un mayor apoyo al crecimiento y menos medidas de austeridad.

El diario estadounidense considera que no es necesario llegar a esta situación, pero cree que esto podría ocurrir a menos que la canciller alemana Angela Merkel y sus aliados políticos dentro y fuera del país reconozcan que ningún país puede pagar sus deudas “asfixiando el crecimiento económico”.

En su opinión, la austeridad, la “cura prescrita” por Merkel para todo, no está funcionando en ninguna parte. Así, remarca que, después de semanas de calma engañosa y a pesar de las inyecciones de liquidez del Banco Central Europeo (BCE), los países han vuelto a la recesión, el paro está subiendo y las previsiones de déficit están empeorando. “Los mercados de deuda están especialmente nerviosos por España e Italia, dos de las mayores economías de Europa”, añade.

En el caso de España, recuerda que está “sacudida” por una tasa de desempleo cercana al 25%, pero cree que podría alcanzar “niveles más altos de miseria” por la austeridad recogida en los presupuestos presentados por el Gobierno español después de que la Unión Europea (UE) rechazara sus peticiones para una mayor flexibilidad fiscal.

El diario considera que los objetivos de déficit del 5,3% para 2012 y del 3% para 2013 son “probablemente inalcanzables”, incluso si cumple de forma rigurosa su “duro presupuesto”, ya que las previsiones más optimistas esperan que la economía española se contraiga casi un 2% este año.

“Y cuanto más se contraiga el PIB de España, más caerán los ingresos, requiriendo unos mayores recortes presupuestarios. Se trata de un ciclo destructivo siempre a la baja”, alerta.

‘The New York Times’ cree que, dado que cada economía europea tiene problemas diferentes, necesitan diferentes remedios. En el caso de España, la deuda del sector público es de las más bajas, pero tiene que reducir la deuda privada lastrada por el estallido de la burbuja inmobiliaria, que hizo además que los bancos recurrieran al apoyo del Gobierno.

LAS “MALAS” MEDIDAS DE RAJOY.

En su opinión, al no contar con buenas opciones para lograr reducir el déficit, Rajoy ha propuesto una serie de “malas medidas”, como recortar la inversión pública necesaria para mejorar la competitividad, las políticas activas de empleo o la sanidad y la educación. “Estafar a la fuerza de trabajo de mañana para pagar por la burbuja inmobiliaria de ayer no tiene sentido económico”, defiende.

En esta línea, considera que estos “dañinos recortes” podrían haberse evitado si Merkel y sus socios hubieran reconocido que restaurar la competitividad del débil Sur de Europa requiere “más inversión en reformas y crecimiento y una focalización menos obsesiva en la aritmética del déficit a corto plazo”.


viernes, 13 de abril de 2012

Convocados los premios nacionales del concurso Consumopolis 7 sobre consumo responsable. El tema objeto de esta convocatoria es "La publicidad:¿compras o te compran?"



Orden SSI/714/2012, de 28 de marzo, por la que se convocan los premios nacionales del Concurso Escolar Consumópolis7 sobre consumo responsable.
(BOE nº 88, de 12 de abril)

El Instituto Nacional del Consumo y las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad de Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Comunidad Valenciana, y la Ciudad de Melilla, organizan el Concurso Escolar 2011-2012, Consumópolis7: La publicidad:¿compras o te compran? dirigido a jóvenes matriculados en el tercer ciclo de Educación Primaria y en Educación Secundaria Obligatoria.

El principal objetivo del concurso es sensibilizar a los escolares de la importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria y responsable.

Los equipos de los centros educativos que se encuentren en las comunidades autónomas organizadoras del concurso relacionadas anteriormente podrán optar a los premios autonómicos convocados por el organismo competente en consumo de su Comunidad Autónoma, en régimen de concurrencia competitiva. Los ganadores de los primeros premios autonómicos podrán optar a los premios nacionales.

Por su parte, los equipos participantes que cursan sus estudios en colegios de la comunidad autónoma del Principado de Asturias y de la Ciudad de Ceuta (que no forman parte de la organización del concurso) sólo podrán optar a los premios nacionales en la forma que se indica en las bases reguladoras del concurso escolar Consumópolis7, de fecha 15 de junio y en esta Orden.

Descargar la convocatoria publicada en el BOE aquí.

miércoles, 11 de abril de 2012

La vida como un mero cálculo económico. El FMI pide bajar pensiones por "el riesgo de que la gente viva más de lo esperado"


El FMI se ha sincerado. La vida de los seres humanos supone un mero cálculo económico que se debe supeditar a las reglas de la economía dictadas por los poderosos que manejan ese tinglado teatral llamado mercado (ahora, "los mercados") en el que unos pocos actores bien pagados por aquéllos nos quieren convencer al resto del público de que sus reglas son las únicas posibles.

Así, un bosque no es un bosque, sino "madera"; una playa, no es una playa sino un lugar donde deben construirse hoteles o, simplemente, las personas no son personas sino productos cuyo mayor riesgo para el sistema consiste, precisamente, en su principal instinto: vivir durante el mayor tiempo que se pueda. 

Estos productos, se vuelven inútiles -y muy costosos para los Estados- una vez amortizada la fase vital de trabajo y, lógicamente, alguien debería hacer algo... Las soluciónes, como no, pasan por contratar seguros privados cuya prima cubriese "el riesgo" de longevidad de las personas; por recortar prestaciones públicas y por aumentar la edad de jubilación de los pocos que queden trabajando.

Esta es la noticia, cuyo titular no tiene desperdicio.

El FMI pide bajar pensiones por "el riesgo de que la gente viva más de lo esperado"

  • El organismo quiere que la edad de jubilación se ajuste con la esperanza de vida

  • Sus economistas proponen recorte de prestaciones y aumento de las cotizaciones

  • El Fondo plantea que las aseguradoras privadas cubran el riesgo de longevidad

Nueva York 11 ABR 2012 - 16:20 CET

El envejecimiento de la población es un reto conocido. Y a eso dedica un extenso análisis el Fondo Monetario Internacional, en un adelanto de los documentos de su cumbre semestral. Lo que llama la atención es la agresividad y crudeza con la que pone de relieve el problema. El Fondo reclama, entre otras medidas, que se recorten las prestaciones y se retrase la edad de jubilación ante "el riesgo de que la gente viva más de lo esperado". Y también propone soluciones de mercado para mitigar ese "riesgo".

Es lo que los economistas bajo la batuta del español José Viñals llaman “riesgo de longevidad”. Y dan una cifra para poner en contexto. “Si el promedio de vida aumenta tres años más de lo previsto para 2050, el coste del envejecimiento -que ya es enorme para los Gobiernos, las empresas, aseguradoras y particulares- aumentaría un 50%” en las economía avanzadas tomando como referencia el PIB de 2010.

Para los países emergentes, ese coste adicional sería del 25%. En términos absolutos, se disparará el coste previsto en decenas de billones de dólares a escala global. Eso su pone una amenaza para sostenibilidad de las finanzas públicas al disparar los niveles de endeudamiento público en una proporción similar. En paralelo, es un riesgo para la solvencia de las entidades privadas.

Según ha explicado el propio Viñals en la rueda de prensa en la que ha presentado el informe, “vivir más es bueno, pero conlleva un riesgo financiero importante". "Nos va a costar más como individuos, a las corporaciones y a los Gobiernos. Por eso debemos preocuparnos ahora por los riesgos de la longevidad, para que los costes no nos atosiguen en el futuro”, ha comentado Viñals, responsable del departamento de Mercado de Capitales.

En 1750, la esperanza de vida en el momento del nacimiento en los países de la Europa occidental no llegaba a los 40 años. Desde 1900, siguió un incremento lineal hasta tocar los 80 en 2010. A escala global pasó de los 48 en 1950 hasta los 70 en el último año de referencia. Pero lo que cambia los cálculos, según el FMI es la esperanza de vida cuando se tiene 60 años.

Naciones Unidas proyecta que para 2050 la esperanza de vida a partir de esa edad llegará a los 26 años en las economías avanzadas y a los 22 años en los países en vía de desarrollo. Eso significa que irá mejorando al ritmo de un mes por año. Tomando como referencia a los europeos de 60 años que vivían en 1910, la esperanza de vida era de 15 años. Un siglo después llegó a los 24 años.

Al vivir más la población, tendrá que pagarse más en pensiones y prestaciones a la seguridad social. En este caso pone como ejemplo los planes de pensiones privados en EE UU. “La empresas tendrían que multiplicar varias veces sus contribuciones para poder afrontar esos pasivos adicionales”, apunta. “Reconocer y mitigar este riesgo es un proceso que debe ponerse en marcha ahora”, remacha.

Tanto el sector público como el privado llevan años preparándose para amortiguar el impacto financiero del envejecimiento. Pero el FMI cree que se subestimó la evolución demográfica de la población y eso pesará “más de lo esperado” en un balance que en ambos casos están ya de por si debilitados. Eso, por tanto, amenaza con exacerbar su vulnerabilidad frente a otras crisis.

Christine Lagarde, directora gerente de FMI, quiere que la reunión de primavera en Washington sirva para mirar hacia delante. En este contexto, exige a los Gobiernos que reconozcan que el envejecimiento les puede crear un serio problema en el futuro y que es un riesgo. Para neutralizar sus efectos, recomienda combinar el aumento de la edad de la jubilación con otras medidas.

Para el retraso de la edad de jubilación, propone que se ligue a la esperanza de vida, de modo que el número de años en que los jubilados cobran la pensión no aumente. En la reciente reforma española del sistema de pensiones que retrasaba la edad e jubilación a los 67 años de forma progresiva ya se prevé un mecanismo de este tipo, llamado factor de sostenibilidad. Así, la ley prevé que las variables clave del sistema de pensiones (como la edad de jubilación) se revisen cada cinco años a partir de 2027 en función del aumento de la esperanza de vida.

Pero ese retraso no basta. El Fondo cree que hay que tomar más medidas y cita entre ellas el recorte de las pensiones, el aumento de las cotizaciones y la posibilidad de que los Estados contraten con aseguradoras privadas la cobertura de ese "riesgo de que la gente viva más de lo esperado".

Así, el informe de estabilidad financiera plantea que se recurra a los mercados de capitales para que se transfiera el riesgo de la longevidad de los planes de pensiones a las instituciones que tienen más capacidad para gestionarlo.

Los economistas del organismo plantean también que los propios individuos aumenten su ahorro a través de planes de pensiones, recomienda que se facilite o incluso obligue a contratar rentas vitalicias y también apoya el uso de las hipotecas inversas, por las que la casa en propiedad se entrega en el momento de fallecimiento a cambio de recibir hasta ese momento una renta por ella.

El Fondo también pide más transparencia a los países a la hora de informar sobre la tendencia del envejecimiento y como se están preparando para financiar la jubilación.

El FMI concluye recordando que todas estas reformas “tardarán años en dar fruto” y cualquier retraso en el proceso dificultará hacer frente al reto como es debido. “Prestar atención al envejecimiento de la población y al riesgo de la longevidad adicional forma parte del conjunto de reformas necesarias para restaurar la confianza en la viabilidad de los balances del sector público y privado”, remacha.

Fuente de la noticia: El País

lunes, 2 de abril de 2012

Incremento del precio de suministro eléctrico: FACUA estima que el precio de la electricidad ha subido un 60 por 100 en los últimos cinco años


Fuente: "La tira y afloja" www.lne.es

La luz ha subido más de un 60% en cinco años, según un análisis de FACUA

Si el incremento de abril asciende al 7% anunciado por el Gobierno, el usuario medio pagará 30,58 euros mensuales más que en 2007.

En abril de 2007, el usuario medio pagaba 48,59 euros al mes (impuestos incluidos) por el recibo de la luz. Hasta el pasado 31 de marzo abonaba 73,99 euros, un 52,3% más (un 49,7% si no se tiene en cuenta la subida del IVA), según un análisis de FACUA-Consumidores en Acción.

Y si la subida de abril representase exactamente el 7% anunciado por el Gobierno, pasando el usuario medio a pagar 79,17 euros al mes, el incremento acumulado en 5 años alcanzará nada menos que el 62,9% (60,2% si no se incluye el incremento del IVA de julio de 2010).

El recibo de la luz se habrá encarecido así en 30,58 euros mensuales, nada menos que 366,95 euros al año.

FACUA lamenta que el Gobierno de Mariano Rajoy haya iniciado una política tarifaria similar a la del Ejecutivo anterior, con una brutal subida en abril que representa un ataque injustificado a la economía de las familias, siguiendo el dictado de las compañías eléctricas.

La asociación considera poco creíble la excusa de que se sigue el imperativo de una sentencia del Tribunal Supremo que invalida la congelación de tarifas aprobada por el Gobierno del PSOE en 2011. Y es que el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, ya anunció que la luz subiría en abril antes de que trascendiera la sentencia del Alto Tribunal.

Las tarifas eléctricas en 2002 y en 2007

En la actualidad, un consumidor con 4,4 kW de potencia contratada y un consumo mensual de 366 kWh (la media en España, según un análisis de FACUA sobre más de 50.000 facturas) paga al mes 73,99 euros (59,6542328 más impuestos indirectos).

En julio de 2011, fecha de la última subida de tarifas antes de la que entrará en vigor este abril, el precio del kWh en la modalidad sin discriminación horaria se fijó, redondeando a dos decimales, en 17,65 céntimos (14,2319 céntimos más el 24,03% que representan los impuestos sobre la electricidad y IVA). Este concepto, el término de energía, representa el 87% del recibo para el usuario medio.

Por su parte, el término de potencia, que supone el 13% de la factura, está en 2,13 euros (1,719427 más impuestos indirectos) por kW.

En abril de 2007, la tarifa vigente era la publicada en el BOE en enero de ese año. Cada kWh se pagaba a 10,96 céntimos (8,9868 más los impuestos indirectos, que entonces representaban el 21,93%). La tarifa por kW de potencia contratada era de 1,93 euros (1,581887 más impuestos).

Así, el usuario medio pagaba hace cinco años 48,59 euros (39,8519908 más impuestos).


Enlaces de interés:

 



jueves, 29 de marzo de 2012

Entrevista-chat con Dacio Alonso, Presidente de UCE-Asturias en La Nueva España. Respuesta a casos prácticos planteados por los consumidores.


Recogemos esta interesante entrevista en la que Dacio Alonso, Presidente de UCE-Asturias, responde en directo a las dudas que tienen los consumidores sobre cuestiones y reclamaciones en materia de consumo.
 
De ella se desprende que la mayor demanda de información se plantea en los clásicos problemas de servicios de telecomunicaciones, servicios financieros, garantías de bienes de consumo, imposición de pago del impuesto sobre la plusvalía, facturación de suministro eléctrico e inclusión indebida en las conocidas como “listas de morosos”.
 
Esta entrevista es un pequeño muestrario de cuestiones respondidas por un experto que conoce el día a día de esta materia que afecta a los intereses económicos de todos los ciudadanos.
 
1. He ido al banco a pedir un crédito, y me dicen que aparezco en el ASNEF, y no me lo dan. Los datos del ASNEF, es con mi DNI y el nombre de una persona Extranjera, a la que no conozco, que tiene una deuda con una compañía telefónica por valor de 360 euros. ¿Que debo hacer?, ¿puedo exigir responsabilidades o indemnizaciones a quien me causa este perjuicio?.

» Esta reclamación se está dando de forma muy asidua últimamente. A mi juicio lo que corresponde hacer, primero, presentar denuncia ante la Agencia de Protección de Datos; y a continuación, presentar denuncia en el juzgado exigiendo indemnizaciones por daños morales.

2. Hola, soy un consumidor que me siento totalmente desprotegido ante los reiterados atropellos de la mayoría de los pequeños comerciantes que se niegan a responsabilizarse de cualquier fallo posterior a la compra. ¿Podría explicarme, por favor, si los consumidores tenemos algún derecho? Un saludo. Pedro.

» Efectivamente tenemos derechos y el comerciante tiene la obligación legal de asumir cualquier desperfecto del bien por un periodo de dos años.

3. He ido a una clínica dental a pedir un presupuesto y una vez contratado el servicio me exigen pagar el total por adelantado. ¿Es eso legal?. René.

» No, en absoluto. Solamente estamos obligados a pagar el servicio que se nos preste, pero lógicamente, una vez prestado.

4. Podemos hacer algo los clientes, ante una empresa como EON que lleva tres meses sin enviarnos las facturas?. Esto es algo muy frecuente en Mieres.

» Efectivamente es la reclamación mas frecuente a la que nos están sometiendo las compañías eléctricas, hasta este momento la legislación obliga a las compañías a facturar de forma mensual, por lo tanto, cuando le venga la factura le sugiero que le dé orden al banco que la devuelva y le exija usted a EON que se la prorratee por tantas veces como meses le acumulen sin facturación. 

5. Cómo es que la telefonía abusa tanto de los españoles y no hay manera de pararla, te piden meses de permanencia por unos servicios que no cumplen, si te das de baja te cobran cantidades exorbitadas. ¿Qué podemos hacer?.

» Una de cada cuatro reclamaciones que atendemos en la UCE tiene que ver con la telefonía, el problema fundamental es que la contratación que hacemos con las operadoras en la mayoría de los casos es de forma telefónica, el 90% de los usuarios no tenemos un contrato físico donde podamos analizar qué hemos contratado y qué es lo que nos están facturando. Ahí reside a mi juicio nuestra mayor indefensión, añadiendo la absoluta tolerancia, por no decir permisividad, de la administración pública.

6. Se dice que hay una sentencia en contra de un propietario y a favor de una constructora con el tema de las plusvalía, es cierto, si es así que medidas va a tomar la uce asturias, gracias.

» UCE hemos estamos liderando la reclamación a los constructores del abuso de la plusvalía, animamos a todos los compradores de vivienda desde el año 98 hasta el 2007 a que reclamen la devolución de la plusvalía, pues según nuestros tribunales la imposición en el contrato de compra-venta por parte de los promotores es una claúsula abusiva: no negociada individualmente, contraria a la buena fe, y desproporcionada entre derechos y obligaciones del consumidor. El 99´9% de las sentencias que se están produciendo en Asturias confirman esta claúsula como abusiva, y por tanto, en aras a la seguridad jurídica éste es mayoritariamente el criterio judicial, sin obviar que haya alguna sentencia que pueda decir lo contrario.

7. Me gustaría saber cual es la ley que protege al comerciante que se niega a devolver el dinero de una compra con la que, posteriormente y por distintas causas, el cliente no está conforme. Un saludo. Pilar.

» Decirle, Pilar, que lamentablemente el consumidor no tiene consolidado el derecho a la devolución del dinero cuando realiza una compra, cuestión que desde la UCE consideramos una práctica abusiva, en la medida que la entrega de un vale nos condiciona nuestra libertad de compra.

8. ¿Si un artículo sale defectuoso, tengo derecho a la devolución del dinero en efectivo? Muchas gracias. Nuria.

» Si el artículo es defectuoso tiene perfectamente derecho a la devolución del importe.

9. Hola, mis padres se compraron un piso hace 7 años más o menos, ¿cómo puedo saber si tuvieron que pagar la plusvalía?. Muchas gracias Dacio.

» Primero por la fecha que indica de la compra lo más probable es que la haya pagado, la forma de confirmarlo es acreditar de forma fehaciente ese pago, depende del municipio y el promotor, se utilizaron formas distintas. En el caso de Oviedo la mayoría de promotores remitían al comprador el tributo municipal, en el caso de Gijón era a través de la provisión de fondos ante notario etc. etc. Comprobar en la escritura pública cómo aparecerá una claúsula donde indicará que la plusvalía, o el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, si la hubiere será de cuenta del comprador. En cualquier caso, si pasa por la UCE, estaremos encantados de gestionarle la reclamación.

10. Hola Dacio. Tengo un problema con Vodafone. Me cobraron el año pasado un servicio que yo no había dado de alta, y no me quieren devolver el dinero. ¿Qué puedo hacer si ya pasó más de 1 año por su culpa?. Un saludo. Gracias.

» Seguir reclamándolo porque ese es su derecho, a veces lo difícil para prosperar estas reclamaciones es no tener la prueba suficiente para demostrarla, ese es el mayor abuso de las operadoras de telefonía, es el único sector económico dónde te dicen lo que consumiste, a qué hora, cómo... y el usuario tiene que dar por bueno lo que nos facturen.

11. ¿A su Asociación le ha afectado la crisis?

» Pues sí, y mucho. Teníamos un convenio con el Principado de Asturias por el que atendíamos a todos los ciudadanos sin tener la condición de asociados. En lo que va de año seguimos atendiendo a las personas, y de momento a cargo de lo que aportan nuestros socios. No sabemos hasta dónde podremos llegar, pero curiosamente dado el alcance de la crisis económica, si no existiera la UCE, la habría que inventar.

12. Hola Dacio: A usted que le parece que el Ayuntamiento de Oviedo, no esté en el Consorcio de Transportes de Asturias? Muchas gracias...

» Me parece una muy grave discriminación a los usuarios de Oviedo, se está estudiando por parte del Ayuntamiento un plan de movilidad para la ciudad, cuando la primera condición sería el ingreso inmediato en el Consorcio, teniendo en cuenta que el Consorcio está concebido para garantizar el billete único al usuario, no para corregir los déficit del transporte municipal como pretende el Ayuntamiento.

13. Hace casi un año que HC no me envía facturas. ¿qué puedo hacer? estoy obligada a pagar toda la facturación de golpe? Muchas gracias. Ana.

» Cuando le facture HC, dé orden al banco de devolución de la factura y digale a HC que se la facture de forma prorrateada por tantos meses como el retraso.

14. Buenos días: Mi madre era clienta de toda la vida de HC Energía y hace unos dos meses recibió una visita de un comercial que decía venir de HC, diciéndole que como era clienta de hacía muchos años le iban a hacer una rebaja en la factura de la luz, pero que debía confirmar sus datos personales y bancarios y firmar a continuación. Ahora le llegan facturas de Unión Fenosa y HC nos dice que ya no está con ellos ¿qué podemos hacer si ya lo ha firmado? Muchísimas gracias.

» UCE ha denunciado esta conducta de Unión Fenosa ante la Fiscalía de Asturias que de forma reciente ha remitido estas denuncias al Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, la práctica que usted ha sufrido es, a mi juicio, un presunto delito de estafa y engaño. Le animo a ponerse en contacto con nosotros para gestioinarle la reclamación y una alerta con los comerciales eléctricos que pican a nuestra puerta, en este momento no merece la pena cambiar de compañía eléctrica y mucho menos a través de estas formas de engaño y de suplantación. La denuncia es la mejor forma de corregir este tipo de prácticas delictivas. 

15. tengo vinculada a mi hipoteca una permuta de tipos de interés, un swap, me engañaron en mi banco, que puedo hacer, tienen en la UCE alguna sentencia ganada, gracias, sigan peleando por los derechos ciudadanos.

» Ésta es una de las prácticas indecentes de nuestros bancos. Sabían que venía la crisis y venía para quedarse, salieron a ofrecerle a sus mejores clientes este tipo de aparentes coberturas a la subida del Euribor, que en el verano de 2008 llegó al 5´5%, sabían que iba a caer en picado, pero nada indicaron a los clientes qué ocurriría si bajaba como bajó el Euribor. En ese producto que le hicieron firmar, llámase swap, cap, etc. etc. Ahora por ese magnífico producto que le vendieron para darle seguridad está pagando más que la propia cuota hipotecaria, estamos ante un perfecto engaño de la banca y en la UCE tenemos muchas sentencias firmes que acreditan esta mala práctica, anulando los contratos y obligando a devolver el dinero. Por lo tanto le animamos a que pase por la asociación para poder ayudarle.

16. Mi nombre es Trinidad, y soy una de las afectadas por las acciones preferentes del banco Sabadell. Me encuentro totalmente desamparada por el gobierno, y por supuesto por el banco que me engaño. Son todos mis ahorros, ¿qué puedo hacer?. Gracias

» Son muchas las indecencias que estamos constatando los ciudadanos de nuestras entidades financieras. Probablemente esta que usted sufre sea de las mas graves, porque en general afecta a gente mayor que no quería correr riesgos con sus ahorros y fue deliberadamente engañada por su banco de toda la vida, le animamos a reclamar el perjuicio que le están provocando.

17. Hola, ¿qué podemos hacer cuando al llegar a facturar, la compañía aérea nos comunica de golpe y porrazo que el vuelo está cancelado por causas técnicas? Gracias.

» Reclamar a la compañía las indemnizaciones por cancelación de vuelo, están reguladas las cuantías, y le animo a reclamar los daños y perjuicios incluídos los daños morales, y hacerlo en vía judicial, tenemos la experiencia que las compañías aéreas,, a pesar de las obligaciones del reglamento de indemnizaciones, como no tengan una sentencia judicial que les obligue a indemnizar, pasan absolutamente del reglamento comunitario.

18. Tengo una duda. En navidades compré un billete para volar a Oviedo este jueves, aún no se sabía nada sobre la huelga general y lo he comprado no con la compañía aérea sino con una agencia de viajes online. Me puse en contacto con ellos para que me cambiaran el día de vuelo pero me obligaban a abonar una importante cantidad de dinero, entonces lo rechacé, días siguientes me puse en contacto vía telefónica y me aseguraron el viaje pero esta semana he leído en el periódico que los servicios mínimos en vuelos en península serán de un 10% y es seguro que mi vuelo no se encuentre dentro de ese 10%. ¿Qué puedo hacer? Un saludo y gracias.

» Póngase en contacto con la UCE, que le gestionaremos encantados la reclamación, es verdad que una huelga no es una causa de fuerza mayor, pues su convocatoria legal requiere hacerlo y anunciarlo con anticipación suficiente.

19. Qué hay que hacer para ser socio de UCE?

» Tener la voluntad de hacerlo, a través de nuestros centros en Oviedo, Gijón y Avilés, y en nuestra página web www.uceasturias.com, y nos sentiríamos encantados de contar con su colaboración.

20. El incierto panorama tras las elecciones autonómicas, ¿en que afecta a una asociación como la vuestra?

» El artículo 51 de la Constitución, obliga a los poderes públicos a promover las asociaciones de consumidores, en este momento de extrema dificultad económica somos conscientes de que hay que establecer prioridades, nosotros tenemos un importante número de asociados, no los suficientes. Si no tuviésemos ayudas públicas no podríamos atender a las personas que no tengan la condición de socio, con lo grave que ello sería, por dar un dato, venimos asesorando en torno a 10.000 personas al año no socias de la UCE.

21. Hola, no sé por qué los vecinos de Oviedo tenemos que pagar mucho más por usar el autobús urbano por no aceptar el Billete Único del CTA. ¿no se podría hacer nada legalmente para obligarles a aceptarlo basándonos quizás en ecología, economía o justicia social? ¿No somos todos iguales?

» Efectivamente es un problema de discriminación, el resto de los ciudadanos de Asturias tienen acceso al billete único financiado por el Consorcio de Transportes, es decir, por el presupuesto del Principado. En Oviedo se paga más de 9 millones al año a la empresa de transporte municipal, pero el Ayuntamiento, da la impresión, que está más preocupado por la economía de esa empresa que por la de sus ciudadanos.

22. Hace menos de cuatro meses compre un coche por 6.000 euros, lleva mas de 1 mes en mi garaje, porque el concesionario se niega a ejecutar la garantía, actualmente me encuentro sin coche y sin los 6.000 euros. ¿Que puedo hacer?.

» La garantía de un vehículo de segunda mano es un año, pase por la UCE y le ayudamos.

23. Buenas Tardes: a mi tía, una anciana de 90 años que vive solo, tras una llamada unos comerciales se presentaron en su casa para venderle toda una serie de productos por importe de 2500€, y por si no fuera poco el engaño le sacaron mas de 200€. ¿Cómo podemos acabar con los abusos que sufren los ancianos? Gracias por su labor. Fátima.

» Lamentablemente no se si podremos hacer algo por su tía, llámenos por favor para conocer el contrato, pero aviso a navegantes, especialmente gente mayor: solamente dejaremos entrar en nuestra casa con quien previamente hayamos concertado la visita.

Una vez más ponemos a disposición de todos los ciudadanos los servicios de la Unión de Consumidores para denunciar, reclamar, asesorarnos, pero especialmente para defender nuestra dignidad como personas que en muchas ocasiones se pone en cuestión por conductas y comportamientos absolutamente impresentables y lo que es mas grave, con la total connivencia de las administraciones públicas. Nuestro teléfono 901 50 10 50, nuestra web www.uceasturias.com .

miércoles, 28 de marzo de 2012

Crisis y Cajas de Ahorro. “Las dos próximas recesiones”, nuevo libro de Juan Ignacio Crespo



La velocidad en que se ha desmantelado las Instituciones de las Cajas de Ahorro, con un gran peso social y territorial, además de arraigo y función benéfico social, supone una gran e irreparable pérdida económica social, además de confirmar el deterioro irreversible de estas instituciones y, el interés nunca disimulado de la banca dominante.

La idea de promover Cajas de Ahorros en España comienzan en el trienio liberal (1820-1823), y especialmente con la vuelta de los ilustrados exiliados después de la muerte de Fernando VII en 1833. Aparecen en el marco de una sociedad muy castigada por la Guerra de la Independencia, con el fin de luchar contra la usura que sufrían los pequeños agricultores en los momentos de malas cosechas. En ocasiones fueron creadas por miembros de organizaciones católicas. En otras, son las sociedades de Amigos del País las que asumen la promoción de las cajas de ahorros; en Madrid se funda una Caja de Ahorros (Caja Madrid) en 1838, poco después de que en 1834 un concurso de la Sociedad Económica Matritense de Amigos del País premiara una memoria sobre el establecimiento y fundación de una Caja de Ahorros. Fuente Wikipedia.

En conclusión, las cajas de ahorros españolas nacen con cierto retraso respecto a otros países, y casi siempre ligadas a los Montes de Piedad anteriores o creadas al mismo tiempo. Sus principales objetivos eran conducir el ahorro popular hacia la inversión y realizar una labor social en sus respectivos ámbitos territoriales.

Desgraciadamente, en el transcurso del tiempo no se actualizaron sus estatutos y el supervisor Banco de España, hizo dejación de su responsabilidad de bien vigilar y custodiar semejante obra y bien social, pues los primeros interesados en que desaparecieran las Cajas de Ahorro eran las entidades financieras dominantes privadas y la dictadura económica. Así, la llegada de la seudo democracia, con la clase política y dirigente al frente, irrumpieron a tropel en estas instituciones benéfico sociales, esquilmando los bienes, ahorros y obra social reunidos durante varias generaciones, imponiendo decisiones políticas e intereses ilegítimos e ilegales, que algún día se aclararán en los tribunales si se ejercen e instan las acciones que sean necesarias. Ya no hay dividendo social. Ya no queda nada. Si sobreviviera algún rescoldo denominado “obra social de la Caja tal o cual”, sería algo puramente simbólico.

El resultado: Una irreparable e incalculable pérdida social.

Leído el artículo ¿Quién pierde al hundirse las cajas? en la sección de Economía de El País, referente al libro “Las dos próximas recesiones” de Juan Ignacio Crespo, la desintegración de entidades de ahorro es una pérdida para todos, señala y apunta que quedan dos recesiones por llegar en esta década.

Entre los muchos problemas que la crisis financiera generó entre 2007 y 2012, hay uno que ha pasado casi desapercibido: la pérdida de riqueza colectiva que ha supuesto la quiebra de algunas cajas de ahorros y la situación de debilidad en que han quedado otras, lo que ha forzado la entrada en su capital de inversores públicos o privados en verdaderas operaciones de rescate.

Esa pérdida de riqueza colectiva le ha pasado desapercibida a la mayoría de la población porque, aunque las cajas de ahorros eran una institución familiar y presente en la vida de casi todo el mundo, sobre todo de las clases más populares hasta hace bien poco, nadie entendía muy bien de qué se trataba cuando se hablaba de estas entidades, y había versiones para todos los gustos, compatibles y solapadas, sin que a nadie le extrañara: las cajas eran lo mismo un lugar para colocarse mediante unas oposiciones que un sitio al que ir a pedir un préstamo hipotecario; un chollo para quienes, sobre todo en las capitales de provincia, habían conseguido entrar en ellas como empleado, con un peso exorbitante en la vida económica y financiera de la ciudad; una institución que financiaba, a través de la obra social, las más diversas actividades ….

Y ¿dónde queda la riqueza colectiva? En ningún lado. Ya no habrá propiedad colectiva. Con suerte, los recursos que generen las cajas en el futuro tendrán que aplicarse a devolver los préstamos. Ya no a la obra social. Eso se ve muy bien con el ejemplo de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM). Al haberse producido una quiebra total, la propiedad colectiva se perdió por completo. Ya no hay de donde extraer recursos para dotar a la obra social de la CAM. Ya no hay dividendo social. Ya no hay nada. Si sobreviviera algún rescoldo denominado “obra social de la CAM”, sería algo puramente simbólico; porque el Banco de Sabadell, que se ha quedado con ella, si decidiera por razones de marketing conservar en la zona de Levante alguna actividad benéfica o cultural, lo haría con el nombre de algo que ya no sería propiamente lo que su nombre indicaría. Otro tanto podría decirse de la Caja Castilla-La Mancha o de CajaSur.


domingo, 25 de marzo de 2012

Elogio al caminante. Caminar como acto subversivo: “Una vuelta a las andadas”, artículo de Antonio Fraguas.




Caminante, son tus huellas
el camino y nada más;
Caminante, no hay camino,
se hace camino al andar.
Al andar se hace el camino,
y al volver la vista atrás
se ve la senda que nunca
se ha de volver a pisar.
Caminante no hay camino
sino estelas en la mar.

Antonio Machado
Proverbios y cantares (XXIX)

Es sano, entretenido y no contamina. Es gratis y, además, es consustancial al ser humano. Casi podría decir que estamos programados para ello. Estamos refiriéndonos a caminar. A dar pasos, o sea, a pasear. Pocas actividades son tan saludables y, sin embargo, parece que rehuimos de este acto natural encerrándonos en habitáculos artificiales nos transportan velozmente privándonos de ese placer que es movernos por nosotros mismos disfrutando de lo que tenemos alrededor.

Este artículo es un elogio al caminante, persona a la que acertadamente se le califica como subversiva en este contexto mundial mercantilista en el que se desprecia cualquier actividad que no remunerativa ni generadora de gasto o consumo.  

“Una vuelta a las andadas”, de Antonio Fraguas.


Andar es un acto aparentemente inútil e improductivo, en términos mercantilistas. No genera gasto ni consumo y da pie, nunca mejor dicho, al pensamiento y a cierta forma de resistencia. "Creo que no podría mantener la salud ni el ánimo sin dedicar al menos cuatro horas diarias, y habitualmente más, a deambular por bosques, colinas y praderas", decía Henry David Thoreau, abanderado de la desobediencia civil, en su obrita Caminar, un opúsculo de gran éxito en su época (siglo XIX) y que Árdora decidió reeditar hace meses. Es solo uno de los síntomas que indican que algo tan natural como andar está volviendo al debate cultural.

Más allá de imperativos cardiovasculares, caminar se revela como un acto de reflexión y de subversión en un mundo saturado de consumo y dióxido de carbono. "Da la impresión de que algunos de los aspectos literarios y espirituales del caminar están en proceso de recuperación, después de años sin haberlos mencionado", señala José Antonio Millán, escritor, editor y lingüista. Millán escribió en 1994 el artículo Caminante en un paisaje inmenso en un número monográfico de la revista Archipiélago.

El jueves pasado comenzaron los paseos con artistas en el AV Festival de Newcastle, una cita internacional de arte, tecnología, música y cine. Las caminatas compartidas entre el público y los creadores culminarán el día 31 con una slowalk (marcha lenta) a gran escala, una de las singulares obras de arte de Hamish Fulton.
En abril, Alberto Ruiz de Samaniego, Profesor de Estética y Teoría de las Artes de la Universidad de Vigo, hablará en el Círculo de Bellas Artes de Madrid sobre Hombres que marchan. En torno a G. Perec. El próximo septiembre, en México, se celebrará la conferencia Walk 21, un movimiento internacional que busca potenciar el desarrollo de comunidades eficientes y saludables en las que "la gente elige andar". "Caminar significaría volver a plantearse movimientos en direcciones diferentes, locas, imprevisibles, pequeñas, volver a salvar obstáculos y al cansancio real, a las detenciones y los descansos, las emociones y el dinamismo que transitan y fatigan un cuerpo, un campo, una calle o un paisaje", apunta Ruiz de Samaniego.

La nómina de pensadores y escritores andariegos es abultada. "Robert Walser, gran caminante, estaba convencido, como Nietzsche, de que sin los paseos 'no podría escribir media letra más ni producir el más leve poema", recuerda Samaniego, quien en su conferencia intentará "establecer una especie de mapa o de árbol genealógico de esa práctica del caminar urbano en medio de la multitud y el asfalto que ha marcado a la modernidad desde Poe o Thomas De Quincey a Baudelaire y Benjamin, y que culmina, en el caso de Perec, con su novela y filme Un hombre que duerme".

Otro síntoma: estos días llega a las librerías El caminante de Hermann Hesse (editorial Caro Raggio). Cargado con acuarelas, el autor de Demian emplea sus rutas a pie por la Suiza italiana para reformular su individualismo emancipador. "La vida de cada hombre es un camino hacia sí mismo", reflexiona.
"Puede que muchos de los pensadores de la Antigüedad, no sólo los peripatéticos practicasen esta experiencia del pensar caminando. Es sabido que Sócrates deambulaba sin pausa por la ciudad, igual que, en la Academia de Platón y de Aristóteles, las sesiones se impartían caminando por los jardines", recuerda Ruiz de Samaniego. "Esa era la función de los claustros", indica Millán.

En tiempos de crisis (y no solo económica), andar es un acto doblemente subversivo. "Lo es claramente. Y además tiene un aspecto reivindicativo. Frente a las ciudades ocupadas por los coches y frente a la prepotencia de motoristas y ciclistas, que suelen ir por todas partes, hay que decir que los peatones estábamos primero", señala Millán.

En la primera línea de este combate que se libra paso a paso, están asociaciones como A Pie, de Madrid, y Cataluña Camina, de Barcelona. Sus reivindicaciones, La Carta de los Derechos del Peatón (de la Unión Europea ) y la Carta Internacional del Caminar (promovida por Walk21)

Fuente: El País

martes, 20 de marzo de 2012

Garantía de los productos Apple. Piden a Apple que cambie su 'engañosa' política de garantías



  • Se trata de una respuesta coordinada de organizaciones de consumidores
Un total de 11 asociaciones de consumidores de países europeos han instado a Apple a "detener inmediatamente las prácticas engañosas" sobre la garantía que ofrece de sus productos, que en la Unión Europea siempre debe ser de al menos dos años.

"Los consumidores tienen derecho a información clara y sin ambigüedades sobre todas las características de los productos, incluidas las garantías legales y comerciales", señaló la directora general de la Organización Europea de Consumidores (BEUC), Monique Goyens.

Destacó en un comunicado que, en un esfuerzo conjunto, organizaciones de consumidores han pedido al gigante tecnológico estadounidense "poner fin a sus prácticas injustas".

Goyens subrayó que, en la UE, los consumidores tienen derecho a un mínimo de dos años de garantía legal, y que "no deben ser engañados o confundidos" sobre sus derechos fundamentales "por que una compañía quiera vender sus servicios comerciales de garantía".

"Este caso es incluso más importante porque concierne a un destacado líder de mercado, cuyas prácticas tienen un amplio impacto", concluyó.

BEUC explicó que, a raíz de una denuncia de la asociación italiana de consumidores, las autoridades de competencia de ese país impusieron a Apple una multa de 900.000 de euros en diciembre de 2011, al considerar que había violado la legislación comunitaria sobre prácticas comerciales injustas.

En concreto, se acusó a la compañía de anunciar que sus productos se comercializan con un año de garantía de fábrica, sin dar indicaciones claras sobre que los consumidores tienen derecho a un total de dos años de garantía de forma automática y sin costes adicionales, recordó la organización europea.

También se reprochó a Apple la manera en que presentaba y vendía a los consumidores su "plan de protección AppleCare", que consistía en vender una extensión de la garantía.

La autoridad italiana de competencia determinó que esas prácticas "confundían a los consumidores" y ponían en duda su derecho, asegurado por ley, a tener una garantía de dos años.

De ese modo, consideró que los consumidores no podían tomar ninguna decisión informada, y que se les conducía a adquirir de forma errónea las garantías comerciales de Apple.

La decisión de la autoridad italiana fue apelada por la firma, de forma que el caso volverá a ser examinado este miércoles en Italia.

BEUC apuntó que otras asociaciones de consumidores de otros países de la UE observaron las mismas prácticas en la página web de la compañía, y que además recibieron quejas sobre la presentación y promoción del servicio de garantía de Apple.

Así, la organización europea ha instado a la compañía a "adaptar la información dirigida a los consumidores de acuerdo con los estándares de la UE y la legislación nacional", concluyó.

Las asociaciones de consumidores que escribieron a Apple o presentaron una denuncia pertenecen a España, Italia, Bélgica, Portugal, Luxemburgo, Alemania, Holanda, Dinamarca, Polonia, Eslovenia y Grecia.