lunes, 15 de abril de 2013

La voracidad no tiene límites: ni los ancianos ni los niños se libran de ser engañados con las participaciones preferentes



Dos reveladores ejemplos de las fechorías llevadas a cabo por determinadas entidades bancarias a través de la venta de participaciones preferentes, cuya consigna parecía ser la de colocar estos productos sin miramientos:

Por una parte Bankia, que vendió 500 participaciones preferentes a una costurera viuda octogenaria sin proporcionarle el asesoramiento e información obligada sobre el nivel de riesgos del producto, y sin comprobar su capacidad para entender las características del producto que contrató.

De otra,  Novagalicia que convirtió en participaciones preferentes el depósito de una cartilla infantil sin proporcionar la información a la madre de la ñiña titular sin proporcionarle tampoco la información adecuada.


Estas son las noticias, propias de la página de sucesos:

Bankia devolverá 50.000 euros a una anciana preferentista

Una entidad de Caja Madrid vendió un paquete de 500 participaciones preferentes a una viuda sin informarle del nivel de riesgo

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid, Rafael Fluiters, ha condenado a Bankia S.A. a pagar 50.000 euros a una costurera viuda octogenaria a la que vendió 500 participaciones preferentes sin darle el asesoramiento adecuado e informarle del nivel de riesgos del producto, y sin comprobar su capacidad para entender las características del producto que contrató.
Según explica el magistrado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la entidad bancaria no realizó el debido asesoramiento ni comprobó si la clienta, representada por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios AUSBANC, tenía los conocimientos y la experiencia suficiente para conocer "el funcionamiento del producto, su alcance y riesgos".

Declara así nulo el contrato sobre la venta de preferentes firmado por la demandante en el año 2009, cuando, según dijo, una entidad de la antigua Caja Madrid contactó con ella ofreciéndole "una suerte de depósito fijo" dirigido a los "mejores clientes" y en el que "no había posibilidad de perder un euro del capital depositado".

El juez pone de manifiesto que la propia comercial que gestionó el contrato de Mercedes T.C. reconoció su "total desconocimiento" sobre la mujer. "No sabía que era viuda, ni que había sido profesionalmente costurera, ni por tanto su nivel cultural, ni que tenía contratada una de las llamadas hipotecas inversas", señala.

De este modo, recalca que la entidad vendió preferentes a una mujer de la que "desconocía todo lo relativo a sus conocimientos y experiencia, su situación financiera y sus objetivos de inversión" y todo ello sin contar con que la cliente tenía 80 años cuando firmó en junio de 2009 el contrato, dato que, además, convierte según el juez en un "verdadero sarcasmo" la afirmación realizada por la comercial de que "a la clienta no le importaba la liquidez".

El juez asegura que Bankia incumplió el artículo 72 del Real Decreto 217/2008 sobre evaluación de la idoneidad, en el que se establece que "cuando la entidad no obtenga la información" del cliente que fija la normativa, "no podrá recomendar servicios de inversión o instrumentos financieros al cliente".
En este sentido, el magistrado insiste en que la entidad ha incumplido "sus deberes legales para con la clienta" al no haber realizado "el imprescindible test de idoneidad, con la indagación que ello conlleva, y no habiendo en el juicio demostrado que la misma tuviese los conocimientos y experiencia suficiente para conocer el funcionamiento del producto, su alcance y sus riesgos". "Esa labor de indagación no consta realizada", asevera.
Sin información "comprensible"

Asimismo, el magistrado hace hincapié en el hecho de que, además de no haber asesorado a la octogenaria convenientemente, las participaciones preferentes son ya de por sí un "producto complejo" que puede implicar "pérdidas reales o potenciales para el cliente" y del que "no puede asegurarse que exista a disposición del público información suficiente" y "comprensible" que le permita decidir.

Además, critica que en la firma del contrato hubo un "aparente conflicto de intereses" ya que el "perjuicio de la inversora" se tradujo en un "beneficio" para la entidad. En este sentido, denuncia que los documentos parecen firmados "con apremio y sin reflexión".

Por todo ello ha el juez declara nulo el contrato y obliga a Bankia a devolver a la octogenaria 50.000 euros en concepto de "las cantidades depositadas en la actualidad, con los intereses legales de dicho importe, devengados desde la contratación del producto, hasta su total satisfacción, pero deduciendo de dichos importes las cantidades percibidas por la actora como intereses" abonados por Bankia.
Por último, el magistrado recuerda que contra la sentencia, dictada el 8 de abril, cabe interponer en un plazo de veinte días recurso de apelación ante este tribunal para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.


Novagalicia convirtió en preferentes el depósito de una cartilla infantil

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo ha vuelto a resolver a favor de un afectado por la venta irregular de participaciones preferentes y condena a Novagalicia Banco a devolver 1.860 euros a una mujer que había contratado el producto para su hija creyendo que era un depósito.

La sentencia, con fecha del martes, analiza y rechaza los tres argumentos que utiliza el banco para tratar de evitar la condena: que ya habría caducado el plazo para reclamar la nulidad del contrato; que los “folletos informativos y trípticos” que se facilitaba a los clientes daban información suficiente sobre lo que realmente eran las preferentes; y que el hecho de no reclamar durante varios años —la firma data de 2005— debería entenderse como una especie de conformidad sobrevenida con el contrato, aun cuando en el momento de la venta no se tuviese claro lo que se firmaba.

La resolución entiende que no hay “motivo alguno” para apreciar que tanto la madre como la hija tuviesen un perfil inversor que les habría llevado a contratar un producto que no querían “fruto de su propia negligencia o desatención”. Tampoco considera que entregar un folleto informativo sirva a la entidad para decir que informó adecuadamente a los clientes, y sí que el empleado que vendió las preferentes debería haber explicado mejor de qué se trataba. “No habría de extrañar que pudieran terminar confundiendo el producto con algo semejante a un depósito a plazo”, añade la sentencia, que en ese sentido dice que “no basta” con que en la tapa de la libreta se pueda leer “activos financieros”.

Tras interrogar al oficinista, el juez entiende que la información facilitada “distó mucho de la deseable precisión y claridad que demandan los códigos de conducta […] Apenas supo precisar que había explicado a los clientes que la inversión se podría recuperar fácilmente en una o dos semanas. Sin embargo, dijo no acordarse […] de si llegó a facilitar una copia del contrato”. Como en otras resoluciones, el texto recuerda que en estos casos la carga de la prueba recae sobre el banco y que las explicaciones que da son insuficientes. Novagalicia reclamaba, en todo caso, que de estimarse la reclamación se le devolviesen los 376 euros intereses cobrados en estos años. El juez no se opone en el fondo, pero argumenta que la entidad hizo esta precisión fuera de tiempo, así que la rechaza y sugiere que pida el reembolso “de otro modo o mediante otro procedimiento”.

Fuentes: 
El Comercio  
El País

miércoles, 3 de abril de 2013

Dos normativas que chocan: la legislación protectora de los derechos de los consumidores y la regulación hipotecaria. “En el laberinto de las hipotecas”, artículo de Ángel Aznárez






En el laberinto de las hipotecas
Ángel Aznárez
Notario





¡Anda, Pablito, pasa y entra, que asan carne!

(De novela de pícaros)




La escandalera de las hipotecas, ya muy maltrechas, sigue su marcha, a paso y pasito, entre muros laberínticos; unas hipotecas que fueron garantía reina y que hoy son casi basura. Un día, el 13 de febrero de 2013, el Congreso de los Diputados -para aplazar el barullo y darse tiempo a decir no- admite a trámite una radical iniciativa legislativa popular sobre la dación en pago; otro día, sentencia bomba del 14 de marzo de 2013, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara «abusivos» artículos del procedimiento de ejecución de hipotecas. Y lo último, el Colegio de Registradores de la Propiedad y la ex directora general de los Registros y del Notariado (durante gran parte del mandato de Zapatero) andan a la greña sobre supuestas responsabilidades en lo pasado acontecido.

Nada de lo ocurrido en la primera década de los años 2000 («década prodigiosa», por los prodigios en ella ocurridos, hipotecarios también) se puede entender sin referencias políticas. Si ha sido fenómeno generalizado en esa década (en Europa y América) la llamada oligarquización de la política o «poder del dinero en pocas manos y mangoneándolo todo», lo ocurrido en España fue de apoteosis o de Apocalipsis, como lo reveló eso tan indiscreto que fue la explosión de la burbuja inmobiliaria, seguida de la crisis y del rescate bancarios, con el gran escándalo -acaso el mayor en la historia contemporánea española- de la desaparición de las cajas de ahorros.

Quienes mandaron -los del dinero- mandaron y de verdad. No mandaron ni políticos, ni esos de los «órganos reguladores» (¡qué papelón delictivo el del Banco de España!), ni funcionarios, unos genuinos y otros híbridos (notarios o registradores de la propiedad): que todos al servicio del poder, es decir, el del dinero. En el libro «La política de la impotencia» de Fitoussi (2005) ya se denunciaban las exageraciones del mercado, que puso en práctica la idea nefasta de que «la protección de la población era un obstáculo a las adaptaciones del mercado», diabolizándose lo social. Y los políticos, de derechas y de izquierdas, en general, muy en el machito corrupto y a gusto. En ese contexto, hablar de consumidores y de abusos de derechos de los consumidores era y fue una extravagancia.

Pongamos un ejemplo para ver claro y no borroso: resulta que el real decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, insiste en que los notarios y los registradores de la propiedad no autorizarán ni inscribirán contratos en los que se pretenda la inclusión de cláusulas declaradas nulas por abusivas e inscritas en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación. Curiosamente, apenas días después, la ley 41/2007, de 7 de diciembre, para, según el preámbulo, «mejorar y flexibilizar el mercado hipotecario», modifica el artículo 12 de la ley hipotecaria, obligando a que los registradores de la propiedad no califiquen lalegalidad de las cláusulas de vencimiento anticipado y las de carácter financiero, copiándolas literalmente de las escrituras de hipoteca. Y decir eso a los registradores fue una manera de señalar el camino a los notarios, que ya lo conocían, pues unos padecían lo que era poner «pegas» a los bancos y cajas de ahorros y otros disfrutaban poniéndoles alfombras -para eso tienen bancos y cajas el «derecho a la libre elección de notario».

Seguramente los señores diputados, cuando aprobaron la ley 41/2007, no conocían el intríngulis de la misma, creyendo a pie juntillas en lo de «flexibilizar el mercado hipotecario», como si se necesitasen más, muchas más hipotecas, y las que se estaban firmando fueran pocas, y eso, meses después, del estallido clamoroso de las hipotecas subprime en USA (primavera y verano de 2007). ¡Asombroso! El «asunto» de esa ley fue de tal atentado contra los consumidores, contra los llamados principios hipotecarios y contra el sentido común que los patrocinadores de aquello aún hoy tratan de argumentar, en su defensa, con fantasías. Es muy interesante leer lo que el Ministerio de Justicia (época de Zapatero), a través de la Dirección General de los Registros, repetía en tan «prodigiosa década» (resoluciones declaradas nulas por los tribunales).

La disparidad denunciada en el apartado anterior, entre lo hipotecario y lo de los consumidores, nos introduce en un asunto crucial. Una constante en el Derecho español es que por un camino vaya la legislación hipotecaria, que data del siglo XIX, y que por otro camino, el opuesto, vaya la legislación protectora de los derechos de los consumidores y los usuarios, que es novedad del siglo XX, ya avanzado. Incidentalmente señalaré que a los nuevos derechos fundamentales (¿?), los de protección de los consumidores, los relacionados con el medio ambiente y los de la salud, tan proclamados en papeles (leyes), les cuesta enormes esfuerzos «levantar la cabeza»: a estas alturas aún no sabemos qué aire respiramos en nuestras ciudades, ni qué porquerías comemos -la novedad está en los bonitos envoltorios.

La historia hipotecaria lo deja todo muy claro: lo que determinó el desarrollo del crédito hipotecario (préstamos con garantía hipotecaria) no fue la existencia de una novedosa ley sobre hipotecas (ley de 1861), sino la existencia de un procedimiento judicial excepcional, fácil, abreviado y rápido, con el fin de que el acreedor hipotecario, a la mínima, pudiera «hacer efectiva la garantía hipotecaria», o sea, cobrar y cobrar rápido. Un privilegio que, si inicialmente lo tuvo el Banco Hipotecario (1872), por la ley hipotecaria de 1909, se generalizó (interesantísimos los debates de esta ley presentada en las Cortes en 1893), así hasta hoy (ley de Enjuiciamiento Civil). Razón tienen los que consideran la hipoteca como un embargo convencional y anticipado.

Es evidente que el aspecto procesal de la hipoteca fue esencial y lo sigue siendo para la concesión de préstamos hipotecarios -el aspecto procesal y ejecutivo de la hipoteca es una de las caras, la fea o dramática (el envés), pues la otra, la de su constitución (haz), es la del momento feliz, el de recibir el dinero prestado y cambiar con ilusión de casa-. Pero, de repente, casi de improviso, en esa facilidad de ejecución hipotecaria surgen unos nuevos protagonistas, que la lían, los consumidores con sus derechos, inimaginables; a quién se le iba a ocurrir que los ejecutados hipotecarios tuviesen derechos fuera del estricto marco hipotecario, si todos los derechos estaban en el otro lado, el de los acreedores. Y en ese gran tiberio estamos, sobre todo después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia del 14 de marzo de este mismo año, declarase que los procedimientos judiciales de ejecución de hipotecas, por abusivos, atentan contra la directiva 93/13 de la Unión Europea de protección de los consumidores.

Esa sentencia va en la línea contraria respecto de la que se basó el sistema hipotecario español, que siempre fue indiferente a la legislación sobre consumidores y usuarios. Lo de esa sentencia es una auténtica bomba atómica en y contra el sistema español de garantías bancarias y crediticias. El Tribunal Constitucional español, en sentencias sobre recursos de amparo, con esa visión, llamada de Estado, reiteró que los procedimientos de ejecución hipotecaria no impedían la tutela judicial efectiva, no entrando en asunto de consumidores (así, desde la primera sentencia, la del 18 de diciembre de 1981).

Ya tenemos, pues, «hermanados» a los deudores hipotecarios y a los consumidores, muy juntos ahora y muy separados hasta ahora. El problema es que para que haya hermandad efectiva las normas procesales han de cambiar y de inmediato -cambiadas las reglas, ya se verá qué pasa con la concesión de hipotecas; mientras tanto, paralización de concesión y ejecuciones judiciales de hipotecas-. Y vuelta a empezar, como en 1872 y en 1909.

El problema es muy grave y hasta pudiera poner en el aire la solvencia de bonos y cédulas emitidos por las entidades financieras a millares, garantizadas con hipotecas «fetén», de rápida ejecución. Seguimos, pues, en el laberinto, como el de Creta, a merced del Minotauro, sin poder escapar ni siquiera y provisionalmente por lo alto o volando, como Ícaro, el de las alas de cera. ¡Es que banqueros y cajeros se creyeron tan listos, tanto, siendo en realidad muy brutos, mucho!

lunes, 1 de abril de 2013

Sobre la connivencia de los poderes públicos ante las prácticas abusivas bancarias: “Preferentes, deuda subordinada y dolo bancario”, artículo de Francisco J. Bastida






Preferentes, deuda subordinada y dolo bancario
Francisco J. Bastida 

La crisis financiera ha dejado al descubierto, entre otras muchas cosas, las prácticas abusivas de los bancos y la connivencia de los poderes públicos con el poder económico. Una pesadilla del peor liberalismo político y económico.

Los bancos han abusado de los suscriptores de hipotecas con cláusulas y prácticas contrarias a derecho, sin la oposición de ninguna autoridad económica, ni de notarios, registradores y jueces. Han tenido que ser las víctimas las que sacudiesen la conciencia jurídica de algunos jueces para que, al final, fuese el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el que ordenase abrir los ojos a tanto ciego institucional.

Además de prestar dinero alegremente, pero exigiendo garantías exorbitantes, bancos y cajas se han dedicado a captar los ahorros de sus clientes, abusando de su confianza. Primero fisgando en sus cuentas, un atentado a su intimidad, para saber la cuantía de sus ahorros y después llamándoles para invertir en unos productos rentables y convertibles; en algunos casos con fecha de vencimiento como si fuese un depósito a plazo fijo. En la inmensa mayoría de los casos los inversores prestaron su consentimiento sin una correcta información, en la que se ocultaban datos esenciales; uno en especial, que la inversión no era segura y que, por tanto, no eran clientes adecuados para esos productos. Siendo benévolos, se podría pensar que bancos y cajas actuaban ocultando los riesgos que corrían estos clientes (a los que halagaba con el trato de "preferentes"), en la creencia de que el peor de los escenarios, el colapso de estos productos híbridos, era muy improbable. Pero aun así, bancos y cajas han actuado no sólo de manera temeraria, sino con lo que en derecho penal se denomina "dolo eventual", es decir, no con el ánimo deliberado de perjudicar a sus clientes, pero sí con la voluntad de no dejar de captar sus ahorros ocultando el riesgo que corrían, incluso en el caso de que ese escenario improbable se hiciese realidad. Y la realidad se hizo presente, poniendo en evidencia la actividad dolosa de bancos y cajas, dejando maniatados a los que creían tener sus ahorros a salvo de cualquier contingencia, porque en cada extracto mensual aparecía su inversión anotada como "renta fija".

¿Qué es lo que hace el Gobierno? Desconocer la realidad y tratar el problema al más puro estilo liberal, como si los clientes de preferentes y de deuda subordinada fueran inversores duchos en estos productos, y no víctimas en masa de un consentimiento prestado con deliberada falta de información y con abuso de la confianza depositada en la entidad bancaria.

Las medidas adoptadas benefician al delincuente y no a la víctima, dejando a un lado la responsabilidad de las entidades bancarias. Pero es que para el Estado no hay delincuentes ni víctimas, sino, todo lo más, inversores poco diligentes e incluso negligentes, a los que desde el gobierno se les echa una mano, buscándole con tales medidas una buena salida.

La salida consiste en que las participaciones en preferentes y en deuda subordinada se canjeen por acciones de la entidad que las emitió. El canje puede ser voluntario o forzoso; en ambos casos con una sustancial pérdida segura o muy previsible del valor de lo invertido. Como se quiere ignorar el engaño inicial, se sigue con la comedia liberal de que todo se ha hecho desde el principio con absoluta trasparencia y que se va a seguir haciendo. Así, se habla de canje "voluntario", cuando, en realidad, se pone la pistola al pecho del inversor y se le advierte de la posibilidad de un canje forzoso mucho más gravoso. Ante tal amenaza, el que opta por el canje voluntario se encuentra con que debe pasar un test de idoneidad para ser accionista, o sea, una prueba que demuestre que tiene conocimientos suficientes de lo que significa ser accionista y el riesgo económico que ello significa. Hecho el test, el resultado es que no es un cliente idóneo para tal operación, porque el 99 por 100 de aquellos suscriptores ya no eran idóneos para los productos que de manera engañosa o desinformada adquirieron.

Pese a ello y para curarse en salud, tras el test con resultado negativo, la entidad bancaria pone a la firma del "voluntario", que opta por el canje como mal menor, un papel humillante. Debe firmar que, pese a no ser un cliente idóneo para convertirse en accionista, desea canjear su anterior inversión tóxica por acciones del banco. Además, para que no haya dudas, al lado de su firma debe escribir de su puño u letra: "no conveniente". Todo un atentado a la dignidad de la persona, que se ve, bajo amenaza de un mal mayor, en la necesidad de firmar que no le conviene un producto, pero que lo va a tomar. A esto se le llama vulneración del derecho fundamental a la integridad moral de las personas. No se le permite salvar con su firma que acepta el canje para evitar daños mayores, ni que se reserva las acciones legales para reclamar ante tal atropello. Sólo puede firmar: me han dicho que soy una persona prudente y que seré un temerario si compro las acciones, pero deseo hacerlo. Firmado: soy un imprudente.

Esperemos que los jueces españoles o europeos pongan freno a tanto latrocinio bancario en nombre del liberalismo, y que sea antes de que la lucha por la dignidad y los ahorros arrebatados se libre en otros ámbitos. Entre tanto, el principal depósito con el que cuentan los bancos, la confianza de sus clientes, se diluye con celeridad. Sin él los demás depósitos vuelan y eso es lo que están haciendo los ahorradores, que cada vez se sienten más chipriotas.

P.D.: ¿Los miembros de consejos de administración de bancos y, sobre todo, de cajas de ahorro, han pasado algún test de idoneidad para el cargo o simplemente firman que cobrarán sueldos e indemnizaciones millonarias sin responsabilidad alguna?

Francisco J. Bastida

Estradense. Catedrático de Derecho Constitucional

Fuente: Faro de Vigo

lunes, 25 de marzo de 2013

Chipre: "El desgobierno europeo", de José Ignacio Torreblanca




El desgobierno europeo

La crisis en Chipre ha puesto de manifiesto los graves problemas de la Unión Europea

 


Lo ocurrido esta semana en relación con Chipre ha puesto de manifiesto con total brutalidad hasta qué punto la Unión Europea tiene un problema de desgobierno. 

Son cuatro las razones que explican por qué el sistema decisorio europeo está gripado.

1.- El sistema no resuelve los problemas. 

Primero, no es eficaz a la hora de atajar los problemas que pretende resolver. Más bien al contrario, tiende a agravarlos. Esto es cierto tanto en el nivel macro como en el nivel micro. En el primero, observamos cómo el crecimiento se estanca, el desempleo sigue subiendo y la deuda no sólo se reduce sino que crece. La combinación de un diagnóstico de la crisis erróneamente centrado en la deuda pública, seguido de unas prescripciones articuladas en torno a la austeridad a ultranza y unos líderes europeos pegados a la arena electoral de cada país nos han llevado a un sistema de crisis permanente.

A un diseño defectuoso de la zona euro y unas políticas erróneas se ha sumado una década de dejaciones que han convertido a la UE en un campo de minas: Grecia falseando las estadísticas, Italia negándose a reducir la deuda, Alemania inundando a sus socios de dinero barato, España cebando sin límite una burbuja inmobiliaria, Irlanda inflando su sector financiero y haciendo dumping fiscal a sus socios, Chipre montando un paraíso fiscal al servicio de Rusia, y así sucesivamente.

La acumulación de una serie desequilibrios tan tóxicos, junto con la falta de instrumentos efectivos para lidiar con la crisis, nos instala en una situación en la que todos los problemas acaban adquiriendo carácter sistémico. Que España o Italia lo fueran es comprensible, pero que Grecia y hasta el minúsculo Chipre puedan desestabilizar toda la eurozona nos da la verdadera idea de la fragilidad del sistema y su falta de mecanismos de seguridad.

Que las políticas para salir de la crisis no están funcionando es evidente y que las instituciones europeas y sus líderes no están a la altura del trabajo también lo es, pero la UE sigue instalada en la autocomplacencia de los pequeños pasos y en la soberbia de pedir tiempo y paciencia. ¿Cuánta? 

2.- El sistema no rinde cuentas. 

La segunda razón por la que el sistema decisorio europeo está agotando su legitimidad tiene que ver con los procedimientos, la transparencia y la rendición de cuentas. Aquí también, la evidencia se acumula, tanto en el nivel macro como en el micro.

Al parecer, todo el mundo sabía que Chipre era la lavandería de dinero negro ruso y un paraíso fiscal sobredimensionado. No hablamos de las Bahamas, sino del territorio de la UE, uno de los más regulados del mundo. ¿No hay nadie responsable de que hayamos llegado a esta situación?

La saga de las idas y venidas respecto a los depósitos bancarios ofrece también un ejemplo revelador de lo difícil que resulta entender quién toma las decisiones y responsabilizar a alguien por los errores. ¿Ha sido el gobierno chipriota, el Eurogrupo, la Comisión, Alemania, el BCE o todos ellos los responsables del desaguisado de los depósitos chipriotas? Ni lo sabemos ni lo sabremos por lo que no podremos exigir responsabilidades.

Aquí también, lo que es cierto respecto a las pequeñas decisiones también lo es respecto a las grandes. El Comisario Rehn, acosado por la evidencia empírica y los expertos, que cuestionan el mal funcionamiento de la política de austeridad a ultranza, se defiende enviando una carta a los Estados miembros en la que les pide calma y les asegura que estamos en el buen camino. Ese es el estado de la democracia en la UE; la sustitución del debate político en público por un intercambio de cartas y comunicados plagados de condescendencia. 

3.- La Comisión y el Parlamento están fuera de juego. 

Más grave aún resulta el lamentable estado de la Comisión Europea, que añade un cuarto factor al desgobierno. Su Presidente, Durao Barroso, está desaparecido bajo la sombra que proyecta la figura del presidente del Consejo, Van Rompuy. Poquito a poco, con mucha discreción y aprovechando su apariencia inofensiva, este habilidoso político belga ha logrado más poder de lo que jamás pudimos imaginar. Con ello, la Comisión Europea, guardiana de los Tratados y representante del interés general europeo, ha quedado convertida en una especie de ejército de Pancho Villa donde cada Comisario va por su cuenta e interpreta su misión de acuerdo con sus propias capacidades y limitaciones. Si todos los Comisarios fueran igual de competentes (recuerden, hay nada menos que 27), la falta de liderazgo ya sería un problema, pero la realidad es que la calidad de esta Comisión es tan asimétrica que su papel político está cortocircuitado.

Ante la debilidad de esta Comisión, casi toda la sustancia política queda en manos de los Estados miembros y del Consejo. Incluso suponiendo que todos los Estados fueran iguales, nos encontraríamos con un problema serio pues, como sabemos, los comités no tienden a ser los más adecuados a la hora de tomar decisiones. ¿Se imaginan que España estuviera gobernada por la Conferencia de Presidentes Autonómicos y que tuvieran que hacer los presupuestos del Estado por unanimidad? Seguramente visualizan la pesadilla que supondría. Pero es que, además, en el Consejo las diferencias de poder entre los Estados miembros son tan brutales y han sido tan acrecentadas por esta crisis que lo que allí acontece se asemeja más a la ley de la selva donde los más fuertes imponen su ley y los demás callan que a un órgano ejecutivo o legislativo (que las dos cosas es).

Pero de entre todas las instituciones, el Eurogrupo y el BCE, convertidos en gobierno de excepción de la UE se llevan la palma en cuanto a opacidad y nula rendición de cuentas. El ultimátum lanzado a Chipre por el BCE para que se avenga a las condiciones del Eurogrupo o se marche de la zona euro es un caso claro de hasta qué punto el lenguaje de poder que caracterizó durante mucho tiempo las relaciones entre Estados europeos, y que la UE pretendía superar, está de vuelta. En una Europa que quiera por lo menos aparentar que es un estado de derecho mínimamente democrático, una decisión del calibre de enseñar la puerta de salida a un Estado miembro sólo la debería poder tomar el Consejo, de acuerdo con el Parlamento Europeo y a propuesta de la Comisión Europea, no el Presidente del Eurogrupo, el Presidente del BCE y, parecer, Angela Merkel. Estamos en 2013, no en 1914. 

4.- El predominio de las lógicas nacionales. 

La última razón que explica los problemas de desgobierno y de legitimidad tiene que ver con la fragmentación de la política a lo largo de sistemas nacionales con visiones de la crisis, identidades nacionales y ciclos electorales diferenciados. No tenemos una democracia europea porque no tenemos un gobierno europeo responsable ante los ciudadanos y tampoco tenemos un demos europeo que permita una solidaridad entre los ciudadanos. Desde su óptica, el parlamento alemán hace bien en defender que los ahorradores alemanes no paguen por los desmanes de griegos o chipriotas. Por la misma razón, el parlamento chipriota se niega a suicidarse aceptando un plan que no tendrá el apoyo de sus ciudadanos. Esa suma de decisiones racionales nos lleva al desastre colectivo puesto que genera un bloqueo entre legitimidades contradictorias. Ya vivimos esto en el proceso de ratificación parlamentaria del Tratado Constitucional. Ante la imposibilidad de reformar los Tratados por miedo al bloqueo, gran número de decisiones se toman ahora por vía intergubernamental y nos encontramos con que, a cada paso, se funde el fusible parlamentario en un país y hay que volver a empezar. 

Sí que hay opciones. 

En el sexto año desde que comenzara la crisis, la mayoría de los líderes sigue sin entender que no se puede gobernar la crisis del euro con 17 gobiernos, 17 parlamentos y un Banco Central que tiene una mano atada a la espalda. Sorprenderá a algunos, pero no tenemos un déficit de conocimiento. No estamos desconcertados ante un extraño virus cuyo mecanismo de transmisión no entendemos. Lo que le pasa a Europa es meridiano: si se quiere una moneda común, tendrá que tener una unión bancaria, lo que significa dotarse de mecanismos europeos de supervisión bancaria, garantía de depósitos y resolución de crisis. Y eso requiere, a su vez, tener unos impuestos comunes mínimos y unas políticas fiscales comunes que no se debiliten mutuamente. Lo que a su vez exige coordinar más estrechamente las políticas económicas y vigilar más los desequilibrios que se vayan acumulando, tanto por el lado de los acreedores como de los deudores. Por razones obvias, todas esas tareas sólo pueden ser acometidas por unas instituciones que se hayan legitimado democráticamente ante los ciudadanos, no sólo en el momento de su elección, sino en cada decisión que tomen, y que tendrán que ser controladas estrechamente. El euro necesita un poder ejecutivo y un poder legislativo y un equilibrio de poder entre ellos, no esta tecnocracia de comité que tenemos en la actualidad.

No es obligatorio dar todos estos pasos hacia una unión política más capaz y legítima. Quienes quieran pueden decir “no, gracias” y bajarse del tren. Pero seguir engañándonos y pretender que estamos en el buen camino es una estrategia suicida. Sin esa unión bancaria, fiscal y económica, y sin instrumentos de legitimación política, el euro nunca será estable y en lugar de beneficiar a sus ciudadanos, les traerá sufrimientos innecesarios. Todo lo demás es el melancólico lamento de Macbeth sobre el significado de la vida tras la muerte de esposa: “ruido y furia, cuento contado por un idiota que nada significa”.

Fuente: El País

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sábado, 23 de marzo de 2013

Cláusulas abusivas bancarias. El Tribunal Supremo declara nulas las cláusulas suelo "cuando haya falta de transparencia"



El Tribunal ha estimado parcialmente un recurso de casación declarando nulas las denominadas ‘cláusulas suelo’, "cuando haya falta de transparencia" en los contratos de préstamo hipotecario a interés variable celebrados entre profesionales y consumidores.

Las cláusulas suelo son condiciones previstas en los préstamos hipotecarios a tipo variable que impiden que las cuotas bajen aunque el índice de referencia (en la inmensa mayoría de los casos, el euríbor) sí lo haga.

El Tribunal Supremo, por unanimidad ha estimado un recurso de casación contra una Sentencia  de la Audiencia Provincial de Sevilla que -en contra del criterio de otra sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla-  estimó adecuadas a derecho las cláusulas suelo previstas en diversos préstamos hipotecarios de BBVA, CAIXA GALICIA (actualmente, NCG BANCO) y CAJAMAR y así lo comunica en una escueta nota de prensa.

El letrado de Ausbanc, asociación que llevó el caso a las tribunales, insiste en que los bancos deberían devolver el dinero cobrado de más a los que firmaron contratos de este tipo. Sin embargo, el Tribunal Supremo, en su nota, dice lo contrario: “Se declara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas”.

La decisión, la primera del alto tribunal al respecto, es firme. La nota no explica cuáles son los casos de falta de transparencia, ni quién decidirá qué cláusulas son nulas o no. La sentencia definitiva sobre el caso está pendiente de redactar por el magistrado ponente, Antonio Salas Carceller, quien deberá comunicarla a las partes. “Tenemos montones de dudas todavía”, indicó Rafael García Carrellán, letrado de Ausbanc. Se presentaron acciones contra tres contratos tipo de BBVA, la entonces Caixa Galicia (hoy NCG Banco) y Cajamar. Los contratos fijaban unas cláusulas suelo de entre el 2,5% y el 3,25% (el euríbor de febrero cerró al 0,594%) y unas cláusulas techo (límite máximo de los intereses) entre el 10% y el 15%. Estas son las condiciones que el Supremo han declarado nulas.

Los bancos argumentaron entonces que el perjuicio para los clientes que suponía la cláusula suelo se veía compensado por la protección ofrecida por la cláusula techo. El 14 de octubre de 2010, el juzgado número 2 de lo Mercantil de Sevilla indicó que “desde la creación del euríbor, no se escapa al sentido común que un préstamo a tal interés [el de las cláusulas techo], manteniendo las demás circunstancias ahora vigentes (...) sería materialmente imposible”.

El juzgado consideró entonces que un “desfase” tan amplio entre ambas cláusulas solo beneficiaba a los bancos, por lo que declaró nulas las condiciones y prohibía a las entidades seguir comercializando préstamos que las incluyeran. Los bancos recurrieron ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que les dio la razón. Ausbanc recurrió.

La Asociación Española de Banca (AEB) afirmó en una nota de prensa que la decisión del Tribunal Supremo confirma la legalidad de las cláusulas suelo y señaló que la transparencia en los préstamos está “garantizada” por la “doble intervención de fedatario público: notario y registrador”.

Este pronunciamiento se produce una semana después de que el Tribunal de Justicia de la UE haya dictaminado que el régimen procesal español sobre desahucios es contrario a las normativas europeas. Por otro lado, el pleno de la Sala de lo Civil, encabezado por el presidente Juan Antonio Xiol, cerrará hoy el debate sobre si declara abusivas las cláusulas “suelo” y “techo” de algunas hipotecas o si cabe responsabilizar a los bancos por inversiones de “alto riesgo” como las denominadas participaciones preferentes.

Además de este recurso, tiene sobre la mesa la petición de declarar la responsabilidad de los bancos por la gestión de capital ajeno en productos de inversión financiera de alto riesgo y la alegación de incumplimiento de los deberes de diligencia en información del riesgo en la adquisición de valores.


Fuentes:
EL PAÍS
CGPJ

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domingo, 17 de marzo de 2013

Priorizar los objetivos económicos en la Sanidad: Reino Unido pudo evitar 20.000 muertes en hospitales

La investigación detecta que Reino Unido pudo evitar 20.000 muertes en hospitales 
 
El asesor del Gobierno que revisa lo ocurrido en el mayor escándalo sanitario del país denuncia que las autoridades hicieron caso omiso a las alertas

La muerte de más de 20.000 pacientes de hospitales británicos podría haberse evitado si los responsables de la sanidad pública y el poder político hubieran atendido a las alertas sobre la elevada tasa de defunciones en varios centros a lo largo de la última década. Así lo ha denunciado el profesor Brian Jarman, asesor del Gobierno y uno de los responsables de la investigación del escándalo sobre las extremas negligencias por parte del personal médico, administrativo y los propios gestores del sistema, con el resultado de tantas muertes innecesarias.

La dura crítica vertida esta mañana por sir Brian Jarman ante los micrófonos de la radio BBC4 se produce apenas un mes después de que el primer ministro británico, David Cameron, entonara una disculpa pública por las malas prácticas, “verdaderamente espantosas” según sus palabras, que definieron de forma sistemática el funcionamiento de al menos 14 hospitales del NHS (el sistema de salud pública, en sus siglas inglesas); con especial ahínco en los centros del condado de Stattfordshite (centro de Inglaterra), donde los pacientes incluso se vieron privados de agua y alimentos, y cuyos índices de mortalidad durante el periodo de 2005 a 2008 superaron las previsiones estadísticas entre 400 y 1.200 personas.

Esas cifras inusualmente elevadas en Stattfordshire y otros hospitales de la geografía británica llevan 12 años en el punto de mira del equipo de Jarman, director de la unidad de investigación del Imperial College de Londres que las registra en estadísticas con carácter mensual. El profesor se ha declarado frustrado por la nula reacción de los responsables del NHS ante sus advertencias sobre esas anomalías, que también asegura haber transmitido sin éxito en 2010 al entonces ministro de Sanidad, el laborista Andy Burnham.

Si bien resulta imposible establecer que miles de pacientes habrían sobrevivido con mejor atención y tratamiento, la última investigación lanzada por el actual gobierno conservador de Cameron (después de que otras seis anteriores se saldaran con una simple crítica) sí confirmó que cuanto menos fueron víctimas de una gestión que primaba la consecución de objetivos económicos por encima de la calidad del servicio. “Esos hospitales que de forma persistente han venido revelando elevadísimas tasas de mortalidad a lo largo de al menos diez años deberían haber sido investigados antes, porque es más que probable que las hubiéramos atajado”, sostiene el profesor Jarman, expresidente de la Asociación Médica Británica.

Sus palabras cobran especial resonancia cuando los familiares de los pacientes afectados siguen reclamando una depuración de responsabilidades en el sistema público de salud, frente al mero catálogo de recomendaciones para mejorar los códigos de conducta que ha publicado el gobierno de Cameron tras divulgarse la tremebunda radiografía de las disfunciones del sistema sanitario. El anuncio de que sir David Nicholson, máximo responsable del NHS y anteriormente de la cuestionada red hospitalaria de Staffordshire, no pretende abandonar el cargo ha soliviantado a los allegados de unas víctimas cuya muerte quizá no fuera inevitable.

Fuente : El País