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domingo, 22 de julio de 2018

Escasa cobertura pública, falta de control y publicidad salvaje han abonado el modelo de dentistas de bajo coste como el de iDental




  • La inspección de centros sanitarios que debe impedir casos como el de esta cadena recae en las comunidades autónomas
  • Las clínicas utilizan publicidad agresiva de ofertas y descuentos para captar clientes al no existir una regulación. "El vacío crea confusión e inseguridad", dicen los colegios profesionales 
  • La sanidad pública limita la atención en adultos a casos agudos como las infecciones o las extracciones
La débil cobertura pública para la salud dental en España ha abonado un negocio de bajo coste en el que se compite a base de ofertar tratamientos cada vez más baratos. La falta de un control más férreo de la actividad por parte de las administraciones y la rienda suelta a una publicidad sin cortapisas, según cuentan desde el sector odontológico,  han permitido casos como el de iDental, cuyos afectados se manifestaban el pasado miércoles frente al Ministerio de Sanidad. Un patrón que se viene repitiendo ya sea con el caso de Corporación Dermoestética, el de Funnydent o Vital Dent: dentistas low cost para captar clientes a riesgo de dejar tirados a los pacientes.

Mientras, las fiscalías de Aragón, Asturias, Andalucía, Castilla y León o Canarias investigan qué ha pasado con iDental, extendido por numerosas provincias. "Para empezar, hay que reforzar los controles de seguridad y control", dice el diputado socialista de Madrid, José Manuel Freire, que impulsó el Plan de Atención Bucodental del País Vasco cuando fue consejero de Sanidad en Euskadi. Pero, al reflexionar sobre el caso iDental, añade inmediatamente "el asunto de la publicidad. Que aquí fue claramente fraudulenta". La cadena presentaba sus servicios casi como un opción apoyada con fondos públicos, según han contado algunos afectados.

Las competencias de control están en los gobiernos autonómicos. Las inspecciones de centros sanitarios han fallado en los casos de estas cadenas de clínicas dentales. Porque, además, escándalos como el de Funnydent o iDental comparten patrones: los clientes empiezan a tener problemas y se quejan, pero la bola sigue creciendo un tiempo. Por ejemplo, el Consejo Andaluz de Dentistas ya exigía en octubre de 2017 a iDental que "cumpla con el código ético de la profesión" ante la avalancha de quejas que estaba llegando a los colegios profesionales de esa comunidad.

¿Cómo se nutren estas cadenas? Una vez que la sanidad pública no ha desarrollado un sistema completo para atender los problemas bucodentales, estas clínicas han aplicado una estrategia de publicidad agresiva. Los colegios de dentistas han incidido mucho en que un asunto como la atención a la salud de la boca y la dentadura no puede regularse como cualquier otra actividad económica a la hora de anunciarse: mayores ofertas, más descuentos, préstamos para financiar los tratamientos...

El presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro, entiende que "se debe instaurar una normativa clara y específica en todo el Estado que regule adecuadamente este tipo de publicidad para que la información que se difunda sea rigurosa, veraz, comprensible, basada en la ética y el conocimiento científico y que no confunda al ciudadano con mensajes engañosos".


Clínica iDental



Engaño y confusión inciden especialmente en "aquellos que tienen más necesidad, es decir, los más pobres", abunda Freire. "En los países desarrollados, España es de los que más abandonada tiene la sanidad dental, sobre todo a las rentas más bajas", subraya el exconsejero regional.

La cartera básica de servicios de la sanidad pública es muy tenue en cuanto a la atención de los adultos: se centra sobre todo procesos agudos, es decir, inflamaciones y extracciones. Para los menores, las comunidades autónomas han ido incorporando planes desde que lo estrenara el País Vasco. Planes en los que los fondos públicos cubren la asistencia continuada: Navarra, Murcia, Extremadura, Madrid, Catalunya, Aragón entre otras, articulan planes de este estilo.

Burbuja liberal

Pero, la escasa cobertura pública para adultos deja el campo abierto para la asistencia privada. Si a eso se le añade una nula regulación publicitaria, el resultado ha dado, según el Consejo de Dentistas, "una burbuja" regida por un "modelo de negocio ultraliberal".

En España "no existe una norma que regule específicamente la publicidad que pueden hacer los dentistas o las clínicas dentales", explica el Colegio de Odontología y Estomatología de Catalunya. Según este organismo, "este vacío genera confusión e inseguridad". La cuestión es que, de esta manera, la única herramienta que se está aplicando son los códigos deontológicos de los colegios profesionales, pero se topan con el problema de que solo se aplican "a las personas colegiadas quedando fuera de su alcance las clínicas dentales entendidas como negocio, que muchas veces no son propiedad de dentistas", lamenta el COEC.

La regulación no es un campo virgen en Europa. Bélgica, Eslovaquia, Islandia, Francia, Grecia, Luxemburgo, Malta, Portugal o Rumanía no permiten publicidad sobre clínicas o prácticas dentales, según la recopilación del Consejo Europeo de Dentistas. Aunque en casi todos los estados europeos pueden recurrirse a páginas web de estos negocios. También existen países cuya regulación limita la publicidad de esta actividad como en Suecia o Alemania. Mientras, bolsas de personas con tratamientos a medio hacer o, directamente mal realizados, surgen recurrentemente. En este último caso de iDental, el Ministerio de Sanidad ha anunciado este jueves que va a trasladar a la Fiscalía toda la documentación sobre la cadena. 

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martes, 17 de julio de 2018

Etiquetado y publicidad de los alimentos. Así nos engaña la industria sobre los orígenes de los alimentos

Así nos engaña la industria sobre los orígenes de los alimentos

  • El caso del vino español vendido como francés es uno de tantos: la ley es confusa
Así nos engaña la industria sobre los orígenes de los alimentos
 
 
Se suceden los escándalos relacionados con la comida y la bebida. Y no solo tienen que ver con la seguridad alimentaria, sino también con el origen de los alimentos. Hace solo unos días teníamos el último caso: 10 millones de botellas de rosado vendidas en Francia como vino de ese país, cuando en realidad era vino español.
 
Pero desgraciadamente este no es el único caso, cada cierto tiempo, la historia se repite. Food Watch, organización independiente que estudia los fraudes alimentarios y la legislación sobre el tema, apunta que se necesita un cambio profundo de la normativa para que estas estafas no sean posibles, y ha elaborado este estudio.

"La normativa permite que se ponga un logo que dé una orientación errónea al consumidor”

Enrique García, Portavoz de OCU

Sobre el origen de los alimentos que compramos, “la ley no es clara. Dice que inducir a error al consumidor es publicidad a engañosa, pero a la vez permite que se ponga un logo que dé al cliente una orientación sobre el origen de un producto que no es real”, dice a Comer Enrique García, portavoz de la OCU, Organización de Consumidores y Usuarios.

El reglamento europeo sobre el etiquetado marca que se deberá informar sobre el origen del alimento cuando este pueda inducir a error al consumidor. “Eso es muy genérico. Además, no obliga a que se informe sobre el origen, salvo excepciones: miel, aceite de oliva, fruta y vegetales frescos, pescados, carne de ternera, porcina, ovina, caprina y aves de corral, vino, huevos y aguas minerales naturales”. Para todos los demás alimentos, el etiquetado sobre el origen es voluntario, pero debe evitar el engaño, como dice el artículo 3.1.3 del reglamento que se refiere a ello. Tanto en los casos en que es obligatorio el etiquetado, como en los que es voluntario, la picaresca está a la orden del día.

"El reglamento sobre el etiquetado sólo establece que se deberá informar sobre el origen del alimento cuando este pueda inducir a error"


“Vemos dibujos, banderas o símbolos que se refieren a un país u origen determinado, pero si giramos el producto y leemos la letra pequeña, en ocasiones el origen es totalmente diferente”, explica el portavoz de la OCU. “La industria juega con el consumidor, y eso para nosotros es incumplir la ley, clarísimamente”. ¿Con qué productos se dan o se han dado los engaños? Estos son algunos de los más sonados. 

Espárrago navarro… de Perú
Espárragos
Espárragos (Javier Lastras)
“Como los espárragos navarros tienen fama, muchas empresas incluso de Navarra compran espárragos más baratos en Perú –un país con mucha producción-, y los envasan etiquetados como espárragos de Navarra”, apunta García. “Se etiquetan los botes con una bandera o un corredor de los Sanfermines, que lleve a pensar que son navarros. Llevamos muchos años con este engaño”.

Algunos casos han acabado en la justicia. Como fue el caso de Conservas de Navarra que vendía espárragos con ese origen, bajo la marca Navarra, cuando procedían de China y Perú. Tuvo que pagar 30.000 euros a tres empresas de la IGP de Navarra y retirar el producto del mercado. Lo explicaba el Diario de Navarra . 

Azafrán español… de Irán
Azafran
Azafran (Johner Images / Getty)
“El mayor comprador de azafrán supuestamente español es Estados Unidos. Pero España exporta más azafrán del que puede producir… En realidad, parte este azafrán se importa de Irán, el primer productor mundial”, decía Christophe Brusset, exdirectivo de la industria alimentaria en declaraciones a Comer , a partir de su libro, ¡Como puedes comer eso! (Planeta).

Se han tenido pruebas de este fraude en muchas ocasiones. Una investigación universitaria en 2016 demostró, a partir de una nueva técnica, que la mitad del azafrán etiquetado y exportado como español procede de otros países, aunque probablemente esté empaquetado en España. En el estudio participó el investigador de la Universitat de València Josep Rubert, junto con científicos de la Universidad de Química y Tecnología de Praga (República Checa), que demostraron, por medio de la huella digital química de cada tipo de azafrán, que más del 50 % de las muestras analizadas era fraudulenta. Los resultados se publicaron en la revista Food Chemistry.

“Muy probablemente se compra azafrán de peor calidad y a un precio mucho más bajo en otros países como Marruecos, Irán o India, y después se envasa y vende como español ese azafrán de origen desconocido, un fraude que juega con la confianza del consumidor”, según decía aquel trabajo. “Esta actividad de traer azafrán iraní y venderlo en España no es ilegal. Lo que no cumple con la normativa es la presentación, hacer creer que es español”. 

Miel nacional...¿o China?
Envases de miel cristalizada derramados
Envases de miel cristalizada derramados (Ruffiana)
¿Queda claro el origen del país de origen de la miel, como marca la ley, para que, como consumidores, podamos decidir si la queremos nacional o de importación? En muchos casos, no. El problema, además, es que el 20% de las mieles importadas son un fraude, según un informe europeo que cita la OCU en sus alertas a los consumidores. La UE es el segundo productor mundial de miel, después de China, y España es el primero dentro de la Unión Europea, pero no genera la suficiente, e importa unas 200.000 toneladas anuales de este edulcorante natural del gigante asiático.

Según los estudios europeos, los engaños más habituales en esas mieles importadas son mezclarla con otros siropes o con azúcar, o vender mezclas de miel “falsificada” con miel europea de calidad. 

Pulpo gallego pescado en Marruecos
Pulpo a la gallega
Pulpo a la gallega (StockPhotoAstur / StockPhotoAstur-iStockphoto)
“La pesca de pulpo en España no arroja las suficientes cantidades del producto como para satisfacer la demanda”, cuenta García. “Por eso es habitual que consumamos pulpo de Marruecos, por ejemplo”. En este caso, hablando de productos frescos, en la pescadería deben indicar la procedencia del cefalópodo, aunque no está tan claro en restaurantes, “donde no existe esta obligación”.

Según Globefish, el departamento de la FAO que analiza el comercio del pescado a nivel mundial, Marruecos, Portugal y Mauritania son los tres países de los que España adquiere más pulpo. “En O Carballiño (la meca del pulpo en Galicia) nunca se comió pulpo gallego”, explicaba a Comer una distribuidora con más de dos décadas de experiencia en el sector. 

Aceite italiano que en realidad es español
Aceite de oliva
Aceite de oliva (dulezidar / Getty)
En el caso del aceite es obligatorio decir en la letra pequeña, el origen del envasado, pero ahí se juega con las nacionalidades, los símbolos y las banderas en la parte delantera del producto. “Hay mucho aceite en mercados internacionales que es español y se vende como italiano. ¿El motivo? En Estados Unidos se prefiere el italiano, en gran parte por la inmigración, la fortísima presencia italiana en el país”, según la OCU. 

Mostaza de ¿Dijon? o hierbas de ¿la Provenza?
Mostaza
Mostaza (verdateo / Getty)
Son múltiples las denuncias de productos que se venden como originales de un país y en realidad proceden de otro. Christophe Brusset admitía en su libro, por ejemplo, que cuando trabajaba en grandes empresas de la alimentación, en Francia, compraba barcos enteros de granos de mostaza India para fabricar miles de toneladas de mostaza vendida como “de Dijon” en Alemania u Holanda.

Las supuestas hierbas de la Provenza, según él, procedían mayoritariamente de Marruecos, Albania, Egipto o Túnez. “No se puede saber el origen de los productos porque el etiquetado se controla muy poco. Lo mejor es comprar marcas conocidas. Estas temen perder su reputación si hacen trampas”, nos explicaba.

viernes, 19 de octubre de 2012

La UE declara ilegales los premios que exigen un pago para su entrega





El Tribunal de Justicia condena a cinco empresas que pedían a los agraciados que llamaran a un número de telefóno de tarificación adicional para recibir su recompensa



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera ilegal la publicidad que crea la falsa impresión en el consumidor de que ha ganado o ganará un premio a cambio de un pago, "aun cuando el gasto impuesto sea insignificante en relación con el valor de la recompensa o no confiera ningún beneficio a las empresas", según una sentencia hecha pública este jueves. Esta segunda parte del fallo es importante porque en muchos casos las compañías no persiguen una ganancia directa con estas prácticas, sino conseguir datos de potenciales compradores que pueden utilizar en su propio beneficio o vender a terceros.

Las asociaciones de consumidores han recibido con satisfacción el fallo. "Supone un avance espectacular en la clarificación de los derechos de los consumidores ante las continuas prácticas de publicidad engañosa a las que se ven sometidos a diario", celebra Ileana Izverniceanu, portavoz de la OCU. "Hay un vacío legal en el terreno de la publicidad engañosa porque, por mucho que avance la legislación, nunca va tan rápido como el ingenio de quienes se dedican a inventar nuevas fórmulas para sortear las leyes y hacer negocio", subraya. "Además, en estos casos de premios gancho, el consumidor no suele denunciar por pura vergüenza. No deja de ser el problema del timador timado", añade Izverniceanu.

La sentencia de Tribunal Europeo se refiere a un litigio entre cinco empresas británicas especializadas en publicidad directa y la Office of Fair Trading (OFT), el organismo encargado de velar por la aplicación de la normativa sobre protección de los consumidores en Reino Unido. Estas compañías enviaban cartas, cupones y otros encartes publicitarios incluidos en periódicos y revistas en las que se informaba de la entrega de un premio, que podía tener un valor considerable o simplemente simbólico, que sería entregado a cambio de que el agraciado llamara a un número de teléfono de tarificación adicional, enviara un SMS también son sobrecoste o mandara una carta por vía postal (este último método figuraba en un lugar menos destacado). En las misivas se informaba al consumidor del precio por minuto de llamada, pero no de que el anunciante percibía una cantidad de ese coste.

Otra práctica de estas empresas consistía en ofrecer cruceros por el Mediterráneo "gratis" a cambio de que el consumidor pagara el seguro y un suplemento para que se le asignara un camarote de una o dos camas y sufragar los gastos de manutención durante el viaje, además de las tasas portuarias. En total, el "premio" costaba 399 libras por persona (491 euros).

En su defensa ante el Tribunal Europeo, las compañías reconocieron que para ellas es importante disponer de bases de datos actualizadas de los consumidores que responden a las acciones publicitarias en las que se reparten premios, ya que estos datos pueden utilizarse para ofrecerles otros productos o incluso pueden cederse a otras empresas.

La OCU advierte además de que este tipo de empresas se aprovechan muchas veces de la vulnerabilidad de personas mayores. Un ejemplo reciente denunciado por un socio de esta organización es el de una mujer de 75 años que fue informada por teléfono de que su marido, fallecido un año atrás, había sido premiado con varios electrodomésticos, artículos de hogar y siete noches de hotel solo por el hecho de poseer las tarjetas de El Corte Inglés y Carrefour. Únicamente se le exigía el pago de 23 euros al transportista que le llevara sus regalos y, ¡atención!, dar su número de cuenta. La mujer aceptó el coste de 23 euros pero se negó a la segunda condición, por lo que al día siguente volvieron a llamarla. Ante esta insistencia, su hijo decidió tomar cartas en el asunto, telefoneó a la empresa que realizaba las llamadas, que resultó ser una compañía dedicada a la venta directa de menaje, y envió una alerta a la OCU.

Los jueces alegan en su sentencia que el derecho de la Unión Europea "prohíbe las prácticas agresivas mediante las que se crea la impresión de que el consumidor ha ganado un premio cuando este debe efectuar un pago o incurrir en cualquier gasto para informarse de la clase de premio obtenido o para proceder a su recogida". El fallo considera además que los tribunales nacionales "deben apreciar la información facilitada a los consumidores a los que se dirigen tales prácticas teniendo en cuenta la claridad de tal información y si es comprensible o no".

Fuente: El País



viernes, 18 de noviembre de 2011

Formación no reglada y consumidores. La Dirección General de Consumo de Madrid sanciona a la "Escuela Superior de Técnicas Parasanitarias" por publicidad engañosa


La Dirección General de Consumo de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid ha comunicado al Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la región la imposición de una sanción económica contra un centro de formación no reglada, la Escuela Superior de Técnicas Parasanitarias, por publicidad engañosa al ciudadano.

El Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid viene interponiendo denuncias ante la Dirección General de Consumo por la publicidad engañosa empleada en este tipo de cursos no homologados de terapias manuales, como masajes, osteopatía, quiropráctica y otro tipo de denominaciones, ofertados por academias y escuelas de formación privadas.

"Este tipo de centros formativos confunden a la población sobre a quién dirigirse para resolver los problemas de salud", declara la institución colegial.

En este sentido, el Colegio madrileño alerta sobre los riesgos que para la salud pública entraña tratarse por profesionales no sanitarios. Según indica, "las personas que cursan este tipo de cursos carecen, en la mayoría de los casos, de formación cualificada; existiendo, además, un escaso rigor científico en alguna de las materias impartidas por los docentes".

Así, indica que es el título universitario de Fisioterapia el que capacita legalmente para utilizar este tipo de terapias en el tratamiento de lesiones y dolencias.

"Nuestra institución seguirá denunciando todos aquellos casos de publicidad engañosa dirigida al ciudadano por parte de estas entidades formativas privadas, y exigiremos que se retire cuanto antes este tipo de publicidad que engaña claramente al consumidor", declaró en una nota el secretario general del Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid, José Santos.

Asimismo, indicó que, antes de recibir una atención por una dolencia o patología, "es necesario asegurarse de que la persona que le vaya a atender a uno sea un profesional sanitario".