jueves, 11 de octubre de 2012

Participaciones preferentes. Una no-estafa que vació el bolsillo de miles de españoles

Eduardo Torres-Dulce, Fiscal General del Estado, ha manifestado que sería difícil considerar que haya existido un engaño o estafa en la venta de participaciones preferentes  por parte de entidades bancarias. No obstante, ha admitido que existen "excepciones" en “situaciones concretas”, como las referidas a clientes de preferentes que firmaron con una cruz o con la huella dactilar, que eran personas discapacitadas o en aquellos casos "en los que se constate que hubo falta de información".

Sin embargo, el asunto de la venta de participaciones preferentes a miles de ahorradores que se han visto, de la noche a la mañana, privados de sus ahorros dista de ser claro, constituyendo -junto con la contratación de  SWAPS, las famosas “Cláusulas Suelo” en contratos de préstamo hipotecario  y el uso indiscriminado de cláusulas abusivas- otro episodio más que contribuye al descrédito de nuestras instituciones bancarias que, lejos de cumplir su papel de dinamizador de la economía nacional facilitando de modo eficaz el necesario flujo financiero entre particulares y empresas, parecen funcionar con prácticas utilizadas en la cueva de Alí-Babá.

Este escándalo que afecta a miles de familias tampoco contribuye a consolidar la imagen de España en cuanto a país que garantice un control eficaz de los bancos y cajas de ahorro, ya que el papel llevado a cabo por los órganos supervisores encargados de prevenir, inspeccionar y, por supuesto, sancionar prácticas que se separan de la normativa que regulan las actividades bancarias ha sido patético, por ineficaz.

Ante el desmadre bancario, no se ha actuado eficazmente y ésa no puede ser nuestra tarjeta de presentación institucional ante los países comunitarios a los que solicitamos auxilio (llámese “rescate”, Mecanismo Europeo de Estabilidad, o como se quiera).

Volviendo a las participaciones preferentes, es claro, en primer lugar, que este producto no podía ser destinarse -sin una detallada, clara y expresa información- a un perfil de consumidor cuyos conocimientos no alcanzasen a comprender -sin esa información, se insiste- las características del mismo.

Precisamente, basándose en la falta de acreditación de esa obligada información, se han dictado las numerosas sentencias que, basándose en la ausencia de un consentimiento informado, anulan los contratos por vicio en la voluntad o en el consentimiento, elemento esencial de todo contrato. En este sentido cabe recordar que las condiciones de emisión y compra tenían que estar recogidas en los folletos explicativos que se debían de facilitar a los clientes. Además, al ser un producto complejo, la normativa exige que se debe superar un test de idoneidad para adquirirlas en el que el cliente acreditase haber comprendido los riesgos y la complejidad del producto.

En segundo lugar, cabe señalar que no es dudoso que las participaciones preferentes no hayan sido unos productos excepcionales o aislados. Por el contrario, las preferentes se han comercializado sistemática y masivamente por muchas entidades bancarias que, necesitadas de financiación urgente, no tuvieron reparo en ofrecerlos a sus clientes.

Estos clientes, en muchos casos, han declarado no sólo que no se les facilitó una información correcta y completa, sino que se les manifestó por los empleados de las entidades -por supuesto verbalmente- que se trataba de un producto seguro, similar a un depósito a plazo.

¿Esa supuesta información falsa -colocar participaciones preferentes como depósitos a plazo- o, como mínimo, esa falta de información suficiente, completa y detallada, ha obedecido a una actuación intencionada y sistemática en la que se han seguido instrucciones para captar a toda costa los dineros necesarios para solventar los problemas financieros de las entidades bancarias?

O dicho de otro modo, ¿las personas que comercializaban este producto de esa manera, seguían instrucciones para actuar así? ¿De quién?

Esa es la clave, ya que si se prueba que -de un modo intencionado- existió un engaño masivo y sistemático ordenado o dirigido por determinadas cúpulas directivas que necesitaban de un modo apremiante provisión de fondos para solventar los déficits financieros de las entidades bancarias, dicha conducta no debería ser considerada penalmente irrelevante.

Teníamos un Fiscal General, Sr. Cándido Pumpido, quien ya cesado de su cargo, el pasado verano declaraba que la situación económica y las medidas adoptadas para paliarla es "la crónica de un atraco perfecto" y se preguntó por qué todo el mundo habla de crisis "cuando es una estafa". 

Ahora, el Fiscal General en vigor advierte que sería difícil considerar que haya existido un engaño o estafa en la venta de participaciones preferentes.

Esperemos que, aunque tarea difícil, no sea imposible al menos investigar los hechos y depurar las responsabilidades en que pudiesen haber incurrido quienes llevaron a cabo este episodio que privó a miles de españoles de sus ahorros y, si no resultase viable la acción penal, con los datos que se recogiesen coadyuvar al ejercicio de las acciones civiles, sancionadoras administrativas y laborales correspondientes para exigir las indemnizaciones que hubiese lugar a los responsables, sancionarles e impedirles que continúen saqueándonos ejerciendo su actividad laboral con sueldos escandalosamente remunerados. 

Fue Henry Ford quien dijo que era bueno que la ciudadanía no conociese el funcionamiento de los bancos, ya que “si la gente entendiera cómo funciona nuestro sistema financiero, creo que habría una revolución mañana por la mañana”.

De eso se trata, precisamente….

lunes, 8 de octubre de 2012

Sobre las tasas judiciales que vienen. A una multa de tráfico de 100 euros se le aplicará una tasa judicial de 200 euros.


 

  • La Abogacía critica el efecto 'disuasorio' de la futura ley
  • Cree que es un "ataque al derecho fundamental a la Defensa"
  • El ciudadano paga si ha de pleitear por mal funcionamiento de la Administración
Fuente: El Mundo

Isabel Velloso | Madrid

'Una multa de Tráfico de 100 euros costará recurrirla 200 euros'. Este es tan sólo uno de los ejemplos que el Consejo General de la Abogacía Española ha trasladado a los diputados sobre los efectos que tendrán las nuevas tasas judiciales que el ministro Alberto Ruiz Gallardón pretende aplicar ya a primeros de 2013.

En las enmiendas al proyecto de ley de tasas judiciales, que tramita ahora el Congreso de los Diputados, presentadas por la Abogacía Española en la Comisión de Justicia, este organismo intenta remediar lo que considera un "ataque al derecho fundamental a la Defensa de cualquier ciudadano, imprescindible en un Estado de Derecho".

Básicamente porque "las cuotas resultantes suponen enormes incrementos con respecto a las actualmente existentes" y tendrán un efecto totalmente "disuasorio" como en el ejemplo de la multa de Tráfico si una vez agotada la vía administrativa el supuesto infractor decidiese recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

En el caso como el citado, el ciudadano verá "obstaculizado el acceso a la Justicia en términos irrazonables", insisten desde este organismo. Ese efecto disuasorio se dará en "muchos más casos de los deseables y, en especial, en los de menor cuantía". No es razonable que te cueste más iniciar un procedimiento que lo que quieres obtener con él.

Un fontanero repara un radiador a un señor por 90 euros, incluido el IVA. El señor no le paga la factura tras varios intentos infructuosos. El fontanero, harto, decide acudir a la Justicia para reclamar el pago y tiene que poner 100 euros para iniciar el proceso. La tasa judicial es superior a lo que el fontanero pretende cobrar. "Es igualmente elocuente de lo irrazonable que resulta", insisten en este organismo.

Quién paga

Para calcular la cuantía de las tasas se establece una parte fija, más otra cantidad variable y con un máximo de 10.000 euros para todos. Es decir, la cuantía va a resultar igual para una persona física que para una gran empresa que como para una pequeña y mediana empresa (pyme). No es lo mismo un procedimiento judicial para una ciudadano al que no le pagan el alquiler de su vivienda que para una empresa que se dedica al alquiler de casas, señalan. Desde el Consejo General de la Abogacía, alertan de que esta reforma establece el copago en la Justicia como se ha establecido el copago en Sanidad con los medicamentos y creen que el ciudadano medio, "el más afectado", no es muy consciente porque no acude a los tribunales como acude a los servicios de salud.

Las críticas no sólo arrecian en lo que se refiere a la cuantía de las nuevas tasas si no también quién las paga. El anteproyecto establece que las nuevas tasas afectan a todas las personas físicas (excepto los que tienen derecho a justicia gratuita por no tener medios) y jurídicas. Por su parte, queda exento de pagar el Estado (la Administración General, las autonomías, las entidades locales así como todos sus organismos públicos).

Incluso, si es el propio Estado por su mal funcionamiento el que te obliga a pleitear paga el ciudadano afectado. "El anormal funcionamiento de la Administración no puede provocar la exigencia de un tributo pues es ésta la que provoca el pleito", con el silencio administrativo negativo, tal y como se informó al Consejo de Estado y aceptó en su dictamen al anteproyecto de Gallardón. El autor de la tesis "Silencio administrativo y tasa judicial" alertó a la Abogacía de este sin sentido, que sólo demuestra el "afán recaudatorio" de esta reforma iniciada desde el Gobierno de Rajoy. 

Las exenciones de la tasa, dicen desde la Abogacía, "es el precepto nuclear de la reforma y, en consecuencia, el que debe recibir mayores críticas", no tanto por lo que considera exento en el artículo 4 del anteproyecto sino "en lo que no aparece". Así que sugieren que que se incluyan, además los casos de silencio administrativo negativo, los casos de inactividad de la Administración, los casos de vía de hecho, recursos civiles en interés de la ley, entre otras.

La tasa se aplicará en el ámbito contencioso-administrativo, civil y social y el Consejo General de la Abogacía pide también que se elimine por "inadecuada" aplicación en el orden social (tradicionalmente excluido) al afectar a la interposición de los recursos de suplicación y casación. El orden social afecta a la legislación laboral. De tal forma que un trabajador tendrá que pagar unas tasas judiciales por reclamar ante los tribunales, por ejemplo, determinadas cuantías que entienda que le debe su empresa.

Exótico

Esta reforma, dentro de las acometidas desde el Ministerio de Justicia, ha sido vendida por Ruiz Gallardón como necesaria para poder financiar los gastos que supone el mantenimiento de la Justicia Gratuita. Un extremo que también ha sido muy criticado por la Abogacía. Las tasas, en nuestro país, existen para financiar un determinado servicio público y las pagan quién recibe ese servicio mientras que la Justicia Gratuita se paga a través de los impuestos de todos.

Así que, a partir de la entrada en vigor de estas tasas, un ciudadano que acuda a la Justicia pagará unas tasas que se destinarán a sostener, según el ministro, el derecho de acudir a los tribunales que tienen los ciudadanos sin medios económicos. "Algo que resulta exótico a las tasas como tributos en nuestro país", adelantan al Consejo de Estado. "La tasa no debe financiar la Justicia gratuita", añaden.

Defienden que las tasas deben de cubrir el coste del servicio o actividad que constituya su hecho imponible que es el funcionamiento de la Administración de Justicia y "no el sistema de asistencia jurídica gratuita".

Ingresos de 400 millones

La Justicia Gratuita da servicio a más de un millón de ciudadanos sin recursos, lo que supone el 6,5% del gasto en Justicia de las Administraciones Públicas. Es decir, 250 millones de los más de 3.800 millones que han gastado el Ministerio de Justicia, autonomías y Consejo General del Poder Judicial, según datos de la Abogacía.

Los ingresos totales previstos por las tasas, según el impacto económico previsto en la Memoria del anteproyecto, serían de más de 400 millones, con lo que "parece que existirá un importante excedente" y sugiere al ministro que si la motivación de su ley es como él dice mantener el servicio jurídico gratuito "debería acometer mejoras en el propio servicio y no integrar sin más el excedente en el Tesoro Público".

La Justicia Gratuita la realizan 36.000 abogados, que están mal pagados, en muchos casos, aunque sí es un trabajo de goza del reconocimiento social.

Por último, han calificado desde la Abogacía de "llamativo" el que el titular de Justicia no les haya consultado ante esta importante reforma que va a afectar básicamente a las clases medias a partir de su entrada en vigor prevista para el próximo año.

sábado, 6 de octubre de 2012

Condenada judicialmente una empresa de telecomunicaciones por exigir indebidamente el cobro de 2.800 euros en servicios de acceso a Internet desde el extranjero. La compañía no había informado que el servicio roaming contratado no incluía estos servicios.



 



                         
Oviedo, L. Á. V.

La empresa France Telecom España (Orange) ha sido condenada al pago de indemnizaciones por importe de 1.957,08 euros a una pareja de abogados ovetenses, Loreto Fernández de la Vega y Daniel Arias, por exceso en la facturación del servicio de cobertura internacional de llamadas, conocido como «roaming», y por daños morales.

Con motivo de un viaje a la República Dominicana, Loreto Fernández de la Vega activó el servicio de «roaming» de Orange, concretamente el denominado Bono Travel. La compañía no informó de que este bono no incluía los accesos a internet desde el i-phone. Ya en su lugar de vacaciones, por el excesivo uso de internet, y su consiguiente facturación (más de 2.800 euros), la compañía procedió a cortarles la línea, «como garantía del consumidor», según adujo.

La pareja alegó que no había sido informada de que los accesos a internet no estaban contemplados en el Bono Travel, argumento que hace suyo el juez Antonio Lorenzo, del Juzgado de primera instancia número 6 de Oviedo para condenar a la compañía. El juez también reconoce daños morales, puesto que la pareja se quedó sin posibilidad de comunicar con España.

lunes, 1 de octubre de 2012

Nuevos precios de la tarifa eléctrica y suministro de gases licuados de petróleo envasados, a partir de hoy. La Tarifa de Último Recurso (TUR) eléctrica desciende un 2,29 % y la bombona de gas baja un 4,6 %




El precio de la Tarifa de Último Recurso (TUR) aplicable al suministro doméstico de electricidad -aplicable a más de 17 millones de usuarios- ha descendido  un 2,29% a partir de este lunes para más de 17 millones de consumidores mientras que el precio de la bombona de butano registrará un descenso del 4,6%.

A continuación, las disposiciones que regulan el precio actual de la TUR y del precio del gas licuado envasado.

Resolución de 27 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar a partir del 1 de octubre de 2012.

Primero.

Aprobar los precios del coste de producción de energía eléctrica que incluirán las tarifas de último recurso a partir de 1 de octubre de 2012, fijando sus valores en cada periodo tarifario, expresados en euros/MWh, en los siguientes:

a) Tarifa de último recurso sin discriminación horaria y con discriminación horaria de dos periodos:
– CE0 = 76,58 Euros/MWh.
– CE1 = 81,84 Euros/MWh.
– CE2 = 55,62 Euros/MWh.

b) Tarifa de último recurso con discriminación horaria supervalle:
– CE1 = 82,85 Euros/MWh.
– CE2 = 65,97 Euros/MWh.
– CE3 = 49,07 Euros/MWh.
Los parámetros utilizados para el cálculo de dichos valores son los recogidos en los anexos de la presente resolución. 

Segundo.

Aprobar los precios del término de potencia y del término de energía activa de las tarifas de último recurso aplicables a partir del 1 de octubre 2012, fijando sus valores en los siguientes:

– Término de potencia:
TPU = 21,893189 Euros/kW y año.

– Término de energía: TEU.

• Modalidad sin discriminación horaria:
TEU0= 0,145578 Euros/kWh.

• Modalidad con discriminación horaria de dos periodos:
TEU1= 0,178438 Euros/kWh.
TEU2= 0,059070 Euros/kWh.

• Modalidad con discriminación horaria supervalle:
TEU1= 0,179448 Euros/kWh.
TEU2= 0,070800 Euros/kWh.
TEU3= 0,050795 Euros/kWh.

Tercero.

Lo dispuesto en el apartado primero y segundo de la presente resolución será de aplicación para los consumos efectuados a partir de las cero horas del día 1 de octubre de 2012.

Cuarto.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Ver la disposición completa aquí


Resolución de 24 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de capacidad igual o superior a 8 kg., e inferior a 20 Kg., excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.

Primero.

Desde las cero horas del día 1 de octubre de 2012, el precio máximo de venta, antes de impuestos, de aplicación a los suministros de gases licuados del petróleo envasados en recipientes de capacidad igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg de contenido de GLP, a excepción de los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante, será de 106,4506 c€/kg.

Segundo.

Los nuevos costes de comercialización sin impuestos, tenidos en cuenta en el precio indicado en el apartado primero y calculados según la Orden ITC/776/2009, de 30 de marzo, que en su artículo único modifica el apartado cuarto de la Orden ITC/1858/2008, son de 44,4848 c€/kg. 

Tercero.

Los precios máximos de aplicación para los suministros de los gases licuados del petróleo señalados en la presente Resolución se aplicarán a los suministros pendientes de ejecución el día de su entrada en vigor, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. A estos efectos, se entienden por suministros pendientes de ejecución, aquellos que aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del día de entrada en vigor de la presente Resolución. 

Cuarto.

Contra la presente resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Ver la disposición completa aquí


jueves, 27 de septiembre de 2012

Muchos de los compuestos tóxicos del tabaco no están regulados

La legislación solo fija límites para nicotina, alquitrán y monóxido de carbono

Un estudio mide gases y partículas de 10 marcas de pitillos rubios

 
Fuente: El País


¿Tomaría usted voluntariamente isopreno, crotonaldehído o tolueno? ¿Y cotinina o hidroquinona? Seguramente no, y haría bien, porque son compuestos cancerígenos. Pero sin saberlo los ingieren diariamente el 30% de españoles que fuma, ya que se encuentran en los cigarrillos, según ha comprobado un grupo de la Universidad de Alicante, que ha publicado los resultados en Food and Chemical Toxicology.

Los investigadores –que no han querido detallar el desglose por marcas- ponen la atención en que de los más de 3.000 compuestos que se inhalan con un cigarrillo, solo tres –alquitranes, nicotina y monóxido de carbono- están limitados por ley, mientras que del resto no se dice nada. Y de estos, claramente perjudiciales, hay gran variedad entre marcas.

Además, no hay una relación entre los compuestos regulados y los otros. Es decir, una persona puede haber elegido una marca pensando que es más sana porque tiene menos alquitrán, y resultar que la concentración de alguno de los otros productos es de la más alta. “No hay que asumir, por tanto, que un cigarrillo que genere más alquitranes vaya a ser más tóxico que otro que produzca menos”, apunta María Isabel Beltrán, una de las autoras del trabajo.


El estudio, realizado mediante máquinas de fumar que recogen el humo y las partículas, también registró una gran variabilidad entre los productos regulados. “Al comparar con otros estudios se ha encontrado que el nivel de monóxido de carbono de los cigarrillos españoles es medio-alto” respecto a los de otros países.

Respecto a la nicotina, varía 0,28 a 0,61 miligramos por cigarrillo. Es decir, se puede doblar de una marca a otra, aunque dentro de los niveles legales. “Realmente la nicotina, aunque es la responsable de la adición, no es lo más peligro de los cigarrillos”, ha dicho Beltrán a la web de información científica SINC. “De los más de tres mil compuestos que lleva el tabaco hay otros mucho peores, como el cianuro de hidrógeno, el 1,3-butadieno o algunos de las familias de los aldehídos, las nitrosaminas y los fenoles”.

Los investigadores también han estudiado sistemas para reducir la inhalación de algunas de estas sustancias. Se trata de catalizadores que podrían incorporarse al tabaco para que los absorbieran. Uno de ellos, conocido como Al-MCM-41, reduce un 23% las emisiones de monóxido de carbono y más de un 40% las de nicotina. “La estructura tridimensional de este material —una arcilla con óxidos de silicio y aluminio— permite la formación de cuevas donde quedan retenidos los compuestos de cadena larga”, dice Beltrán, quien confirma que el sabor del tabaco apenas se ve afectado y que algunas grandes compañías ya han mostrado interés por la patente de este nuevo catalizador.

video recomendado: la composición de un cigarrillo




Comentario

La composición del tabaco debería ser conocida por los consumidores. El derecho a la información es un derecho básico de éstos reconocido en nuestra legislación (arts. 8, 12, 17 y 18 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes Complementarias) y, en este caso, sistemáticamente vulnerado. 

Reproducimos algunos preceptos mencionados que regulan el derecho de los consumidores a una información correcta y suficiente en el uso de productos y servicios.

Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Artículo 12. Información a los consumidores y usuarios sobre los riesgos de los bienes o servicios.

1. Los empresarios pondrán en conocimiento previo del consumidor y usuario, por medios apropiados, los riesgos susceptibles de provenir de una utilización previsible de los bienes y servicios, habida cuenta de su naturaleza, características, duración y de las personas a las que van destinados, conforme a lo previsto en el artículo 18 y normas reglamentarias que resulten de aplicación.
2. Los productos químicos y todos los artículos que en su composición lleven sustancias clasificadas como peligrosas deberán ir envasados con las debidas garantías de seguridad y llevar de forma visible las oportunas indicaciones que adviertan el riesgo de su manipulación.

Artículo 17. Información, formación y educación de los consumidores y usuarios.

1. Los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán la formación y educación de los consumidores y usuarios, asegurarán que estos dispongan de la información precisa para el eficaz ejercicio de sus derechos y velarán para que se les preste la información comprensible sobre el adecuado uso y consumo de los bienes y servicios puestos a su disposición en el mercado.

Artículo 18. Etiquetado y presentación de los bienes y servicios.

1. El etiquetado y presentación de los bienes y servicios y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor y usuario, especialmente:
  1. Sobre las características del bien o servicio y, en particular, sobre su naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, origen o procedencia y modo de fabricación o de obtención.
  2. Atribuyendo al bien o servicio efectos o propiedades que no posea.
  3. Sugiriendo que el bien o servicio posee características particulares, cuando todos los bienes o servicios similares posean estas mismas características.
2. Sin perjuicio de las exigencias concretas que se establezcan reglamentariamente, todos los bienes y servicios puestos a disposición de los consumidores y usuarios deberán incorporar, acompañar o, en último caso, permitir de forma clara y comprensible, información veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales, en particular sobre las siguientes:
  1. Nombre y dirección completa del productor.
  2. Naturaleza, composición y finalidad.
  3. Calidad, cantidad, categoría o denominación usual o comercial, si la tienen.
  4. Fecha de producción o suministro y lote, cuando sea exigible reglamentariamente, plazo recomendado para el uso o consumo o fecha de caducidad.
  5. Instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo, advertencias y riesgos previsibles.
3. Sin perjuicio de las excepciones previstas legal o reglamentariamente, las indicaciones obligatorias del etiquetado y presentación de los bienes o servicios comercializados en España deberán figurar, al menos, en castellano, lengua española oficial del Estado.


lunes, 24 de septiembre de 2012

Porqué es tan persistente la Crisis Global. Entrevista a Yanos Varoufakis


Ben Hunt, de FUND STRATEGY, me presentó un cuestionario con 8 preguntas relativas a la persistencia de la Crisis Global en relación con varios temas de mi último libro,   Global Minotaur. Lo que sigue a continuación es un borrador de la entrevista que será pronto publicada en inglés. 

1. ¿Qué cree Usted que ha impulsado el crecimiento de la economía mundial (cuál ha sido, si lo prefiere, el “motor del crecimiento”) desde la recuperación posterior a 2009? ¿Ha vivido la economía con “respiración asistida”, merced a un impulso de crecimiento proporcionado por el estímulo fiscal de China, EEUU, etc.?

Desde el Desplome de 2008, lo que hay que contar es la historia de dos mundos: la Recesión Nordatlántica y el crecimiento considerable en China, India, Latinoamérica y, de modo singularmente intenso, África. Sin embargo, todas las fuentes de crecimiento que acabo de mencionar se reducen a un solo país: China. Sin el crecimiento chino, no sólo China estaría terriblemente desestabilizada, sino que se puede argüir que no habría habido crecimiento en Sudamérica (porque su crecimiento se basa en exportaciones a China) o en África (porque la inversión china directa es allí la mayor bendición). Aunque el crecimiento de la India no depende de China, lo cierto es que es demasiado anémico y de puertas adentro como para contar como fuente de demanda mundial.

2. En relación con eso, ¿qué novedades presenta este año, y particularmente, este verano con la aceleración del declive?¿Entiende usted que se trata de una combinación de factores: agotamiento del estímulo, profundización de la recesión europea, medidas de enfriamiento para combatir la inflación en China, desapalancamiento en los EEUU? O tiende usted a singularizar como decisivo algún factor: profundización de la austeridad en Europa, caída de la demanda europea, lo que afecta a China, EEUU, etc.? 

La Crisis es global, y globales son también las razones de su actual aceleración mundial.
Europa, ni que decir tiene, es el enfermo del planeta, y está exportando  a todo el mundo los efectos recesivos de sus políticas de austeridad. Pero no es sólo la austeridad lo que hace de Europa la Némesis global. Responsable es más bien la combinación de la ridícula arquitectura institucional de la Eurozona con la administración del fármaco de la austeridad, o, para decirlo más propiamente, del veneno de la austeridad.

Sin embargo, fuera de Europa, está actuando un buen número de fuerzas recesivas. En los EEUU, la disputa entre el Congreso y la administración en torno a la política fiscal ha enturbiado las aguas, ha causado un pico de incertidumbre (la debacle de los techos de deuda es sólo la punta del iceberg) y ha dejado al Sr. Bernanke, de la Reserva Federal, con demasiada tareas y una sola palanca a su disposición (la flexibilización cuantitativa). Pero cuando la demanda agregada es tan deficiente y cuando la fuerza de trabajo se contrae por causa del llamado efecto conocido como “desaliento laboral”, por mucho que la Fed dispare la oferta de dinero, sus posibilidades de éxito a la hora de estimular la actividad económica resultan harto limitadas. Como dijo en cierta ocasión Keynes, es como tratar de empujar una cuerda colgante desde abajo, en vez de tirar de ella desde arriba. 

Entretanto, aunque China actúa mucho más responsablemente poniendo por obra tanto políticas monetarias como fiscales que han levantado generosamente la inversión, lo cierto es que la economía china no está en condiciones de crear demanda en otras partes del mundo a través de estímulos. Todo lo que ha conseguido el estímulo fiscal es incrementar la tasa de inversión en relación con el PIB hasta un sorprendente 70%, empujando la tasa de consumo de la población china sólo hasta un ridículo 25%: una receta segura para unas malas expectativas de demanda agregada y crecimiento. Juntado eso a una política monetaria relativamente laxa, el resultado es una combinación letal de burbujas de activos (señaladamente en el sector de bienes raíces) y caída del consumo. Para ser justos con Beijing, no tienen elección. Sólo el “manirroto” Occidente puede generar la demanda necesaria para reequilibrar la economía global. China, sencillamente, no puede hacerlo por sí propia. Trágicamente, Occidente ha perdido su inclinación a diseñar políticas macroeconómicas globalmente sostenibles. 

3. Hablando de la China de estos últimos años, ¿no cree usted que, en realidad, no ha sido un “motor del crecimiento” para la economía mundial, a pesar de que la gente habla confusonariamente del papel de China como contribuyente a una cuarta parte del crecimiento mundial? Puede que China haya contribuido al enriquecimiento de productores de mercancías, pero con un consumo tan bajo ni de lejos está jugando en parte alguna el papel que jugaron los EEUU como consumidor de último recurso de la economía mundial, ¿no le parece? Y mirando hacia el futuro, usted, supongo, no espera que China pueda jugar ese papel a corto o medio plazo…

Véase la respuesta a la pregunta anterior.

4. Pasemos ahora al asunto del desplome del crédito y del estímulo monetario del que ha hablado usted. Por decirlo simple y sumariamente: una buena parte de la demanda agregada de los últimos años venía de la continuada expansión del crédito/deuda al consumidor en las naciones deficitario-deudoras; pero eso se acabó en 2008. Con los actuales niveles de desempleo y de deuda, etc., los consumidores han perdido las ganas de pedir créditos, se están desapalancando en los EEUU, los bancos que prestan en varios contextos –en los mercados hipotecarios, de deuda pública, etc.— están en muchos casos presos del miedo. Mi primera pregunta es sobre el estímulo monetario. Presumiblemente, su análisis es que las oleadas de LTRO [Operaciones de Financiación a Largo Plazo, siglas en inglés de la política del BCE de préstamos baratos a los banca privada europea desde agosto de 2011],  flexibilización cuantitativa de la Fed, etc., no han hecho sino enchufarse a los agujeros de los malos préstamos y reparar los balances, pero no han conducido a préstamos e inversiones productivos en la economía real. ¿Es así? La segunda cuestión tiene que ver con algo que yo no acabo de comprender, y que tal vez llegaría a entender con alguna ilustración. Observo que un desplome del crédito es tremendamente importante en un país como Grecia, dominado por pequeñas empresas perentoriamente dependientes de las líneas de crédito. Pero, ¿qué hay de las economías “granempresariales” como la del Reino Unido, cuyo gobierno insiste en que la restauración del crédito a las PYMEs es algo fundamental? Aquí el asunto del crédito me resulta confuso, porque desconozco la importancia relativa, digamos, de la inversión de las PYMEs comparada con la de las grandes empresas (estas últimas no pueden depender del crédito, disponiendo como disponen de enormes sumas de liquidez que, pudiéndolas invertir, no las invierten). Me pregunto si la cuestión de las grandes empresas que no invierten es la cuestión central que afecta a los suministradores de las PYMES y al resto de la economía, y no la cuestión del préstamo a las PYMES como tal.

Para empezar, el rumor de un estímulo fiscal en los EEUU es una grosera exageración. Si usted toma en cuenta la drástica caída del gasto público de los estados federados y de los municipios norteamericanos, verá que no hubo tal estímulo. Lo que hubo fue un volumen significativo de flexibilización cuantitativa por parte de la Fed, de consuno con el prepóstero plan Geithner-Summers, que no tenía otro propósito que el de cubrir las vergüenzas del Congreso permitiendo fingir a los legisladores que “pensaban” que se había creado un mercado para los difuntos y detestados derivados financieros (tóxicos), cuando, en realidad,  se le estaba cargando al contribuyente la factura de las pésimas apuestas del sector privado.

En lo tocante a la flexibilización cuantitativa, nunca hubo la menor posibilidad de que la Fed pudiera crear suficiente demanda agregada mediante la compra de papeles y  títulos bancarios de dudoso valor. Lo cierto es que la Fed tenía incluso dificultades reales hasta para incrementar la oferta monetaria, puesto que los bancos se negaban a prestar a pesar de las ridículas facilidades financieras que les ofrecía la Fed, con intereses prácticamente cero.

Así pues, y para hacer corta una larga historia: hubo un pequeño, y precioso, estímulo fiscal en EEUU. Ninguno en Europa. Y las operaciones monetarias a ambos lados del Atlántico fracasaron a la hora de lidiar con la insolvencia bancaria, aun manteniendo la liquidez de los bancos: se hizo precisamente lo que se reprochaba haber hecho a las autoridades monetarias japonesas en los 90. Las dos flexibilizaciones cuantitativas en EEUU y las dos LTROs en Europa lo único que consiguieron fue la “zombificación” de los bancos, un proceso que agudizó el potencial de la Crisis para causar daños recesivos a largo plazo a todo el mundo. 

5. Entremos ahora en los temas de su último libro… Tengo una primera e importante pregunta. En general, me convence su análisis; creo que es excelente y que plantea algunas cuestiones verdaderamente profundas. El capitalismo necesita un Mecanismo Global de Reciclaje del Excedente (MGRE), un modo de reinvertir los excedentes comerciales y los beneficios, a fin de coordinar la producción y el consumo a escala internacional y asegurar que los desequilibrios comerciales no lleguen a alcanzar, con el tiempo, proporciones críticas. Según lo entiendo, el fallo del MGRE puesto por obra por el Minotauro Global [metáfora de Varoufakis para el neoliberalismo; T.] fue que los excedentes/beneficios no se reinvertían productivamente en los EEUU, sino que iban a Wall Street y se reciclaban en especulación y consumo, más que en inversión productiva, lo que habría reconstruido la industria estadounidense, lanzado la producción estadounidense y reequilibrado las balanzas. Entonces usted plantea un problema: una desaceleración de la inversión productiva y del crecimiento, y al propio tiempo, un proceso de financiarización (burbujas, deuda, etc.), que pierden tangencia con la economía real. La deuda crece demasiado en relación con los ingresos; el sector financiero crece también demasiado en relación con la economía real, y así sucesivamente. Visto en otro plano, el “privilegio exorbitante” se venga, en el sentido de que los EEUU se endeudan más y más, con el dólar como moneda de reserva, a distintos niveles, pero su economía se debilita al mismo tiempo, lo que genera la peligrosa divergencia que es ahora la “trampa del bajo crecimiento y alto endeudamiento”. Primera cuestión, pues: ¿lo he entendido bien?

Yo creo que sí.

Entonces mi segunda cuestión es esta: ¿por qué el crédito de nueva creación, y los beneficios de los demás, no fueron reeinvertidos en la industria y la producción en los EEUU? ¿Qué explica el proceso paralelo de financiarización y desindustrialización? Me pregunto si la respuesta es que, simplemente, los beneficios crecieron más en la finanza que en la industria desde comienzos de los 80, en parte, quizá –como usted, creo, apunta brevemente en su libro—, debido a la desregulación de las finanzas, es decir, de los tipos de interés. Las grandes empresas empezaron a invertir más capital en las finanzas, a recomprar las propias acciones, etc., mientras que el crédito bancario creció más para las finanzas y los bienes raíces que para la industria. ¿Cree usted que eso es el factor clave, o cree que hay otros factores? Por ejemplo, la inversión granempresarial en la economía real se halla en un inveterado declive (¿desde los 70?). Algunos, Robert Brenner, por ejemplo, dirían que eso tiene que ver con la incapacidad para restaurar la tasa de beneficio a los niveles de postguerra. Otros, como Michael Hudson, que las finanzas se han hecho con una mayor proporción de los ingresos de los trabajadores, lo que ha significado dinero detraído a la compra de bienes y servicios y un golpe a la demanda agregada, lo que, a su vez, ha socavado la motivación para la inversión empresarial. Me interesaría mucho conocer su opinión la respecto.

Todo eso es verdad. Pero deja de lado la gran cuestión: ¿Por qué tuvo que crecer tanto el sector financiero a expensas de la industria? Mi respuesta es muy simple: porque la acumulación de capital nunca deja de seguir la vía de menor resistencia. Dado el volumen de los flujos de capital hacia los EEUU, y la ansiedad respecto de su posible interrupción en el futuro, resultaba imperativo que se mantuvieran las condiciones que permitían mantener la llegada de esos flujos a los EEUU. Requisito primero de todo eso era que los salarios reales de los trabajadores norteamericanos siguieran siendo bajos y que la inflación estadounidense fuera más baja que la europea y que la japonesa. Subcontratar a Asia, adoptar el modelo Wal-Mart (a fin de presionar, a la vez, al trabajador norteamericano, a los pequeños productores norteamericanos y a los suministradores extranjeros) resultaban esenciales para mantener la rueda de la Fortuna y el dinamismo del Minotauro Global. De aquí que la desindustrialización de los EEUU y la efectiva conversión de parte de Norteamérica en una forma de sociedad tercermundista fueran elementos cruciales del mecanismo de reciclaje global que echó a andar en los 70 y estalló por los aires en 2008: a eso me refiero cuando hablo del Minotauro Global.

7. Otra cuestión que surge de aquí tiene que ver con el papel desempeñado por las grandes empresas transnacionales. Usted se ha referido al problema general de la confianza empresarial, relacionándolo con el debilitamiento de la demanda agregada observado en estos últimos años. Los empresarios no invierten, atesoran efectivo, etc. Pero si hay un inveterado declive de las inversiones, al menos en los EEUU y el Reino Unido (el atesoramiento de dinero efectivo empezó a dispararse al alza hace más o menos una década), ¿podría decirse que asistimos a un problema del lado de la oferta (falta de inversión a largo plazo) exacerbado por un golpe a la demanda resultante, estos últimos años, de la falta de crédito a los hogares, a las pequeñas empresas, etc.? ¿Lo ve así?

Muy de acuerdo, sí. Pero eso no resulta sorprendente. Cualquier Crisis con “c” mayúscula implica la coexistencia de dos “montañas”: una montaña de deudas y de pérdidas bancarias, por un lado, y una montaña de ahorros ociosos demasiado amedrentados para canalizarse “por sí propios” hacia la inversión productiva. La situación en que nos hallamos desde 2008 es un caso típico de eso que le digo.

8. Finalmente, y como usted dice en su libro, hemos oído últimamente mucha verborrea sobre desequilibrios globales por parte de los académicos y de instituciones como el FMI, el G20, etc. ¿Le parece insuficiente toda esta retórica? ¿Ve usted algún indicio de que quienes toman decisiones políticas terminen comprendiendo la necesidad de abordar seriamente esos desequilibrios –lanzando otro MGRE, por decirlo con su léxico--, algún indicio en su mundo de dos escenarios: Occidente realizando una epifanía y percatándose de la necesidad de un nuevo acuerdo tipo Bretton Woods, o los BRICS coordinando nuevas inversiones productivas?

Me gustaría compartir con usted buenos augurios. Pero no puedo. El G20 estuvo una vez a la altura de sus responsabilidades, tras la caída de Lehman’s en 2008. Desde entonces, los poderes realmente existentes han demostrado espectacularmente una inusitada capacidad para fracasar en la tarea de coordinarse en una estrategia global para frenar la Crisis. Con Europa en vanguardia de la idiocia organizada, la economía global está experimentando la Gran-Recesión-Que-No-Tendríamos-Que-Estar-Experimentando. Aun si dispusiéramos de autoridades que tuvieran un adarme de comprensión de la necesidad de programar el reciclaje del excedente (una condición necesaria, aunque no suficiente, para salir de la Crisis), nuestro análisis sólo resultaría útilmente completo si entrañara una estimación de las tendencias naturales al fracaso de los mercados de trabajo y monetario. Nada de eso está en el aire. No hay epifanía a la vista. No se divisa en el horizonte un Roosevelt. De verdad que me gustaría estar equivocado, o ser lo suficientemente ciego como para no distinguir los rayos de luz en la lejanía. Mucho me temo, empero, que es que no están.

Yanis Varoufakis es un reconocido economista greco-australiano de reputación científica internacional. Es profesor de política económica en la Universidad de Atenas y consejero del programa económico del partido griego de la izquierda, Syriza. Actualmente enseña en los EEUU, en la Universidad de Texas. Su último libro, El Minotauro Global, para muchos críticos la mejor explicación teórico-económica de la evolución del capitalismo en las últimas 6 décadas, está a punto de ser publicado en castellano por la editorial española Capitán Swing. Una extensa y profunda reseña del Minotauro, en SinPermiso Nº 11, Verano-Otoño 2012.

Traducción para www.sinpermiso.info: Mínima Estrella