martes, 23 de octubre de 2012

El excomisario de sanidad la UE que dimitió por acusaciones de tráfico de influencias para modificar la normativa europea sobre el tabaco cobrará una pensión vitalicia


El excomisario de Sanidad John Dalli, que dimitió la semana pasada por acusaciones de tráfico de influencias en la industria tabaquera, cobrará durante tres años una compensación equivalente al 45% de su salario (unos 9.000 euros al mes) y después una pensión vitalicia de alrededor de 2.300 euros.

Dalli consintió que un empresario maltés pidiera en su nombre dinero a una tabaquera sueca a cambio de influir en la reforma de las reglas de la UE sobre el tabaco, según las conclusiones de un informe de la oficina antifraude OLAF. En concreto, el empresario se ofrecía a levantar la prohibición sobre el tabaco para uso oral. «El señor Dalli es inocente hasta que se demuestre lo contrario y no ha hecho nada malo por lo que se refiere a su derecho a recibir una pensión. Tiene derecho (a ella) de acuerdo con la legislación de la UE», ha explicado el portavoz de la Comisión, Olivier Bailly, para justificar el pago.

La excomisaria Edith Cresson, cuyas irregularidades hicieron caer a todo el Ejecutivo comunitario en 1999, sólo vio suspendida su pensión cuando fue condenada por los tribunales. Pero recurrió la pérdida de la pensión, la justicia le dio la razón y sigue cobrando, ha explicado el portavoz. «Lo podrán considerar ustedes legítimo o no pero estas son las reglas y, en tanto que guardianes del Tratado, debemos respetarlas», ha dicho Bailly a los periodistas.

Los derechos de pensión acumulados por Dalli durante sus dos años y medido de mandato equivalen al 11,4% de su salario (alrededor de 20.000 euros al mes). Pero además, y antes de percibir la pensión, el maltés se beneficiará durante tres años de una indemnización del 45% del salario (unos 9.000 euros mensuales). Se trata de una compensación que reciben todos los comisarios al abandonar el cargo y cuyo objetivo es garantizar que cuentan con recursos suficientes hasta encontrar otro trabajo o jubilarse. Aunque Dalli está a punto de alcanzar los 65 años, cobrará los 9.000 euros durante tres años, ha explicado el portavoz.

Ante las insinuaciones por parte del excomisario de Sanidad de que no dimitió sino que fue destituido, el Ejecutivo comunitario ha precisado este lunes su versión de los hechos. Y ha admitido que fue el presidente, José Manuel Durao Barroso, el que «ofreció dimitir» a Dalli tras presentarle las conclusiones del informe de la OLAF. Barroso consideró «insostenible políticamente» que, con los indicios disponibles sobre un posible tráfico de influencias, pudiera quedarse en una «cartera sensible» como la de Sanidad, según el portavoz.

Hay dos testigos de la dimisión de Dalli: el director general de servicios jurídicos y el jefe de gabinete de Barroso. El presidente del Ejecutivo comunitario se reúne este lunes con el candidato designado por el Gobierno maltés para sustituir a Dalli, el actual ministro de Exteriores, Tonio Borg. Bruselas todavía espera pese al escándalo presentar sus propuestas de reforma de la legislación del tabaco antes de fin de año.

Fuente: abc

lunes, 22 de octubre de 2012

A pesar de ser "banco malo", los siete directivos de Sareb cobrarán dos millones de euros



El Gobierno está reclutando al equipo directivo que gestionará el banco malo —cuyo nombre oficial es Sareb— cuya creación está prevista para mediado del próximo mes de noviembre. El Fondo de Reordenación Bancaria (FROB) ha presupuestado dos millones de euros para pagar los sueldos de los siete directivos que gestionarán la entidad.

El diario Expansión publicó el pasado viernes que el FROB ya ha contactado con la empresa de cazatalentos Spencer Stuart, que será la encargada de llevar a cabo la selección.

Según el diario económico, Spencer Stuart aún no ha hecho ninguna propuesta al ministerio de Economía. Pero se ha establecido que el consejero delegado del banco malo cobre un máximo de 500.000 euros al año. El segundo en el escalafón estarían los dos directores generales de las dos principales áreas —gestión y operaciones—, quienes cobrarían entre 300.000 y 400.000 euros.

En un tercer nivel se encuentra el resto de los directivos, los que se encargarían del área jurídica, de la financiera, de la auditoría y del departamento de riesgos. Estos cuatro gestores percibirán una retribución anual de entre 150.000 y 180.000 euros. Todos los directivos, según Expansión, cobrarán un 70% de su sueldo en fijo y el 30% en variable.

A pesar de que la estructura salarial está fiajda, la empresa cazatalentos tendrá cierta libertad para contratar al consejero delegado, al que se le podría ofrecer un salario mayor, dado que en el mercado bancario 500.000 euros es un caché bajo para un puesto de esa responsabilidad.

Los finalmente contratados tendrán que cumplir los requisitos que establece el real decreto del banco malo publicado la pasada semana y tendrán que acreditar una experiencia no menor a cinco años en "funciones de alta dirección, control o asesoramiento de entidades financieras o funciones de similar responsabilidad en otras entidades públicas o privadas dedicadas a la gestión de activos inmobiliarios". 

Fuente: Público

domingo, 21 de octubre de 2012

La ONU recoge las denuncias de la PAH y condena duramente la política de vivienda aplicada en España




A través de la web del Alto Comisionado de Naciones Unidas se ha hecho público el informe anual de la Relatora Especial sobre el Derecho a una Vivienda Adecuada de Naciones Unidas, Raquel Rolnik. Este año la Relatora ha centrado su informe en el análisis del impacto que la financiarización de la vivienda está teniendo sobre el derecho a una vivienda adecuada. El informe se presentará oficialmente en la Asamblea Anual de la ONU que se realizará el próximo 29 de octubre en Nueva York. 

El informe es demoledor, y concluye que las políticas de los últimos años que han priorizado el acceso a la vivienda en régimen de propiedad a través de hipotecas se han demostrado un absoluto fracaso y han llevado a la vulneración sistemática del derecho a una vivienda adecuada. En particular, el informe destaca al estado español como ejemplo negativo de esa política fallida, que ha llevado a la ruina a cientos de miles de personas, a través de 400.000 ejecuciones hipotecarias desde 2007. Así, el informe señala que “El paradigma que consideraba la propiedad de la vivienda como la forma de tenencia más segura ha resultado ser falso, dado que uno de los principales resultados de las crisis recientes ha sido el aumento de las ejecuciones hipotecarias, como en España” (pág. 11).

Entre otras cosas, el informe también denuncia con contundencia las políticas de austeridad que están perjudicando al conjunto de la población y vulnerando aún más el derecho a una vivienda digna, a la vez que “se asignan enormes cantidades de recursos públicos para el rescate de instituciones financieras” (pág. 12).

El análisis de la Relatora concluye con algunas recomendaciones, pidiendo que “se modifique el paradigma, pasando de las políticas basadas en la financiarización de la vivienda a un enfoque de estas políticas centrado en los derechos humanos” (pág. 24). Para ello “los estados deben promover alternativas a la política de vivienda basada en el crédito privado y la propiedad” a través de “viviendas sociales de alquiler y otras formas de tenencia colectiva e individual”, así como “promover una combinación de sistemas de tenencia, incluidos un sector inmobiliario público que no se rija por los mercados liberalizados  y sistemas de alquiler con rentabilidad limitada o alquileres regulados, para prevenir la exclusión y segregación social” (pág. 25). También “deben crearse marcos jurídicos e institucionales para garantizar la seguridad de la tenencia en sus distintas formas, incluido el alquiler”.

Vamos, lo contrario de lo que ahora mismo está haciendo el gobierno español que insiste en querer reanimar el modelo de la burbuja inmobiliaria, a través de políticas tan nefastas como el banco malo, la reforma del alquiler para hacerlo aún más inseguro y la agilización de los desahucios.
Recordamos que en marzo de 2012 la Relatora Raquel Rolnik visitó Barcelona, invitada por el Observatori DESC, y tuvo ocasión de encontrarse con decenas de familias afectadas por la hipoteca de distintas PAH’s (ver video). 

Tras ese encuentro, también se le hizo entrega del libro de la PAH, Vidas Hipotecadas, que la Relatora cita en su informe en más de una ocasión. De hecho, la Relatora agradeció la información proporcionada por la PAH y lamentó los pocos datos oficiales disponibles en el estado español respecto a la problemática. 

Podéis leer el informe completo en el siguiente enlace : Informe Relatora ONU oct2012

sábado, 20 de octubre de 2012

Sobre el incremento del precio de la electricidad. La Fundación Renovables denuncia que las subvenciones a grandes consumidores de energía eléctrica a través de los pagos por servicio de interrumpibilidad encarecerá el recibo de la luz

Fuente de la viñeta: La Nueva España





La propuesta de Modificación de la Orden que regula el servicio de interrumpibilidad que el pasado día 11 el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha remitido a la Comisión Nacional de la Energía para su preceptivo informe es un nuevo disparate de la errática política energética con el agravante de que, en esta ocasión, la supeditación a los intereses electorales del PP es flagrante.

Para la Fundación Renovables es inadmisible que en marzo el Gobierno afirmara en el preámbulo del RDL 13/2012 que la sobrecapacidad del sistema hacía innecesarios los pagos por interrumpibilidad y que ahora para ayudar a las tres grandes empresas consumidoras de energía, una de ellas con plantas en Galicia que amenazaba con cerrar, proponga un incremento del 75% de dichos pagos por un servicio que no va a requerirse en los próximos años.

En cualquier caso, esta iniciativa como la decisión de no “castigar” las importaciones de biocombustibles de Argentina en contra de lo anunciado hace meses y como tantas otras, ponen en evidencia que la política energética se aleja cada día más de los retos que tiene planteados nuestro país y aumenta en cada paso la inseguridad jurídica.

En efecto, en la memoria de modificación de la Orden que regula el servicio de interrumpibilidad para incrementar en un 75% los pagos a los grandes consumidores de energía se copia literalmente el mismo argumento que se puede leer en el preámbulo del RDL 13/2012 para rebajar dichos pagos en un 10%.

En aquel preámbulo se decía que dada la situación de baja demanda y de sobrecapacidad del sistema y su poca utilización nada justificaba mantener los pagos por interrumpibilidad. Siete meses después, copiando el mismo argumento, dichos pagos se incrementan. De marzo a octubre, según la CNE, ha seguido bajando el consumo de electricidad y aumentado las importaciones de gas, es decir, creciendo la sobrecapacidad del sistema.

La decisión incongruente del Gobierno solo se explica por la supeditación de las decisiones energéticas a intereses electorales y la consecuencia es la pérdida de credibilidad y mayor desconfianza en la política energética.

La decisión de cargar 700 millones al recibo de la luz significa un desprecio absoluto a los consumidores eléctricosLa decisión supondrá un incremento de los costes regulados que se trasladarán en futuras subidas de la luz, más inflación y más déficit tarifario, justo todo lo contrario de lo que propuso el Ministro Soria.

Si en el proyecto de ley de fiscalidad energética descubríamos las exenciones fiscales en el impuesto de hidrocarburos a la generación con gas, fuel y gasóleo, verdaderas subvenciones a los combustibles fósiles nunca declaradas, ahora se aprueba una nueva subvención a las grandes industrias que se cargará a los consumidores. Ahora se puede entender mejor la insistencia en cargarse las renovables para mantener tantas subvenciones encubiertas. La tarifa de la luz se sigue rigiendo por un criterio político y ese es el origen de todos los problemas energéticos.

Esta forma de actuar acrecienta la inseguridad jurídica en todas las actividades energéticas. Si los cambios regulatorios se hacen con ese nivel de arbitrariedad y con tanta frecuencia en tan poco tiempo, nadie puede estar seguro de sucesivos cambios en el futuro. Un buen ejemplo está sucediendo estos mismos días con los biocarburantes: en el mismo periodo de tiempo el Gobierno ha pasado de defender la industria nacional de biocarburantes a arruinarla poniendo la protección a los consumidores como justificación.

¿Dónde quedan las duras críticas a Argentina y la defensa de la seguridad jurídica para las empresas españolas? O las críticas del Ministro Soria a las petroleras por sus elevados márgenes. Pueden estar tranquilas las petroleras porque queda poco tiempo para que pasen las elecciones gallegas y, además, el Gobierno ha decidido suprimir los organismos reguladores, como la CNE y la CNC, que tantos quebraderos les están dando.

Para ello se siguen utilizando mecanismos del pasado: mantener el método de conformación de precios de la energía, incremento injustificado de los costes regulados, destrucción del sector renovable y anulación de todas las políticas de ahorro y eficiencia energética para mantener el más elevado grado de importaciones de gas y de petróleo.

La Fundación Renovables recuerda una vez más que dentro de la crisis económica se está gestando otra crisis energética cuyos elementos, paradójicamente, se han descrito en el preámbulo del RDL 13/2012 y que definen los impactos que para la economía española representa el elevado grado de dependencia de las importaciones de combustibles fósiles.

Si se saben las causas no hay razón para insistir en el error de mantener el actual modelo energético, ni para mantener las subvenciones al consumo de combustibles fósiles, ni para utilizar las renovables como cortina de humo, ni para engañar a los consumidores reiteradamente.

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viernes, 19 de octubre de 2012

La UE declara ilegales los premios que exigen un pago para su entrega





El Tribunal de Justicia condena a cinco empresas que pedían a los agraciados que llamaran a un número de telefóno de tarificación adicional para recibir su recompensa



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera ilegal la publicidad que crea la falsa impresión en el consumidor de que ha ganado o ganará un premio a cambio de un pago, "aun cuando el gasto impuesto sea insignificante en relación con el valor de la recompensa o no confiera ningún beneficio a las empresas", según una sentencia hecha pública este jueves. Esta segunda parte del fallo es importante porque en muchos casos las compañías no persiguen una ganancia directa con estas prácticas, sino conseguir datos de potenciales compradores que pueden utilizar en su propio beneficio o vender a terceros.

Las asociaciones de consumidores han recibido con satisfacción el fallo. "Supone un avance espectacular en la clarificación de los derechos de los consumidores ante las continuas prácticas de publicidad engañosa a las que se ven sometidos a diario", celebra Ileana Izverniceanu, portavoz de la OCU. "Hay un vacío legal en el terreno de la publicidad engañosa porque, por mucho que avance la legislación, nunca va tan rápido como el ingenio de quienes se dedican a inventar nuevas fórmulas para sortear las leyes y hacer negocio", subraya. "Además, en estos casos de premios gancho, el consumidor no suele denunciar por pura vergüenza. No deja de ser el problema del timador timado", añade Izverniceanu.

La sentencia de Tribunal Europeo se refiere a un litigio entre cinco empresas británicas especializadas en publicidad directa y la Office of Fair Trading (OFT), el organismo encargado de velar por la aplicación de la normativa sobre protección de los consumidores en Reino Unido. Estas compañías enviaban cartas, cupones y otros encartes publicitarios incluidos en periódicos y revistas en las que se informaba de la entrega de un premio, que podía tener un valor considerable o simplemente simbólico, que sería entregado a cambio de que el agraciado llamara a un número de teléfono de tarificación adicional, enviara un SMS también son sobrecoste o mandara una carta por vía postal (este último método figuraba en un lugar menos destacado). En las misivas se informaba al consumidor del precio por minuto de llamada, pero no de que el anunciante percibía una cantidad de ese coste.

Otra práctica de estas empresas consistía en ofrecer cruceros por el Mediterráneo "gratis" a cambio de que el consumidor pagara el seguro y un suplemento para que se le asignara un camarote de una o dos camas y sufragar los gastos de manutención durante el viaje, además de las tasas portuarias. En total, el "premio" costaba 399 libras por persona (491 euros).

En su defensa ante el Tribunal Europeo, las compañías reconocieron que para ellas es importante disponer de bases de datos actualizadas de los consumidores que responden a las acciones publicitarias en las que se reparten premios, ya que estos datos pueden utilizarse para ofrecerles otros productos o incluso pueden cederse a otras empresas.

La OCU advierte además de que este tipo de empresas se aprovechan muchas veces de la vulnerabilidad de personas mayores. Un ejemplo reciente denunciado por un socio de esta organización es el de una mujer de 75 años que fue informada por teléfono de que su marido, fallecido un año atrás, había sido premiado con varios electrodomésticos, artículos de hogar y siete noches de hotel solo por el hecho de poseer las tarjetas de El Corte Inglés y Carrefour. Únicamente se le exigía el pago de 23 euros al transportista que le llevara sus regalos y, ¡atención!, dar su número de cuenta. La mujer aceptó el coste de 23 euros pero se negó a la segunda condición, por lo que al día siguente volvieron a llamarla. Ante esta insistencia, su hijo decidió tomar cartas en el asunto, telefoneó a la empresa que realizaba las llamadas, que resultó ser una compañía dedicada a la venta directa de menaje, y envió una alerta a la OCU.

Los jueces alegan en su sentencia que el derecho de la Unión Europea "prohíbe las prácticas agresivas mediante las que se crea la impresión de que el consumidor ha ganado un premio cuando este debe efectuar un pago o incurrir en cualquier gasto para informarse de la clase de premio obtenido o para proceder a su recogida". El fallo considera además que los tribunales nacionales "deben apreciar la información facilitada a los consumidores a los que se dirigen tales prácticas teniendo en cuenta la claridad de tal información y si es comprensible o no".

Fuente: El País