sábado, 27 de octubre de 2012

Tribunal Constitucional anula la norma del Estatuto del Consumidor de Cataluña que sancionaba a los dueños de establecimientos por no ofrecer en catalán la información de los servicios ofertados.





El Tribunal Constitucional ha anulado el artículo 30 de la Ley del Parlamento de Cataluña 3/1993, de 5 de marzo, del Estatuto del Consumidor, precepto que sancionaba a los dueños de establecimientos por no atender en catalán. Ello supone que las sanciones en materia de consumo, entre ellas las de no ofrecer en catalán la información de los servicios ofertados, que se hallen impugnadas y cuya tramitación no haya concluido deberán ser anuladas. No así las que hayan alcanzado firmeza, ya que los efectos de las sentencia no les afectarán.

La sentencia del Tribunal Constitución es consecuencia de la impugnación de dos sanciones de 600 y 2.000 euros, respectivamente, impuestas por en noviembre de 2007 por la Agència Catalana de Consum.

La primera sanción se impuso por la comisión de una infracción en materia de derechos lingüísticos de los consumidores (no ofrecer, al menos en catalán, la información relativa a los servicios ofertados) y la segunda, por la inclusión de cláusulas contractuales lesivas o abusivas para los consumidores.

Dichas sanciones fueron recurridas, siendo planteada una cuestión de inconstitucionalidad por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 13 de Barcelona, respecto del artículo 30 de la Ley del Parlamento de Cataluña 3/1993, de 5 de marzo, del Estatuto del Consumidor, Ley que había sido derogada, con anterioridad a la sentencia anulatoria del precepto.

Cabe destacar que la sentencia no entra en la cuestión lingüística, ni analiza el precepto bajo la prisma de los derechos lingüísticos de los consumidores, sino que se limita a estudiar el precepto a la luz de las garantías que deben presidir la legalidad sancionadora y, en concreto, la predeterminación normativa de la calificación de las infracciones y de sus correspondientes sanciones.

Así la Sentencia del TC declara inconstitucional y nulo el artículo 30 de la Ley del Parlamento de Cataluña 3/1993, de 5 de marzo, del Estatuto del Consumidor, en el inciso que establece que las infracciones a dicha Ley “se calificarán como leves, graves o muy graves en función del riesgo que supongan para la salud o seguridad de los consumidores, con especial atención a las de los que están especialmente protegidos por la presente Ley, en función de la cuantía del beneficio obtenido como consecuencia directa o indirecta de la infracción, en función de la situación de predominio del infractor en algún sector del mercado y en función de su reincidencia”. 

El Tribunal Constitucional precisa que es doctrina consolidada que el derecho a la legalidad sancionadora comprende una doble garantía: la primera material y de alcance absoluto, tanto por lo que se refiere al ámbito estrictamente penal como al de las sanciones administrativas, y que se traduce en la imperiosa exigencia de predeterminación normativa de las conductas ilícitas y de las sanciones correspondientes. La segunda, de carácter formal, se refiere al rango necesario de las normas tipificadoras de las conductas, respecto al que el TC recuerda que "el término ’legislación vigente’ contenido en (...) art. 25.1 [de la Constitución] es expresivo de una reserva de Ley en materia sancionadora.


El fallo se fundamenta en que el artículo que se anula "traslada la calificación de las infracciones a un momento aplicativo posterior y, por ende, externo a la previsión legal en contra de la vertiente material del derecho a la legalidad sancionadora recogido en el artículo 25.1 de la Constitución."


Ver la sentencia completa aquí




viernes, 26 de octubre de 2012

No podía ser....El Consejo General del Poder Judicial se desmarca del informe que critica los desahucios



Un grupo de magistrados propuso 18 medidas para frenar los desahucios y critican el "extremadamente agresivo" procedimiento español de ejecución hipotecaria, creado en 1909 para dar gusto a los bancos.


ANDRÉS MUÑIZ
Fuente: Público


Un grupo de seis jueces, coordinados por el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Manuel Almenar ha elaborado un informe en el que propone 18 medidas para cambiar el sistema español de desahucios y paliar el "auténtico drama" en el que están envueltas numerosas familias que no pueden hacer frente a las cuotas de sus prestamos hipotecarios, "que concertaron en época de bonanza económica simplemente para adquirir una vivienda digna, y que tras el estallido de la crisis no pueden pagar".

El documento era un anexo a un informe más amplio encargado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para conocer propuestas para la agilización y reforma de los procesos civiles. Sin embargo, el Pleno del órgano del gobierno de los jueces acordó este miércoles desmarcarse de este trabajo, que ellos mismos encargaron, y no asumir ni debatir su contenido, sin dar mayores explicaciones oficiales.

Otras fuentes del Consejo destacaron a Público que la función del CGPJ ante este tipo de informes no es asumir o no su contenido, sino disponer de trabajos que, como es el caso, abordan los problemas judiciales y apuntan posibles soluciones.

Las mismas fuentes destacaron que el informe, que tiene la relevancia de haber sido realizado por jueces "de a pie de calle", será remitido desde el Consejo a los grupos parlamentarios, asociaciones de consumidores, o de usuarios de banca, que lo soliciten.

En el documento, los seis expertos critican a los bancos por su "mala praxis" y "ligereza" al extender los créditos hipotecarios antes de la crisis sin valorar las posibilidades reales del deudor, además de "la comercialización irresponsable, cuando no torticera, de productos financieros complejos" que llevaron a cabo, en alusión a las participaciones preferentes.

El informe destaca que en el año 2012 se ha constatado un aumento del 20,6% de ejecuciones hipotecarias respecto al mismo periodo de 2011, y el número total de las mismas desde que empezó la crisis ronda las 350.000.

Procedimiento extremadamente agresivo

Los expertos critican el "procedimiento privilegiado" para el cobro de créditos hipotecarios vigente en España, que se creó en 1909 "debido a la presión de los bancos" para que se les satisfacieran las deudas de forma rápida. Según estos expertos, es un "proceso judicial extremadamente agresivo frente al deudor", que dota a la escritura de un préstamo hipotecario de mayor eficacia incluso que una sentencia, y deja al deudor muy pocas posibilidades de oponerse.

El grupo propone extender al ciudadano que está sobreeendeduado una parte de los beneficios y ayudas que la banca recibe del Estado, para evitar la ruina de esa persona y su exclusión social, y distribuir "equitativamente las consecuencias de la crisis económica".

Entre las 18 medidas que proponen, destaca la regulación "imperativa" en determinadas circunstancias de la llamada dación en pago, es decir, de la entrega de la vivienda como modo de extinción del crédito. En ese sentido, recuerda que el Decreto-Ley del Gobierno, de 9 de marzo de 2012, que establece un Código de Buenas Prácticas para las entidades bancarias en relación a las ejecuciones hipotecarias, no ha dado resultados "por las estrictas condiciones para fijar las personas que pueden acogerse a las medidas, lo que supone que sólo un porcentaje muy reducido, en la pobreza más absoluta, puede acogerse a dichos beneficios".

Dicho decreto establece la dación en pago sólo si lo acepta el banco. La propuesta de los expertos es que no sea voluntaria sino obligada en casos excepcionales. Y también piden, en segundo lugar, que se eleve el denominado umbral de exclusión que fija el decreto, que requiere, entre otros detalles, que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas, y que la cuota hipotecaria sea superior al 60% de los ingresos netos de la familia.

Asimismo, proponen determinar el concepto de "deudor hipotecario de buena fe", a quienes se aplicarían las medidas excepcionales, y que serían en cualquier caso afectados por ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o en locales de negocio, donde se establecería un régimen especial de ejecución hipotecaria más garantista. Los expertos admiten que algunas de sus propuestas puedan considerarse "improcedentes, inviables o descabelladas", pero cree necesario iniciar este debate jurídico y realizar las reformas legales y procesales pertinentes para paliar este drama social.

Los jueces que han participado en el trabajo son Angel Galgo, Pilar López Asensio, Enrique García García, María del Mar Hernández Rodríguez, Pablo Quevedo y Pedro Luis Viguer. El Pleno del Consejo analiza en su reunión de este miércoles el informe.

18 medidas contra el drama de los desahucios

1. Determinar el concepto de deudor hipotecario de buena fe, como sujeto de aplicación de medidas excepcionales en la materia. Serían sólo afectados por ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o locales de negocio.

2. Elevación del denominado umbral de exclusión para flexibilizar los requisitos estrictos que establece el Código de Buenas Prácticas aprobado por el Gobierno.

3. Regulación imperativa en determinadas circunstancias de la dación en pago.

4. Establecimiento de un régimen especial en el caso de ejecuciones hipotecarias de viviendas habituales o locales de negocio, en el sentido postulado por el Defensor del Pueblo.

5. Limitar los intereses moratorios, prohibiendo que sean superiores en 2,5 veces al interés legal del dinero en caso de descubierto.

6. Modificación del procedimiento de ejecución hipotecaria para que deje de ser un prigilegio procesal de los bancos, reconduciéndolo a las normas geneerales de la ejecución ordinaria, aumentando así los motivos de oposición a la ejecución (pago, nulidad o prescripción).

7. Atribución de facultades al juez para acordar moratorias que dejen en suspenso el pago de las cuotas hipotecarias, si concurren circunstancias excepcionales

8. Revisión legal del concepto de fuerza mayor y redifinición de la cláusula que permita suspender el cumplimiento de obligaciones por el deudor cuando las circunstancias se lo impidan por motivos ajenos a su voluntad.

9. Modificar el régimen de tasación de viviendas, a realizar por expertos independientes.

10. Elevar el porcentaje de adjudicación al acreedor (actualmente es del 60 por ciento del valor de tasación), ya que la Ley hoy permite al banco adjudicarse bienes por valor notoriamente inferior al real.

11. Establecimiento de periodos de carencia en la amortización del capital de forma obligada y no voluntaria de los bancos como dice el Código de Buenas Prácticas.

12. Potenciación de subastas por Internet para mejorar las adjudicaciones y el número de interesados en pujar.

13. Regular un procedimiento concursal específico para personas físicas que puedan paralizar ciertas ejecuciones.

14. Ampliar los supuestos en que el deudor puede continuar usando la vivienda habitual o local de negocio satisfaciendo un canon mediante arrendamiento, leasing u otras fórmula jurídicas.

15. Limitar gastos en caso de mora.

16. Ampliar la posibilidad de que el deudor pueda poner fin a la ejecución pagando las deudas y rehabilitando el préstamo, ya que actualmente sólo se puede usar esa posibilidad una vez cada cinco años.

17. Mediación previa o simultánea obligatoria en las ejecuciones hipotecarias.

18. Crear Comisiones Mixtas de Administrción, banca y consumidores para favovecer soluciones negociadas.


jueves, 25 de octubre de 2012

Los jueces denuncian los abusos del sistema legal de desahucios



  • Critican la “mala praxis” bancaria, la venta “torticera” de productos financieros y proponen transferir a los hipotecados las ayudas a la banca

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    Fuente: El País

    Los jueces, privilegiados observadores del drama social de los desahuciados en España, denuncian los abusos de un sistema desfasado en un informe encargado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Una comisión de siete magistrados ataca sin medias tintas los abusos que ampara el actual marco legal y recuerda que el vigente sistema de cobro de créditos hipotecarios fue creado hace más de un siglo, en 1909. El informe será estudiado hoy por el órgano rector de los jueces.

    Los comisionados, destinados en Audiencias y Juzgados de varias comunidades, proponen que las ayudas del Estado a la banca se extiendan a los clientes sobreendeudados. Esta es la premisa principal para solucionar el problema de los desahucios, señalan en el estudio al que ha tenido acceso EL PAÍS. En los últimos cuatro años, desde que comenzó la crisis, se han producido alrededor de 350.000 ejecuciones hipotecarias en España.

    El informe elaborado por los jueces, habla de “mala praxis de las entidades bancarias” y propone toda una batería de medidas para proteger a las familias que se encuentran al borde del lanzamiento. “El punto de partida debe ser extender al cliente sobreendeudado (obviamente siempre que lo sea de buena fe) una parte de los beneficios y ayudas que la banca recibe del Estado”, dice textualmente el informe, “pues en otro caso el deudor se verá abocado a la ruina, la pérdida del local donde ejerce su actividad empresarial o profesional (que es su medio de vida) o, lo que es peor, de su vivienda habitual”.

    El informe, que forma parte del estudio Propuestas para la agilización y reforma de los procesos civiles, ha sido dirigido por Manuel Almenar, vocal del CGPJ, y elaborado durante ocho meses junto a seis magistrados de distintos puntos de España. Propone una transformación de fondo en el marco jurídico que ordena las ejecuciones hipotecarias.

    El análisis arranca preguntándose cómo y por qué se ha llegado al drama que atraviesan esas 350.000 familias. Y la respuesta apunta en una dirección: la banca. Los bancos, su “ligereza y mala praxis” son, en opinión de la comisión, los causantes de una generalizada extensión del crédito hipotecario “sin valorar las posibilidades reales del deudor” y de la “comercialización irresponsable, cuando no torticera, de productos financieros complejos... (participaciones preferentes)”.

    Los autores destacan que en los últimos cuatro años las ejecuciones hipotecarias se han quintuplicado y que en 2012 han aumentado un 20,6% respecto al año pasado, alcanzando la cifra de 350.000. Y lo analizan así: “No se trata de cifras frías. Cada procedimiento encierra un auténtico drama que lleva casi inexorablemente a la exclusión social de familias que, impotentes tras haber quedado en el paro o sufrir una drástica reducción de sus ingresos, se ven incapaces de satisfacer las cuotas de unos préstamos que concertaron en época de bonanza económica (por tanto no con fines especulativos o por pura pretensión suntuaria), simplemente para adquirir una vivienda digna que tras el estallido de la crisis no pueden pagar”.

    Para la comisión de jueces la banca siempre ha jugado con una “importante ventaja” sobre el deudor. Así, destacan que goza de un procedimiento privilegiado para el cobro de créditos hipotecarios, creado en 1909, que les permite cobrar sus deudas de forma rápida, “un proceso extremadamente agresivo frente al deudor que dota a la escritura del préstamo hipotecario de mayor eficacia incluso que una sentencia ya que las posibilidades de que dispone el deudor para oponerse son muchas menos que si se tratara de la ejecución de una sentencia”. Los magistrados citan un informe del Defensor del Pueblo titulado Crisis económica y deudores hipotecarios; actuaciones y propuestas, en el que se incide en este aspecto.

    El escenario que describen concluye en una situación perversa ya que, finalizada la ejecución, y tras la subasta, los inmuebles se adjudican al banco, “generalmente por un precio inferior al del mercado”, y pasan a engrosar sus activos inmobiliarios “quedando muchas veces desocupados durante años ante la ausencia de potenciales adquirientes dado que en un círculo vicioso la crisis económica ha reducido al mínimo la demanda”.

    ¿Cómo solucionar estas situaciones de injusticia? ¿Qué medidas se pueden adoptar? El informe propone abrir el debate para evitar “la desgraciada situación en la que se encuentran miles de familias en este país como consecuencia de la crisis económica, con riesgo de pérdida de su vivienda, frecuentemente, el bien mayor del que disponen”. Situaciones excepcionales, como la que vive la economía española, requieren de “soluciones excepcionales”, señala el estudio.

    Como primera medida, propone la determinación del concepto de “deudor hipotecario de buena fe”, lo que permitirá que los cambios normativos afecten a gente que realmente los necesita, personas que están punto de perder su vivienda habitual o el local de su negocio.

    Otorgar al juez la posibilidad de que conceda moratorias en el pago de cuotas es una de las 18 medidas que desgrana el informe: desgracias familiares, paro, accidentes de trabajo o una larga enfermedad podrían ser motivos para que el juez estuviera facultado para conceder un aplazamiento del pago.

    Pero el estudio va aún más lejos y propone que la dación en pago, es decir, la entrega de la vivienda como modo de cancelar el crédito, se convierta en una “regulación imperativa en determinadas circunstancias”.

    El análisis elaborado por los siete magistrados comisionados critica el Código de Buenas Prácticas implantado por el ministro de Economía y Competitividad Luis De Guindos. De hecho, propone extender el radio de acción de las medidas de protección, que hasta ahora solo se concedían en casos muy excepcionales, para que puedan acceder a ellas muchos otros deudores en apuros. Bajo el nuevo marco normativo, el juez podría establecer periodos de carencia en el pago, ampliaciones del plazo de amortización, reducciones provisionales del tipo de interés y también quitas de la deuda.

    Otras medidas que suponen una transformación de fondo son las encaminadas a impedir que los bancos se puedan adjudicar las viviendas de los desahuciados a precio de saldo. El informe dice: “La ley hoy permite a las entidades bancarias adjudicarse bienes por valor notoriamente inferior al real, cuando debería realizarse por su valor real y con arreglo a una tasación realizada por peritos independientes ajenos a la entidad crediticia”. Asimismo, plantea la introducción de mecanismos que permitan que el deudor pueda permanecer en su vivienda satisfaciendo un canon o buscando fórmulas como el arrendamiento o leasing.

    Esta profunda revisión del régimen legal y procesal que plantea el informe de los siete magistrados se cierra con una propuesta que permitiría que los ciudadanos participen con voz propia. Reclama la creación de unas comisiones mixtas que favorezcan salidas negociadas entre el banco y el deudor y en las que estén presentes la banca, la administración y los consumidores. Reclama protagonismo para los hipotecados. 

    El fracaso del Código de Buenas Prácticas


    La medida estrella del Gobierno para favorecer a los ciudadanos desahuciados fue el Código de Buenas Prácticas, pero la comisión de magistrados del Consejo General del Poder Judicial cree que ha fracasado. “No se ha alcanzado el resultado perseguido, por las estrictas condiciones para fijar las personas que pueden acogerse a las medidas, lo que supone que solo un porcentaje muy reducido, en la pobreza más absoluta, puede acogerse a esos beneficios”.

    Los magistrados destacan que este código, además de ser de asunción voluntaria por los bancos, solo “se aplica a deudores que estén en el umbral de exclusión” y aseguran que desde que entró en vigor hace seis meses “la aplicación de esta norma ha sido testimonial”. La comisión denuncia el privilegio procesal de los bancos para una tutela judicial reforzada “que surgió a principios de siglo pasado (1909) en un contexto que nada tiene que ver con la situación de crisis actual, un proceso en el que el deudor prácticamente nada puede alegar u oponer”. Y propone reconducir la ejecución hipotecaria a las normas generales de la ejecución ordinaria. El análisis reclama que las ayudas públicas a la banca se completen con otras que permitan extender aquellas ayudas a los particulares y buscar soluciones que mitiguen la situación existente y repartan las cargas sociales derivadas de la crisis y que hoy afectan exclusivamente a los ciudadanos, el eslabón más débil de la cadena”. El informe ha sido coordinado por el vocal del CGPJ Manuel Almenar y elaborado junto a los magistrados Ángel Galgo, Enrique García y Pablo Quecedo (Audiencia Provincial de Madrid), Pilar López (Juzgado de primera Instancia de Madrid), María del Mar Hernández (Juzgado Mercantil de Santander) y Pedro Luis Viguer (Decano Audiencia Provincial de Valencia).

miércoles, 24 de octubre de 2012

Precio de la electricidad: El Gobierno suprimirá la Tarifa de Último Recurso a mas de 16 millones de usuarios que tendrán que negociar sus contratos con las eléctricas


El Gobierno intensificará la liberalización del precio del suministro eléctrico reduciendo el número de consumidores con derecho a la Tarifa de Último Recurso (TUR) dejando sin este precio regulado entre 5 millones y 16,2 millones de usuarios dependiendo si el umbral de corte de potencia suministrada sea 5 kilovatios (kW)  o 3 kW.

Estos datos han sido conocidos en un informe publicado por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en el que se desglosa el número de clientes por cada tramo de potencia y en el que se indica el porcentaje de consumidores acogidos a la TUR.

El ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, ha indicado que el umbral por encima del cual los clientes deberán ir a mercado pasará de los 10 kW actuales a un nivel aún por determinar, que oscilará entre 3 y 5 kW.

En la actualidad hay 26,6 millones de usuarios con potencias inferiores a 10 kW y, por ello, con derecho a TUR, si bien de esta cifra 5,5 millones, o cerca del 25%, ya contrata el suministro en el mercado libre, mientras que 20,1 millones de usuarios tienen una tarifa regulada.

Este recorte del umbral máximo para disfrutar de la Tarifa de Último Recurso ha alertado a las asociaciones de consumidores.

Así, UCE-Asturias denuncia que la desaparición del precio regulado de la tarifa eléctrica supondrá para la mayoría de los consumidores asturianos y españoles entre un 30% y un 35% a partir de enero del próximo año.

En la actualidad, expone UCE, tres compañías (Endesa, Iberdrola y Gas Natural-Fenosa) se reparten prácticamente un mercado eléctrico donde existe poca o ninguna competencia. Por eso, es muy probable que aprovechen la desaparición del precio regulado de la electricidad para subir el recibo de la luz a más de 19 millones de hogares. Algo muy similar a lo que ocurrió con la gasolina, que no ha dejado de encarecerse desde que el Gobierno dejó en manos de las petroleras la fijación de su precio. Según han señalado las propias compañías el fin de la tarifa regulada supondrá un incremento que podría llegar hasta el 30%, y 35% es decir, de pagar una factura anual de 800€, una familia tendría que hacer frente a cerca de 1.100€ al año.

Las compañías eléctricas sostienen que la "apertura del mercado" redundará en beneficio del consumidor y que los precios serán más competitivos. Sin embargo, la UCE estima que "la desaparición del precio regulado supondrá un duro golpe, otro más, en los bolsillos de millones de familias".

martes, 23 de octubre de 2012

El excomisario de sanidad la UE que dimitió por acusaciones de tráfico de influencias para modificar la normativa europea sobre el tabaco cobrará una pensión vitalicia


El excomisario de Sanidad John Dalli, que dimitió la semana pasada por acusaciones de tráfico de influencias en la industria tabaquera, cobrará durante tres años una compensación equivalente al 45% de su salario (unos 9.000 euros al mes) y después una pensión vitalicia de alrededor de 2.300 euros.

Dalli consintió que un empresario maltés pidiera en su nombre dinero a una tabaquera sueca a cambio de influir en la reforma de las reglas de la UE sobre el tabaco, según las conclusiones de un informe de la oficina antifraude OLAF. En concreto, el empresario se ofrecía a levantar la prohibición sobre el tabaco para uso oral. «El señor Dalli es inocente hasta que se demuestre lo contrario y no ha hecho nada malo por lo que se refiere a su derecho a recibir una pensión. Tiene derecho (a ella) de acuerdo con la legislación de la UE», ha explicado el portavoz de la Comisión, Olivier Bailly, para justificar el pago.

La excomisaria Edith Cresson, cuyas irregularidades hicieron caer a todo el Ejecutivo comunitario en 1999, sólo vio suspendida su pensión cuando fue condenada por los tribunales. Pero recurrió la pérdida de la pensión, la justicia le dio la razón y sigue cobrando, ha explicado el portavoz. «Lo podrán considerar ustedes legítimo o no pero estas son las reglas y, en tanto que guardianes del Tratado, debemos respetarlas», ha dicho Bailly a los periodistas.

Los derechos de pensión acumulados por Dalli durante sus dos años y medido de mandato equivalen al 11,4% de su salario (alrededor de 20.000 euros al mes). Pero además, y antes de percibir la pensión, el maltés se beneficiará durante tres años de una indemnización del 45% del salario (unos 9.000 euros mensuales). Se trata de una compensación que reciben todos los comisarios al abandonar el cargo y cuyo objetivo es garantizar que cuentan con recursos suficientes hasta encontrar otro trabajo o jubilarse. Aunque Dalli está a punto de alcanzar los 65 años, cobrará los 9.000 euros durante tres años, ha explicado el portavoz.

Ante las insinuaciones por parte del excomisario de Sanidad de que no dimitió sino que fue destituido, el Ejecutivo comunitario ha precisado este lunes su versión de los hechos. Y ha admitido que fue el presidente, José Manuel Durao Barroso, el que «ofreció dimitir» a Dalli tras presentarle las conclusiones del informe de la OLAF. Barroso consideró «insostenible políticamente» que, con los indicios disponibles sobre un posible tráfico de influencias, pudiera quedarse en una «cartera sensible» como la de Sanidad, según el portavoz.

Hay dos testigos de la dimisión de Dalli: el director general de servicios jurídicos y el jefe de gabinete de Barroso. El presidente del Ejecutivo comunitario se reúne este lunes con el candidato designado por el Gobierno maltés para sustituir a Dalli, el actual ministro de Exteriores, Tonio Borg. Bruselas todavía espera pese al escándalo presentar sus propuestas de reforma de la legislación del tabaco antes de fin de año.

Fuente: abc

lunes, 22 de octubre de 2012

A pesar de ser "banco malo", los siete directivos de Sareb cobrarán dos millones de euros



El Gobierno está reclutando al equipo directivo que gestionará el banco malo —cuyo nombre oficial es Sareb— cuya creación está prevista para mediado del próximo mes de noviembre. El Fondo de Reordenación Bancaria (FROB) ha presupuestado dos millones de euros para pagar los sueldos de los siete directivos que gestionarán la entidad.

El diario Expansión publicó el pasado viernes que el FROB ya ha contactado con la empresa de cazatalentos Spencer Stuart, que será la encargada de llevar a cabo la selección.

Según el diario económico, Spencer Stuart aún no ha hecho ninguna propuesta al ministerio de Economía. Pero se ha establecido que el consejero delegado del banco malo cobre un máximo de 500.000 euros al año. El segundo en el escalafón estarían los dos directores generales de las dos principales áreas —gestión y operaciones—, quienes cobrarían entre 300.000 y 400.000 euros.

En un tercer nivel se encuentra el resto de los directivos, los que se encargarían del área jurídica, de la financiera, de la auditoría y del departamento de riesgos. Estos cuatro gestores percibirán una retribución anual de entre 150.000 y 180.000 euros. Todos los directivos, según Expansión, cobrarán un 70% de su sueldo en fijo y el 30% en variable.

A pesar de que la estructura salarial está fiajda, la empresa cazatalentos tendrá cierta libertad para contratar al consejero delegado, al que se le podría ofrecer un salario mayor, dado que en el mercado bancario 500.000 euros es un caché bajo para un puesto de esa responsabilidad.

Los finalmente contratados tendrán que cumplir los requisitos que establece el real decreto del banco malo publicado la pasada semana y tendrán que acreditar una experiencia no menor a cinco años en "funciones de alta dirección, control o asesoramiento de entidades financieras o funciones de similar responsabilidad en otras entidades públicas o privadas dedicadas a la gestión de activos inmobiliarios". 

Fuente: Público

domingo, 21 de octubre de 2012

La ONU recoge las denuncias de la PAH y condena duramente la política de vivienda aplicada en España




A través de la web del Alto Comisionado de Naciones Unidas se ha hecho público el informe anual de la Relatora Especial sobre el Derecho a una Vivienda Adecuada de Naciones Unidas, Raquel Rolnik. Este año la Relatora ha centrado su informe en el análisis del impacto que la financiarización de la vivienda está teniendo sobre el derecho a una vivienda adecuada. El informe se presentará oficialmente en la Asamblea Anual de la ONU que se realizará el próximo 29 de octubre en Nueva York. 

El informe es demoledor, y concluye que las políticas de los últimos años que han priorizado el acceso a la vivienda en régimen de propiedad a través de hipotecas se han demostrado un absoluto fracaso y han llevado a la vulneración sistemática del derecho a una vivienda adecuada. En particular, el informe destaca al estado español como ejemplo negativo de esa política fallida, que ha llevado a la ruina a cientos de miles de personas, a través de 400.000 ejecuciones hipotecarias desde 2007. Así, el informe señala que “El paradigma que consideraba la propiedad de la vivienda como la forma de tenencia más segura ha resultado ser falso, dado que uno de los principales resultados de las crisis recientes ha sido el aumento de las ejecuciones hipotecarias, como en España” (pág. 11).

Entre otras cosas, el informe también denuncia con contundencia las políticas de austeridad que están perjudicando al conjunto de la población y vulnerando aún más el derecho a una vivienda digna, a la vez que “se asignan enormes cantidades de recursos públicos para el rescate de instituciones financieras” (pág. 12).

El análisis de la Relatora concluye con algunas recomendaciones, pidiendo que “se modifique el paradigma, pasando de las políticas basadas en la financiarización de la vivienda a un enfoque de estas políticas centrado en los derechos humanos” (pág. 24). Para ello “los estados deben promover alternativas a la política de vivienda basada en el crédito privado y la propiedad” a través de “viviendas sociales de alquiler y otras formas de tenencia colectiva e individual”, así como “promover una combinación de sistemas de tenencia, incluidos un sector inmobiliario público que no se rija por los mercados liberalizados  y sistemas de alquiler con rentabilidad limitada o alquileres regulados, para prevenir la exclusión y segregación social” (pág. 25). También “deben crearse marcos jurídicos e institucionales para garantizar la seguridad de la tenencia en sus distintas formas, incluido el alquiler”.

Vamos, lo contrario de lo que ahora mismo está haciendo el gobierno español que insiste en querer reanimar el modelo de la burbuja inmobiliaria, a través de políticas tan nefastas como el banco malo, la reforma del alquiler para hacerlo aún más inseguro y la agilización de los desahucios.
Recordamos que en marzo de 2012 la Relatora Raquel Rolnik visitó Barcelona, invitada por el Observatori DESC, y tuvo ocasión de encontrarse con decenas de familias afectadas por la hipoteca de distintas PAH’s (ver video). 

Tras ese encuentro, también se le hizo entrega del libro de la PAH, Vidas Hipotecadas, que la Relatora cita en su informe en más de una ocasión. De hecho, la Relatora agradeció la información proporcionada por la PAH y lamentó los pocos datos oficiales disponibles en el estado español respecto a la problemática. 

Podéis leer el informe completo en el siguiente enlace : Informe Relatora ONU oct2012

sábado, 20 de octubre de 2012

Sobre el incremento del precio de la electricidad. La Fundación Renovables denuncia que las subvenciones a grandes consumidores de energía eléctrica a través de los pagos por servicio de interrumpibilidad encarecerá el recibo de la luz

Fuente de la viñeta: La Nueva España





La propuesta de Modificación de la Orden que regula el servicio de interrumpibilidad que el pasado día 11 el Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha remitido a la Comisión Nacional de la Energía para su preceptivo informe es un nuevo disparate de la errática política energética con el agravante de que, en esta ocasión, la supeditación a los intereses electorales del PP es flagrante.

Para la Fundación Renovables es inadmisible que en marzo el Gobierno afirmara en el preámbulo del RDL 13/2012 que la sobrecapacidad del sistema hacía innecesarios los pagos por interrumpibilidad y que ahora para ayudar a las tres grandes empresas consumidoras de energía, una de ellas con plantas en Galicia que amenazaba con cerrar, proponga un incremento del 75% de dichos pagos por un servicio que no va a requerirse en los próximos años.

En cualquier caso, esta iniciativa como la decisión de no “castigar” las importaciones de biocombustibles de Argentina en contra de lo anunciado hace meses y como tantas otras, ponen en evidencia que la política energética se aleja cada día más de los retos que tiene planteados nuestro país y aumenta en cada paso la inseguridad jurídica.

En efecto, en la memoria de modificación de la Orden que regula el servicio de interrumpibilidad para incrementar en un 75% los pagos a los grandes consumidores de energía se copia literalmente el mismo argumento que se puede leer en el preámbulo del RDL 13/2012 para rebajar dichos pagos en un 10%.

En aquel preámbulo se decía que dada la situación de baja demanda y de sobrecapacidad del sistema y su poca utilización nada justificaba mantener los pagos por interrumpibilidad. Siete meses después, copiando el mismo argumento, dichos pagos se incrementan. De marzo a octubre, según la CNE, ha seguido bajando el consumo de electricidad y aumentado las importaciones de gas, es decir, creciendo la sobrecapacidad del sistema.

La decisión incongruente del Gobierno solo se explica por la supeditación de las decisiones energéticas a intereses electorales y la consecuencia es la pérdida de credibilidad y mayor desconfianza en la política energética.

La decisión de cargar 700 millones al recibo de la luz significa un desprecio absoluto a los consumidores eléctricosLa decisión supondrá un incremento de los costes regulados que se trasladarán en futuras subidas de la luz, más inflación y más déficit tarifario, justo todo lo contrario de lo que propuso el Ministro Soria.

Si en el proyecto de ley de fiscalidad energética descubríamos las exenciones fiscales en el impuesto de hidrocarburos a la generación con gas, fuel y gasóleo, verdaderas subvenciones a los combustibles fósiles nunca declaradas, ahora se aprueba una nueva subvención a las grandes industrias que se cargará a los consumidores. Ahora se puede entender mejor la insistencia en cargarse las renovables para mantener tantas subvenciones encubiertas. La tarifa de la luz se sigue rigiendo por un criterio político y ese es el origen de todos los problemas energéticos.

Esta forma de actuar acrecienta la inseguridad jurídica en todas las actividades energéticas. Si los cambios regulatorios se hacen con ese nivel de arbitrariedad y con tanta frecuencia en tan poco tiempo, nadie puede estar seguro de sucesivos cambios en el futuro. Un buen ejemplo está sucediendo estos mismos días con los biocarburantes: en el mismo periodo de tiempo el Gobierno ha pasado de defender la industria nacional de biocarburantes a arruinarla poniendo la protección a los consumidores como justificación.

¿Dónde quedan las duras críticas a Argentina y la defensa de la seguridad jurídica para las empresas españolas? O las críticas del Ministro Soria a las petroleras por sus elevados márgenes. Pueden estar tranquilas las petroleras porque queda poco tiempo para que pasen las elecciones gallegas y, además, el Gobierno ha decidido suprimir los organismos reguladores, como la CNE y la CNC, que tantos quebraderos les están dando.

Para ello se siguen utilizando mecanismos del pasado: mantener el método de conformación de precios de la energía, incremento injustificado de los costes regulados, destrucción del sector renovable y anulación de todas las políticas de ahorro y eficiencia energética para mantener el más elevado grado de importaciones de gas y de petróleo.

La Fundación Renovables recuerda una vez más que dentro de la crisis económica se está gestando otra crisis energética cuyos elementos, paradójicamente, se han descrito en el preámbulo del RDL 13/2012 y que definen los impactos que para la economía española representa el elevado grado de dependencia de las importaciones de combustibles fósiles.

Si se saben las causas no hay razón para insistir en el error de mantener el actual modelo energético, ni para mantener las subvenciones al consumo de combustibles fósiles, ni para utilizar las renovables como cortina de humo, ni para engañar a los consumidores reiteradamente.

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